Pedro Trillo de Figueroa, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre del Capitán Cristóbal Poveda, vecino de la ciudad de la Habana, y en virtud del poder especial que le otorgó a don Miguel González, Contador de la Real Hacienda y Caja de la ciudad de la Nueva Veracruz, para vender un esclavo negro nombrado Nicolás Congo, de treinta y tres años de edad [poco más o menos], cuyo nombre se le puso al tiempo que se bautizó, y es el mismo que su parte compró al Capitán don Pedro de Castro, el 28 de julio de 1679 en la Habana, ante Francisco Guerra, Escribano Público. En cuya virtud del mencionado poder y en nombre de Cristóbal Poveda, vende dicho esclavo al Capitán Joseph [José] de Leyva [Leiva] Esparragosa, [que lo es de la infantería española] de esta villa y vecino de ella, en precio de [roto] pesos.
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Don Miguel de Roxas [Rojas] y Amer, médico residente en esta villa, dijo que su apoderado Francisco Leandro, Procurador de la ciudad de la Nueva Veracruz, ha seguido pleito ante el señor Maestre de Campo don Francisco Lorenz de Herrada [Rada], Caballero del Orden de Santiago, Corregidor, Gobernador de las Armas y Teniente de Capitán General de dicha ciudad, y ante Joseph [José] de Orduña, Escribano Público; contra el Alférez Pedro Tudela, vecino de ella, por cantidad de 950 pesos 1 tomín y el importe de 30 arrobas de queso, 29 docenas de molinillo y la renta de una casa, y habiendo obtenido mandamiento de ejecución contra tres esclavos propiedad de Tudela y posteriormente apelando este último dicha ejecución, se condenó al otorgante a la paga de 82 pesos por costas de los autos efectuados. Por lo cual, se apeló ante Su Majestad y señores presidentes de su Real Audiencia, y para que se presente y siga la causa en el [juzgado] de apelación en representación de don Miguel Rojas y Amer, otorga poder a Domingo de [Córdoba], Procurador del Número de dicha Real Audiencia, para que en nombre del otorgante se presente con los autos que le remite ante dichos señores en grado y mejora de apelación, asimismo, pida a dichos señores revoquen el auto apelado y ordenen a Tudela pagar lo que debe.
Sans titreJuan de Albornoz y Zamudio, vecino de la ciudad de los Ángeles y residente en esta villa, dijo que en virtud del poder que le otorgó el Capitán Diego Márquez, maestro de calderero, vecino de dicha ciudad, para recibir de Juan de Soto Noguera, Alguacil Mayor del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición en la jurisdicción de esta villa, la cantidad de 370 pesos de oro común, por los que se despachó Real Provisión de Su Alteza y en cuya conformidad fue preso y ejecutado el dicho Juan de Soto Noguera, como consta en dicho poder y Real Provisión hecha en la ciudad de los Ángeles a los quince días de este corriente mes y año ante Bartolomé de Luei [Luey] Escandón, Escribano de Cámara de la Real Audiencia y Acuerdo de esta Nueva España; otorga que recibe de mano del Capitán Manuel Gómez Dávila, Alcalde Ordinario por Su Majestad de esta villa y su jurisdicción y Juez Ejecutor de dicha Real Provisión, los dichos 370 pesos de oro común, los mismos que Benito Rendón, vecino de esta villa, exhibió de contado por el dicho Juan de Soto Noguera.
Sans titreEl Joseph [José] de Brito [Lomelín], Alférez de la Infantería Española de esta villa, dijo que de un tiempo a la fecha le han sobrevenido algunos achaques de enfermedad, por los cuales actualmente se encuentra en cama imposibilitado para poder ejercer el cargo de alférez, por cuya razón y para que no falte en dicha compañía para las bajadas que debe hacer a la ciudad de la Nueva Veracruz, otorga poder especial al Capitán don García [de] Navarrete, vecino de esta villa y de partida para la ciudad de México, para que en su nombre comparezca ante el Excelentísimo Señor Virrey de esta Nueva España y le haga saber de su enfermedad e impedimento para el ejercicio de la plaza de alférez, asimismo, pida y suplique le conceda la reforma de dicho cargo dándole por libre de él.
Sans titreEl Sargento Miguel Díaz de Aguilar, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre y con poder del Alférez don Juan de Arnedo de Escudero, que lo fue de la Real Armada de Barlovento, y en virtud de la sustitución de poder que en el otorgante hizo el Capitán don Diego de Alarcón y Ocaña y a un poder anexo a esta escritura, por la presente vende al Capitán don Carlos Samaniego [y] Pacheco, Alcalde Mayor por Su Majestad y Teniente de Capitán General de esta villa y partido de Huatusco, un esclavo negro nombrado Francisco Canchancha, de edad de más de treinta años, criollo del puerto de San Cristóbal de la Habana, y que antes fue propiedad de doña Clara de Paz Gutiérrez, quien se lo vendió al Capitán don Joseph [José] de Calatayud y éste a don Juan de Arnedo de Escudero. Lo vende en precio de 350 pesos de a 8 reales cada uno de oro común.
Sans titreCristóbal Guerrero, vecino del pueblo de San Juan de los Llanos, en nombre y con poder de Juan Antonio de Ayala, vecino y labrador de la provincia de dicho pueblo, vende a Nicolás de Olivera, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de fabricar azúcar en su jurisdicción, un mulato criollo nombrado Manuel de la Cruz, de veinticinco años de edad más o menos, el cual compró Juan Antonio de Ayala a su hermano el Licenciado Francisco de Ayala en el pueblo de Tecamachalco el 27 de marzo de 1697, ante Bartolomé Bravo, Escribano Real. Lo vende por precio de 300 pesos de 8 reales cada uno de oro común.
Sans titreBalthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Regidor perpetuo y Depositario General de esta villa, como Procurador nombrado por la Justicia, Cabildo y Regimiento de ella, dijo que por cuanto los naturales del pueblo del Naranjal, jurisdicción de Orizaba, han aprehendido posesión de tierras en la jurisdicción de esta villa de Córdoba en grave perjuicio de dicho Cabildo, por ser dichas tierras de las que le tocaron en su fundación a sus primeros pobladores. Y hallándose imposibilitado para ir personalmente a la ciudad de México donde está radicado este juicio, otorga poder al Regidor [roto], quien se halla en la [ciudad de Mé]xico, y a Domingo de Córdoba, Procurador [roto] de la Real Audiencia de esta Nueva España; para que puedan parecer ante Su Alteza y Señores de la Real Audiencia de esta Nueva España y hagan los pedimentos, requerimientos, citaciones, alegaciones, protestas suplicas, presenten escritos y demás pruebas, hasta lograr que los poseedores de dichas tierras lo están en quieta y pacifica posesión de ellas.
Sans titrePedro Trillo de Figueroa, vecino y mercader de esta villa de Córdoba, vende a Pedro García de Messa [Meza], vecino de esta villa y dueño de trapiche de beneficiar azúcar en su jurisdicción, una esclava negra nombrada Gabriela, criolla de la isla española de Santo Domingo, de 25 años de edad más o menos, que hubo y compró del Contador Miguel González de Figueroa, Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de ciudad de la Nueva Veracruz, en dicha ciudad el 24 de enero de 1697, ante Tomás Sánchez de Lavandero, Escribano Público y de Cabildo. La vende en precio de 200 pesos de a 8 reales cada uno de oro común.
Sans titreJuan Antonio de Arce, hijo y heredero de Juana Gertrudis de Ávalos, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, en su nombre y con poder que le otorgó, vende por la presente al Licenciado don Juan de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de este Reino y vecino de esta villa, un esclavo negro nombrado Manuel, casta arara, de dieciocho años de edad más o menos, mismo que su madre compró al Capitán Juan de la Carra, Factor que fue del asiento hecho con Su Majestad para la introducción de negros en este reino.
Sans titreAntonio Millán, mercader, vecino de esta villa de Córdoba, vende al Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de ella y dueño de hacienda del beneficio de fabricar azúcar en su jurisdicción, un negro nombrado Juan Ventura, portugués, de edad de treinta y un años más o menos, el cual hubo y compró a Juan Esteban de Rastre, apoderado de su padre Alphonso de Rastre [Alfonso del Rastre], vecinos de la Nueva ciudad de la Veracruz, el 19 de agosto de 1698, ante Joseph [José] de Orduña, Escribano Público. Lo vende en 350 pesos de oro común.
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