FLETES

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              10 Description archivistique résultats pour FLETES

              10 résultats directement liés Exclure les termes spécifiques
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              MX UV.USBIX ANX-P-0047-PX_0047_0156 · Pièce · 03/11/1777
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Martín Millán García Martínez, vecino de México y don Juan José de Murguiondo, vecino de San Luis Potosí, declaran que forman compañía para fletes de la manera siguiente: Martín pone el principal para ella de 3, 000 pesos en efectivo y Juan José 4, 000 pesos; de la masa común han de salir los gastos, fletes y alcabalas; ambos llevarán la manutención de los mozos y bestias, obligándose en conservar esta compañía sin que ninguno de los 2 saque capital alguno aunque haya invertido en ella, por que en caso de que alguno de los 2 no cumpla con esto, y aún cuando vaya a juicio, no será escuchado.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0040-PX_0040_0083 · Pièce · 30/05/1766
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José de Ahedo, residente en este pueblo de Jalapa, se obliga a pagar a don Antonio Pérez de Baños, vecino de España y residente en este pueblo, la cantidad de 2, 847 pesos 4 y 3 cuartillas de reales, por varios géneros de Castilla que le ha fiado, mismos que se obliga a pagar en la Ciudad de México con los fletes que correspondan a dicha cantidad, durante todo el mes de septiembre del presente año.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0010-PX_0010_0137 · Pièce · 02/09/1677
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Cristóbal Figueroa, vecino de Jalapa, se obligó a pagar al Capitán Don José de Ibelli, residente en este pueblo, 250 pesos de oro común por razón de otros tantos que le prestó en reales, para el primer viaje que hagan sus mulas con fletes a la ciudad de México o Puebla, cargadas con fardos, ropa y otros géneros, de los que trajere la flota que se espera en el puerto de San Juan de Ulúa.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0004-PX_0004_0598 · Pièce · 25/11/1617
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Francisco de Pro, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido a Melchor de los Reyes, dueño de su recua, de la misma vecindad, para que cobre de los jueces oficiales de la Real Hacienda de la ciudad de México los fletes de los azogues entregados en los reales almacenes. Asimismo, pague a Tomás de Soto, dueño de su recua, a Cristóbal Martín Matamoros y a Alonso Delgado las cargas que cada uno han llevado; y él tomara lo correspondiente a las cargas que entregaría.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0008-PX_0008_0052 · Pièce · 19/05/1651
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Juan de la Gala Moreno, vecino de Jalapa, dueño de recua, dio su poder cumplido a Juan infante, vecino de este pueblo, mayordomo de su recua, para que de conformidad con el remate que se le hizo para llevar los reales azogues de Su Magestad de la Veracruz a la ciudad de México, otorgue fletamiento en forma, obligándole en favor de Su Magestad y de sus oficiales reales, de que los llevará en su recua, en los plazos, términos y precios en que le fueron rematados.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0001-PX_0001_0222 · Pièce · 28/12/1585
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Antón Martín, vecino de México, dio carta poder a Domingo Hernández, mercader, vecino de México, para que en su nombre pueda cobrar los fletes de dos cuadrillas de carros suyos que van a México.

              1587, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0022-EO_0022_0071 · Pièce · 21/12/1588
              Fait partie de Archivo Notarial de Orizaba

              Luis Díaz, arriero, dijo que por cuanto él traía a su cargo una recua de Luis de Oliveros, Clérigo Presbítero, la cual le fletó Juan González, arriero, y le dio carga de nueve mulas en las que llevó desde el puerto de San Juan de Ulúa a la ciudad de México, 18 cajones de azogue a razón de 11 pesos carga de 10 arrobas, que sumaron 140 pesos de oro común, cantidad que pertenece a dicho Luis de Oliveros.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0001-PX_0001_0305 · Pièce · 31/05/1588
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Pedro Martín, ventero de la Venta de Las Vigas, se obliga de pagar a Francisco Sánchez, carretero, vecino de México, 150 pesos de oro común por el flete de 600 tablas que le llevó en sus carros a la Veracruz.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0005-PX_0005_0159 · Pièce · 29/07/1618
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Cristóbal de Lozana Salazar, mercader, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido a Miguel Magdaleno, vecino de la ciudad de México, y a Juan de Olaez, su cajero, y a cualquiera de ellos in solidum, generalmente para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales y para que pueda recibir y cobrar los maravedís, pesos de oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, derechos y acciones y otros bienes que le debieren; y de lo que recibiere, pueda dar las cartas de pago, finiquito y lasto que convengan; asimismo, para que pueda cobrar de los jueces oficiales reales de la ciudad de México y de la Real Audiencia, los pesos de oro que deban a Francisco de la Cruz, arriero, de los fletes de los soldados que llevó al puerto de Acapulco, en su derecho el otorgante sucedió por traspaso que le hizo el susodicho a cuenta de una escritura de mayor cuantía que le debe.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0017-PX_0017_0087 · Pièce · 07/02/1721
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Juan de Barona Velázquez, Alguacil Mayor de Tepeaca, de una parte y de la otra Cristóbal Benítez de Lara, vecino de México; el primero dijo que Cristóbal le es deudor de 680 pesos de plazo cumplido y por vía de ajuste y convenio se han comprometido en darle por dicha cantidad 100 pesos después de que se paguen los fletes a los arrieros de la carga que han conducido la presente flota a este pueblo; otros 100 pesos en la Ciudad de México luego que llegue el Virrey Marqués de Valero; con lo que le hace gracia y donación de la restante cantidad que son 480 pesos y da por nula y cancelada la escritura.