Juan Martín de Abreo[Abreu], dueño de su recua, vecino de Jalapa, recibe del Capitán Sebastián de la Peña, Alcalde Mayor de Jalapa, 2 000 pesos en reales para entregarlos en la ciudad de México al Padre Francisco Lorente, franciscano, campanero del Reverendísimo Padre Confesor del Excelentísimo Sr. Marqués de Villena, Duque de escalona, para la fecha de esta carta en 15 días.
DUQUES
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El Tesorero Don Diego de Gamboa, dueño de ingenio de hacer azúcar, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido a Don José Ceballos y Burgos, para que lo pueda obligar como su fiador y principal pagador en cualquier tribunal, en favor de Su Majestad, en esta Nueva España, donde le tiene hecha merced su Excelencia el Señor Duque de Alburquerque de Justicia Mayor de Jalapa, a que pagará todas las cantidades en que le obligaren, así de tributos, alcabalas, media anata, penas de cámara, fábrica, medio real de secretarios, hospital real, y residencia y juzgado de bienes de difuntos y en otra cualquier cosa que toque al despacho de dicho Don José Ceballos.
Don José Ceballos y Burgos, dueño de ingenio de hacer azúcar, dio su poder cumplido al Secretario Pedro de Armendáriz, y a Diego de Sanabria Sepúlveda, para que le puedan obligar en cualquier tribunal de esta Nueva España, en los despachos de Justicia Mayor de la provincia de Jalapa, de que le tienen hecha merced su Excelencia el Señor Duque de Alburquerque, obligándolo en favor de Su Majestad con su persona, bienes y fiadores; para lo cual, sustituyen en los susodichos, los poderes que le dieron Juan López Ruiz Matamoros, Diego de Gamboa y Pedro Gutiérrez de Ceballos, como sus fiadores, en todas las cantidades que le obligaren para dicho despacho.
Pedro Sánchez Monge, vecino de la provincia de Jalapa, natural de la Villa de Chiclana, Ducado de Medina-Sidonia, dio carta poder a Diego Sánchez Barragán, vecino de Cádiz, para que pueda vender en su nombre todos sus bienes en la Villa de Chiclana, compre mercaderías, y pueda traer a sus hijos a esta Nueva España.
Don Luis Guernigu, natural y vecino de la Villa de Rota de los Reinos de Castilla y perteneciente al Señor Duque de Arcos, hijo legítimo de don Francisco Guernigu, vivo, y de doña Juana de la Costa, difunta, de quien se hicieron inventarios de sus bienes correspondiéndole al otorgante 700 pesos y 17 reales y maravedíes, y hallándose necesitado, ha acordado con su primo don Bartolomé Voliu, que le de su legítima comprometiéndose a que otorgará un poder para que cobre la cantidad que le corresponde de la herencia de su madre. Por lo que otorga poder a doña Mariana de la Costa, mujer legítima de don Francisco Voliu, para que en nombre del otorgante cobre lo que le corresponde de herencia al otorgante.
Don Gabriel Gutiérrez de Terán, vecino de la Ciudad de México y residente del pueblo de Jalapa, el cual menciona tener a su nombre los poderes de don José de Banfi y Parrilla, Caballero de la Orden de Santiago y su esposa doña Manuela Montoto, otro del Duque de Normonvile y otro del Marqués de los Balbases, mismos que sustituye en su hermano don Damián Gutiérrez de Terán.
Don Manuel Ignacio de Peredo, residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial al Sargento Mayor Fernando de Saavedra, vecino de la Ciudad de México, para que en su representación parezca ante el Duque de Alburqueque y pida se le dé testimonio de los autos e instrumentos que contienen información sobre la prisión y fuga de Bartolomé de Capozelato, Conde de Anteria de nación Alemán, hechos en la Ciudad de Caracas.
El Capitán don Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Tepeaca, en nombre del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, su hermano, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en virtud del poder general que le otorgó en dicha ciudad el 10 de diciembre de 1697; dijo que entre los bienes de su hermano se encuentran todos sitios para ganado menor en esta jurisdicción y partido de Guatusco [Huatusco], que contiene una merced hecha a Gaspar de Rivadeneira, su abuelo, y que recayó en dicho su hermano. Dijo que respecto a que un sitio para ganado menor que está en el monte de Totutla, de esta jurisdicción, que llaman venta de Parada, de que hizo merced el Excelentísimo Señor Marqués de Falces, Gobernador de esta Nueva España, a Francisco Mérida de Molina, vecino y Regidor que fue de la ciudad de México, el 28 de enero de 1567, fue declarado por dicho Francisco Mérida de Molina pertenecer a Gaspar de Rivadeneira, su abuelo del otorgante, como consta en escritura otorgada en México el primero de enero de 1583 ante Alonso Ramírez, Escribano Público; el cual dicho sitio vendió el Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira a Antonio de Brito Lomelín, por escritura otorgada en esta villa el 16 de enero de 1684; y por muerte de Antonio de Brito, dicho sitio quedó repartido, quedando dos partes en poder del Capitán don Manuel Gómez Dávila y una parte en la hacienda de hacer azúcar que dejó por bienes Antonio de Brito y que posee su viuda doña María de León, quien la tiene arrendada actualmente al Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, Alcalde Ordinario de esta villa. Asimismo, dijo que en virtud de mandamiento del Excelentísimo Señor Duque de Alburquerque, Virrey de esta Nueva España, se han medido diferentes sitios y caballerías de tierra por don Lorenzo de Cabrera, medidor nombrado para ello, siendo medidas, entre otras, la tercia parte del sitio que posee dicha doña María de León, y según medidas que se hicieron se hallaron 7 caballerías poco más, quedándole al tercio del sitio 4 caballerías y tres cuartos, sobrando 2 caballerías y un tercio según inteligencia de dicho medidor. En cuya conformidad, el Capitán Sebastián Pérez Padrón le ha pedido le venda las 2 caballerías y un tercio sobrantes, las cuales se hallan unidas a la hacienda que tiene arrendada, cuya sobra linda por una parte con tierras del pueblo de San Lorenzo Serralvo [Cerralvo]; por otro lado, con el camino real que va a la Veracruz; por otro con la barranca de Arroyo Seco; y por otro se haya incorporado incluso en la dicha medida. Por lo tanto, otorga que vende al Capitán Sebastián Pérez Padrón, las 2 caballerías y un tercio de tierra y, también, otra caballería poco más, de sobras que hubo de las medidas que están hechas al pueblo de San Lorenzo y demás circunvecinos, cuya caballería linda por la parte del poniente con las antecedentes tierras; por el norte con dicho pueblo de San Lorenzo; por el sur con camino real viejo; y por el oriente con un arroyo que llaman de la Palmilla, inmediato al lindero de tierras de don Hipólito del Castillo de Altra. Las vende en precio de 500 pesos de oro común.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon José de Carvajal y Contreras, Capitán de una de las Compañías Milicianas Españolas de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder especial a Antonio Pérez Padrón, vecino de esta villa y próximo a realizar viaje a la ciudad de México, para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor y en el Superior Gobierno del Excelentísimo Señor Duque de Linares, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, y su auditor general de guerra y ante quien deba y pueda, y pida a dicho Señor Virrey se sirva de hacerle merced y gracia de lo que le tiene comunicado a dicho Antonio Pérez Padrón.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Regidor don Diego Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que debe y se obliga a pagar a su hermano, el Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa, 2 000 pesos de oro común que importó el oficio de tal alférez mayor que ejercía el susodicho en esta villa y del cual hizo renuncia a favor del otorgante, cuya cantidad pagará luego que el Virrey de Nueva España, Duque de Linares, le despache título en forma.
GASPAR RENDÓN, JUEZ RECEPTOR