Unidad documental simple PX_0081_0127 - Sin título

Área de identidad

Código de referencia

MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0127

Título

Sin título

Fecha(s)

  • 1824/10/06 (Creación)

Nivel de descripción

Unidad documental simple

Volumen y soporte

f. 229 - 233 vta.

Área de contexto

Nombre del productor

Historia archivística

Origen del ingreso o transferencia

Área de contenido y estructura

Alcance y contenido

Doña María Salomé Pérez Mora, viuda, albacea y heredera de don Manuel Allén, que fue de este comercio y vecindad; otorga que vende, cede y traspasa en favor de don José Carrillo de Hermida, del comercio de la Nueva Veracruz, residente en este suelo, una casa de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, de edifico bajo, situada en esta villa en la calle Nueva a donde hace frente al norte con 14 varas, y del otro lado, la boca del callejón que nombran del Síndico y dos casa en sus esquinas, del finado don Juan Antonio Figueiras; y cuarta y 3 y media de fondo hacia el sur por donde linda y termina con el callejón de Quiñones, y del otro lado, casas del difunto don Antonio Guillén; por el costado del oriente con el de casa alta de la vendedora y por el poniente con el de casa baja de doña María Dolores Ladrón de Guevara de Landa. Cuya casa es la misma que con el alta contigua, hubo y compró su difunto marido a don Juan Lucas de Olavarrieta, de esta vecindad, por escritura otorgada en esta villa, a 26 de enero de 1816. La vende con todas sus entradas y salidas, el medio poso divisorio y el agua corriente que en la actualidad disfruta, medianerías y demás que le pertenece, con tan solo 543 y medio pesos que están impuestos sobre ella y que ha de reconocer el comprador a rédito de 5 por ciento en favor de doña Antonia Ugarte y doña María Bañares. La venta la hace por la cantidad de 2 800 pesos, los 543 y medio pesos quedan impuestos y cargados a favor de Ugarte y Bañares y 1 500 pesos que en veintisiete meses, contados desde esta fecha, ha de entregar con los correspondientes réditos de 5 por ciento anual a don Juan Lucas de Olavarrieta y a lo que ha de quedar expresamente hipotecada dicha casa, más 500 pesos en abono de mayor cantidad que la vendedora le adeudaba sobre la otra casa alta del costado del oriente y los 256 y medio restantes que la ha pagado en reales al contado de los cuales otorgó recibo.

Valorización, destrucción y programación

Acumulaciones

Sistema de arreglo

Área de condiciones de acceso y uso

Condiciones de acceso

Condiciones

Idioma del material

  • español

Escritura del material

    Notas sobre las lenguas y escrituras

    Características físicas y requisitos técnicos

    Instrumentos de descripción

    Área de materiales relacionados

    Existencia y localización de originales

    Existencia y localización de copias

    Unidades de descripción relacionadas

    Descripciones relacionadas

    Área de notas

    Notas

    Incluye autorización de la Aduana Nacional de Jalapa, a 6 de octubre de 1824, f. 229. Al margen del acta dice: Don Juan Lucas de Olavarrieta otorga recibo de los 500 pesos contenidos en esta acta, en la villa de Xalapa a 28 de enero de 1825, f. 230 vta. El escribano registra los nombres María Salomé Pérez, María Salomé Pérez Mora, ésta firma Maria Salome Perez; María Dolores Ladrón de Guevara, María Dolores Ladrón de Guevara y Castro, ésta firma Maria Dolores Ladrón de Guebara de Landa, para su ubicación se registraron como aparecen en el resumen del acta.

    Identificador/es alternativo(os)

    Puntos de acceso

    Puntos de acceso por materia

    Tipo de puntos de acceso

    Área de control de la descripción

    Identificador de la descripción

    Identificador de la institución

    Reglas y/o convenciones usadas

    Estado de elaboración

    Publicado

    Nivel de detalle

    Parcial

    Fechas de creación revisión eliminación

    Idioma(s)

      Escritura(s)

        Fuentes

        Área de Ingreso