HACIENDA LUCAS MARTÍN

Elements area

Taxonomy

Code

Scope note(s)

    Source note(s)

      Display note(s)

        Hierarchical terms

        HACIENDA LUCAS MARTÍN

          Equivalent terms

          HACIENDA LUCAS MARTÍN

            Associated terms

            HACIENDA LUCAS MARTÍN

              73 Archival description results for HACIENDA LUCAS MARTÍN

              73 results directly related Exclude narrower terms
              Untitled
              MX UV.USBIX ANX-P-0039-PX_0039_0207 · Item · 31/08/1765
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El Capitán Antonio Vázquez Ruiz, dueño de la hacienda “Nuestra Señora de los Remedios”, alías Lucas Martín, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Pedro Barraza Alcántara para que lo obligue como fiador de don Vicente de Toledo y Viveros, Capitán de Caballería provisto Alcalde Mayor, a favor de la Encomienda de Moctezuma que se recauda en esta jurisdicción.

              Untitled
              MX UV.USBIX ANX-P-0042-PX_0042_0015 · Item · 18/02/1769
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              María Francisca Ortiz, vecina del pueblo de Jalapa, viuda de Juan Barrios, declara que su difunto marido, vendió a Domingo Díaz Mier, vecino del mismo pueblo, un pedazo de tierra en 60 pesos, ubicada en la Estanzuela de Chiltoyac, la cual linda al oriente con tierras de doña María Pérez, al poniente con tierras del citado don Domingo, al norte con la hacienda de Nuestra Señora de los Remedios y al sur con tierras de María Pérez, mujer del comprador y como al momento de la venta no otorgó la escritura, hace esta declaración para validar dicha venta.

              Untitled
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0143 · Item · 1833/09/30
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El ciudadano que expresó llamarse Felipe Huesca, mayor de edad, vecino en el paraje de Puente de Dios, situado en tierras del rancho Maxtatlán de la propiedad de don Manuel de Santa María doctrina de Naolinco, en este cantón; dijo que es deudor a don Luis García Teruel vecino en su hacienda Lucas Martín, de la cantidad de 1 100 pesos, de acuerdo a la liquidación de cuentas que han practicado. Por tanto, otorga que debe y se obliga a pagar la indicada suma, dentro del término de un año, contado desde esta fecha, en el concepto de que, durante este tiempo, le ha de ir entregando por cuenta del mismo adeudo, toda la miel que produzca sus cañales, debiendo abonarsele por cada barril de ese fruto, la mitad del precio a que esté vendiendo barril de aguardiente en la fábrica del nominado don Luis García. Y que lo que fuese a restar el deudor, al vencimiento del plazo, lo exhibirá en efectivo. Y para la seguridad del crédito, hipoteca una casa de madera y teja, que posee en el referido paraje de Puente de Dios y terreno de Maxtatlán; doce mulas de carga, seis de ellas aparejadas; dos yuntas de bueyes; cuatro caballos de sillas; dos yeguas y un hato de 10 a 12 vacas, todo lo cual se obliga a no enajenar entre tanto no esté cubierta la expresada deuda.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0177 · Item · 1833/12/10
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Luis García Teruel, dueño de esta hacienda de Nuestra Señora de los Remedios, alias Lucas Martín, cantón de Xalapa, vecino de ella, otorga que da poder a don Ángel Benítez, vecino de Xalapa, para que en su representación haya, perciba, demande y cobre de los deudores todo lo que le deban. En cuya razón para los pleitos y negocios que al presente tenga o en adelante se le ofrecieren.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0094 · Item · 1834/07/01
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Luis García Teruel y doña María Gertrudis Hernández, marido y mujer, hijo el primero de don Diego Teruel y de doña Ana María García, y la segunda de don Marcos Hernández y doña Manuela Ruedas, todos difuntos, vecinos que son de la hacienda de Lucas Martín, doctrina de Jilotepec, otorgan su testamento en la manera siguiente: Declaran que son casados y durante su matrimonio han procreado a Manuel que hoy tiene veintidós años de edad es soltero; a Margarita que tiene dieciséis años y permanece en estado honesto; y a Carlos que tiene catorce años. Declaran que todo el caudal que tienen fue adquirido durante la sociedad. Declaran que los bienes que disfrutan son los siguientes: La hacienda de Lucas Martín con sus anexos que son la venta de Sedeño y rancho de San Luis donde hay un establecimiento de elaborar aguardiente, los ganados que existen en esta finca y en San Luis, y todos los enseres que les pertenece; tres casas ubicadas en Xalapa; el rancho nombrado el Castillo y el caserío que le comprende, los ganados que pueblan dicho rancho. Declaran que su hacienda con los anexos Sedeño y San Luis costó 46 000 pesos y el rancho el Castillo 8 000 y que a la fecha se han hecho mejoras de muchas utilidades en ambos fundos y por eso es qué actualmente merecen de justicia valor de 82 000 la primera y de 25 000 el segundo sin los llenos que en ellos tienen. Declaran que la hacienda tiene un gravamen de 12 000 pesos a favor del hospital de mujeres de Xalapa, de cuya obra pía es patrono el venerable Orden Tercero de San Francisco. Quieren y ordenan que la finca de Lucas Martín se divida en tres porciones, a saber: formará finca separada la venta de Sedeño con todas sus fábricas de establecimiento de tienda, oficinas, macheros, trojes, las tierras o potreros, a cuyo fundo le gradúan el valor de 25 000 pesos; formará finca separada el rancho de San Luis con el edificio que contiene, al cual le gradúan el valor de 10 000 pesos. Formará otra finca para poderse separar esta finca principal de Lucas Martín a la cual le gradúan el valor de 47 000 pesos, de que descontando los 12 000 del hospital de mujeres, por lo cual se ha de reconocer exclusivamente en la porción de Lucas Martín, de lo cual quedan libre 37 000; será como finca unida el rancho del Castillo y San Luis con el valor aquel de 25 000 pesos. Ordenan que, así como fallezca uno de ellos y luego que pasen los precisos días luctuosos, se proceda a hacer la descripción de bienes a fin de purificar el haber que corresponda al conyugue que sobreviva y el que pertenezca a cada uno de los herederos. Ordenan que si llegase a dividir materialmente los bienes se haga la adjudicación y separación de ellos en la forma siguiente: Los ranchos del Castillo y San Luis unidos se aplicarán a Manuel; la finca de Sedeño se adjudicará a Margarita, como también las casas de Xalapa; a Carlos se le dará desde luego la finca principal de Lucas Martín. Ordena el citado Luis García que del quinto de sus bienes se tomen 100 pesos para misas por su alma; 1 000 que da doña Luisa Uscola, vecina de México, y a sus hermanas doña María de Jesús, doña Margarita, doña Ramona [García Teruel] por iguales partes para que les sirva de socorro; 500 pesos que da a su sobrina Secundina Ponce; 600 pesos para una túnica para el señor de las tres caídas que se venera en el pueblo de Tepetitlán, jurisdicción de Tula, lugar de su nacimiento, y un ornamento entero para que sirva en la capilla donde se venera la referida imagen. Ordena doña María Gertrudis que del quinto de sus bienes se manden decir 100 misas por su alma. Ambos ordenan que del quinto de sus bienes respectivamente a mitad de cada uno se den 2 000 pesos para distribuirlos a pobres necesitados a discreción. Ordenan que de su respectivo quinto se le den a doña María Gil y doña Juana Hernández, que viven en su casa y compañía, las cuales son hermanas de la presente otorgante María Gertrudis, a la primera la cantidad de 3 000 pesos y a la segunda la de 6 000 pesos. Ordena que se les den 25 o 30 a cada uno de los sirvientes meseros de su hacienda. Nombran por sus universales herederos a sus tres hijos Manuel, Margarita y Carlos García Teruel y Hernández. Y para cumplir y pagar la presente disposición se nombran mutuamente por albaceas testamentarios.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0042 · Item · 1836/03/18
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Luis García Teruel, vecino en su hacienda Lucas Martín, dijo que como propietario que es de un establecimiento de fábrica de elaborar aguardiente con tienda de comestibles, ubicada en tierras de su pertenencia bajo el nombre de rancho de San Luis conocido por Palenque de Chiltoyac, en razón de hallarse a la linde del camino que guía al pueblo de ese título, otorga que se lo tiene dado en arrendamiento a don Manuel Ignacio Aparicio, bajo las condiciones siguientes: Que dicho arrendamiento es por el tiempo de tres años que comenzaron a correr desde el primero de enero último. Que se comprenden en el arrendamiento el edificio, oficinas, los utensilios, llenos y existencias de fábrica y tienda, recua de mulas de carga y demás anexos, todo lo cual asciende a 5 995 pesos y 7 reales, inclusos 621 pesos y 4 reales que debe don Rafael Pensado y Navarrete, cuya deuda es partible a su cobro entre los ciudadanos García y Aparicio, y si al vencimiento del arrendamiento no se hubiese cobrado, se le abonará al segundo la mitad de lo que aun reste Pensado. Que ha de satisfacer dicho señor Aparicio 75 pesos mensuales por el arrendamiento de todo lo expresado. Que cuando vencido el término señalado haga devolución el arrendatario de dicho establecimiento, no se le recibirán ninguna clase de deudas a no ser que a García le convenga tomar algunas. Que tanto los enteros mensuales como el descubierto que acaso resulte contra el arrendatario al tiempo de la devolución lo ha de caucionar este señor con hipoteca de una casa que disfruta por suya propia en esta ciudad a la calle del Calvario. Que para dicha hipoteca ha de prestar su anuencia el licenciado don José María Aparicio hijo de don Manuel Ignacio. Que en el evento indicado de que resulte algún descubierto contra el señor Aparicio, tan luego como sea liquidado entrará la casa hipotecada en poder del señor García a fin de que se proceda a la venta de ella. Y estando presente el presbítero don Manuel Ignacio Aparicio otorga que acepta el indicado arrendamiento en los términos que expresan las condiciones asentadas.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0053 · Item · 1829/04/28
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Luis García Teruel, vecino de la hacienda de Lucas Martín, jurisdicción de esta villa, dijo que el comisario de esta villa ha constituido colector del ramo de peaje perteneciente a la federación al ciudadano Benigno Farfán de los Godos y siendo de ordenanza afianzar ese manejo, el compareciente se ha prestado para dicha caución, por lo tanto otorga que se constituye fiador y principal pagador por el nominado Benigno Farfán de los Godos en razón del ramo de peaje, por el preciso término de dos años y hasta cantidad de 1 000 pesos.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0107 · Item · 1830/09/15
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio María de Casas dijo que don Luis García Teruel dueño de la hacienda de Lucas Martín y del rancho nombrado el Castillo, cuyas tierras están lindando al norte con las de la hacienda San Antonio de la pertenencia del comparente, está fabricando en el lindero de sus tierras una cerca de piedra, pero que desde la mojonera del camino de Mastatlán a la nombrada del Tronconal, cuyo lindero corre de oriente a poniente, es el terreno muy quebrado y de manera que son elevados los costos de la cerca si el citado García la construye en la misma línea. Por lo cual, don Luis García ha convenido con el relacionante Casas en llevar la cerca por el terreno de éste, sin que por ello se entienda cedida o donada la parte que dicha cerca divida desde el punto de su construcción hasta el del lindero recto que pertenece de la hacienda de San Antonio; sobre tal convenio se ha de formalizar instrumento público para que en todo tiempo conste ser una gracia, favor y generosidad de Casas el acceder a la indicada permisión y que lo hace sin el más ligero interés y con la precisa condición de que cuando a éste o a sus sucesores les convengan quieran echar su cerca en el lindero de su pertenencia, no podrá por manera alguna impedirlo García ni los suyos. Y reduciendo a efecto, el nominado don Antonio María de Casas otorga que concede su permiso y licencia a don Luis García Teruel para la construcción de la cerca en la manera y bajos las condiciones explicadas, repitiendo que jamás será visto desapoderarse de la propiedad dominio y señorío del terreno que quede fuera de la cerca. Y estando presente don Luis García Teruel, confesó ser cierto cuanto queda relacionado y acepta la concesión que don Antonio María de Casas bajo el concepto que queda explicado.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANX-P-0070-PX_0070_0204 · Item · 16/12/1806
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El Presbítero don Miguel José de Zavaleta, Clérigo Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta Villa, hijo de los difuntos don Francisco de Zavaleta y de doña María Josefa Casados, otorga su testamento. Ordena sea enterrado sin pompa alguna. Debe a varias personas y a él le adeuda el Regidor Diego Leño 441 pesos y 1/2 reales por concepto de misas que estuvo aplicando en la hacienda de Lucas Martín y Nicolás de la Cruz, indio tendero de don Fernando de la Pedreguera, le adeuda 43 pesos. Deja a su albacea varios comunicados secretos a quien pide encarecidamente cumpla sin la necesidad de revelarlos. Nombra por albacea y heredero a don José Mariano [Ignacio] Zavaleta, a quien ha criado desde niño; pide a su albacea anule el testamento que otorgó en la Nueva Veracruz.

              Untitled
              MX UV.USBIX ANX-P-0070-PX_0070_0216 · Item · 19/09/1806
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El Regidor don Diego Leño, dueño de la hacienda nombrada Nuestra Señora de los Remedios, (Alias) Lucas Martín, dijo que su esposa doña María Manuela Vázquez Ruiz [y Guitián] y su hermana política Ana María Vázquez Ruiz [y Guitián] le confirieron poder especial, por lo que haciendo uso de tal poder otorga que ha recibido de don Juan Esteban de Elías la cantidad de 12 000 pesos en dinero de contado, mismo que se obliga a tener en depósito irregular por el término de 9 años, que empezarán a contarse desde esta fecha hasta 1815, quien pagará 600 pesos anuales a razón de 5% de réditos, hipoteca para ello dicha hacienda. También declara que dicha finca está afecta a 13 000 pesos, de los que 8 000 pesos reconoce a favor del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición y los otros 5 000 y pico a la testamentaria del difunto Regidor don Miguel [del] Cotarro.