Salvador Pérez Padrón, residente en esta villa de Córdoba, presentó por testigos a Juan de Azar y al Capitán Pedro López del Castrillo para la presente escritura, en donde otorga que ha recibido de doña Michaela [Micaela] Ramos, vecina del pueblo de San Juan Coscomathepeque [Coscomatepec], viuda de Capitán Marcos Blanco, su albacea y tenedora de bienes, 475 pesos, los 412 de ellos en una esclava mulata llamada Brígida con su hijo mulato de edad de ocho meses nombrado Manuel.
ESCLAVOS MULATOS
646 Archivistische beschrijving results for ESCLAVOS MULATOS
Doña Isabel Rodríguez, natural y vecina de esta villa de Córdoba, mujer legítima de Francisco de Barrios, hija legítima del Alférez Nicolás Rodríguez y doña Josepha Vasquez [Josefa Vázquez], difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Ordena se den a las mandas forzosas y a la Casa Santa de Jerusalén 4 reales a cada una; asimismo manda se digan misas por su alma y la de sus padres [roto]. Declara por sus bienes la casa de su morada; un trapiche de hacer azúcar nombrado Nuestra Señora de Guadalupe, el cual fundó su marido después de contraer su matrimonio; un negro llamado Mateo Gómez y una negra su mujer de nombre Magdalena de los Reyes; una mulata llamada María de la Cruz. Declara que debe a Juan Rodríguez Durán, Alcalde Ordinario de esta villa, 2 400 pesos. Nombra como albaceas testamentarios a Francisco de Barrios y a Juan Rodríguez Durán; y por sus universales herederos a Nicolás, Gertrudis, María, Joseph [José], Marina y Micaela, sus hijos legítimos.
Zonder titelIsabel Galván, vecina de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de San Pedro Ysguatlan [Ixhuatlán] de la doctrina de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], viuda de Antonio Hernández, hija legítima de Alonso Galván y de María Díaz, difuntos, otorga su testamento donde ordena se den 10 pesos de limosna para la fábrica de la santa iglesia mayor parroquial de esta villa. Declara por bienes la casa de su morada; un negro nombrado Lorenzo de cincuenta años de edad; Juana, mulata de dieciséis años; Isabel, mulata de ocho años; Antonio, mulato de siete años; y Gertrudis, mulata de cuatro años. Declara que Jusepa [Josefa], parda, ha dado cuenta de su libertad por 181 pesos y dando cumplimiento a 225 pesos se le dé carta de libertad en forma. Ordena se deje en libertad al esclavo Lorenzo, por el amor y voluntad que le tiene y en remuneración del buen servicio que le ha hecho. Nombra como albaceas a Alonso Galván, su hermano, y a Antonio Martín, vecinos de esta villa. Nombra como heredera universal a su nieta Teresa, niña de siete años, que está en casa del Capitán don Lope de Yribas [Iribas], hija de Antonio Hernández y de Magdalena de Alcalá, y a Juan García de Miranda, su nieto, por iguales partes.
Zonder titelLorenza de Castro, vecina de este pueblo de San Juan Coscomatepec, y Matías de Carmona, albaceas testamentarios y tenedores de bienes de doña Ana de Castro, difunta, declaran que en una de las cláusulas testamentaria de dicha difunta, se señala por sus esclavos a Dominga de San Bartolomé, mulata, y a Hernando Manuel de Castro, mulato, hijo de la susodicha, de edad de diez años, a quienes por el amor que les tenía era su voluntad que gozaran de su libertad por todos los días de su vida; con cargo y calidad que Dominga diere 20 pesos y Hernando 10 pesos. Y en atención a que los citados esclavos pagaron los 30 pesos, por tanto declaran los comparecientes que en cumplimiento de la última voluntad de doña Ana de Castro “otorgamos que ahorramos y libertamos del cautiverio” a que estaban sujetos, para que gocen de su libertad por todos los días de su vida
Zonder titelDon Eugenio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], dijo que por cuanto contrajo matrimonio con doña María Blanco Ramos, hija legítima del Capitán Marcos Blanco, difunto y de doña Micaela Ramos, vecinos de dicho pueblo, su suegra le entregó por dote la cantidad de 5 672 pesos en reales, de los cuales le ha solicitado otorgue recibo a favor de María Blanco; por lo tanto, otorga que ha recibido de su suegra, doña Micaela Ramos, por dote y caudal la cantidad referida en bienes y reales que se detallan en el inventario y avalúo que aparece en esta escritura, entre los que destacan: alhajas de oro y plata; una esclava mulata, criolla, nombrada Josefa, de veintiochos años de edad, en 400 pesos; una negrita, nombrada Andrea, de doce años, en 200 pesos; y 4 219 pesos en reales que recibió de contado. Cuya cantidad se obliga a tener por dote y propio caudal de su esposa, más 500 pesos que manda a la susodicha en arras propter nuptias en honra de su virginidad y limpieza, sumando la cantidad de 6 172 pesos.
Zonder titelEl Bachiller don José de Barros, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] de la jurisdicción de San Antonio Guatusco [Huatusco], otorga que vende a doña Micaela Ramos, viuda del Capitán Marcos Blanco y vecina de dicho pueblo, una mulata esclava nombrada Jacinta, de diecinueve años de edad, que hubo y compró de Agustín Domínguez, vecino que fue de dicho pueblo. La vende libre de empeño, enajenación e hipoteca en precio de 350 pesos de oro común en reales de contado.
Zonder titelDoña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, viuda del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa; y Juan de los Santos Cubillos, ambos albaceas testamentarios de dicho regidor; dijeron que respecto a tener presentado el testamento y para dar cumplimiento a su disposición, proceden a hacer inventario de los bienes que dejó en esta villa dicho difunto, entre los cuales destacan: Una casa principal que fue de la morada de dicho difunto, en la esquina de la plaza Pública; otra casa de cal y canto cubierta de teja, en la plaza Pública, sobre la cual están cargados a censo 3 000 pesos de principal a favor de una capellanía de misas rezadas de que capellán es Bachiller don Pedro Franco de Guzmán; otra casa de cal y canto, que compró en remate público de los bienes del Capitán José de Nares; medio solar que está en esquina de la plaza Pública de esta villa. Ítem una negra nombrada Rosa, criolla de treinta y tres años, con un hijo mulato nombrado Francisco Javier, de dos meses; otra negra nombrada Rosa, criolla de doce años; un negro nombrado Lorenzo, criollo de cuarenta años, casado con Juana Blanca, mulata esclava de treinta años, con dos hijos, uno nombrado Andrés, de cinco años, y otro Joaquín, de dos años; una negra criolla nombrada Felipa, de catorce años; y Rafaela, mulatilla e dos años de edad. Ítem muebles, ropa exterior e interior de varón y de mujer, joyas, entre otras cosas que se mencionan.
Zonder titelAlonso de Neira Claver, vecino de Jalapa, vende a Don Alonso Gutiérrez de Ceballos, dueño de ingenio de hacer azúcar, un esclavo mulato nombrado Juan Martín, criollo de Jalapa, hijo de Francisca Muñoz, su esclava negra, de 25 años de edad, poco más o menos, libre de hipoteca, empeño y otra enajenación, sin asegurarlo de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedad, por el precio de 200 pesos de oro común.
Doña Ana Fernández de la Calleja[Ana de la Calleja Matamoros], vecina de Jalapa, viuda, mujer que fue de Fernando de Arriaga, su albacea, y como tutora de sus menores hijos, vende a Juan Fernández, vecino de la ciudad de México, una esclava mulata nombrada Juana de Arriaga, criolla, nacida en su casa, hija de Gracia, negra Conga, asimismo, su esclava, que hoy vive; de 23 años de edad libre de empeño, hipoteca y otra enajenación, sin asegurarla de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedad pública ni secreta, por el precio de 400 pesos de oro común.
Doña Aldonza Clara de Vargas, mujer legítima de Andrés Vázquez, residente en Jalapa, dijo que a los 7 días del mes de abril del presente año, dio poder a su marido para diferentes efectos en este pueblo, y por cuanto el susodicho trata de vender unos esclavos mulatos nombrados Antonia y Simón, a Lorenzo González y al Capitán Juan Hurtado, vecinos de Veracruz, que forman parte de sus bienes dotales, y por no haberle hecho carta ni recibo de su dote, revocó el poder dado para que no pasen adelante dichas ventas.