Doña Josefa María Gómez de Estrada, viuda del finado don José Antonio de la Peña, dijo que su finado esposo compró a la testamentaria del difunto don Francisco Javier de Gorospe, una parte del agua que recibe la toma repartidora de dicha casa, para introducirla en la casa de la relacionante, situada en la esquina de la calle Principal de esta ciudad, haciendo frente al norte y por el oriente, que hace otro frente, con el callejón de Estrada, y del otro lado casa de la señora su hermana doña Juana María Josefa Gómez de Estrada. Asimismo, dijo que el apoderado de la casa de Gorospe, el presbítero don Francisco Antonio Rubio Roso, no formalizó la correspondiente escritura y solo le libró a su esposo el recibo que presenta, el cual se insertó en el acta. También dijo que, aunque el recibo expresa que su finado esposo pagó los 100 pesos por el valor del agua, lo cierto es que ésta se compró para la casa de que es dueña, la cual ha poseído. En cuya virtud, siendo mayor de veinticinco años de edad y libre de ajena administración, por la presente, otorga que por el mucho amor y afecto que le profesa a la citada señora doña Juana María Josefa Gómez de Estrada, viuda de don Fernando de Cubas, le hace gracia y donación de la mitad del agua que posee su casa, por la medida que va demarcada.
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Don Juan Francisco de Bárcena, Alcalde primero constitucional de ésta ciudad, dijo que don Gabriel María Ortiz, se halla próximo a recibir las sagradas ordenes, hasta el presbiterato en este obispado de la Puebla, de donde ha de ser domiciliario y necesitando de congrua sustentación, conforme a lo dispuesto por el derecho canónico y no teniendo en la actualidad beneficio eclesiástico alguno ni otro título para la recepción de las ordenes, el comparente ha deliberado donarle un capital de 3 000 pesos, cuyos réditos de 5 por ciento anual le sirvan de congrua, durante sus días de vida. Por tanto, otorga que hace gracia y donación al mencionado don Gabriel María Ortiz de la cantidad de 3 000 pesos de principal, que en dinero efectivo reserva el otorgante en su poder en calidad de depósito irregular y de que se obliga a pagar al señor Ortiz sus correspondientes réditos, desde éste día hasta el que fallezca. En caso de muerte de Ortiz quedarán dichos 3 000 pesos a disposición del otorgante o a sus herederos, si el otorgante falleciera lo traerán a colación en el cuerpo general de sus bienes. Y si el fallecimiento del otorgante se verificare antes que el de Ortiz, en este caso los sucesores del otorgante asegurarán los 3 000 pesos sobre finca segura a satisfacción de Ortiz.
Sem títuloDoña María Josefa Longinos Cruz, de esta vecindad, mayor de edad, libre de ajena administración, dijo que su padre don Anastasio Cruz, fue dueño del agua que ha nacido en el patio de la casa que fue de don Manuel Bustillos, por compra que hizo en los términos y bajo las condiciones que constan en la escritura formalizada en esta ciudad el 23 de agosto de 1803. Y de cuya agua disfrutaban, mientras estuvo en corriente las fincas de dicho don Anastasio. Pero por fallecimiento de éste, se dividió el usufructo de esa agua, entre la relacionante y su hermano don Manuel. Que dicha agua no está en corriente por causas naturales, aunque el nominado don Manuel ha hecho varios gastos para ponerla en curso: y que por no tener la comparente proporción para costear lo que a ella le toca en los gastos que se hicieron a fin de limpiar la toma del agua, ni para satisfacerle a su hermano los 212 pesos que le debe, han convenido en que la propiedad de la referida agua quede solo para don Manuel, y que éste en recompensa cede a favor de la relacionante el indicado adeudo y lo gastos que ha hecho en la limpieza de la toma. Por tanto, doña María Josefa Longinos Cruz otorga que cede, dona y traspasa en favor de su hermano don Manuel la acción que ha tenido a una parte de esa agua, para que absolutamente disfrute de ella. Y estando presente don Manuel otorga que acepta la cesión y en recompensa de ello, como por el amor y cariño que la profesa, le hace formal donación de los 212 pesos que le tiene suministrados y de los gastos que ha hecho en la toma.
Sem títuloDon Luis Ruiz, actual diputado del Honorable Congreso de este Estado Libre de Veracruz, dijo que reconoce y agradece los favores y servicios que le debe a don Martín Sánchez y Serrano, del comercio de la Nueva Veracruz, residente en este suelo, y en justa retribución de ellos, le ha cedido y obsequiado desde el primero de octubre de año pasado, 2 y media pajas de agua dulce, mitad de los 5 que disfrutaba su casa, ubicada en la segunda cuadra de la calle Real de esta villa, para llevarlas por cañería subterránea a la suya que está enfrente, como ya lo hizo. Por la presente otorga que hace donación en forma perpetua e irrevocable para que la disfrute para siempre.
Sem títuloDon Gervasio Rodríguez Correa, de este comercio y vecindad, hace donación inter vivos perpetuamente a favor de su hermana doña María Francisca Rodríguez, de la parte que le corresponde por división de la casa que quedó por bienes de su finada madre, doña Francisca Antonia Correa, vecina que fue de la Villa de Bayona, en el Reino de Galicia, para que la disfrute con la parte que a ella le correspondió y la que ha deliberado cederle también su otro hermano, don José Rodríguez, vecino de la Nueva Veracruz.\t
Hernán Ruiz de Córdoba, vecino de Veracruz, hace donación a Diego Daza, residente de Jalapa, de un sitio de venta y dos caballerías de tierras en términos de Xilotepec.
El Contador Alonso de Villanueva, vecino de la provincia de Jalapa, hace gracia y donación a Juan de Quiroz de un día de agua extraída de su acequia cada semana, para que pueda regar sus cañaverales.
Alonso de Villanueva, dueño del Ingenio Nuestra Señora de los Remedios, hizo donación a su hijo mayor Agustín de Villanueva de las estancias de Janicolulco, El Hato Grande, y 24 sitios más, con sus ganados y seis esclavos negros, ubicadas en los linderos de la vieja ciudad de Veracruz.
El gobernador, alcaldes, y demás principales de Teziutlán, se obligan de pagar al padre Andrés de Medina, vecino de Teziutlán, 81 fanegas y media de maíz que debían a Juan Librero, y el cual, hizo donación a la iglesia de su pueblo.
Gaspar de Thormes, vecino de Jalapa, natural de Torresilla de los Cameros, habiendo contraído matrimonio con Doña Nicolasa de la Gasca y Ortega, huérfana, recibe de Doña Sebastiana de [San Jósé y] de la Gasca, tía de su mujer, vecina de Jalapa, 1009 pesos de oro común de dote para sustentar las cargas del matrimonio en unas casas de vivienda, enseres domésticos, ropa para dama, joyas, 590 pesos de oro común en reales, de su legítima paterna y materna, así como donativos de otros parientes