El Bachiller don Juan Crisóstomo de Aranda, Presbítero, vecino de la villa de Córdoba, dijo tiene por su esclava cautiva sujeta a servidumbre a una mulata, que será de edad cuarenta y tres años, nombrada Teodora, natural de la ciudad de Los Ángeles, misma que compró de José Alejo del Río, Escribano de Su Majestad y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz. La cual por el mucho amor, cariño y voluntad que le tiene a Juan Bernardo Morera de Silva, su ahijado, hijo de Juan Morera de Silva, Escribano de Su Majestad Público y de Cabildo de esta villa, y de doña María Francisca de Leiva y Esparragosa, le hace donación pura e irrevocable, para que desde hoy día de la fecha la goce y posea por suya propia y disponga de ella a su voluntad.
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Juan Morera de Silva, Escribano del Rey y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Juan de Ureña, vecino de la ciudad de México, Contador y Ordenador del Tribunal y Real Audiencia de Cuentas de esta Nueva España, para todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, especialmente ante el Rey y en su Real Sala del Crimen, donde pida se sirva declararlo haber cumplido con el tenor de la sentencia que fue servido pronunciar contra él, de la suspensión de dicho oficio por dos años. Para lo cual ofrezca los pedimentos, requerimientos, suplicas, autos y demás diligencias que convengan, y conseguido que sea, saque las escrituras necesarias para el uso y ejercicio de dicho oficio, de manera que por falta de poder, requisito, circunstancia y lo dependiente, se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
Untitled[El Capitán don Miguel de Leiva Esparragosa], Regidor Perpetuo y vecino de esta villa, dijo que [queda] en este registro el recibo y finiquito de [deuda que otorgó a favor del otorgante] el Licenciado don Juan Valero Gragera, Clérigo Presbítero Domiciliario de esta obispado de la Puebla, en la ciudad de los Ángeles el 13 de julio de este corriente año, ante Miguel García Fragoso, Escribano Real y Público, que con efecto queda protocolizado para su permanencia y dar de él las copias que se pidieren.
UntitledManuel [Gómez] Dávila, Alcalde Ordinario de esta villa y su jurisdicción, como apoderado de Juan de Espinoza [Espinosa], Escribano Real y Público y de Registros del pueblo de Orizaba y de esta villa y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco] por Su Majestad, otorga renuncia a su oficio de escribano público y de registros del dicho partido en manos de Su Majestad, para que de él haga merced en Juan de Espinoza [Espinosa], su hijo; en Diego de Espinoza [Espinosa] y Clemente García, sus hermanos, vecinos de dicho pueblo de Orizaba, y en cada uno de los susodichos en el lugar y grado que van mencionados.
UntitledEl Capitán don Francisco de Rivadeneira, vecino de la ciudad de Tepeaca, residente en esta villa de Córdoba, hermano y apoderado del Capitán don Gaspar Carlos de Ribadeneyra [Rivadeneira], vecino de la ciudad de los Ángeles, vende en su nombre al Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza, Alcalde Ordinario y vecino de esta villa, 6 caballerías y media de tierra en esta jurisdicción, en términos del pueblo de Guatusco [Huatusco], las cuales lindan por el norte con tierras del Capitán Gaspar del Monje [Gaspar del Monge y Mendoza]; por el oriente con un sitio de estancia para ganado menor del Regidor don Gaspar de Carvajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente] y el Capitán don Francisco Cruzado, dueños de trapiche en esta jurisdicción; por el poniente con tierras que posee el Regidor don Miguel de Leyba [Miguel de Leiva Esparragosa]; y por el sur con tierras del Capitán don Gaspar Carlos; por precio de 1 200 pesos de oro común, de los cuales 400 tiene recibidos de contado y los 800 pesos restantes quedan impuestos a censo redimible sobre dichas tierras.
UntitledAntonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de [roto], como principal y Antonio de Villavicencio, como su fiador, haciendo deuda ajena suya propia por no tener dinero doña María de León, viuda del Capitán Francisco de Brito [Lomelín], se obligan a pagar [de los ] bienes del difunto a María de Solís, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, la cantidad de 330 pesos de oro común, valor de un negro nombrado Andrés, de casta fula, que murió en el servicio de dicho capitán, como consta en escritura de obligación que otorgó en la ciudad de los Ángeles el 1 de septiembre de 1695 ante Francisco de Herrera Calderón, Escribano Público, cuya cantidad pagarán dentro de tres meses con la condición de que María de Solís otorgue lasto en forma a cualquiera de los dos que haga la paga, con el fin de cobrar dicha cantidad de los bienes que dejó el capitán.
UntitledDon Miguel de Rojas y Amer, Doctor en Medicina y vecino de esta villa, vende al Capitán don Joseph de Leyva [José de Leiva] y Esparragosa, Alcalde Ordinario por Su Majestad y vecino de esta villa, un esclavo negro nombrado Lorenzo Remigio, de veintiocho años de edad más o menos, el mismo que el otorgante compró del Alférez don Juan de Almasa [Almaza] [roto], y ahora vende en precio de 200 pesos de a 8 reales cada uno de oro común libres de alcabala.
UntitledJuan de los Santos Villalón, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz y estante en esta villa de Córdoba, en nombre y con poder de Alfonso del Rastre, vecino de la dicha ciudad, para la venta de un negro esclavo nombrado Gaspar, casta anchico, de veinte años de edad poco más o menos, que compró Alfonso Rastre de Vicente de Losana [Lozana], vecino de Sevilla; asimismo, en nombre y con poder del Alférez Joseph [José] Rodríguez de Betia [Vetia], vecino de la villa y puerto de San Francisco de Campeche, para la venta de un negro esclavo nombrado Tomás, de nación Mina, de 30 años de edad más o menos, que compró Betia [Vetia] en la almoneda de las presas que el Capitán Francisco Fernández trajo del Cabo de Catocha; vende a don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa, los dos esclavos mencionados en 600 pesos de a 8 reales cada uno de oro común.
UntitledJuan Gómez Dávila, vecino de esta villa, en nombre y con poder de Juan [de] Espinosa, Escribano Real, Público y de Registros del pueblo de Orizaba, su jurisdicción y de esta villa y partido de San Antonio Huatusco por Su Majestad, renuncia a dicho oficio de escribano público y de registros en manos de Su Majestad para que haga merced de él en primer lugar en Juan de Espinosa, su hijo; en segundo en Diego de Espinosa; y en tercer lugar en Clemente García, sus hermanos, vecinos del pueblo de Orizaba.
UntitledEl Alférez Juan Jiménez, Escribano de Su Majestad y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Capitán don Miguel de Rojas y Amer, vecino de México, para que en su nombre parezca ante los señores jueces oficiales de la Real Hacienda y Caja de la ciudad de México y en los tribunales que convenga, para hacer postura, admitirla y celebrar remate de las Reales Alcabalas de esta villa de Córdoba y partido de San Antonio Huatusco y su jurisdicción por tiempo de nueve años [roto], las cuales han estado al cuidado y obligación de los señores alcaldes mayores. Dicha postura ha de ser por tiempo de nueve años, ofreciendo en cada uno 1 000 pesos más o menos.
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