Don José de la Pezuela, del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Juan Francisco de la Cagiga, del comercio de Cádiz, para que en su nombre comparezca ante el Rey Nuestro Señor don Fernando Séptimo, o en su real nombre, ante el supremo congreso de las cortes generales y extraordinarias de España e Indias, donde pida se sirvan distinguirlo con las gracias y mercedes que tengan a bien concederle en concepto de sus méritos y servicios.
ESPAÑA
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Gonzalo Rodríguez, vecino de esta villa de Córdoba, natural de San Lorenzo de Belesar, junto a Bayona de Galicia en los Reinos de España, hijo legítimo de Rodrigo de Fuentes y de María de Acosta, ya difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, ordena su testamento en la forma siguiente: Declara que debe a Luis García, vecino de Tascalaque [Tlaxcalaque], 12 pesos. Menciona por sus deudores a Diego, indio; Jusepe [José] Martín Durán, vecino del pueblo de Orizaba; Bartolomé Martín, vecino de esta villa; Dionisio Francisco, vecino de esta villa; Francisco Díaz, vecino de la jurisdicción de San Juan, de los cuales se le han de rebajar 14 pesos de dos botijas de vino que le dio; [roto] de Porras; Jorge Díaz; el Licenciado Pedro Arias de Paz, vecino del pueblo de Orizaba; así como otros deudores que se mencionan en la escritura. Declara por bienes 230 pesos en reales que están en una caja cerrada; ropa y utensilios; catorce caballos de diferentes colores que están en el potrero de esta villa; la casa cubierta de paja, en que vive, “que está en un solar que por merced de Su Majestad se me repartió como a uno de los fundadores de dicha villa” con más caballería, tierra y una suerte para huerta, la cual linda con el ejido de ella hacia la parte del sur. Declara que es casado con Inés González, natural de San Lorenzo de Belesar, durante el matrimonio tuvieron a María, niña, que quedó con la dicha su madre, “yo pasé habrá tiempo de cuarenta años y aunque he escrito a la susodicha algunas veces, no he tenido razón”. Nombra albacea al Alférez Gabriel Núñez de [roto], vecino de la jurisdicción de esta villa; y por su universal heredera a María, su hija legítima, o a sus herederos legítimos, de no haberlos, deja por su universal heredera a su alma.
Sem títuloDon José Ignacio de Ugarte, vecino del pueblo de Jalapa y natural de España, otorga poder especial a don Domingo Muñoz de Murguía, vecino de dicho pueblo, para que cobre a todas las personas, las cantidades en dinero, plata, joyas y géneros que le deban.
Don Carlos José de Montes, natural de España y vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Juan Francisco Oneto, don José del Portillo, junto con don Juan José de Fagoaga, vecinos de la Ciudad de México, para que cobren de don Félix Lince una cantidad de reales.
Don Fernando de Reina Morales, vecino de España y residente en Jalapa, a nombre del difunto don Francisco Galván, solicita cancelación de una escritura, por la cantidad de 720 pesos de oro común, los cuales ha recibido de don Manuel de Mimije, de la misma vecindad y residencia, en nombre de don Diego de Alberda, vecino de la Ciudad de Sevilla, y que el susodicho se obligó a pagar a don Pedro Vallejo, Presbítero de dicha ciudad.
Don Francisco Javier de Medina, vecino de España y residente en Jalapa, solicita cancelación de escritura por 590 pesos de oro común, ha recibido de don Antonio de Casares y don José Rendón, ambos vecinos de España y residentes en este pueblo, en nombre de doña Josefa de Medina, vecina de Cádiz.
Don Francisco Javier de Medina, vecino de España y residente en este pueblo de Jalapa, apoderado de don Patricio Noble y doña Josefa de Medina, marido y mujer, vecinos de Cádiz, sustituye su poder en don Juan Antonio Chirlin, Procurador de Número de la Real Audiencia de México, para que cobre al Señor Coronel Ingeniero Director don Manuel de Santiesteban, lo que le deba por una escritura de riesgo cuyo plazo se venció.
Don Antonio de Quesada, vecino de Guanajuato y residente en este pueblo de Jalapa, ha recibido de don Antonio Sáenz de Santamaría, vecino de España, la cantidad de 3,148 pesos 6 y medio reales en varias mercaderías de Castilla que le ha comprado en la presente feria, cuya cantidad se obliga a pagar en este pueblo en un plazo de 6 meses que corren a partir de la fecha de la presente escritura.
Don Antonio de Quesada y don José Antonio de Quesada, padre e hijo, vecinos de la ciudad de Guanajuato, han recibido de don Miguel Badillo y don Mateo Badillo, vecino de España, todos residentes en este pueblo, la cantidad de 6, 072 pesos 2 reales en mercaderías de esta presente feria, mismos que se obligan a pagar en este pueblo, en un plazo de seis meses a partir de la fecha de la presente escritura.
Don Ángelo de Uriarte y don Fernando de Reina Morales, vecinos de España y residentes en este pueblo de Jalapa, solicitan cancelación de escritura, por la cantidad de 1,160 pesos, que han recibido de don Bernardo Fajardo Covarrubias, a nombre de don Juan Bernardo del Alamo, vecino de Sevilla.