Mariana Josefa del Moral, viuda de Juan Prieto Rendón, vecina de este pueblo de Jalapa, informa que tiene un esclavo de nombre Pedro Francisco, mulato criollo nacido en su casa de oficio zapatero y con 19 años de edad, que heredó de su difunto marido, al que otorga libertad mediante poder irrevocable.
ESCLAVOS MULATOS
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Diego García, español y vecino de esta jurisdicción de Jalapa, vende a Juan Martín Blanco, su yerno, español y vecino de esta jurisdicción de Jalapa, un esclavo nacido en su casa, hijo de una esclava nombrada Andrea Francisca, de nombre Gregorio Cayetano, mulato prieto de 26 años de edad, libre de empeño, hipoteca y cualquier otra enajenación especial, sin asegurarlo de tacha, vicio, ni enfermedad publica ni secreta, en el precio de 250 pesos de oro común.
Don Martín Serrano, vecino de San Juan de los Llanos, albacea del Alférez don Nicolás Zapata de Herrera, vecino de la jurisdicción de Huamantla, en compañía de Doña Mariana Zapata de Herrera, su legítima mujer y heredera de su padre, venden al Licenciado don Jacinto Zapata Mogollón, vecino del pueblo de Misantla, un mulato prieto de nombre Joaquín José de 9 años de edad, hijo de una esclava de nombre Josefa Juárez, en precio de 160 pesos, libre de empeño, hipoteca y otra enajenación, sin asegurarlo de vicio, defecto ni enfermedad publica ni secreta.
Don Jaime Trillo y doña María Luisa de Igualada, marido y mujer, vecinos de este pueblo de Jalapa, ella con licencia de su marido, vende al Capitán don Bartolomé González de Ocampo, una esclava mulata prieta de nombre Tomasa Francisca de la Santísima Trinidad, de 16 años de edad, sin asegurarla de vicio ni enfermedad secreta o pública, en la cantidad de 250 pesos de oro común.
El Teniente de Caballos, don Juan José Rincón, vecino de este pueblo de Jalapa, vende a don Nicolás Sánchez de los Riscos, vecino de la Ciudad de México, un esclavo mulato de nombre José de 36 años de edad, libre de empeño, hipoteca y otra enajenación, sin asegurarlo de vicio, defecto ni enfermedad publica ni secreta, en el precio de 350 pesos de oro común.
Don Nicolás de Acosta, vecino del pueblo de Misantla, jurisdicción de La Antigua Veracruz, vende a al Capitán don Nicolás Fernández de la Calleja, Alguacil Mayor de la santa Inquisición, un esclavo mulato de nombre Ignacio Francisco de 19 o 20 años de edad, en la cantidad de 300 pesos.
José Teodoro García, hijo legítimo, heredero y albacea de Diego García, otorga libertad a Eusebio, mulato simple.
Francisco Hernández de la Higuera, dueño del ingenio de Nuestra Señora de la Concepción, en esta provincia, vende a su hermano Andrés Pérez de la Higuera, un mulatillo llamado Juan, criollo, hijo de Antona, negra, de 20 meses, con las tachas que tuviere, sin asegurarlo de cosa alguna, enfermedad pública ni secreta, por el precio de 150 pesos de oro común.
Doña Juana del Moral, viuda de Pedro de Argaiz, vecina de Jalapa, vende a Nicolás de Pro, dueño de recua, y vecino de este pueblo, un mulato esclavo, criollo, hijo de Ana del Moral, mulata, su esclava, llamado Francisco, de 11 años de edad, sujeto a servidumbre, libre de hipoteca, empeño y otra enajenación, sin asegurarle de ningún vicio, tacha, defecto, ni enfermedad, en precio de 145 pesos de oro común.
Catalina de Morales mulata libre y soltera, residente en este dicho pueblo, dijo que el licenciado Juan de Vera Betancurt, beneficiado que fue del pueblo y partido de Tlacolulan de esta jurisdicción, por cláusula de su testamento dispuso que Lucía de Vergara y Juana Morán de Betancurt mulatas esclavas, hijas de la susodicha, sirviesen en el convento de religiosas descalzas de la ciudad de los Ángeles, y en caso de que no se les recibiese de las puertas adentro, recobrarían su libertad. Y habiéndose solicitado su ingreso, éstas fueron rechazadas por el vicario de las religiosas, por ser contra sus constituciones y les cedieron el derecho para que pudieran gozar de su libertad. Atento a lo cual, don Antonio de Orduña Loyando, Alcalde Mayor, mandó que las diligencias realizadas se pongan en este registro y se les dé testimonio duplicado de la cláusula que se pide para en guarda del derecho de las mulatas.