María Domínguez Muñiz, vecina de Naolinco, viuda de Gregorio Cruz Alegre, le otorga escritura de venta al Bachiller Pedro Domínguez Muñiz, su hermano, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de Misantla y albacea de su madre María Ortiz de Zárate, por una negra esclava llamada Micaela Antonia, de 4 años más o menos en 160 pesos, por deberle 100 pesos que en varias ocasiones le dio para sustento de sus hijos menores, se la entregó sin escriturarla, cuya venta queda formalizada.
MISANTLA, PARTIDO DE
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Antonia, Francisca, María y Sebastiana Domínguez, vecinas de Naolinco, dieron su poder cumplido a Don Miguel Rogel, marido de Francisca Domínguez, para que en sus nombres pida a Bernabé Márquez, vecino de Jalacingo, la copia y traslado que para en su poder de la escritura de donación que a su favor otorgó el Lic. Don José Domínguez Muñiz, difunto, cura que fue del partido de Misantla, de unas tierras y rancho nombrado Tlalisco; y una vez en sus manos, dicho apoderado lo pueda vender por el más alto precio que hallare.
Doña Ana Josefa Moreno, natural de la Heroica ciudad de la Veracruz, hija legítima de Juan Antonio Moreno y de doña Manuela Antonia López, difuntos, de edad de setenta y un años, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara estar casada con don José María Campoverde, de cuyo matrimonio no han tenido sucesión. Asimismo, declara que antes de este matrimonio, tuvo tratados esponsales de futuro matrimonio con don Fernando Gómez Muñoz, natural de los reinos de Castilla de la península española, de quien tuvo dos hijos naturales nombrados don Fernando y don José María Gómez Muñoz y Moreno; de los cuales José María murió sin sucesión en defensa de la justa causa de la libertad de la patria, por el año de 1815. En cuanto a su hijo Fernando, habiendo seguido las mismas banderas, obtuvo el grado de teniente coronel y después de haberse casado con doña Dolores Ortega de Muñoz, falleció repentinamente en esta ciudad en el año de 1829, sin haber dejado sucesión testamentaria y dejando a dos hijos vivos de los seis que tuvo en su matrimonio, nombrados doña Ana Josefa y don Fernando Gómez Muñoz y Ortega. También declara que doña Dolores Ortega falleció el año de 1831, bajo la disposición testamentaria que otorgó en el pueblo de Naolinco, de donde era vecina, dejando como herederos a sus dos hijos y como albacea a don Antonio Rodríguez Rojo, vecino de la hacienda de Santa Bárbara del partido de Misantla. Declara que su nieto don Fernando Gómez Muñoz y Ortega, también falleció a la edad de doce a trece años. Lega a su actual esposo el quinto de sus bienes. Nombra albacea a su esposo don José María Campoverde. Nombra heredera a su nieta doña Ana Josefa Gómez Muñoz y Ortega.
UntitledDon Antonio Rodríguez Rojo, vecino de la hacienda de Santa Bárbara, partido de Misantla de este departamento y residente en este suelo, albacea dativo del difunto don Antonio María de Casas, que fue de esta vecindad y dueño de la hacienda de San Antonio, en términos de este partido; otorga poder general al licenciado don Luis Gonzaga Gago, de esta vecindad, para que en su representación gestione, pronuncie y practique jurídica o extrajudicialmente cuanto sea conducente al giro y conclusión de la testamentaria de dicho finado. También le confiere dicho poder para todos los asuntos, pleitos, causas y negocios que tenga al presente o en adelante se le ofreciere a la repetida testamentaria de Casas.
UntitledDon Antonio Rodríguez Rojo, dueño de la hacienda de Santa Bárbara del partido de Misantla, actual residente en este suelo; dijo que como albacea de la difunta doña Dolores Ortega de Muñoz, esposa que fue del finado don Fernando Gómez Muñoz y Moreno, otorga poder general al licenciado don Luis Gonzaga Gago, para que en nombre del comparente y representando sus propios derechos y acciones que le competen como tal albacea, gestione jurídica y extrajudicialmente cuanto conduzca al giro y conclusión de la testamentaria de dicha finada y la de su citado esposo, con quien está ligada por haber fallecido aquel en intestado.
UntitledDon Pedro Silve y don Juan Luna, con sus hijos don Francisco Bonifacio y don Gabriel A. Luna, el segundo vecino de esta ciudad y los demás del partido de Misantla, de este departamento, mayores de veinticinco años de edad; dijeron que el primero es comerciante de vainilla y los Lunas cosecheros en tierras del pueblo de Colipa del citado partido; asimismo, dijeron que para que levanten la cosecha de vainilla en el año entrante de 1839, han contratado su venta con el mencionado don Pedro Silve, en las condiciones siguientes: 1.ª Los señores Lunas se comprometen a entregar al señor Silve 90 millares de vainilla fina a 50 pesos el millar y el zacate fino a 20 pesos, haciendo la entrega a satisfacción de dicho señor, en el tiempo de primero de abril al 6 de mayo. 2.ª El señor Silve se compromete a entregar la cantidad de 3 978 pesos 6 y medio reales, en la forma que se menciona en el acta. 3.ª Que los señores Lunas se comprometen a no vender ninguna vainilla tanto en el año entrante como en los dos siguientes. 4.ª Que los señores Lunas entregaran la vainilla en Colipa, recibiendo del señor Silve las cajas de madera y lata que necesiten y después conduciéndola los Lunas por su cuenta y riesgo hasta Veracruz.
UntitledDon Antonio Rodríguez Rojo, vecino de la hacienda de Santa Bárbara, jurisdicción del pueblo de San Francisco Colipa del partido de Misantla, residente en este suelo, dijo que como albacea de la finada doña Dolores Ortega de Muñoz, vecina que fue del pueblo de San Mateo Naolinco, vendió a don Antonio Vital de Alarcón, una casa de dicha testamentaria, situada en el citado pueblo, con su correspondiente patio y solar, en la esquina de la plaza, en la calle que sale al camino de esta ciudad y frente a la parroquia de aquel pueblo, con 24 varas de frente el patio y 6 de fondo, el cual linda por el norte con solar Eugenio Gonra y por el oriente con el expresado solar que corresponde a dicha casa; tiene de frente 20 varas y una tercia, y de respaldo las mismas varas, por el derecho 14 varas y media y por el izquierdo 16 y media, y linda por el oriente con casa y solar del ciudadano Julián Domínguez, por el poniente con la plaza, y por el sur con la calle que sale al camino de Xalapa. Siendo el precio de dicha casa en cantidad de 500 pesos, como consta de escritura de 23 de febrero de 1832, por ante el ciudadano José María Domínguez, alcalde de aquel partido. El otorgante dijo que en las diligencias que se hicieron a los bienes de la citada difunta y de su esposo don Fernando Gómez Muñoz y Moreno, que también falleció antes que ella, se mandó que se anulase la venta de la casa hecha a Vital Alarcón, ordenando el señor juez de letras al licenciado don José María Cordera, que el curador a bienes de doña Ana Josefa Gómez Muñoz y Ortega se posesione de los bienes que le correspondieron por la cuenta división y partición. Entre ellos se encuentra la casa vendida a Vital de Alarcón, hoy también difunto, y por ello ocurrió a su viuda doña María Josefa Domínguez para que le hiciese entrega de ella, en cuya virtud ésta lo hizo al que va hablando, por lo que han convenido en que dicha señora entregará la finca con las condiciones siguientes: 1ª, don Antonio Rodríguez Rojo se obliga a satisfacer a dicha señora otra casa con iguales comodidades. 2ª, que mientras esto se verifica, permanecerá la señora Domínguez en la expresada casa, pagando Rodríguez de su precedido los alquileres que le imponga el curador de dicha menor. 3ª, le entregará la señora Domínguez a Rodríguez la escritura citada y las primordiales con que ha poseído hasta el día la finca. Estando presente la señora Domínguez otorga que acepta la promesa que incluye las dos cláusulas y los convenios que tiene celebrados con el señor Rodríguez, para subsanar el defecto del saneamiento de la casa que le vendió a su esposo, misma que entregará al curador de la menor, luego que Rodríguez lo haga a la comparente de la que le ofrece por aquella libre de todo gastos, y que con arreglo a la tercera cláusula le hace la entrega de todos los títulos al señor Rodríguez con que ha poseído la finca, comprendido de doce fojas.
UntitledEl Capitán de Lanceros de la Costa de Barlovento don Cristóbal Antonio de Ortega, dueño de hacienda de ganado mayor en la jurisdicción de la Antigua, hijo de don Luis de Ortega y de doña María Escobedo Ladrón de Guevara, difuntos, vecino del partido de Misantla jurisdicción de la Antigua, de transito en este pueblo de Jalapa, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a su legítima esposa doña María Candelaria Romero, en segundo lugar a su hijo don Juan Francisco de Ortega y en tercero a su yerno don Juan Berman. Nombra como herederos a sus 10 hijos y 5 nietos.
Diego Lagunes, como principal obligado, vecino de Naolinco, y el Lic. Diego Martín de los Reyes, cura beneficiado de Naolinco, como su fiador, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Puebla de Los Ángeles, 750 pesos de oro común, que montaron los diezmos de ganado mayor y menor, y demás menudencias, de los partidos de Tlacolula, Naolinco y Misantla, correspondientes a los años de 1683, 1684 y 1685, en esta forma: 250 pesos para la Navidad de 1684, otros 250 pesos para la Navidad de 1685, y los 250 pesos restantes, para la Navidad de 1686.
El Bachiller José Domínguez, cura beneficiado del partido de Misantla, jurisdicción de la Antigua Veracruz, dio su poder cumplido a su hermano Alonso Domínguez, vecino de dicho pueblo, para que en su nombre pida, reciba y cobre de la Real Caja de Su Majestad de la ciudad de México, 500 pesos de oro común que se le deben de dos años de salario por el servicio de dicho beneficio, desde 9 de agosto de 1677 al 9 de agosto de 1679, a razón de 250 pesos anuales.