ESCLAVOS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0062 · Item · 1693/10/17
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph Gómez Dávila, vecino de esta villa, y doña Marina Gómez Dávila, viuda, mujer que fue de Juan Rodríguez Durán, en voz y nombre del susodicho otorgan su testamento según y con las cláusulas que les comunicó que fueron de la manera siguiente: Fue su voluntad se den a las mandas forzosas y Casa Santa de Jerusalén 2 pesos a cada una; se digan por su alma ochocientas misas rezadas y otras cien misas rezadas por el alma de sus padres [roto]. También fue su voluntad se dieran 6 pesos a las cofradías sitas en la iglesia parroquial de esta villa; 200 pesos de limosna para la ayuda de obra material de la santa iglesia de esta villa, y otros 200 pesos para la obra del convento del señor San Antonio. Ítem fue su voluntad se den a Josefa de Prados [Prado], Teresa de Prados [Teresa Catalina de Prado] y a Juana de Prados [Juana Gertrudis de Prado], hermanas doncellas, hijas legítimas de Miguel de Prado, 200 pesos a cada una. Ítem fue su voluntad se den a María de Barrios, de nueve años, hija legítima de Francisco de Barrios y de doña Isabel Rodríguez, hermana que fue de dicho difunto, 300 pesos y una negrita nombrada María de edad de seis años, criolla de casa. Ítem fue su voluntad se den a [roto] de Aguilar, 100 pesos, y otros 100 pesos a Inés de Aguilar, sus sobrinas doncellas, hijas legítimas de Juan de Aguilar, difunto, y de María Rodríguez [Palomino]. También mandó 200 a Beatriz, niña, hija legítima de Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa; 100 pesos a Juana Vasques [Vázquez] y otros 100 pesos a Rossa Vasquez [Rosa Vázquez], sus primas, doncellas, vecinas del pueblo de Orizaba, hijas legítimas del Alférez Joseph Vasques [Vázquez]. “Declaro que yo la dicha doña Mariana Gómez Dávila fui casada con el dicho Juan Rodríguez Durán”, durante su matrimonio procrearon por su hijo legítimo a Nicolás Rodríguez Durán, que será de edad de doce años. Declaran por bienes de dicho difunto las casas de su morada, de cal y canto; otra casa de piedra con tienda; otra casa de piedra, cubierta de teja. Asimismo, declaran por bienes de dicho difunto los esclavos varones y hembras que tenía a su servicio. Ítem declaran por bienes de dicho difunto una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada [roto] José, ubicada en jurisdicción de esta villa, sobre la cual están cargados 3 000 pesos a censo redimible a favor del convento de religiosas Carmelitas de la ciudad de los Ángeles; también sobre dicha hacienda están situados y cargados 2 000 pesos a favor de una capellanía de misas rezadas. Ítem declaran por más bienes una hacienda trapiche de hacer azúcar nombrada San Antonio, sobre la cual están cargadas las cantidades que se mencionan en la escritura. Por otra parte declara que dicho difunto era deudor a las personas siguiente: Capitán don Gaspar [Carlos] de Rivadeneira, don Pedro Caramur y Enríquez, la cofradía del Santísimo Sacramento, Capitán Antonio Orejón de la Lama, Juan Camaño, Pedro Trillo de Figueroa, Gertrudis [de Villegas] Guerra [roto], Diego de Rojas, Antonio [de] Villavicencio, Domingo López, doña María [Gómez] Dávila, Licenciado Joseph [José] Rodríguez de la Peña. Asimismo, declaran como deudores de dicho difunto a Alonso Gómez Dávila, Miguel Mason [Mazón], Mathias [Matías] Duarte, Esteban de Vértiz, Agustín Alfonso maestro de barbería, Balthazar Gonzales de Belilla [Baltazar González de Velilla Blanco], Miguel de Leyba, Marcos Rodríguez, Diego Dávila Barrientos, Antonio Estévez, Francisco de Barrios y Agustín de Guevara. Y para cumplir y pagar este testamento fue la voluntad de dicho difunto nombrarlos por sus albaceas testamentarios e instituyó por su universal heredero a Nicolás Rodríguez Durán.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0019 · Item · 1701/03/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a Francisco de Meza y Mendoza, vecino de esta villa, Alcalde Ordinario en ella, doce cabezas esclavos, entre ellos cuatro hembras y seis varones a razón de 350 pesos, un mulecón en 300 pesos y un mulequillo en 150 pesos, importando la cantidad de 3 950 pesos a pagar en los plazos expresados en la escritura; los cuales dichos esclavos son de diferentes castas, todos calimbados con una CR en el brazo izquierdo y que son de los conducidos para dicho asiento al puerto y ciudad de la Veracruz por el Capitán don Antonio Francisco de Seiva en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]; los vende por esclavos cautivos sujetos a perpetua servidumbre, libre de empeño.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0023 · Item · 1701/03/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a don José Gómez Dávila, vecino de esta villa, quince cabezas de esclavos, nueve de ellos a razón de 350 pesos, otros dos enfermos ambos en 400 pesos; dos negras viejas ambas en 150 pesos; una negra tuerta con una cría de pecho en 300 pesos y un muleque en 200 pesos; importando la cantidad de 4 200 pesos de oro común, los cuales dichos esclavos son de diferentes castas, todos calimbados con una CR en el brazo izquierdo y son de los conducidos para dicho asiento al puerto y ciudad de la Veracruz por el Capitán don Antonio Francisco de Seiva en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0041 · Item · 1701/07/18
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y Regidor en ella por Su Majestad, dueño de hacienda de trapiche de fabricar azúcar nombrada San Miguel en esta jurisdicción, otorga poder general a Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, para que en su nombre lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares comenzados o por comenzar; demandando o defendiendo. También, para que pida, demande, recaude y cobre de cualesquier persona o personas que le deban cualquiera cantidad de pesos, reales, oro, joyas, esclavos, mercaderías entre otros. Asimismo, le concede dicho poder para que lo pueda obligar como su principal pagador hasta la cantidad de 6 000 pesos a pagar en los plazos y tiempos que convenga o cargándolos a censo, a favor de cualesquier persona o personas que los presten, situándolos en la hacienda de trapiche ya mencionada. Finalmente, le da este poder para que pueda vender y venda sus esclavos por los precios que ajustare fiados o de contado; además pueda comprar esclavos en las mismas condiciones que expresa de la venta.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0097 · Item · 1700/01/28
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor y Regidor por Su Majestad en esta villa de Córdoba, dijo que se hizo pregón de una hacienda de trapiche de fabricar azúcar nombrada San Miguel Asesenatl [Azezenatl] y otros bienes que quedaron por fin y muerte del Capitán Lope de Iribas, y que 19 de junio de 1699 hizo postura a todos los bienes, excepto a la casa de la morada que quedó en esta villa que fue del dicho difunto, en dicha postura ofreció dar 45 000 pesos, los 26 000 de ellos a censo y los 19 000 que se obligó a pagar en los tiempos y plazos que se mencionan en el acta, con la condición de que se le han de rebajar los esclavos que se hubieren muerto. Y respecto a pedimento de las religiosas del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, como acreedoras a dichos bienes, ganaron Real Provisión de los señores de la Real Audiencia, para que se dieran treinta pregones a dichos bienes. Y por la presente otorga poder a don Diego Dávila Barrientos, su primo, residente en dicha ciudad de México, vecino de esta villa, para que, en su representación parezca ante el Rey Nuestro Señor y su Real Audiencia y Cancillería de dicha ciudad de México, y ante quien, y con derecho deba solicite que se haga el remate del trapiche de fabricar azúcar nombrada San Miguel Asesenatl [Azezenatl] y los demás bienes, en la cantidad que tiene ofrecidos dar.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0018 · Item · 1691/06/16
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Ana González de Belilla Blanco, natural y vecina de esta villa de Córdoba, hija legítima del Capitán Francisco González de Belilla [Velilla] y de doña Melchora de los Reyes Blanco, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casada en primer matrimonio con el Capitán don Antonio Sentís [de Ojeda], difunto, durante el matrimonio procrearon por sus hijos legítimos a don Joseph [José de] Sentís, a doña Antonia Sentís, que al presente tiene doce años, y otros dos hijos que murieron en edad pupilar. También declara que al presente está casada con el Capitán don Lope de Yribas [Iribas], durante este matrimonio han tenido por hijos a Fermín, que murió de edad de cuatro años y a don Lope de Yribas [Iribas] que es de seis a siete años. Señala que al tiempo cuando contrajo segundas nupcias llevó por dote y propio caudal una casa de piedra sin techo, la cual hace frente con la portería nueva del convento de San Antonio; una negra nombrada Úrsula, criolla, con sus dos hijas, de nombre Micaela y María; 1 000 pesos en reales que paraban en poder del Capitán Nicolás Blanco, su tío; trastes, muebles y menajes de su casa; un solar, que son todos los bienes que quedaron por fin y muerte de dicho don Antonio de Sentís. Asimismo, expresa que llevó por dote 6 000 pesos en reales de que [hizo donación] su tío el dicho Capitán Nicolás Blanco. Por otra parte menciona que en el testamento que otorgó el Capitán Nicolás Blanco la dejó como única y universal heredera de todos sus bienes, los cuales entraron en poder del Capitán don Lope de Yribas [Iribas]. [Manda] que de sus bienes se les den a doña Margarita Gertrudis, a doña María Gabriela y a doña Antonia María González de Belilla [Velilla], menores hijas legítimas de Balthazar González de Belilla [Baltazar González de Velilla Blanco] su hermano, 500 pesos a cada uno en reales para ayuda de su estado. Manda que se le den a Cathalina [Catalina] Muñoz, 400 pesos para ayuda de su estado; al Licenciado Antonio de [Santa Marina], Presbítero, su compadre, vecino de esta villa, 100 pesos. Por otro lado señala que cuando falleció don Joseph [José] de Sentís, su hijo legítimo, le dejó encargado “le diese de limosna al convento de Nuestro Padre San Antonio de esta villa 100 pesos y un ornamento para el altar de Nuestra Señora de la Concepción”; por su parte ella hace donación al citado convento dos negrillos criollos nombrados Ignacio y Bernabé. Ordena se le den a “Nuestra Señora de Cosamaloapan” cuatro arrobas de cera; 2 pesos de limosna a cada una de las cofradías de esta villa; 25 pesos por cada año a la obra material de la iglesia parroquial de esta villa, durante seis años. Declara por sus bienes un trapiche de hacer azúcar nombrado San Miguel Azezenatle [Azezenatl], que es el mismo que heredó de su tío el Capitán Nicolás Blanco, con 18 caballerías de tierra, 17 suertes de caña, treinta y cuatro piezas de esclavos; por más bienes declara una casa de piedra en esta villa que sirve de convento a los religiosos del Glorioso San Antonio; esclavos que tiene en su casa, joyas de oro, perlas y plata labrada. Señala que en atención a lo bien que le ha servido la negra nombrada Úrsula, “quiero y es mi voluntad que luego que yo fallezca goce de su libertad, y que esta cláusula con pie y cabeza de este mi testamento le sirva de título de ella”. Nombra por sus albaceas testamentarios al Capitán don Lope de Yribas [Iribas] y a Balthazar [Baltazar] González de Belilla [Velilla] Blanco, para que cumplan y ejecuten su testamento. Y cumplido y pagadas las mandas y legados de su testamento en el remanente que quedare de sus bienes, instituye y nombra por sus universales herederos a doña Antonia de Sentís y a don Lope de Yribas [Iribas], sus hijos legítimos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0025-PC_0025_0039 · Item · 1690/07/15
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Isabel Galván, vecina de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de San Pedro Ysguatlan [Ixhuatlán] de la doctrina de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], viuda de Antonio Hernández, hija legítima de Alonso Galván y de María Díaz, difuntos, otorga su testamento donde ordena se den 10 pesos de limosna para la fábrica de la santa iglesia mayor parroquial de esta villa. Declara por bienes la casa de su morada; un negro nombrado Lorenzo de cincuenta años de edad; Juana, mulata de dieciséis años; Isabel, mulata de ocho años; Antonio, mulato de siete años; y Gertrudis, mulata de cuatro años. Declara que Jusepa [Josefa], parda, ha dado cuenta de su libertad por 181 pesos y dando cumplimiento a 225 pesos se le dé carta de libertad en forma. Ordena se deje en libertad al esclavo Lorenzo, por el amor y voluntad que le tiene y en remuneración del buen servicio que le ha hecho. Nombra como albaceas a Alonso Galván, su hermano, y a Antonio Martín, vecinos de esta villa. Nombra como heredera universal a su nieta Teresa, niña de siete años, que está en casa del Capitán don Lope de Yribas [Iribas], hija de Antonio Hernández y de Magdalena de Alcalá, y a Juan García de Miranda, su nieto, por iguales partes.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0010-PX_0010_0036 · Item · 05/12/1673
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El Capitán Don Claudio Teodoro de Ceballos, vecino de esta jurisdicción, hijo legítimo, albacea y heredero del Capitán Don José de Ceballos y Burgos, dijo ser poseedor entre otros bienes que dejó su padre, de un ingenio que esta proindiviso nombrado Nuestra Señora del Rosario, en términos de Naolinco, con sus casas de vivienda, esclavos, tierras, calderas, moliendas, prensas, pertrechos y ganado, y en él su padre impuso un censo de 6, 000 pesos de principal y 300 pesos de renta en cada un año, a favor del Real Fisco del Santo Oficio de la Inquisición, según consta de una escritura fechada en la ciudad de México el 30 de julio de 1647. Atento a lo cual, por la presente, y como curador de su hermana Doña Micaela Jerónima de Ceballos y en el suyo propio, reconoció dicha escritura y se obligó junto con su parte, a pagar los réditos mientras no se redima el principal.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0004-PX_0004_0629 · Item · 25/05/1618
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Melchor de los Reyes, carpintero, y Francisco García, herrero, vecinos de la provincia de Jalapa, finiquitaron la compañía que ambos tenían en esclavos, fierro y otras cosas, llevándose el justo principal y mitad de ganancias, se dieron por contentos y pagados cada uno por lo que le toca.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0005-PX_0005_0276 · Item · 11/04/1620
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Vicente Alemán, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, vende al Capitán Roque Gutiérrez de Ceballos, dueño de su ingenio en esta provincia, dos esclavos, varón y hembra, llamados Isabel y Francisco, de tierras Anxico [Angico], de 35 años de edad, poco más o menos cada uno, libres de hipoteca, empeño y enajenación, por el precio de 750 pesos de oro común el par.