El Doctor Agustín Sánchez de Ledezma, Cura de la doctrina de Jalapa, albacea testamentaria de Juana Agustina de la Gala, quien dispuso en cláusula de testamento tener entre sus bienes una casa de madera cubierta de paja fabricada en solar propio, la que no le pertenece del todo, por lo que deja se ajusten con Manuela Infante y demás personas que pretendan derecho, y con quien convino le vendería la casa con 34 varas por cada viento y 15 varas en cuadro pero se le asignaron a Matías Licona y a Juan de Rivera, dueños legítimos que quedaron en otra cláusula, por tanto se desiste y aparta de sus derechos cediéndolos a los mencionados.
JALAPA, DOCTRINA DE
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Doña Gertrudis [de] Jiménez, viuda y albacea de don Andrés Gutiérrez Calzadilla, junto con doña Ana Calzadilla, hija legítima y heredera de dicho Andrés, venden al Licenciado don José Javier González de Sayas, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de Jalapa, una casa de cal, cubierta de tejas, con 20 varas de frente y 55 varas de fondo, ubicada frente a la iglesia y parroquia de este pueblo; linda al oriente con la calle que sube al Calvario, al norte con solar de Francisco Carranza, al sur con solar de doña María Josefa de Araciel y al poniente con solar que fue de Magdalena Luis, en la cantidad de 1, 200 pesos.
Mateo José y Modesto Viveros, hermanos, hijos y herederos del difunto Sebastián Viveros, otorgan poder especial a don Pedro de Senande, Notario Eclesiástico de la doctrina de Jalapa, para que siga y acabe el pleito sobre 2 caballerías que heredaron de su difunto padre, de las cuales se ha apoderado el Capitán don Juan Ricardo de Guzmán, vecino de este pueblo de Jalapa.
Don Carlos José Suárez, Cura Interino, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de Jalapa, otorga poder general al Licenciado José Suárez, Cursante de Sagrados Cánones en los Reales y Pontificios Colegios de San Pedro y San Juan de la Ciudad de Puebla, para que pida, demanda, reciba y cobre a cualquier persona, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y géneros que le deban, y para que lo represente el obispo de Puebla, para la apelación a su favor en la imposición de capellanías.
Don Diego Calderón Velarde, Cura interino de la doctrina de Jalapa, recibe de Antonio Cabello, de esta vecindad, 120 pesos de oro común de principal de un censo a favor de la iglesia parroquial, en virtud de la escritura de venta que le otorgó el Bachiller Miguel Pérez de Medina a Antonio Cabello, por un solar con casa donde hoy vive, ubicada en la Calle Real que de la Plaza Pública sube a los barrios altos, con obligación de reconocer el censo y pagar por sus réditos 6 pesos en cada año, con lo cual quitan y redimen el censo.
Diego de Castro, vecino del pueblo de Jalapa, vende a los Bachilleres, Juan de Escalona Matamoros, Diego Calderón Velarde, Curas interinos de la doctrina de Jalapa, a favor de la parroquia, 6 pesos de oro común de censo redimible en cada año que imponen, sitúan y cargan sobre una casa ubicada en la Calle Real que de la plaza pública va para el camino de la Veracruz, linda por los 2 costados con casas de Pascual de Iglesias y Pascual de Castro. La venta se hace en 220 pesos de oro común que han dado ante el presente escribano. El pago del censo se hará el 1 de diciembre de cada año.
El Licenciado Pedro Chacón de Chávez, Cura Beneficiado de la Doctrina de Tlacolulan, vende al Doctor Agustín Sánchez de Ledezma, Cura Beneficiado de la Doctrina de Jalapa, un esclavo mulato criollo, nombrado Lucas Martín, de 46 años, libre de empeño, hipoteca y enajenación, sin asegurarlo de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedad pública ni secreta, en 206 pesos de oro común en reales de contado.
El Doctor don Agustín Sánchez de Ledezma, Cura beneficiado de ésta Doctrina de Jalapa, el Licenciado Pedro Perdomo, como albacea de doña Aldonsa de Vargas, el Capitán de caballos don José Robledano de Cardeña, como Mayordomo de fábrica de la iglesia, Francisco Miguel de Campo, Nicolasa de Vargas, y demás personas que se mencionan en la presente, otorgan poder especial a don Juan Ventura Tello de Meneses, vecino de Puebla, para que en representación de todos ellos pida, reciba y cobre de quien en derecho deba los pesos que importaron los legados que les hizo por testamento y codicilio el Bachiller don Miguel Pérez de Medina.
Don Agustín Díaz de la Cueva, vecino del pueblo de Coatepec de esta jurisdicción de Jalapa, otorga poder especial a don Domingo del Aguila, vecino de Puebla, para que en su representación parezca ante los señores jueces hacedores y concertadores del Cofre y Maza General de la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de Puebla de los Ángeles o ante con quien derecho deba y haga por el tiempo, cantidad, calidades y condiciones las posturas, pujas y mejoras que le pareciere al nuevo arrendamiento de los diezmos caseros de naturales y de razón de esta doctrina o ramo de Jalapa y Coatepec, que se ha sacado al pregón para su remate.
Francisco Fernández Becerra, vecino del pueblo de Teziutlán, residente en Jalapa, dijo que el Bachiller Miguel Pérez de Medina, Cura de este partido, otorgó su testamento que es éste, del que hace presentación y se entiende es albacea; pide se abra y reduzca escritura y que de él se den los traslados necesarios con interposición de su autoridad:\r\nEl Bachiller Miguel Pérez de Medina, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de Jalapa, natural del pueblo de Teziutlán, hijo legítimo de Sebastián Pérez de Medina y de Elena Rodríguez, otorga su testamento, donde declara lo siguiente: tiene a réditos 5, 000 pesos de oro común que pertenecen a las obras pías fundadas en el cofre de la Catedral de la Puebla de los Ángeles y que tiene pagados los corridos. De la Cofradía del Santísimo Sacramento tiene a réditos 800 pesos que sita en este pueblo los cuales tiene pagados. Tiene a réditos 1, 500 pesos que por capellanía se ha ordenado el Bachiller Nicolás de Vitoria, residente en la Ciudad de los Ángeles. Debe a la Catedral de la Puebla 320 pesos de oro común por los diezmos que ha causado hasta fin del año pasado. Declara tener entre sus bienes una hacienda nombrada Nuestra Señora de los Remedios con cuyos sirvientes ajustó cuentas; se desglosan las deudas de los indios y sirvientes, esclavos, bestias, aperos, sirvientes huidos, ganados, el ajuar de casa y su menaje, entre otros bienes que se menciona.