Área de identidad
Código de referencia
Título
Fecha(s)
- 1824/10/06 (Creación)
Nivel de descripción
Volumen y soporte
f. 229 - 233 vta.
Área de contexto
Nombre del productor
Historia biográfica
Institución archivística
Historia archivística
Origen del ingreso o transferencia
Área de contenido y estructura
Alcance y contenido
Doña María Salomé Pérez Mora, viuda, albacea y heredera de don Manuel Allén, que fue de este comercio y vecindad; otorga que vende, cede y traspasa en favor de don José Carrillo de Hermida, del comercio de la Nueva Veracruz, residente en este suelo, una casa de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, de edifico bajo, situada en esta villa en la calle Nueva a donde hace frente al norte con 14 varas, y del otro lado, la boca del callejón que nombran del Síndico y dos casa en sus esquinas, del finado don Juan Antonio Figueiras; y cuarta y 3 y media de fondo hacia el sur por donde linda y termina con el callejón de Quiñones, y del otro lado, casas del difunto don Antonio Guillén; por el costado del oriente con el de casa alta de la vendedora y por el poniente con el de casa baja de doña María Dolores Ladrón de Guevara de Landa. Cuya casa es la misma que con el alta contigua, hubo y compró su difunto marido a don Juan Lucas de Olavarrieta, de esta vecindad, por escritura otorgada en esta villa, a 26 de enero de 1816. La vende con todas sus entradas y salidas, el medio poso divisorio y el agua corriente que en la actualidad disfruta, medianerías y demás que le pertenece, con tan solo 543 y medio pesos que están impuestos sobre ella y que ha de reconocer el comprador a rédito de 5 por ciento en favor de doña Antonia Ugarte y doña María Bañares. La venta la hace por la cantidad de 2 800 pesos, los 543 y medio pesos quedan impuestos y cargados a favor de Ugarte y Bañares y 1 500 pesos que en veintisiete meses, contados desde esta fecha, ha de entregar con los correspondientes réditos de 5 por ciento anual a don Juan Lucas de Olavarrieta y a lo que ha de quedar expresamente hipotecada dicha casa, más 500 pesos en abono de mayor cantidad que la vendedora le adeudaba sobre la otra casa alta del costado del oriente y los 256 y medio restantes que la ha pagado en reales al contado de los cuales otorgó recibo.
Valorización, destrucción y programación
Acumulaciones
Sistema de arreglo
Área de condiciones de acceso y uso
Condiciones de acceso
Condiciones
Idioma del material
español
Escritura del material
Notas sobre las lenguas y escrituras
Características físicas y requisitos técnicos
Instrumentos de descripción
Área de materiales relacionados
Existencia y localización de originales
Existencia y localización de copias
Unidades de descripción relacionadas
Área de notas
Notas
Incluye autorización de la Aduana Nacional de Jalapa, a 6 de octubre de 1824, f. 229. Al margen del acta dice: Don Juan Lucas de Olavarrieta otorga recibo de los 500 pesos contenidos en esta acta, en la villa de Xalapa a 28 de enero de 1825, f. 230 vta. El escribano registra los nombres María Salomé Pérez, María Salomé Pérez Mora, ésta firma Maria Salome Perez; María Dolores Ladrón de Guevara, María Dolores Ladrón de Guevara y Castro, ésta firma Maria Dolores Ladrón de Guebara de Landa, para su ubicación se registraron como aparecen en el resumen del acta.
Identificador/es alternativo(os)
Puntos de acceso
Puntos de acceso por materia
Puntos de acceso por lugar
Puntos de acceso por autoridad
- ALLÉN, MANUEL (Materia)
- BAÑARES, MARÍA (Materia)
- CARRILLO DE HERMIDA, JOSÉ (Materia)
- FIGUEIRAS, JUAN ANTONIO (Materia)
- GUILLÉN, ANTONIO (Materia)
- LADRÓN DE GUEVARA DE LANDA, MARÍA DOLORES (Materia)
- OLAVARRIETA, JUAN LUCAS DE (Materia)
- PÉREZ MORA, MARÍA SALOMÉ (Materia)
- UGARTE, ANTONIA (Materia)