HACIENDA SAN JOSÉ SUCHIATL

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              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0036 · Pièce · 1698/04/09
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María de Brito Lomelín, natural de esta villa, hija legítima de Salvador de Brito Lomelín y de doña [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa], difuntos y vecinos que fueron de esta villa de Córdoba, otorga su testamento de la manera siguiente: Ordena ser amortajada con hábito y cuerda de San Francisco, de cuya Orden Tercera es profesa de hábito exterior, y sepultada en la iglesia parroquial de esta villa, delante del altar de Nuestra Señora de la Soledad, de cuya cofradía es hermana, debajo de la última grada. Ordena se digan por su alma las misas de la emperatriz, pagando un peso por cada una de ellas. Ordena se saquen de sus bienes 400 pesos de oro común para ayuda a la fábrica de la iglesia parroquial de esta villa que actualmente se está haciendo, y en caso de que la fábrica se termine antes de su fallecimiento, ordena que sus albaceas entreguen dicha cantidad al cura que sea de la iglesia para que los emplee en lo más necesario. Declara tener cuentas con Salvador Pérez [Milián], carpintero vecino de esta villa, quien le debe 100 pesos, los cuales manda se den para la fábrica material de la capilla de la Tercera Orden que se está labrando en el convento de San Antonio de esta villa, ya sea en reales o los desquite en dicha obra con su oficio de carpintero. Declara por bienes la casa de su morada, que hacen frente con la iglesia parroquial, y otras casas que tiene en esta villa; asimismo, una hacienda de trapiche de fabricar azúcar en esta jurisdicción, nombrada San José [Suchiatl], que por el oriente linda con el trapiche que fue de Nicolás Rodríguez y hoy posee doña Marina Gómez Dávila. Declara haber estado casada con el Capitán don Thomas [Tomás] López de Sagade Bugeyro [Bugueiro], difunto, con quien procreó al Licenciado don Joseph [José] López de Sagade, Clérigo Presbítero de este obispado de la Puebla de los Ángeles; a don Alonso López de Sagade [Bugueiro], casado con doña Antonia [Clara] de Rivadeneira; a don Thomas [Tomás] López de Sagade [Bugueiro], casado con doña Juana de Ojeda, vecinos de esta villa; a don Juan Carlos López de Sagade, que se halla cursando filosofía en la ciudad de los Ángeles, de 21 años de edad; y a doña Francisca López de Sagade [Bugueiro], que falleció doncella. Declara que don Alonso López de Sagade [Bugueiro], su hijo, desde hace tres años se ha hecho cargo del trapiche, de cuyos frutos gozan todos, por lo cual ordena se le den 1 000 pesos por cada año que ha estado y esté al frente del trapiche. Ordena se le den 200 pesos de oro común a su sobrina María de Brito, de nueve años de edad, hija de Diego de Brito [Lomelín] y de doña Juana Villareal [y Estrada]; [roto] pesos a Isabel, hija de los susodichos; 400 pesos de oro común a su sobrina Antonia, niña de doce a trece años de edad, hija del Alférez Juan Gutiérrez y de doña Ángela de Brito, su hermana, vecinos de la ciudad de los Ángeles; 100 pesos a cada una de las siguientes niñas: María de dieciséis años de edad, Nicolasa de catorce años, y Catalina de ocho años, todas hijas de Francisco del Pino, difunto, y de Josepha González [Josefa González Moreno]; todas las cantidades anteriores para ayuda del estado que nuestro señor se sirva encaminarles, las cuales recibirán luego que tomen estado. Nombra como albaceas testamentarios al Licenciado don Joseph [José] López de Sagade, a don Alonso López de Sagade [Bugueiro] y a don Tomás López de Sagade [Bugueiro]. Nombra como herederos universales a sus hijos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0163 · Pièce · 1712/12/29
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Tomás López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba, natural de ella, hijo legítimo del Capitán don Tomás López de Sagade y de doña María de Brito Lomelín, difuntos; y doña Juana de Ojeda, su mujer legítima, vecina de esta villa y natural de ella, huérfana que no conoció a sus padres, estando al presente enferma en cama del cuerpo; y ambos en su libre juicio y entendimiento otorgan poder para testar “el uno al otro y el otro al otro” para que puedan hacer su testamento como se tienen comunicados. Declaran que habrá tiempo de dieciocho años que contrajeron matrimonio, dicha Juana de Ojeda trajo de caudal 2 000 pesos que le legó doña Ana de Sandoval y Velilla Blanco, mujer legítima del Capitán Nicolás Blanco y dos negritas nombradas Teodora y Antonia; por su parte don Tomás López tiene de caudal como 9 000 pesos que heredó de sus padres, que están cargados sobre la hacienda San José [Suchiatl]; durante su matrimonio han tenido por hijos a don Francisco que será de dieciséis años, a don Tomás de catorce, don Miguel de diez, don José de cuatro, don Agustín de Sagade Bugueiro de dos años y medio. Para el cumplimiento de este testamento se nombran por albaceas “el uno al otro y el otro al otro”, y en el remanente que quedare de todos sus bienes, instituyen por sus únicos y universales herederos a sus hijos legítimos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0022 · Pièce · 1706/03/18
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María de Brito Lomelín, viuda, vecina de esta villa de Córdoba, natural de ella, hija legítima de Salvador de Brito Lomelín y de doña María Andrea Rodríguez de Ortigosa, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda 2 pesos de limosna a cada una de las 8 cofradías que están en la parroquia de esta villa, el Santísimo Sacramento, Nuestra Señora de la Soledad, la Sangre de [roto] Rosario, Jesús Nazareno, Señor San José, la Pura y Limpia Concepción, las Benditas Ánimas del Purgatorio y San Juan Tetitlán de las Casillas. Asimismo, manda se saquen de sus bienes 200 pesos y de ellos se den 100 pesos a María de Brito y los otros 100 a Isabel de Brito Lomelín, hijas de Diego de Brito Lomelín, difunto. De igual forma se saquen de sus bienes otros 200 pesos y se le den 100 a Catalina de Pino y 100 a Antonia Gutiérrez, niña doncella, hija del Alférez Juan Gutiérrez. Dijo que habrá tiempo de cuarenta años que contrajo matrimonio con el Capitán Tomás López de Sagade, difunto, del que fue albacea, durante su matrimonio tuvieron por hijos legítimos al Alférez don José López de Sagade Bugueiro, Clérigo Presbítero, a don Alonso, don Tomás y don Juan López de Sagade, asimismo Presbíteros. Declara por sus bienes dos casas de cal y canto. Ítem, declara que fundó una capellanía de misas rezadas de 3 000 pesos de principal sobre un trapiche nombrado San José, que al presente posee su hijo el Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, y nombró por primer capellán al susodicho, como asimismo se nombró como patrona de ella. Nombra albaceas testamentarios al Bachiller don José López de Sagade, Alonso, don Tomás y a Juan López de Sagade Bugueiro, sus hijos, y sólo por tenedor a Juan López de Sagade. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes instituye y nombra por únicos y universales herederos a sus hijos legítimos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0101 · Pièce · 1716/09/07
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba y natural de ella, hijo del Capitán don Tomás López de Sagade y de doña María de Brito Lomelín, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda su cuerpo sea amortajado con las vestiduras sacerdotales y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa delante del altar de Nuestra Señora de Guadalupe, donde está enterrada su madre. Declara que las cuentas y sus dependientes que tiene con algunos vecinos de esta villa constan en libro de cuentas las cuales manda a sus albaceas se ajusten y liquiden, y cobren los alcances que resultaren a su favor, asimismo, se pague lo que él debiere. Declara por bienes una hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada Señor de San Joseph [José Suchiatl] y una casa en esta villa en la que habitualmente vive, que quedaron por bienes de sus padres, sobre los cuales se procedió a la cuenta de división en la que se le aplicaron las fincas y sus principales, en las que él se obligó en el ínterin a pagar sus réditos al Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, y a don Tomás López de Sagade Bugueiro, sus hermanos, no habiendo entrado en parte de la herencia el Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro, por haberla renunciado, cuya hijuela de repartición consta en el oficio público de esta villa. Declara ha tenido cuentas con sus hermanos José y Tomás sobre su principal y legítimas que tienen en las fincas a los que les ha pagado sus réditos que constan de los libros y recibos. Declara que sobre la hacienda están 500 pesos de censo a favor de la cofradía de las Benditas Ánimas de esta villa. Sobre la hacienda está una capellanía a su favor de 3 000 pesos de principal de la que él es capellán propietario. Asimismo, en la hacienda hay otra capellanía de otros 3 000 pesos a favor del Bachiller don José de Sagade. También son bienes suyos, otra casa baja, frontero de la iglesia de esta villa, sobre la cual está un censo; y dos sitios de tierra para ganado menor que hubo y compró de don Gaspar Carlos de Rivadeneira. Manda se saquen de sus bienes el valor que hubiere dos blandoncillos de plata del tamaño que les pareciere a sus albaceas para Nuestra Señora de Consolación, que está en el convento del Señor San Agustín de la ciudad de la Puebla. Se deben de sus bienes 3 000 pesos a la persona que sabe su albacea. Nombra por su albacea y tenedor de bienes al Bachiller José López de Sagade Bugueiro, y del remanente de sus bienes nombra heredero de don Tomás López de Sagade, sus hermanos.

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