Don Juan Lorenzo Velázquez, vecino y mercader de Jalapa, dijo haberse obligado a pagar como fiador junto con su hermano Don José de Castro, difunto, a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, la cantidad de 230 pesos de oro común de los diezmos que Don dicho José de Castro administró en el partido de Ixhuacán de los Reyes; y por habérseles pasado el plazo a que se comprometieron y satisfecho únicamente 50 pesos de los 230 pesos convenidos, se le ha pedido haga composición de los 180 pesos restantes, y poniéndolo en efecto, el otorgante como principal deudor, y Andrés Pérez, como su fiador, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, los dichos 180 pesos en los plazos siguientes: 50 pesos para fin de diciembre del presente año; otros 50 pesos para fin de diciembre de 1692; otros 50 pesos para fin del año de 1693, y los 30 pesos restantes, para fin de diciembre de 1694.
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El Capitán don Francisco de la Higuera Matamoros, dueño del ingenio La Santísima Trinidad, se obligó a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Puebla de los Ángeles y a los señores hacedores de los diezmos, 525 pesos de oro común que valieron los diezmos de ganado mayor de la haciendas de Santa Fe y Moreno, y la de Cempoala, ubicadas en la jurisdicción de La Antigua Veracruz, que son de su propiedad, correspondientes a 1677, 1678 y 1679, en esta forma: 175 pesos para la Navidad de 1678, otros 175 pata la Navidad de 1678 y los 175 pesos restantes, para la Navidad de 1680.
Cristóbal López de la Plata, residente en Jalapa, como principal deudor, y el Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, dueño del ingenio La Santísima Trinidad, y el Capitán Don Nicolás Flores Altamirano, dueño del ingenio de San Miguel Alomolonga, como sus fiadores, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, 645 pesos de oro común, precio en el que le vendieron al principal, los diezmos del maíz y menudencias con los de los naturales del partido de Jalapa, correspondientes a los años de 1678, 1679 y 1680, a razón de 215 pesos anuales, en esta forma 215 pesos para la Navidad del presente año, otros 215 pesos para la Navidad de 1680, y los 215 pesos restantes, para la Navidad de 1681.
Juana de Olivares, vecina de esta villa, viuda de Francisco Vélez, hija de Diego de [Aralde] Molina y María de Olivares, vecinos de la ciudad de los Ángeles, ordena su testamento en la forma siguiente: Declara que debe al padre Francisco de Llanos y a la fábrica de la iglesia parroquial de esta villa. Menciona que a ella le debe Pedro Gatica, Juan de Ferrera, Isabel Martínez, Diego Notario [sic]. Declara por sus bienes una casa de jacal nueva, una tembladera de plata, jubón de estafeta y otros bienes que se mencionan en la escritura. Señala que fue casada en primer matrimonio con Francisco [Pérez], quien no llevó a su poder cosa alguna, dentro del matrimonio procrearon a María de Caicedo que está casada, a Diego y a Juan, a quienes nombra como sus hereros. Y para cumplir este testamento nombra albacea testamentario a Juan Moreno Armario para que haga las diligencias necesarias.
Sans titreDoña Juana de Leiva Esparragosa, mujer legítima de Fernando Nieto Solano, hija legítima del Regidor Joseph [José] de Leiva y de doña Catalina de Esparragosa, vecinos de esta villa de Córdoba, de donde es natural, otorga su testamento en el cual manda se le dé al altar del Santo Cristo de esta iglesia parroquial una lámpara de 50 pesos. Ordena se dé a la imagen de Nuestra Señora de Concepción, del altar mayor de esta parroquia, una gargantilla de perlas, una sortija de oro y una pulsera de perlas que tienen una onza. Manda se le entregue una limosna a su comadre Antonia de Mata. Nombra como albacea testamentario a su padre Joseph [José] de Leiva y a su marido Fernando Nieto Solano. Como herederos de las dos tercias partes de sus bienes nombra a sus padres y del resto a su marido.
Sans titreEl Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general a don Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec] de esta jurisdicción, para que en su nombre lo pueda obligar y lo obligue como su fiador y principal pagador a favor de los señores de la masa capitular de la santa iglesia Catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en cantidad de 1 000 pesos, pertenecientes a los diezmos de esta villa y del pueblo de [roto].
Sans titreEl Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, Comisario del Santo Tribunal de la Inquisición de esta reino en esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general a don Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec] de esta jurisdicción, para que en su nombre lo pueda obligar y obligue como su fiador y principal pagador a favor de los señores de la masa capitular de la santa iglesia Catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en cantidad de 1 000 pesos pertenecientes a los diezmos de esta villa y del pueblo de Orizaba.
Sans titreDoña Ana María Gómez Dávila y don Bernardo de Ceballos, vecinos de esta villa, exhibieron un testimonio de una escritura, su fecha de ayer 4, y pidieron se registre en este libro del becerro, y de él se percibe el que ambos instituyeron y fundaron [roto] rezadas con el principal de 3 000 pesos de oro común, los mismos que dicha doña Ana cedió en favor de dicha capellanía por otros tantos que a censo redimible le reconoce y paga doña Josefa Andrea Ramírez de Hidalgo, vecina de la ciudad de México, quien los impuso y cargó sobre una casa de cal y canto que posee en el pueblo de Orizaba en la calle que sube del río principal para el Santuario de Nuestra Señora de Guadalupe, en la mediación del lugar linda por una parte con casas de don Diego Bringas de Manzaneda, y por otra calle de por medio con la de don José Mejía.
Sans titreDon Manuel Francisco García del Castillo, vecino de esta villa, exhibió un testimonio de escritura de obligación subrogada y traspaso, su fecha en la Nobilísima ciudad de los Ángeles a 22 del corriente mes y año, en dicha escritura se percibe el que Bartolomé Gerardo, Administrador de las obras pías y capellanías de la santa iglesia catedral de dicha ciudad, y en virtud de poder de don Francisco, don Vicente y don Antonio Pibot y Tapia del Castillo de Altra, vecinos de esta villa, según lo que los susodichos le confirieron, otorgaron deber y se obligaron a pagar a la dotación de los maitines del día de la infraoctava de Corpus Christi que se celebra en dicha santa iglesia catedral, y fundó el Ilustrísimo Doctor don Diego Felipe Gómez Angulo, Deán que fue de ella y hoy meritísimo Obispo de la ciudad de Antequera valle de Oaxaca, y de la que es Administrador dicho don Bartolomé Gerardo, 4 000 de oro común de principal; y a favor de la capellanía que fundó don Manuel de Varelas, que al presente sirve en propiedad el Señor Doctor don Lorenzo Fernández de Arévalo, Prebendado de la dicha santa iglesia 1 400 pesos de dote; y de la capellanía que fundó Juan de Buenas, y sirve en propiedad el Licenciado don Francisco Cabezas, Presbítero, 1 253 pesos y 6 reales; que todas las partidas completan la cantidad de 6 643 pesos y 6 reales; y dicho don Bartolomé Gerardo obligó a los expresados sus partes que lo son don Francisco, don Vicente y don Antonio Pibot y Tapia del Castillo de Altra a pagar y satisfacer los principales dentro de cinco años e igual a pagar el 5 por ciento del rédito, para seguridad del principal hipotecaron dos haciendas una nombrada Nuestra Señora del Pilar, alias la Palmilla, y la otra Señor San José, alias Zacatepec, así como también las herencias que el valor de ella tienen de los susodichos, y por lo que se refiere a don Antonio Pibot y Tapia en su nombre y virtud de su poder se subroga, cede y traspasa en favor de dicha dotación y capellanía el derecho que a las referidas haciendas le competían por razón de sus herencias, para que con preferencia de éstas se cobren los principales y réditos.
Sans titreDon Francisco García de Lara, vecino de esta villa, Regidor Perpetuo, exhibió un testimonio de escritura para su registro, otorgada el día de ayer, en la cual hizo institución y fundación de una capellanía de misas rezadas por su alma, la de sus mujeres, padres e hijos, con la dote de 4 000 pesos de oro común, que del remanente del quinto de sus bienes impuso a censo principal redimible sobre una casa principal de edificio bajo, de cal y canto, cubierta de madera y teja, que posee en una de las esquinas principales de la plaza Pública de esta villa, cogiendo dos calle, una que baja de dicha plaza Pública por el costado izquierdo de la santa iglesia parroquial, al camino real que pasa para la ciudad de la Nueva Veracruz, y la otra que viniendo del ejido pasa por la puerta reglar del convento de San Antonio a las riberas del río de este mismo nombre, y linda por la parte de oriente, pared en medio, con casa perteneciente a dicho Francisco, por la de poniente una de dichas calle en medio con casa de Bartolomé Laurencio; por la del norte, la otra calle en medio con las paredes del atrio o cementerio de dicha santa iglesia parroquial, y por la del sur con solar y casa de tabla que igualmente pertenecen a dicho don Francisco. Nombró por capellán interino al Bachiller don Juan García de Lara, su hijo legítimo y de doña Isabel Coronado.
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