Manuel de Acosta, como principal, Marcos de Acosta y Eugenio de la Peña, fiadores vecinos de la jurisdicción de Jalapa, se obligan a pagar a la Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, 525 pesos de oro común que le están debiendo de diezmos de los trapiches de Naolinco y de los ingenios de Jalapa, que fueron a su cargo, cuyo pago han de hacer a 50 pesos en cada división, siendo la primera por septiembre y diciembre de este año y el resto en los años siguientes por los meses de mayo, junio, septiembre y diciembre, hasta terminar.
IGLESIAS
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Don Francisco Munguía, don Juan José de Acosta y don Miguel Pérez, junto con otros vecinos del pueblo de Naolinco, otorgan poder especial a don Nicolás Mariano Domínguez Muñiz, vecino de dicho pueblo, para que realice el arrendamiento de los diezmos del ramo de Naolinco, en la cantidad que acuerden, así como de ciertas condiciones elaboradas a favor de la Santa Iglesia Catedral de Puebla de los Ángeles.
Don Ignacio de Guevara, don Manuel Eugenio de Acosta, vecinos de Jalapa, don Juan José de Acosta, don Antonio Gaspar de Acosta, don Miguel Pérez y don José Antonio de Acosta, vecinos de Naolinco y residentes en el pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Nicolás Domínguez, vecino de Naolinco, para que obligue a los otorgantes como principales deudores en el remate del arrendamiento de los diezmos caseros del partido de Naolinco, por lo cual se constituyen en principales pagadores a favor de la iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, por la cantidad en que se celebre dicho remate.
Don Juan José de Acosta, don Miguel Pérez, don Antonio Gaspar de Acosta, don Luis de Acosta, don Manuel Eugenio de Acosta, vecinos del pueblo de Naolinco; don Ignacio de Guevara del pueblo de Jalapa y don Manuel Antonio de Acosta de la jurisdicción de la Antigua Veracruz, dijeron que por estar para rematarse en arrendamiento por la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de Puebla de los Ángeles, los diezmos del ramo de Naolinco, otorgan poder a don Nicolás Domínguez Muñiz, para que en sus nombres, y obligándose el susodicho como principal deudor, obligue a los otorgantes junto con sus fiadores lisos, llanos y principales pagadores de la cantidad o cantidades que por bien tuviere hacer posturas, pujas y mejoras a dichos diezmos.
Don Felipe José Pérez, natural de la Puebla de los Ángeles, residente en esta Villa, Cura por Su Majestad, Eclesiástico por la doctrina de Xilotepec, hijo legítimo de Pedro Vicente Pérez y de María Lorenza Gutiérrez, difuntos, otorga su testamento donde ordena se dé 200 pesos de limosna para los reparos y gastos de la iglesia del Señor San Miguel del Soldado, uno de los pueblos de su feligresía; 300 pesos para la fábrica, material y demás utensilios que necesite la iglesia del Señor San José, también de su feligresía; ordena se le dé a la parroquia cabecera de su curato titulada Nuestra Señora de la Asunción Xilotepec, un ornamento blanco de tela; y otro de igual clase, colorado, a la iglesia del Divino Señor de pueblo de Chiltoyac. Ordena que una casa que posee en Naolinco se quede a beneficio de la Archicofradía del Santísimo Sacramento de Naolinco. Manda que la casa que posee en Puebla se le quede a su sobrino José María Eduardo Pérez, casado con María Gertrudis Pérez. Nombra como albacea a don Diego Leño, Regidor perpetuo del Ilustre Ayuntamiento de esta Villa. Ordena que del remanente de sus bienes se den 1,000 pesos a su hija grande María Francisca Pérez, 5,000 pesos a la otra chica María Guadalupe Pérez, que serán de 6 a 7 años de edad.
Don Nicolás Domínguez, vecino del pueblo de Naolinco, jurisdicción de Jalapa, con poder otorgado y nombramiento de principal deudor y obligado, a favor del Capitán Juan de Acosta, don Francisco Munguía, don José de Guevara, don Francisco de Aguilar, don Francisco Agudo, don Miguel Pérez, don Francisco Pérez de Aguilar y don Manuel de Acosta, vecinos del pueblo de Naolinco, fiadores llanos y principales pagadores de la iglesia Catedral de la Ciudad de Puebla de los Ángeles, Comisario de su cofre de Masa General por la cantidad de 6,240 pesos en que se remataron los diezmos de semillas, ganados y los partidos de Naolinco, Misantla y Tlacolula, por tiempo de 3 años, pagando 2, 040 pesos anuales, puestos en dicho cofre o en la parte que se le pidan, dándose por entregado de los referidos diezmos con la aceptación que tiene de su remate.
José Antonio de Neira Claver, como principal, el Capitán Fernando Bazán de Otero como fiador, vecinos de la jurisdicción de Jalapa, de mancomún, deben y se obligan a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de los Ángeles y en su nombre a los señores comisarios de la Masa General 3 640 pesos de oro común, mismos que importan los diezmos que a José Antonio se le vendieron del Curato de Ixhuacán de los Reyes, de los años 1714 hasta 1720, así también los de Naolinco, Tlacolulan y el ingenio que fue del Licenciado Miguel Pérez de Medina, que pagarán en los plazos en la forma que se expresa.
Diego de Lagunas, vecino de Naolinco, como principal deudor y el Lic. Don José de Heredia, presbítero, ayudante de cura y vecino de Naolinco, como su fiador, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Puebla de los Ángeles, 750 pesos de oro común que valieron y montaron los diezmos de españoles y naturales de los partidos de Misantla, Naolinco y Tlacolulan. Los 300 pesos de ellos de Misantla, y corresponden a los años de 1680, 1681 y el venidero de 1682; y los 450 pesos restantes, de los dichos tres años, de los partidos de Naolinco y Tlacolulan, en esta forma: los 250 pesos para la Navidad del presente año, otros 250 pesos para la Navidad de 1682, y los 250 pesos restantes para la Navidad de 1683.
Don Nicolás Mariano Domínguez Muñiz, vecino del pueblo de Naolinco, otorga que se obliga a pagar la cantidad de 6,525 pesos en que se le remataron los diezmos de la cordillera de Naolinco, pagando 2 175 anuales, los días 1 de diciembre, por 3 años, a favor de la Masa General de la Iglesia de la ciudad de Puebla de los Ángeles, de los señores comisarios de su cofre y de quien más haya lugar, haciendo el primer pago en 1792, señalando como sus fiadores a don Manuel Eugenio y don José Mariano de Acosta, y a don Juan Gómez de Estrada como abonador de ellos.
Los vecinos, naturales y Oficiales del pueblo de Naolinco, se comprometen a realizar todos los gastos de la Iglesia Parroquial de dicho pueblo, donde sin diferencia alguna, contribuirán de manera equitativa en los gastos de dicha Iglesia, para con ello desfrutar y esquilmar las tierras de este lugar, como lo establece la jurisdicción de la Real Justicia.