Don Manuel José García de Lara, de esta vecindad, hizo exhibición de una escritura que otorgó en esta villa el 25 del corriente, por el que se manifiesta el que don Bernardo Fuentecilla, de esta vecindad y comercio, como albacea testamentario y tenedor de los bienes quedados por fin de José Salmerón, igual vecino, se le entregaron del producido de ellos, 700 pesos manifestándole que eran para cargar por vía de depósito irregular y con obligación de réditos sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en solar de su pertenencia, de 50 varas de frente y otras tantas de fondo, en favor de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio sita en la santa iglesia parroquial, la cual quedó por bienes del referido difunto. Y mediante de haber condescendido en dicha imposición y haber recibido la citada cantidad, se dio por entregado de ella a su voluntad, y en consecuencia de ello por vía de depósito irregular los impuso y cargó sobre la citada casa, solar y dos hornos de coser teja, y a darlos dentro de 5 años y en el ínterin sus respectivos réditos de 5 por ciento, y para mayor seguro de la paga del principal y sus réditos, hipotecó la referida casa y solar.
Sem títuloDEPÓSITO IRREGULAR
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Don Vicente Gómez, exhibió dos copias testimoniadas de una propia escritura para que se registren en este libro, y de ellas se manifiesta que en esta villa en 20 del corriente mes, el Licenciado don José de Leiva Blanco, Clérigo Presbítero de esta vecindad, se dio por entregado de 8 625 pesos del valor de los esclavos que su difunto padre don Miguel de Leiva Esparragosa había comprado al sagrado convento de San Agustín de la ciudad de México y a la provincia del Santísimo Nombre de Jesús de los religiosos del Orden de San Agustín de esta Nueva España, los 5 125 pesos a la provincia y los 3 500 restantes al sagrado convento, según las compras que había hecho a cada una de las dichas partes. Y dicho licenciado se obligó a reconocerlos en depósito irregular en favor de la provincia y convento, y a satisfacerlos en términos de nueve años y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento, con hipoteca de los citados esclavos de la hacienda de San José de Gracia de esta jurisdicción, que la constituyó su difunto padre en la escritura de venta y que por tal en la presente ratifica la dicha hipoteca, sin derogar la general ni por el contrario de los dichos esclavos como de la referida hacienda y el rancho que llaman la Loma de Hernán Pérez; por lo que a mayor abundamiento hipotecó todo lo referido en la propia forma de nuevo, asimismo, subrogó en el mismo lugar y grado en que estaba la hipoteca que había hecho el difunto su padre de dos casas de cal y canto. Por otra parte, se cita que estando presente don Toribio Rodríguez Cabanzón en nombre del Muy Reverendo Maestro Fray Juan Antonio Chávez, del referido sagrado Orden de San Agustín y Procurador General de dicha provincia, en virtud de poder general que se le confirió por el padre presidente de capítulo provincial actual absoluto y definitorio pleno de dicha provincia, y en nombre de dicho convento, aceptó la presente escritura en todas sus cláusulas; y por consiguiente mediante a que dicho José de Leiva hipotecó la casa de su propiedad para la paga del principal y sus réditos, dio por libre las otras dos casas mencionadas que hipotecó su padre.
Sem títuloDon Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga debe y se obliga a pagar a Manuela de Briones, niña doncella huérfana, que en la fiesta de la Santísima Trinidad, el domingo 26 de mayo pasado, salió ganadora de la rifa en que se sortearon 300 pesos de oro común en reales, los mismos que por hacerle bien y buena obra le ha otorgado el Señor Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico de esta villa, y Comisario del Santo Tribunal de la Cruzada. Cuya cantidad se da por entregado, obligándose a tener en depósito como dote de la dicha Manuela de Briones para cuando tome estado, y en el ínterin le acudirá con sus réditos a razón de 5 por ciento cada año.
Sem títuloDon Luis Martínez de Figueroa, Teniente de Infantería, y doña Gertrudis de Soto Noguera, su mujer, vecinos de esta villa, presentaron una escritura de obligación otorgada por el Bachiller don José Miguel de Figueroa, Clérigo, Diácono de este obispado, su hijo, en virtud de su poder general [roto] de la capellanía de misas rezadas [roto] don Andrés Bañuelos Cabeza de Vaca [roto] don Nicolás Carlos Bañuelos Cabeza de Vaca, Presbítero, Cura Beneficiado de la parroquia de Señor San Joseph [José] de dicha ciudad, por la cantidad de 2 000 pesos de principal que se le mandase entregar por el ilustrísimo señor obispo de este obispado, por modo de depósito irregular por el tiempo de tres años y en el ínterin el 5 por ciento de réditos en cada un año, con general obligación de todos los bienes de marido y mujer, especialmente con hipoteca de una casa de cal y canto, cubierta de teja, que posee en esta villa en esquina de la plaza Pública, lindando por el oriente calle en medio con casa y solar de Antonio Amaro González, y de pedimento de los susodichos registra esta escritura para que en todo tiempo conste.
Sem títuloDon Bernardo de Ceballos, vecino republicano de esta villa, exhibió un testimonio de una escritura, su data en esta villa a 5 de marzo del presente, y de ella se percibe que el Regidor don Gregorio del Campo y doña Josefa Coronado, su legítima mujer, en conformidad de haber recibido del citado Bernardo desde 1742 la cantidad de 19 300 pesos de oro común en reales efectivo, para la compra de ganado menor para el abasto de carne de toro y novillo de esta república que se celebró en el enunciado don Gregorio en dicho año; y después para que “cumplimentase” otro iguales remates de él, hasta el último, y que así se celebraron. Asimismo, consta que el referido don Bernardo, desde el insinuado año de 1742 hasta el presente no ha recibido útil premio, ni réditos algunos de la citada cantidad y su manejo, porque todos los que había producido el mencionado abasto los había donado graciosamente a don Gregorio por sólo hacerle bien y buena obra. Y mediante a que siguiendo el beneficio resolvió el dejar en poder de los susodichos el expresado principal por vía de depósito irregular por tiempo de ocho años, para que cómodamente se le satisfagan dentro de ellos, los citados 19 300 pesos, dándole en cada un año 2 000 pesos y en el último todo lo que se restase al cumplimiento de la deuda y pagándole también el rédito respectivo. En ese sentido los citados Gregorio y doña Josefa se obligaron a pagar a don Bernardo los 19 300 pesos de que va dicha expresión, y de que a mayor abundamiento se dieron por entregado, y para seguridad del principal hipotecaron dos casas de cal y canto cubiertas de madera y teja que tienen en esta villa.
Sem títuloEl Bachiller don Manuel Gómez Dávila, albacea de doña Florentina Millán, difunta, y su único heredero, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que el 5 del corriente mes, se obligó a reconocer 1 000 pesos por vía de depósito irregular y con obligación de réditos sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, quedada en esta villa por bienes de dicha difunta, que se halla en la calle Real, y confesó haber recibido dicha cantidad de Toribio Rodríguez Cabanzón como Síndico Tesorero del Venerable Orden Tercero de Penitencia de Nuestro Padre Señor San Francisco de Asís, sita en su convento de religiosos de Franciscos Descalzos con la advocación de Señor San Antonio de ésta, con el fin de que se impusiese sobre finca segura a censo principal redimible para que sus réditos se conviertan en sufragar los gastos de los Desagravios de Cristo Señor Nuestro que se han de celebrar anualmente en su respectivo tiempo en la capilla de dicha Orden Tercero; y por el tiempo de cinco años y en el ínterin y en el demás tiempo de su retención y demora sus respectivos réditos de 5 por ciento.
Sem títuloSalvador Andrés de Piña, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que en esta villa en primero del corriente mes, confesó haber recibido de don Bartolomé González, de esta vecindad y comercio, como mayordomo de la cofradía del Patriarca Señor San José, sita en la santa iglesia parroquial, 200 pesos pertenecientes a dicha cofradía, como asimismo 100 pesos que dejó de legado a ella doña Josefa del Castillo de Altra, vecina que fue de esta villa, para que con sus respectivos réditos se cante el día 19 del mes en que toca su satisfacción la misa al Patriarca Señor San José en la santa iglesia parroquial de ésta; y para reconocer los referidos 300 pesos, por vía de depósito irregular con obligación de réditos sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, fundada en un solar que está en esquina, en el barrio del Panile, y para el seguro de dichos 300 la sujetó y grabó por especial hipoteca.
Sem títuloDon Toribio Rodríguez Cabanzón, de esta nueva vecindad y comercio, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y de él consta que en esta villa en 6 del corriente el Teniente Marcos José de Hería, de esta vecindad, confesó haber recibido de doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, viuda del Factor don Lorenzo de la Torre, igual vecina de ésta, 500 pesos para reconocerlos por vía de depósito irregular, con obligación de rédito sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en un solar de su pertenencia de 50 varas en cuadro, situado en el barrio que llaman la Lagunilla, en la calle que baja del convento de Nuestro Señor San Antonio de Padua para el camino Real que baja a la Nueva ciudad de la Veracruz, a favor del Venerable Orden Tercero de Nuestro Padre San Francisco de Asís, sita en el referido convento de religiosos del citado orden, para que sus réditos se conviertan en sufragar en partes los costos de la festividad de Cristo Señor Nuestro que se celebra anualmente en su capilla. Y se obligó a tenerlos en la forma referida y a entregarlos dentro de cinco años, con hipoteca de la casa y el expresado solar.
Sem títuloDon Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, y en él se manifiesta que, en esta villa en 18 del último julio de este año, doña Nicolasa Sánchez, viuda, albacea y heredera de don Juan Martínez, de esta vecindad, confesó haber recibido del Capitán don Francisco Antonio de la Llave, de esta vecindad y república, como mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio sita en la santa iglesia de parroquial, 100 pesos para reconocer por vía de depósito irregular con obligación de réditos sobre una casa de cal y canto cubierta de madera y teja, edificada en solar propio de 40 varas de frente y 50 de fondo que se halla en esquina, en dos calles, la una que de la plaza Pública se sale a los ejidos, y la otra que viniendo del barrio de San José va al de San Sebastián [roto].
Sem títuloVicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, en él se manifiesta que en esta villa el 11 del corriente mes, Juan Esteban Beltrán, de esta vecindad, confesó haber recibido del Capitán de Granaderos don Francisco Antonio de la Llave, de esta vecindad y república, como mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio sita en la santa iglesia parroquial, 300 pesos pertenecientes a otra cofradía para reconocerlos por vía de depósito irregular con obligación de réditos, sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, que se compone de sala corredor y medio paso, con su respectivo brocal de cal y canto, fundado todo en solar propio de 23 varas de frente y 50 de fondo en el barrio de San Juan Tetitlán, alias las Casillas, de esta villa.
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