Sebastián Díaz de Acosta, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que fue casado con Sebastiana Pérez de Medina, hija y coheredera de doña Elena Pérez, de la que quedaron por bienes suyos, una hacienda de ovejas que se vendió y de lo que no se han enterado a los herederos hallándose proindiviso y pendiente su partición en el juzgado de testamentos, capellanías y obras pías, y respecto a que él ha puesto en estado de matrimonio a Francisco Díaz de Acosta, su hijo legítimo y de la mencionada Sebastiana, pide su legítima materna, por lo cual otorga poder a su hijo para que en su nombre demande, reciba y cobre de cualquier persona que con derecho deba su legítima.
JUZGADOS
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Don Luis Ruz y Sotomayor, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Manuel de Miranda, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre parezca en el juzgado de Reales Tributos y ante la Real Almoneda que se haga de la casa de don Francisco Manzanilla, embargada por mandato del contador y sea sacada a pregón, sobre la que tiene hecha postura y en caso de que se le haga remate la acepte y lo obligue al cumplimiento de dicha postura.
El Capitán don Julián Martínez de Murguía, natural de España y vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don José de Ugarte, vecino de este pueblo, para que en su nombre y el de don Domingo Martínez de Murguía, acabe los autos y acciones que se encuentran pendientes en el juzgado, mismos que seguía don José Antonio de Acosta, sustituido por el citado don José de Ugarte.
Juan Montañés de la Cueva, vecino de este pueblo, otorga poder especial a su yerno Gregorio Fernández y Mantilla, junto con José Ramos, vecinos de este pueblo, para que sigan la querella que tiene en este Juzgado contra Matías Tavera, y otros asuntos, presentado testigos, escrituras y escuchando sentencias.
El Teniente Coronel don Francisco de Paula Landa, curador de doña María Dolores Ladrón de Guevara, otorga poder especial a don Rafael Vargas, Capitán del Regimiento de Infantería de Extremadura, para que en su representación, comparezca en el Juzgado Eclesiástico de la Puebla de los Ángeles, ante el Señor Provisor a deducirlos y representar cuanto le convenga en el expediente sobre validación del matrimonio contraído con el Alférez de Navío, don Antonio Sanda, en virtud de la notificación que se le acaba de hacer por esta curia de la orden del Señor Provisor.
Don Antonio Juille y Moreno, de esta vecindad, dijo que don Eustaquio Castro, de esta misma vecindad, se halla en la real cárcel a resultas de la causa criminal que se está formando en el juzgado del Señor Alcalde, contra su sobrino don José Mariano Castro por el homicidio que éste perpetró contra Luis González, y resultando don Eustaquio no tener participación en el homicidio, el mencionado Juille se constituye en fiador y carcelero por si acaso el juzgado solicita su comparecencia.
Don Domingo Franceschi, don José María de Goiri y don Fernando González Pacheco, de este comercio y vecindad, dijeron que en el Juzgado del Alcalde Ordinario de Segunda Elección, se sigue causa criminal contra Antonio Cano, Maestro de Sastre, en virtud de queja que interpuso el cirujano Juan [del] Castillo por haber ido a su casa en solicitud del francés Carlos Canel, en la que después de varios trámites y recursos interpuestos por el reo, se ha mandado ponerlo en libertad bajo fianza, que otorgan los comparecientes, quienes se constituyen como tales fiadores.
Don Juan González de Alles, residente en esta Villa, otorga poder especial a su primo don Francisco Antonio de Alles Pérez, del comercio de México, para que en su nombre como primo carnal de don Francisco González de Alles, vecino que fuera del pueblo de la Piedad, jurisdicción de [Tlazazalca], de la intendencia de Valladolid, en este reino de la Nueva España, comparezca en el Juzgado General de Intestados y Ultramarinos de aquella capital, en donde pida y promueva que tanto a él como a su constituyente, únicos parientes en este reino del citado finado don Francisco González de Alles, se les habilite y declare como herederos para poder tener en su poder todos los bienes que quedaron por su muerte en dicha Ciudad de Valladolid, en el degüello que allí hubo de los europeos a finales del año de 1810, con motivo de la presente revolución.
Don Isidro José Posadas, residente en esta Villa, otorga poder especial a favor de Licenciado don Santos González de Salcedo y Reza, Abogado de los Reales Consejos, vecino y residente de la Nueva Veracruz, para que a nombre de él, se apersone en el Juzgado del Señor Intendente de esta Provincia, a liquidar y contestar lo que a su derecho importe, en la cuenta que allí tiene pendiente, relativa a los ramos de la Subdelegación de Jalacingo, que fue a su cargo; a cuyo intento haga todas las agencias y diligencias que convengan.
El Presbítero don Juan Nepomuceno de Ulloa, Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta Villa, otorga poder especial a favor de don Ángel Pablo Novo, del comercio de la misma Ciudad de la Puebla, para que a nombre de él, perciba de aquel Juzgado Eclesiástico de Capellanías y Obras Pías, la cantidad 1 622 pesos, o lo que fuere, de un ramo de capellanía de la cual es propietario; haciendo al efecto todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que al caso convengan.