FUGITIVOS

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              1624, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-0056-EO_0056_0066 · Item · 19/12/1624
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              El dicho Corregidor [Gaspar Asencio Cornejo] visitó los carros de Alonso Martín de Salas, vecino de México, que vienen de la ciudad de la Veracruz, en los que halló a toda la gente, a excepción de Dieguillo, soltero, y Juan, muchacho, que huyeron.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0379 · Item · 12/05/1718
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Agustina de Orduña Castillo, vecina de Naolinco, dijo que Ciprián de Villanueva, pardo, esclavo suyo, se huyó y se llevó 3 mulas mansas de carga, una aparejada, y las 2 en pelo, 2 sillas de cabalgar, un caballo y una yegua mansa. Por lo que otorga poder especial al Capitán Tomás de Lortia, vecino de la Nueva Veracruz, para que en su representación solicite a dicho su esclavo, que es de 36 años, buen cuerpo rehecho, bermejo, con un ojo que le llora, le recaude y cobre todos los bienes que se llevó, así también venda a dicho esclavo como cautivo y sujeto a servidumbre al precio que por bien tuviere.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0022-PX_0022_0048 · Item · 26/03/1737
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Isabel Fernández de la Calleja, viuda, albacea y tenedora de bienes del Capitán don José Pérez de Arellano, otorga poder especial a don Felipe [de Jesús] Ruiz, vecino de Jalacingo, para que aprehenda, asegure y traiga un esclavo de la otorgante, de nombre José de Feria de 35 años de edad, de color alobado tirando a prieto y con el pelo lacio y quien tiene más de 6 años de haber huido.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0002-PC_0002_0015 · Item · 1641/09/01
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Marcos Martín de Castro, vecino de esta jurisdicción, otorga poder a Alonso Galván, vecino de la ciudad de México, dueño de vacas, para que reciba y saque de poder de quienes tuviere, su esclavo llamado Mateo Angola de edad de veinticinco años, que se huyó de su casa habrá tiempo de dos años.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0096 · Item · 1713/12/29
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad de esta villa de Córdoba, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico en ella y Comisario de la Santa Bula de Cruzada; vende al Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa, un esclavo mulato nombrado Diego de Villegas, de treinta y dos años poco más o menos, el mismo que hubo y compró de don Manuel de Garaita, vecino y mercader de esta villa, como apoderado del Contador don Francisco Mateo de Luna, vecino de la ciudad de los Ángeles, por escritura que otorgó en esta villa el 13 de agosto de 1709. Lo vende en precio de 343 pesos, de los cuales 318 pesos son su justo valor y el resto lo que costó conducirlo desde la cárcel de la ciudad de los Ángeles, donde se había huido, hasta esta villa.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0041 · Item · 1715/03/18
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Diego de Altamirano, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general a don Francisco José Bayro, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona demande, reciba y cobre judicial y extrajudicialmente todas las sumas de maravedíes, reales, pesos de oro y plata y otras que cosas que le debieren. También para que tome cuentas, aprehenda esclavos que se hallaren fugitivos para que los venda, para lo cual entregue escrituras, asimismo, se le delibera para que se ocupe de los pleitos causas civiles y criminales movidos o por mover que al presente tenga o en adelante tuviere, por lo que se le da éste con libre y general administración con facultad enjuiciar, jurar y sustituir.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0035 · Item · 1717/06/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán de Caballos Corazas Españolas don Fernando Antonio Noroña, del Orden de Santiago, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en nombre y por poder que tiene le otorgó doña María Hurtado de Mendoza y Arriola, residente en el pueblo de Orisaba [Orizaba], albacea testamentaria y tenedora de bienes del Provincial don Francisco Cruzado; don Francisco Pibot y Tapia, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad, en voz y en nombre de don Juan Hurtado de Mendoza; don Juan Ignacio y don José Prudencio Cruzado, hijos y herederos de dicho provincial; y el Bachiller don Pedro de Montenegro, Presbítero, administrador del trapiche de hacer azúcar que quedó por bienes de dicho provincial, tutor y curador que fue de los herederos, cuyo cargo renunció; dijeron que el Bachiller don Pedro de Montenegro ha sido administrador de la hacienda y tutor de los herederos por dos años, cargo que le fue discernido por la Real Justicia de esta villa, y durante ese tiempo pagó parte de algunos créditos que le fueron encargados por don Juan Hurtado, tutor que fue de los herederos, según consta en escritura de 10 de octubre de 1714. Actualmente los menores se hallan capaces para administrar sus bienes y la parte que le corresponde a doña María Hurtado, por lo que han solicitado se les entregue la hacienda con todo lo que le pertenece. Solicitud que les fue aceptada, por lo que don Fernando Antonio Noroña, don Juan Ignacio y don José Prudencio Cruzado, dijeron que recibirán la hacienda con las calidades y condiciones que se refiere en una memoria simple en que se han ajustado y convenido con don Pedro de Montenegro, en la cual se han deliberado y convenido en esta escritura de transacción, concierto y obligación con las cláusulas y condiciones siguientes: Primeramente, cancelan la citada escritura y se obligan a liberar al Bachiller don Pedro de Montenegro de débitos y de no lastar [roto] alguno a él y a sus herederos, y se obligan a que dentro de cuatro meses se ajustarán con los acreedores del Provincial don Francisco Cruzado y pagarán los diezmos que se debieren hasta el día de hoy, como los demás débitos que contienen las memorias que les entregó el Bachiller Montenegro, de manera que el susodicho ni sus herederos lasten cosa alguna por razón del tiempo que administró la hacienda. También, se obligan a pagar 470 pesos al Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa, procedidos del valor de un forlón y seis mulas de tiro. Asimismo, es condición que recibirán la hacienda en el estado que se encuentra con sus mejoras o pérdidas que tuviere sin que de sus frutos y gastos halla de dar cuenta ni quedar obligado a darla ahora ni en ningún tiempo respecto a ser notorio ha gastado Montenegro su caudal y trabajo personal en su reparo y fomento y estar mejorada el casco y aperos de la hacienda, y se dan por entregado de los negros de ella así como de los presentes como de los que están huidos, excepto un negrito nombrado Cristóbal, que anda fugitivo que pertenece al Bachiller Montenegro por haberlo comprado con su propio dinero, además de una mula de su almofrez que aunque está herrada con el hierro de la hacienda [roto] y debe para si como suya propia. Es condición que, por el trabajo, cuidado y fomento que ha tenido en la hacienda el Bachiller Montenegro, le señalan 2 000 pesos por paga y recompensa de su trabajo y se los pagarán en la forma siguiente: 100 pesos en reales y 10 u 11 cargas de azúcar que se sacarán de la hacienda a razón de 13 reales arrobas, treinta toros y novillos, dos mulas de carga aparejados y el resto en cumplimiento a los 2 000 pesos, se obligan juntos de mancomún. Y Fernando Antonio Noroña a nombre propio y en el de los demás pagarán al Bachiller Montenegro y a quien en su poder y causa hubiere por el susodicho 1 400 pesos resto [roto] 2 000 de la fecha de esta escritura dentro de un año [roto] que los 700 pesos de ellos le han de dar dentro de seis meses contados desde el día de la entrega de la hacienda, y lo demás hasta cubrir los 2 000 pesos dentro de los otros seis meses siguientes cumplimiento al año. El Bachiller Montenegro, se dio por entregado del negrito Cristóbal, mula de almofrez, 10 u 11 cargas de azúcar, 30 toros y novillos y dos mulas de carga. Don Fernando Antonio Noroña, don Juan Ignacio y don José Prudencio Cruzado se obligan de pagar a todas las personas que se contienen y mencionan en la memoria que les entregó el Bachiller Montenegro, y las que le entregó don Juan Hurtado de Mendoza. Es condición, que el Bachiller Montenegro se obliga a no pedir cosa alguna al albacea ni herederos por razón de administración de la hacienda ni capilla porque dijo estar satisfecho con los 2 000 pesos. Y es condición que Fernando Antonio Noroña, Juan Ignacio y José Prudencio Cruzado no disiparan la hacienda ni sacaran cosa alguna de ella por razón de sus legítimas hasta que estén pagados los débitos, y Noroña se obliga a tener la hacienda reparada de todo lo necesario. Los otorgantes se obligan a cumplir con las calidades y condiciones de esta escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0015 · Item · 1704/03/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes de don José Gómez Dávila, su hermano difunto, nombrado por tal en el testamento que otorgó su fecha del veintidós de diciembre de 1702 y de cuyo cargo ha usado; dijo que habrá tiempo de dos años, que huyó de esta villa, un negro esclavo, que quedó de los bienes de dicho difunto, nombrado Antonio, casta rayado, de treinta años poco más o menos, que hubo y compró de Francisco Mellado, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, y ha tenido noticia que dicho negro le han cogido en la jurisdicción de la ciudad de la Veracruz, el cual durante este tiempo había estado oculto con otros negros, quienes le han tenido ocultado maliciosamente en grave daño de su conciencia; por lo que en virtud de su derecho otorga poder al Alférez don Manuel Laso Nacarino, para que representando su persona, solicite y pida ante los señores jueces y justicas de Su Majestad de dicha ciudad que se averigüe donde ha estado y la persona que lo ha tenido, y pida que dichas personas se aprendan y castiguen con las penas que hubiere y se obligue a que paguen sus jornales, costos y gastos que se han hecho y causado, “pues de esta forma servirá de castigo y de escarmiento para los demás”. Asimismo, le da poder para que en su nombre pueda vender y venda a la persona o personas que le pareciera y por el precio que por bien tuviere el dicho negro expresado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0112 · Item · 1705/10/27
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio de Leiva Esparragosa, Capitán de la Compañía de Milicias Españolas de esta villa de Córdoba, vecino de ella, albacea testamentario, tenedor de bienes y heredero del Regidor don José de Leiva Esparragosa, su padre difunto, dijo que por cuanto por bienes de su padre quedó un negro nombrado Manuel Salvador, criollo de la ciudad de Caracas, de cuarenta y seis años, que es el mismo que hubo y compró de Fernando Mañas y Soto, por escritura que a su favor otorgó el 13 de febrero de 1694; el cual huyó y al presente se halla en la ciudad de Antequera valle de Oaxaca. Por otra parte, dijo que Manuel de Figueroa, Escribano Mayor Público, de Cabildo, Minas y Registros de dicha ciudad de Antequera, tiene en esta villa otro negro nombrado Juan de Castro, su esclavo fugitivo y preso en la cárcel de esta villa; y que por medio de Miguel Antonio Bautista han celebrado contrato de trueque, cambio y permutación con los dichos esclavos. Por tanto, en aquella vía y forma otorga que hace trueque con el citado don Manuel de Figueroa, por el dicho su negro Manuel Salvador con Juan de Castro su esclavo, en 200 pesos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0018-PC_0018_0008 · Item · 1682/04/29
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Diego Peguero Rengel, residente en esta villa de Córdoba, vende al Capitán Nicolás Blanco, vecino de esta villa, los esclavos negros nombrados Sebastián y Juana, su mujer, y sus hijos María, mulata de siete años; Nicolás, de dos años; y Juana, de mes y medio; por precio de 945 pesos de oro común, de los cuales el capitán le tiene pagado 238 pesos y 2 reales, obligándose a pagar el resto a finales del mes de agosto del presente año.

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