El Licenciado don Antonio de Lorza, Presbítero, residente en esta villa y vecino del pueblo de Orizaba, otorga que debe y se obliga a pagar a Domingo Mucio, vecino de esta villa y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, 225 pesos de oro común, los mismos que por hacerle bien y buena obra le ha prestado en reales de contado. Cuya cantidad pagará dentro de ocho meses y para seguridad de la deuda hipoteca un esclavo nombrado Juan Soberanes.
Sans titreESCLAVOS
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Doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, viuda del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa; y Juan de los Santos Cubillos, ambos albaceas testamentarios de dicho regidor; dijeron que para dar continuación a las diligencias que son de su cargo, principiaron los inventarios de los bienes que quedaron por fin y muerte de dicho difunto en esta hacienda, entre los cuales destacan: Cuatro lienzos de pintura de vara y cuarto de largo de diferentes advocaciones. Una capilla de cal y canto con la armadura de cedro, cubierta de teja, con su sacristía, bautisterio, cementerio y campanario; con un colateral dorado con la hechura de San Miguel, de talla como de vara y media y a los lados dos hechuras de talla de más de media vara en sus peanas doradas, de Nuestra Señora de la Concepción y el Señor San José. Una casa de cal y canto de teja, con su sala, dos recamaras, cuatro cuartos y una cocina con el suelo de hormigón con su corredor. Un corral cercado y un horno de coser pan con su caedizo de teja, una artesa y dos cedazos. Un cuarto donde vive el mayordomo y consecutivamente una caballeriza; una galera de cal y canto, cubierta de teja, compuesta de trece aposentos en que viven los esclavos. La casa de purgar; un asoleadero; una casa de calderas; una casa de trapiche. Veinticuatro mulas y machos de tiro; 300 fanegas de cal; dieciocho siguiscoles, nueve machetes de rozar, ocho de cortar caña, un escoplo, una azuela, dos cadenas de prisiones, cuatro pares de grillos. Diecinueve suertes de caña dulce con sus respectivos nombres. Ocho esclavos negros casados, con sus esposas e hijos y doce esclavos solteros entre de ellos nueve hombres y cuatro mujeres, de diferentes castas y edades. Además, 10 caballerías de tierra en que está fundada dicha hacienda de San Miguel, sobre la cual están cargados 1 200 pesos a censo; entre otras cosas y muebles que se mencionan en el acta. Finalmente declararon que cierran este inventario, con protesta de proseguir inventariando los demás bienes, que quedaron por fin y muerte de dicho difunto.
Sans titreEl Capitán don Hipólito del Castillo de Altra, albacea testamentario del Capitán Gaspar del Monge y Mendoza y doña María Altamirano, difuntos, vecinos que fueron de esta villa de Córdoba, usando de dicho nombramiento, dijo que tiene principiados los inventarios de los bienes que quedaron por fin y muerte de los susodichos y que por la presente escritura continua con ellos, haciendo ahora inventario de los bienes que componen esta hacienda de trapiche, nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, que era propiedad de los difuntos, entre cuyos bienes destacan: Una casa que fue de su morada, de madera embarrada, cubierta de zacate, con sala y recama, con sus puertas y ventanas de cedro. Una casa de trapiche que está sobre horcones y cubierta de zacate, con una molienda corriente en ella. Una casa de calderas de cal y canto, cubierta de teja, con su colgadizo de hornallas. Un asoleadero de cal y canto; una casa de purga; una casa que sirve de carpintería; una cocina de madera, cubierta de zacate; una caballeriza; una casa donde vive el mayordomo; diecinueve chozas cubiertas de zacate donde viven los esclavos y sirvientes de la hacienda. Diferentes muebles de casa, cajas, camas, colchones, ropa de cama. Nueve libros de diferentes tamaños, viejos. Tres pares de grillos, dos palos con sus cadenas y grilletes, dos carlancas de bronce. Un pozo en el patio, con su brocal, de cal y canto su pila. Diferentes cantidades de bueyes, machos, yeguas, caballos y mulas. Once suertes de caña de diferentes edades y nombres. Un negro nombrado José, trapichero, Loango, de treinta años de edad; María, su mujer, negra Conga, de treinta y dos años; Alonso, negro rayado de veintiocho años; Juan gachupín, negro Congo, de treinta y cinco años; Magdalena, negra Carabalí, de treinta años; Pablo, criollo de la Habana, de cuarenta años; Pedro de la Cruz, negro francés, de veintitrés años; Juan Ventura, Cabo Verde, negro de treinta años, y Nicolasa, su mujer, mulata de veintidós años, y su hijo mulato; Miguel, negro popo, maestro de hacer azúcar, de cuarenta años, y Marta, negra Carabalí, de cincuenta y cinco años, con tres hijos; entre otros esclavos y bienes que se mencionan.
Sans titreJuan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que tiene comprado a doña Agustina Vázquez, vecina de esta villa, una hacienda de beneficio de hacer azúcar que quedó por fin y muerte de Miguel de Prado, su difunto marido, y fue trato y ajuste de dicha venta que había de pagar el comprador diferentes cantidades de pesos que dicho difunto quedó debiendo en esta villa y fuera de ella, por cuenta y pago del valor de dicho trapiche. Siendo una de las deudas que dejó dicho difunto, la de 1 350 pesos por diferentes esclavos que compró en esta villa de los del último armazón del Capitán don Lucas de Acosta, Factor de dicho asiento. Y en atención a que le ha dicho doña Agustina Vázquez, que el Alférez Antonio González Candelas, vecino de la Nueva Veracruz, le ha pedido satisfaga dicha cantidad, por hallarse éste con poder y comisión para recaudación y cobranza de lo que se debe a dicho asiento; y por cuanto Juan Gómez Dávila se halla imposibilitado a dicha paga, se han ajustado y convenido en que le otorgue escritura de obligación de dicha cantidad, por lo cual, otorga se obliga de dar y pagar al dicho Alférez Antonio González Candelas los 1 350 pesos de oro común en reales, de los cuales pagará 800 pesos para el día fin de octubre de este año y los 550 pesos restantes para el mes de diciembre.
Sans titreEl Sargento Mayor Rodrigo Serrano, vecino de la ciudad de la Nueva de la Veracruz, residente en esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de México, hijo legítimo de Fernando Gómez Serrano y de doña María Inés Tello, sus padres difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Pide ser sepultado en el convento de San Antonio de esta villa, manda 4 reales a las mandas forzosas y acostumbradas. Es su voluntad que se den 3 pesos a la cofradía del Santísimo Sacramento cita en la parroquia de esta villa; a Nuestra Señora del Rosario y a la Tercera Orden de Penitencia. Es su voluntad que se dé al convento de Santo Domingo de la ciudad de la Veracruz una hechura de un crucifijo de marfil. Declara que es casado con doña Bernarda de Perea, natural de la ciudad de la Nueva Veracruz, hija del Capitán Manuel de Perea y de doña Margarita Pérez, difuntos, y al tiempo de contraer matrimonio la susodicha trajo a su poder por dote la cantidad de 12 000 pesos que lo importaron del valor de una casa, que está en dicha ciudad de la Veracruz, en esquina del convento de Santo Domingo; tres esclavos, 40 marcos de plata; ropa y algunas joyas como consta de la carta de dote y él tenía de caudal hasta cantidad de 7 000 pesos. Y durante dicho matrimonio procrearon por hijos al Capitán don Felipe Serrano y Peres, que es presidio y plaza de la ciudad de Veracruz; a doña Inés María de Serrano y Perea, casada; a doña Bernardina Serrano y Perea, casada; al Alférez don Eugenio Serrano y Perea y a don Dionisio Serrano y Perea, estos dos se hayan casados en la jurisdicción del pueblo de San Juan Cuescomatepec [Coscoamtepec]; y a doña María Serrano y Perea, doncella. Declara por bienes, una casa que está en la ciudad de la Nueva Veracruz, de cal y canto, alta, cubierta de teja con el solar en que está edificada, cargados sobre dicha casa 2 000 pesos de principal a favor de Licenciado don José Toquero, vecino de la ciudad de los Ángeles y que paga cada año, por razón de suelo en que está edificada dicha casa, 25 pesos al convento de Santo Domingo de dicha ciudad, y pide que sus albaceas ajusten cuentas. Declara que el Capitán Pedro Bohórquez, vecino de la Veracruz, le puso demanda sobre que se le había dado más cantidad de dote por su mujer; entre otras cosas que se mencionan en el acta. Nombra por albaceas a Bernarda de Perea, su mujer, al Pagador don Juan de Buendía, su yerno, y al Capitán don Felipe de Serrano, su hijo, y por tenedor de bienes al dicho pagador. Y del remanente que quedare de todos sus bienes nombra por sus únicos y universales herederos a todos sus hijos.
Sans titreDon Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general al Alférez Antonio Muñoz de Anaya, vecino de esta villa, para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares, saque escrituras, testimonios que le pertenezcan y los presente ante quien convenga. También, le da poder para que representando a su persona demande, reciba y cobre de cualquier persona todas las cantidades que le adeuden, de lo que recibiere otorgue cartas de pago, finiquito y lasto. Asimismo, se lo da para que lo pueda obligar como principal o como su fiador y principal pagador hasta en cantidad de 2 000 pesos, obligándolo a la paga de ellos, cargándolos a censo redimible sobre todos sus bienes y especialmente sobre su hacienda de fabricar azúcar nombrada San Joseph [José]. Igualmente, le da el poder para que pueda vender y comprar cualquiera de sus esclavos; para que pueda hacer con sus deudores cualquier trato por la cantidad y el tiempo que le pareciere. Finalmente, se lo otorga para que prosiga las diligencias del juicio divisorio en que actualmente atiende como albacea testamentario del Regidor José de Leiva, su padre difunto.
Sans titreEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa, Factor que fue del Asiento de Negros en este reino celebrado con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal, otorga que ha recibido de don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa, Alcalde Ordinario en ella, 3 150 pesos de oro común en reales, procedidos de nueve esclavos que le vendió del armazón de su cargo por escritura que le otorgó a los 11 días del mes de noviembre de 1700. De cuya cantidad se dio por entregado y dio por cancelada la escritura citada.
Sans titreGaspar Rendón, vecino y mercader de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de Felipe Fernández Domarco, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en virtud del poder que le fue sustituido por don Lucas Alonso Sarabia, vecino del pueblo de Orizaba, otorga que vende a doña Bernarda Manuel del Águila y Rojas, mujer legítima de don Andrés de Pes, Caballero del Orden de Santiago, Capitán General de la Real Armada de Barlovento, a saber una esclava nombrada Josefa Núñez, criolla de la Habana, que será de veintidós años, que es la misma que hubo y compró en dicha ciudad de Pedro Hernández de Santiago. La vende por esclava cautiva en precio de 400 pesos de oro común.
Sans titreMiguel de Leiba y Juan de Piña, vecinos de esta villa de Córdoba y su jurisdicción; dijeron que dicho Miguel posee en términos de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] una hacienda de trapiche nombrada Acatengo, a la cual le puso por nombre la Concepción de Nuestra Señora, propiedad que se compone de dos sitios y 6 caballerías de tierra, especificando que en un sitio y en 2 de las dichas 6 caballerías de tierra está fundada la hacienda, y en él otro sitio y las restantes 4 caballerías, el Comedero del Monte. Como tal dueño del trapiche, Miguel otorga lo da en arrendamiento, con solamente las tierras que se necesitan para la siembra de la caña que ocupare, una molienda de las que al presente se usan en esta jurisdicción, un pedazo de tierra en que quepa una anega [fanega] de maíz de sembradura, con más las leñas que para el beneficio de dicha molienda fueren necesarias, y las maderas para la fábrica de casas de dicho trapiche y hacienda que se han de sacar de su monte. Asimismo, le arrienda a dicho Juan de Piña, el comedero, sus pastos, entradas y salidas, aguas, abrevaderos, con la casa, géneros, aperos, esclavos, cañaverales y demás que se mencionan en la presente, y que hacen un total de 8 000 pesos y 6 tomines de oro común, cantidad que de consentimiento de ambos se avaluó. El arrendamiento se hace por siete años, que comienzan a contar desde enero del año próximo [roto], a razón de 1 000 pesos anuales, de los cuales confiesa Miguel tiene recibidos dos años adelantados de renta, y bajo las condiciones que se mencionan.
Sans titreDon Miguel de Roxas [Rojas] y Amer, médico residente en esta villa, dijo que su apoderado Francisco Leandro, Procurador de la ciudad de la Nueva Veracruz, ha seguido pleito ante el señor Maestre de Campo don Francisco Lorenz de Herrada [Rada], Caballero del Orden de Santiago, Corregidor, Gobernador de las Armas y Teniente de Capitán General de dicha ciudad, y ante Joseph [José] de Orduña, Escribano Público; contra el Alférez Pedro Tudela, vecino de ella, por cantidad de 950 pesos 1 tomín y el importe de 30 arrobas de queso, 29 docenas de molinillo y la renta de una casa, y habiendo obtenido mandamiento de ejecución contra tres esclavos propiedad de Tudela y posteriormente apelando este último dicha ejecución, se condenó al otorgante a la paga de 82 pesos por costas de los autos efectuados. Por lo cual, se apeló ante Su Majestad y señores presidentes de su Real Audiencia, y para que se presente y siga la causa en el [juzgado] de apelación en representación de don Miguel Rojas y Amer, otorga poder a Domingo de [Córdoba], Procurador del Número de dicha Real Audiencia, para que en nombre del otorgante se presente con los autos que le remite ante dichos señores en grado y mejora de apelación, asimismo, pida a dichos señores revoquen el auto apelado y ordenen a Tudela pagar lo que debe.
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