HACIENDA SAN MIGUEL

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              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0071 · Item · 1693/11/09
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph [José] de Leiva, vecino de la villa de Córdoba, otorga que da en arrendamiento a Miguel de Leyva [Leiva Esparragosa], su hijo, Alcalde Ordinario de esta villa, una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San Miguel, ubicada en esta jurisdicción en el pago de Totutla, con 10 caballerías de tierra en que se halla edificada, dichas tierras están cargadas a censo de 2 500 pesos a favor de don Domingo [de] Apresa y Gándara, vecino de la ciudad de los Ángeles. La hacienda se compone de casas, esclavos, ganado, cañaverales, que se hallan valuados en los precios que se mencionan en la escritura. El arredramiento es por tiempo de diez años en precio de 1 500 pesos anuales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0017 · Item · 1702/04/03
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              José de Leiva, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto tiene una hacienda de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción nombrada San Miguel, en el pago que llaman de Totutla, la cual tiene en arrendamiento desde 1693 a su hijo, el Regidor Miguel de Leiva Esparragosa, con todos los bienes que la componen que importaron 16 911 pesos y 6 reales que era el valor que entonces tenía dicha hacienda, cuyo arrendamiento se hizo por la cantidad de 1 500 pesos anuales. Asimismo, dijo que los pagos del arrendamiento están al corriente y que Miguel de Leiva ha hecho muchas mejoras, subiendo de valor dicha hacienda, y por cuanto está próximo el término de dicho arrendamiento y porque en una de las condiciones de éste dice que cumplido el tiempo se había de reconocer y avaluar la dicha hacienda, y de todas las mejoras que en ella hubiese, las había de recibir José de Leiva pagando su valor a su hijo, y de no ser así, Miguel de Leiva sacaría dichas mejoras como bienes que le pertenecen. Y reconociendo que las mejoras son muchas y que han de importar muchos pesos, aunado a que el otorgante se haya imposibilitado para pagar, han convenido en vender dicha hacienda a su hijo por el mismo precio en que fue valuada cuando se hizo el arrendamiento; por lo tanto, otorga que vende a don Miguel de Leiva dicha hacienda de trapiche de hacer azúcar, en la misma cantidad de pesos que valía cuando la recibió en arrendamiento, cuya paga se obliga a hacer en los plazos y condiciones que se mencionan en la escritura.

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