El Bachiller Francisco Alonso [de Vergara] Montes de Oca [roto], hijo legítimo de Juan Alonso Gómez, difunto, e Inés de Trejo, vecinos que fueron de la ciudad [roto] Palmas, natural de aquella y vecino de esta jurisdicción de la villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que debe 4 pesos al Bachiller Luis de Milla, Clérigo Presbítero de la Nueva ciudad de Veracruz. Asimismo, señala como sus deudores a don Pedro Licona, vecino de la citada ciudad, de 85 pesos; Juan García, vecino de dicha ciudad, de oficio platero, 300 pesos; Juan [de] Castro 54 pesos; y el Capitán Joseph [José] Blanco 112 pesos. Declara por sus bienes dos negras y un negro; ropa y muebles que se menciona en la escritura. Ordena que al negro nombrado Antonio lo entreguen a la iglesia de Cosamaloapan para que sirva todos los días de su vida. Nombra albaceas testamentarios a Francisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa de Córdoba, y a Joseph [José] de Olivera, vecino la misma; y declara como su universal heredera a su madre Inés de Trejo, y en caso de que la susodicha fallezca nombra en su lugar a María González, su hermana, mujer legítima de Alonso Álvarez, vecino de la ciudad de Canaria.
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Marcos Zacarías, vecino de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Sacapuastla [Zacapoaxtla], hijo legítimo de Juan Zacarías y Nicolasa de Peralta, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se den dos libras de cera a Jesús el del Señor San José que está en la ciudad de los Ángeles. Ítem manda al Santuario de Nuestra Señora de Cosamaloapan otras dos libras de cera de que tiene hecha manda. Es su voluntad que sus albaceas saquen de sus bienes 20 pesos y se repartan entre las viudas pobres de esta villa. Declara debe: al cura del pueblo de San Pedro Ixhuatlán 48 pesos de diezmo del año pasado, asimismo el diezmo que se cause de este año; al Bachiller don Juan, capellán de la capilla del Capitán don Juan Gómez Dávila, 200 pesos de dos años de administración [roto]; a Juan Esteban 192 pesos; a don Manuel de Aguilar Osorio, vecino de la ciudad de Tlaxcala, 600 pesos; a la cofradía del Santo Christo [Cristo] de esta villa; a Francisco de Rocha, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], 150 pesos; a Francisco Porrúa y Peña, vecino del pueblo de San Juan, 30 pesos; a Lucas de Gorrostola 15 pesos. Ítem declara le adeudan: Juan de Piña 200 pesos; Antonio de Pedraza 30 pesos; Antonio Martín 68 pesos; Felipe Martín, su hijo, vecino de San Juan, 53 pesos; Miguel Blanco 21 pesos; Alonso Galván, vecino de esta villa, 60 pesos; doña María de Salas, vecina de la ciudad de los Ángeles, 56 pesos; don Juan Gómez Dávila 39 pesos; y Francisco Lorenzo 3 cargas de azúcar a razón de 18 reales arroba. Ítem declara que, en poder de Diego Jerónimo Leal, vecino de la ciudad de la Veracruz, paran 10 cargas de azúcar con 132 arrobas y 12 libras netas, manda se le cobre su líquido. Ítem declara que habrá tiempo de dieciocho años que contrajo matrimonio con Josefa de la Encarnación, difunta, durante el cual tuvieron por hijos legítimos a Gertrudis de la Encarnación que será de catorce años, a Francisco Zacarías de doce años; asimismo, declara que pasó a segundas nupcias con María Francisca Enríquez de Lara con quien procreó una hija nombrada María Antonia, de edad de cuatro años. Ítem declara por sus bienes una hacienda del beneficio de hacer azúcar y todo lo que le pertenece, sobre dicha hacienda están cargados 2 000 pesos a favor del Licenciado José de Barros. Y para cumplir y pagar este testamento nombra por sus bienes a don Juan Gómez Dávila, don Lope Antonio de Iribas y a María Francisca Enríquez de Lara, y por tenedor de sus bienes al citado Lope Antonio de Iribas. Finalmente, nombra como universales herederos a sus tres hijos.
Sans titreMaría Pérez, viuda de José Francisco, difunto; y Francisco Porrúa y Peña, vecinos de este pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, en voz y nombre de José Francisco, en virtud de poder para testar que les concedió; otorgan su testamento de la siguiente manera: Declaran que dicho José Francisco falleció hace veinte días poco más o menos en la ciudad de la Puebla de los Ángeles. Ordenan se digan treinta misas en el santuario de Nuestra Señora de Cosamaluapan [Cosamaloapan] de a 8 reales cada una, en virtud de una promesa que tenía hecha el difunto. Declara por bienes dieciséis mulas, una silla de montar con su freno y cojinillos, una escopeta de arción, una vaca y una caja pequeña sin llave. Declaran fue casado don dicha María Pérez, con quien procreó a Petronila Francisca, de once años de edad; a Andrés Francisco, de ocho años; Lorenzo Juárez, de cuatro años; a Andrés Francisco, de tres años; a Ana María, de un año; y al póstumo o póstuma que esta encinta. Se nombran albaceas testamentarios y como herederos universales a sus hijos. Y como tutora y curadora de sus menores hijos, se nombra la susodicha María Pérez
Sans titreDoña Bernarda de Perea, viuda del Sargento Mayor Rodrigo Serrano, natural y vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, residente en esta villa de Córdoba, hija de Manuel de Perea y de doña Margarita Pérez, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: pide ser sepultada en el convento de San Antonio de esta villa. Ítem manda 4 reales a cada una de las mandas forzadas y acostumbradas. Es su voluntad que se digan por su alma ochenta misas rezadas por la pitanza ordinaria; veinte misas por las almas de aquellas personas que quedó de encargo; doce misas para el alma de sus padres y la limosna se pague de sus bienes. Asimismo, declara y manda que se paguen de sus bienes 20 pesos a la cofradía de Nuestra Señora del Rosario sita en el convento de Santo Domingo de la Nueva Veracruz; 15 pesos a Nuestra Señora de Cosamaloapan; 10 pesos al Santísimo Sacramento sita en la iglesia parroquial de la Nueva Veracruz; 6 pesos en reales a Nuestra Señora de Loreto del hospital nuevo de la ciudad de la Nueva Veracruz; 25 pesos que le debe a un negro que fue su esclavo, vecino de la Veracruz y 20 pesos a Juan Domínguez, panadero, vecino de la nueva ciudad de la Veracruz. Declara que fue casada con el Sargento Mayor Rodrigo Serrano y cuando contrajeron matrimonio, ella llevó por dote la cantidad de 12, 000 pesos en el valor de una casa principal, que está en dicha ciudad de la Veracruz, en esquina del convento de Santo Domingo; tres esclavos; cuarenta marcos de plata, entre otras prendas; y el dicho su marido la dotó de 7, 000 pesos y su marido tenía de caudal otros 7, 000 pesos en reales y bienes. Y durante dicho matrimonio procrearon como hijos al Capitán don Felipe Serrano y Perea, que lo es del presidio y plaza de la ciudad de la Nueva Veracruz; a doña Inés María de Serrano, casada con el Pagador Juan de Buendía, Alcalde Mayor de esta villa; a doña Bernardina Serrano y Perea, casada con Jacobo Rodríguez Díaz; al Alférez don Eugenio Serrano y Perea; a Dionisio Serrano y Perea ambos casados en el Pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] y a doña María Serrano y Perea, doncella que hoy se haya en su compañía. Declara por bienes solo la casa antes mencionada y algunos “bienes muebles de poco valor”. Nombra por sus albaceas testamentarios al Pagador don Juan de Buendía, su yerno y al Capitán don Felipe Serrano y Perea, su hijo, y por tenedor de bienes al dicho pagador; y en el remanente que quedare de todos sus bienes, instituye y nombra por sus únicos y universales herederos a todos sus hijos.
Sans titreBartolomé Sánchez, residente en esta villa, natural que dijo ser de la isla de la Palma una de las de Gran Canaria, hijo legítimo de Francisco Sánchez, que vive en dicha isla, y de Ana de Acosta, difunta, dijo que estando enfermo del cuerpo y sano de la voluntad en todo su libre juicio y buena memoria, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco. Manda se diga una misa por su alma en el Santuario de Nuestra Señora de Cosamaloapan y otra en el de las Ánimas que está en la parroquia de esta villa. Declara por sus bienes unas matas de tabaco en un ranchito de que le consta a su albacea; un caballo ensillado y enfrenado; su ropa de color y blanca. Ítem, declara debe al Licenciado Juan Ortiz de Rivera, Médico, por la asistencia y medicina. Ítem declara debe a una mujer que le ha asistido en el rancho de su tabacal, manda se pague. Para cumplir y pagar su última voluntad nombra por su albacea a Luis Gómez, su amigo y compañero. Y en el remanente que quedare líquido instituye como universal heredero al citado Francisco Sánchez.
Sans titreJuan Rodríguez de Acosta, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la isla de Palma de la Gran Canaria, hijo legítimo de Pedro Rodríguez de Mérida y María de Acosta, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara deber 20 pesos a Nuestra Señora de Cosamaluapa [Cosamaloapan]. Declara tener cuentas con el Capitán don Felipe López del Castrillo, por una obra de carpintería, de la cual, acabados cuatro moledores, pagado el oficial y descontándose las alfardas desgastadas y labradas, manda se ajuste la cuenta y se pague lo que fuere. Declara tener varias deudas, entre las cuales debe a Juan de Porras, el del ventorrillo, un peso; al Alférez Esteban de Naval y Pintos, 5 pesos; a José de Gatica, 6 reales; entre otros. Declara por bienes dos caballos, una espada, un machete de cinta, una casaca, dos pares de calzones y una chupa vieja; su herramienta de carpintería y una mula parda. Nombra como albacea testamentaria y tenedor de bienes al Capitán Juan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa. Nombra como universal heredera a su alma, para que sus bienes se conviertan en misas por ella.
Sans titreIgnacio Rodríguez, vecino de este pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, natural de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, hijo natural de Bartolomé Rodríguez; y Mariana de Vargas, su legítima mujer, natural de este pueblo, hija legítima de Juan de Vargas y de Josefa de la Cruz, difunta; se otorgan poder mutuo el uno al otro y ambos al Bachiller don José de Arrucha para que puedan otorgar testamento como se lo tienen comunicado el uno al otro y al dicho bachiller. Dijeron que de no cumplir unas novenas de tres días que tienen ofrecidas a Nuestra Señora de Cosamaloapan por sus muchas ocupaciones, después de que hayan fallecido se remitan por sus albaceas al santuario de dicha señora 2 arrobas de aceite y media arroba de cera, la cual ha de llevar Juan Rodríguez, su hijo. Ignacio Rodríguez declara haber sido casado en primeras nupcias con Nicolasa Hernández, difunta, con quien procreó a dicho Juan Rodríguez, de más de catorce años de edad. Y Mariana de Vargas declara fue casada en primeras nupcias con Francisco Sánchez con quien procreó a Juana Sánchez, de [dieciséis] años, a la cual por herencia de su abuela, Josefa Ruiz, le cupieron 150 pesos, cantidad que entró en poder de dicho Ignacio Rodríguez. Declaran que Mariana de Vargas llevó al matrimonio 1 400 pesos e Ignacio Vargas 150 pesos de cinco mulas aparejadas, y en dicho matrimonio han procreado a Joaquín Vicente Rodríguez, de once meses de edad. Se nombran como albaceas el uno al otro y ambos nombran al Bachiller don José de Arrucha. Nombran como herederos a sus hijos Juan, Joaquín Vicente y a Juana Sánchez. Se nombran el uno al otro como tutores y curadores ad bonos de sus menores hijos.
Sans titreTomás García, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de María de Leiva, su legítima mujer, difunta, y en virtud de poder para testar que le confirió en esta villa, por la presente otorga el testamento de su mujer de la siguiente manera: Declara que María de Leiva falleció el 14 de octubre pasado y el día 15 fue sepultada en la iglesia parroquial de esta villa. Dejó ordenado se diga una misa rezada a Santa Gertrudis, por la limosna de un peso, en su altar que está en la capilla de la Tercer Orden de Penitencia de esta villa; cuatro misas rezadas por la limosna de un peso a la Virgen de Cosamaluapam [Cosamaloapan] en su santuario; otra al Santísimo Cristo de Yshuatlan [Ixhuatlán] en su santuario; otra a San Miguel del Milagro, en su santuario; y otra a Nuestra Señora de Aquila, también en su santuario. Ordena se le entregue a Bernabela de Leiva, su hermana, dos sayas de piquin [Pekín], una casaca negra, un tapapiés de seda verde y una caja. Declara que hace poco más de seis años que contrajeron matrimonio y que María de Leiva llevó al matrimonio 232 pesos que le tocaron de su hijuela de partición de los bienes de Jerónimo de Leiva, su padre, y después, Isabel Pérez de Moya, su madre, les dio un cuarterón de solar en 25 pesos, asimismo, él llevó al matrimonio la cantidad de 250 pesos. Se nombra el otorgante como su albacea testamentaria de su mujer y como heredera universal a doña Isabel Pérez de Moya, su madre.
Sans titreDoña Micaela Ramos, vecina de este pueblo de San Juan Coscomatepec, natural de la ciudad de Tascala [Tlaxcala], hija legítima de Francisco Ramos y de doña Mariana Franco, difuntos, vecinos que fueron de dicha ciudad, otorga su testamento en la manera y forma siguiente: Manda se diga por su alma, la de Marcos Blanco su marido, sus padres y sirvientes difuntos, 1 100 misas rezadas. Declara que es hermana de todas las cofradías de este pueblo y pide a sus mayordomos cumplan con la obligación que deben. Ítem manda a la fábrica material de la santa iglesia de este pueblo 200 pesos. Ítem declara que debe las cantidades de pesos siguientes: 35 pesos a la Cofradía del Patriarca San José; 1 224 pesos de resto del ganado que le compró su hijo a don Jerónimo Mendívil, vecino del pueblo de Cosamaloapan; 30 pesos al Veedor don Antonio Lorenzo de [Riascos], Alcalde Mayor de este partido. Ítem declara que por una de las cláusulas del testamento de su marido el Capitán Marcos Blanco, mandó se le diesen 200 pesos a Josefa Galván, manda que luego que tome estado se le entreguen. Ítem manda que de sus bienes se le den 200 pesos a Miguel Blanco, pardo libre, que le ha servido. Ítem manda que de sus bienes se le dé una mula aparejada a Ambrosio Cocinero; asimismo, se le den 45 pesos a Manuela, niña que ha criado en su casa. Ítem manda que Lucía López muchacha que tiene en su casa se le entreguen a su madre 40 pesos, y luego que tome estado, la susodicha se los entregue. Manda a su nieta doña Ana, hija legítima de don Dionisio Serrano y Perea y de doña Nicolasa Blanco, una gargantilla de perlas y unos aretes. Ítem declara le adeudan las personas siguientes: El licenciado don Diego Tenorio, vecino de la ciudad de los Ángeles; don José de Arrucha; el Licenciado don Antonio Téllez; el Licenciado don José Rodríguez de la Peña; el Alférez don Eugenio Serrano y Perea, su hijo; el Regidor Baltazar González de Velilla Blanco y el Regidor don Juan Valero Grajeda. Ítem declara por sus bienes dos escrituras de obligación que a su favor y la de su hijo don Lorenzo Antonio Blanco otorgó don Juan Mellado de Rivadeneira, una de 6 000 pesos pertenecientes a la paterna de su hijo, y la otra también de 6 000 pesos a su favor. Ítem declara que fue casada con el Capitán Marcos Blanco, difunto, de quien fue albacea, tenedora de bienes, tutora y curadora de sus menores hijos; de dicho matrimonio procrearon a doña María Blanco Ramos, mujer legítima del Alférez Eugenio Serrano y Perea; doña Nicolasa Blanco, mujer legítima de Dionisio Serrano y Perea; y al dicho don Lorenzo Antonio Blanco, de edad de dieciocho años. Ítem declara por bienes adquiridos del citado su hijo don Lorenzo Antonio Blanco, ganados con su industria y su permiso, ocho mulas aparejadas, nueve caballos, dos escopetas y un par de carabinas, de las cuales le hace gracia y donación. Declara por sus bienes los siguientes: una mulata nombrada Jacinta, esclava de edad de veinticuatro años, con una hija nombrada Gertrudis de ocho meses; una negra nombrada Isabel de cincuenta años; un negro nombrado Juan de cuarenta años; un mulato nombrado Marcos de trece años y otro nombrado Gabriel José de cuatro años; seiscientos sesenta y cinco toros del abasto de las carnicerías de este pueblo; ochenta y cinco cabestros y bueyes; doscientas vacas y algunas con sus crías; cuarenta y cinco caballos y yeguas; 200 novillos y treinta y cinco mulas de recua; la casa de su morada y otros artículos que se mencionan en la escritura. Nombra albacea, en primer lugar, a su hijo don Dionisio Serrano, en segundo al Bachiller don José de Arucha, Presbítero, Vicario del pueblo de San Pedro Ixhuatlán; y en tercero al Alférez Eugenio Serrano, su hijo. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes nombra por sus universales herederos a doña María, doña Nicolasa y don Lorenzo Blanco, sus hijos legítimos.
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