Juan de Alfaro, como principal deudor, y Sebastián Méndez Fajardo, su fiador, vecinos de Jalapa y su provincia, se obligaron a pagar a Francisco de Acosta, mercader de negros, 840 pesos de oro común, precio de los negros esclavos llamados Antonio y Lucía, en esta manera: 240 para el fin del mes de abril del presente año y los 600 restantes para el fin de mes de marzo de 1614.
JALAPA, PROVINCIA DE
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Juan Gallegos, vecino de esta provincia, vende a Pedro Ruiz, vecino de la provincia de Jalapa, un sitio de venta que llaman Del Río, en esta jurisdicción, con sus casas, jacales, descargaderos y todo lo en él edificado, por el precio de 550 pesos de oro común.
Rodrigo Méndez, vecino de la provincia de Jalapa, se obligó a pagar al capitán Jorge Veneciano, mercader de negros, 250 pesos de oro común que restan de 300 pesos, precio de un esclavo negro llamado Cristóbal, de nación Angola, 10 meses después de la fecha de esta escritura.
Juan Ruiz Sarabia, vecino de la ciudad de Tlaxcala, se obligó a pagar a Pedro de la Mota, vecino de esta provincia de Jalapa, 1 221 pesos de oro común, por razón y precio de 33 bestias mulares mansas aparejadas, en esta manera: la mitad para dentro de seis meses, y la otra mitad, en un año, con las costas de la cobranza.
Benito García, vecino de la provincia de Jalapa, vende al beneficiario Alonso de Muñoz, la Venta de la Hoya, con sus casas y descargaderos al precio de 2040 pesos de oro común.
Isabel Quintero, vecina de la Provincia de Jalapa, vende al beneficiario Alonso Muñoz, la Venta de Sedeño y el derecho a otro sitio de Venta en el camino nuevo que se hizo del molino del vicario a el del pueblo de Chiltoyac, por el precio de 400 pesos de oro común.
Benito García, residente en la provincia de Jalapa, dio carta-poder a su cuñado Juan Bernal para que en su nombre arriende la Venta de la Hoya por tiempo de 3 años o más.
Pedro Carmona, clérigo residente en la provincia de Jalapa, dio carta poder a Juan Rodríguez, vecino de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre cobre ciertos dineros que le deben en la ciudad de la Puebla de los Angeles.
Francisco de Robledo, residente en la provincia de Jalapa, dio carta poder a su hermano, Pedro de Robledo, vecino de Cuernavaca, para que en su nombre pueda recibir y cobrar cualesquier mercaderías que a su nombre vinieren consignadas en el puerto de Acapulco.
Marcos de Illescas Tinoco, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de [roto] jurisdicción de la Antigua ciudad de la Veracruz, uno de los hijos y herederos del difunto Tomás de Illescas Tinoco y nieto de Diego Méndez, su abuelo materno, de quien hubo y heredó diferentes tierras en la jurisdicción de la provincia de Xalapa [Jalapa]. Como tal poseedor, otorga poder general a Tomás Méndez, su primo, vecino del pueblo de Astotonga [Altotonga] de la jurisdicción de Xalapa [Jalapa], para que en nombre y en representación de su persona parezca ante el Señor Licenciado don Félix Suárez de Figueroa, del Consejo de Su Majestad, su Oidor de la Real Audiencia de esta Nueva España, Juez Privativo de cobranzas de débitos fiscales, condenaciones, multas, proveídos, composiciones de tierras, aguas, baldíos, indulto de ellas y demás segregado del Real Patrimonio de este reino, para que haga presentación de la merced o mercedes, títulos y demás instrumentos que pertenezcan a dichas sus tierras y pida a su señoría se sirva declararle haber cumplido con lo mandado por su edicto convocatorio y darle por libre de cualquier cargo, indulto y composición por tener merced de dichas tierras y declarando no tener ninguna sobra ni demasías, porque solo posee las tierras.
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