Ante Simón de Prado, Teniente de don Diego de Montejo, Corregidor de este partido, y ante Hernando de la Plata, Escribano, pareció Francisco Rodríguez, administrador de la Hacienda Grande, para registrar una partida de ganado vacuno que tiene en la sabana de este pueblo, compuesta de 950 novillos y toros.\n
ESCRIBANOS
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Doña Nicolasa Catarina Cardeña, mayor de 50 años, dueña del Oficio Público [escribano] reunido al de Cabildo, otorga que renuncia al citado oficio en primer lugar en el Capitán de Milicias Retirado don José de Arias, en segundo en don Juan Francisco Cardeña, y en tercero en don Juan José Corral y Cardeña, para que después de sus días se presenten en el superior gobierno en el orden establecido a que se les libre título en forma.\t
Doña Nicolasa Catarina Cardeña, de esta vecindad, doncella mayor de 50 años de edad, dueña del Oficio Público reunido al de Cabildo, usando las facultades concedidas por Su Majestad a los dueños de oficios vendibles o renunciables, renuncia el citado oficio en primer lugar en don Juan Francisco Cardeña, escribano por Su Majestad, quien lo despacha actualmente; en segundo lugar en don Juan José Corral y Cardeña y en tercero en don Francisco Corral y Cardeña, para que después de los días de la otorgante, en el orden prevenido, se presenten en el Superior Gobierno con testimonio de esta renuncia para que se le libre título en forma para su uso y ejercicio.
Doña Nicolasa Catarina Cardeña, de esta vecindad, de estado doncella mayor de 50 años de edad, dueña del Oficio Público reunido al de Cabildo, usando las facultades concedidas por Su Majestad a los dueños de oficios vendibles o renunciables, renuncia el citado oficio en primer lugar en doña María Francisca de Ulloa; en segundo lugar en don Juan Francisco Cardeña, escribano por Su Majestad, quien lo despacha actualmente; en tercer lugar en don Juan José del Corral, para que después de los días de la otorgante, en el orden prevenido, se presenten en el Superior Gobierno con testimonio de esta renuncia para que se les libre título en forma para su uso y ejercicio.
Certificación que hace el Escribano del Rey, Público y de Cabildo interino de esta Villa de Xalapa, don Juan Francisco Cardeña, de los instrumentos públicos contenidos en el registro de 1811.
Doña María Francisca [Fernández de] Ulloa [y Careña], viuda, vecina de esta Villa, otorga poder especial a don Agustín Quiroga, Factor Administrador de la Real Renta de Tabaco de la Nueva Veracruz, para que en su nombre se presente en aquel Magistrado de Intendencia y con el testimonio de la renuncia de Oficio Público y de Cabildo de esta Villa, que a favor de la compareciente otorgó en primer lugar su difunta tía, doña Nicolasa Catarina Cardeña, practique cuantas diligencias sean necesarias para que en el superior gobierno se le reconozca como dueña del citado oficio.
Doña María Francisca [Fernández de] Ulloa [y Cardeña], vecina de esta Villa, viuda, mayor de 25 años de edad, otorga poder especial al Doctor don José Nicolás Maniau y Torquemada, para que en su nombre comparezca ante el superior gobierno de este reino, donde pida se le declare como dueña del Oficio Público, el cual le fue cedido y otorgado por la renuncia que hizo del mismo, la difunta doña Nicolasa Catarina Cardeña, tía de la otorgante.
Luis Álvarez de Soria, Escribano de Su Majestad, [roto] Veracruz manifestó tener en las sabanas de [roto] noventa y cuatro mulas [roto] para vender [roto].
Jorge Méndez, residente en el pueblo de Chocamán, se obliga de pagar a Francisco Ramírez, Escribano Real, 30 pesos de oro común que son y los debe de resto de 100 pesos por razón de ciertas arrobas de sebo que el dicho Jorge Méndez vendió al dicho Francisco Ramírez y no se las entregó.
Luis Muñoz Bravo y Gabriel Bravo, Escribanos de Su Majestad, Luis de Peñas, beneficiado del pueblo de San Antonio y su partido, y Diego de Nava, vecino de la ciudad de México, encomendero, se obligan de pagar a Marcos Rodríguez, vecino de la ciudad de Veracruz, 1 700 pesos de oro común que son por razón de haber comprado de Marcos Rodríguez, el uso y ejercicio del oficio de escribano. \n