María [de] Ferrera [de Tévez], natural y vecina de esta villa de Córdoba, hija de Antonio Ferrera de Tebes [Tévez] y de Francisca de la Peña, difuntos, vecinos que fueron de esta villa, otorga su testamento donde declara ser viuda del Regidor Juan Francisco Ramírez, con quien procreó a Juana Ramírez, difunta, quien estuvo casada con Juan Rivas, vecino de la Puebla de los Ángeles; a Nicolasa Ramírez, difunta, mujer que fue de Alonso López de Cuéllar; a Francisco, difunto; Antonio, difunto; Francisco, difunto; María de veinticuatro años de edad; y Joseph [José] Ramírez, de diecinueve años. Declara por bienes un solar de 50 varas en cuadro en esta villa, que hace esquina a la calle Real y a la de San Juan, y en dicho solar una casa; [cuatro] solares de tierra y en ellos un horno de hacer cal, ubicado junto al cerro de la Peñuela de esta jurisdicción, entre otros bienes. Nombra como albaceas testamentarios a Jacinto Pérez Padrón, su compadre, y a Marcos Blanco, su primo, y como herederos a María y Joseph [José] Ramírez, sus hijos, y a Juana, su nieta, hija de Alonso López de Cuéllar y Nicolasa Ramírez.
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Lázaro Díaz y Nicolás de la Mata, Alcaldes del pueblo de San Lorenso Serralbo [Lorenzo Cerralvo] de la jurisdicción de esta villa Córdoba; y Pedro Bernal, Regidor de dicho pueblo, a nombre propio y de los demás vecinos de San Lorenzo, por la licencia que tienen de Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa, otorgan arrendamiento a Benito Arias un pedazo de tierra de 25 varas en cuadro en dicho pueblo, para que haga su casa de vivienda y tienda cercada de tablas, cubierta de zacate o teja, pozo y panadería con su horno de cal y canto, por tiempo de 5 años, que empezó a correr y contarse desde el día 6 de noviembre del presente año, a razón de 10 pesos anuales. Con la obligación de no quitar a dicho Benito la tierra arrendada, en caso contrario se le dará otra con las mismas condiciones, asimismo, aceptó esta escritura y pagará por el arrendamiento a los alcaldes de dicho pueblo y en caso de que antes que se cumpla el contrato se hiciera traspaso de la casa y tienda a otra persona, se obligó a que pagará el arrendamiento de ella.
Sem títuloJosé de Aguilar y María Ferrer de Piña, marido y mujer; José Curbelo Castro y Leonarda Galindo, marido y mujer; hijas y herederas de Antonia de Piña, difunta, vecinos de la jurisdicción de esta villa de Córdoba. Ambas con licencia de sus maridos, venden a don Agustín Ponce de León, vecino de esta villa, medio solar de tierra que se compone de 25 varas de frente y [roto] de fondo en el que está fabricada una casa y un horno de cocer pan. Solar que está ubicado en la calle que sale de la plaza Pública de esta villa al pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec] y linda por una parte con casa de Juan de Figueroa, por el otro lado con casa y solar de Ignacio Tinoco, por el fondo con solar del Alférez Nicolás del Castillo de Altra y hace frente, calle en medio, con casa de Pascual de Molina. Mismo que le hizo merced el Señor Cabildo de esta villa a Josefa Román, viuda de Manuel Rodríguez de Piña, y que heredaron de Antonia de Piña, su madre, y hoy vende con sus entradas y salidas, usos y costumbres, libre de empeño, censo e hipoteca, al precio de 125 pesos.
Sem títuloEl Alférez don Francisco Blas de Medina, vecino del pueblo de Orizaba y residente en esta villa de Córdoba, vende al Secretario Juan de Espinosa, Escribano de Su Majestad y vecino de Orizaba, 25 varas de solar de frente y 50 de fondo en dicho pueblo, en el cual tiene fabricada una casa de cal y canto cubierta de teja, compuesta de una sala y tienda de 17 varas, dos hornos y un pozo, con un cuarto de barro cubierto de teja, y lo demás que le pertenece; ubicado en la calle que atraviesa para la calle Real de la parte de arriba de dicho pueblo, y linda por una parte con solar y casa de Francisco Barrales por la parte del norte; por el sur hace esquina y frente, calle en medio, con casa y solar de los herederos de Juan de Segura; por las espaldas y fondo linda con solar de los herederos de Juan Hernández de Estrada; y por el poniente, calle en medio, hace frente con casa de los herederos de Josefa de Guzmán; cuyo solar lo hubo y compró de Francisco Barrales en el año de 1705. Lo vende en precio de 1 150 pesos de oro común en reales.
Sem títuloIsabel Pérez de Moya, vecina de esta villa de Córdoba, como albacea testamentaria de Jerónimo de Leiva, su difunto marido, tutora y curadora ad bona de sus hijos, vende a Andrés de Leiva, su hijo, dos solares y medio en el barrio de San Sebastián, que lindan y hacen frente, calle en medio, con solar de [Angelina María]; y por otra parte con solar de Ana Martín; y por otra con solar de don Francisco Valero; en cuyos solares están edificados dos hornos de cocer cal y otro de cocer teja, un pozo y un jacal de paja, todo lo cual le vende en precio de 350 pesos de oro común en reales, de los cuales corresponden 215 pesos a Antonio de Leiva y 135 pesos a Juan de Leiva, sus hermanos, cantidad que se les debe de sus hijuelas paternas. Asimismo, Andrés de Leiva se obliga a pagar a sus hermanos dentro de dos años, con sus réditos de 5 por ciento cada año a Antonio de Leiva.
Sem títuloNicolás Ruiz, mulato, vecino de la jurisdicción de San Juan de los Llanos, y Juan Román Castillo, residente en el real de minas de San Miguel Tachaque, y por otro nombre Alchichica, jurisdicción de Tepeaca, se obligaron a que dentro de mes y medio, a partir de hoy día de la fecha, darán al Bachiller Iñigo López de Mendoza, beneficiado por Su Majestad del pueblo de Teziutlán, y a Nicolás Pérez Toledano, de la misma jurisdicción, una hacienda de fundición de paradilla con dos hornos para fundir metal, y otro de afinación, con todo lo necesario para su avío. Con la condición de que les han de dar 200 pesos en reales en un plazo de 20 días, los cuales se sacarán de lo primero que se fundiese, le darán al maestro Nicolás Ruiz por su trabajo 60 pesos, y les han de dar la mitad de cada una de las minas que tiene denunciadas, que son: San Miguel, La Descubridora, Santa Clara, y Jesús Nazareno. Lo que se gastare de salarios en gente, bastimentos y otros insumos en las dichas minas, ha de ser por cuenta de los cuatro socios.
Doña Dominga Rosa de Santa Marina, vecina del pueblo de Jalapa, viuda de Roque de Aguilera, otorga poder a don Francisco Velad, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su nombre reciba un rancho en dicha ciudad con esclavos, ganados y horno de cal de Antonio del Castillo, a quien se lo tenía arrendado, así también reciba lo que estuviera debiendo por el arrendamiento y de lo que reciba otorgue carta de pago y finiquito, y para que pueda arrendarlo nuevamente o en su defecto venderlo por la cantidad que ajustare.
Francisco Juárez, mayordomo de la hacienda de ovejas de don Gaspar de Rivadeneira, otorga que da en arrendamiento a Gerónimo [Jerónimo] Sánchez, residente en esta jurisdicción, una venta en el pago que llaman de la Lagunilla, jurisdicción de esta villa, con sus jacales viejos, su casa de vivienda y descargadero, por tiempo de cuatro años. El arrendamiento es por precio de 50 pesos en cada uno de los primero años, y los otros dos, 100 pesos por cada uno de ellos; con cargo y calidad de construir una nueva casa de vivienda de 8 brazas de largo y 4 de ancho cubierta de zacate, además un horno cubierto, jacales y un descargadero en donde paren las recuas, de 10 brazas de largo y 2 de ancho cubiertos de zacate, todo esto lo ha de hacer Gerónimo [Jerónimo] a su costa, sin que por ello se le haya de pagar.
Sem títuloEl Alférez Baltazar de los Reyes y Lucía de Malpica, viuda de Luis Fernández, albaceas del susodicho, dijeron que por fallecimiento del susodicho ponen a disposición lo siguiente: Primeramente una tienda surtida de todos los géneros de la tierra como son paños, sombreros, huipiles, bayetas y otros trastes; diez mulas aparejadas de lazo y reata, tres caballos y cuatro yeguas, tres marranos, tres casas cubiertas de zacate, un horno de hacer pan, una escopeta, cuadros, tres cajas, una mesa y un banco, una frasquera vieja, 300 pesos en reales, 530 pesos constan de un libro de cuentas, 128 pesos que debe Sebastián Fernández, vecino de esta pueblo.
Antonio López, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Antonio Millán, vecino de esta villa, una casa cubierta de teja [roto] solar de frente y 50 de fondo [roto] hace frente con solar de Joseph Gomes Davila, por el fondo con casas de Juan de Soto Noguera, Alguacil Mayor del Santo Tribunal de la Inquisición; la vende con su patio, pozo, tienda de esquina armada y horno de cocer pan. Dicha casa la compró de Gregorio Martínez de Solís, Alguacil y Regidor Perpetuo de esta dicha villa, y al presente la vende por libre de tributo y empeño en precio de 200 pesos de oro común.
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