Don Cayetano Becerra, diputado del Honorable Congreso del Estado, como representante de don José Carrillo de Hermida, vecino de Veracruz, dijo que éste posee una casa de paredes de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillos y teja, en la calle que nombran Nueva, de la cual se ha venido reconociendo el capital de 543 pesos cuatro reales, a favor de doña Antonia Ugarte y doña María Bañares, sin que hasta la fecha los antiguos poseedores de dicho fundo se les haya cobrado sus respectivos réditos, ni presentado los interesados o sus representantes, sin embargo de las diligencias que se han hecho por él otorgante para dar con su paradero, en forma particular, como por medio de periódicos públicos. Por lo antes mencionado, don José Carrillo de Hermida, solicitó al Ayuntamiento de esta villa, le recibiese en su fondo público por vía de depósito, la mencionada cantidad de 543 pesos cuatro reales, más el premio de 5 cinco por ciento de los tres años que poseyó la citada casa, cuyas sumas dan un total de 648 pesos seis reales. Habiendo el Ayuntamiento, tomado tal consideración, comisionó a los regidores y síndico don Juan Bautista de Lezama y don José Manuel Cruz y Bremont, para el otorgamiento de la presente escritura, por lo que éstos señalan, han recibido en los fondos públicos, por entrega de Cayetano Becerra, la cantidad de 648 pesos y seis reales en efectivo, por lo que otorgan depósito y entregan recibo en forma para dar legalidad e hipotecan dichos fondos municipales.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODEPÓSITOS IRREGULARES
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Doña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, mujer y conjunta persona de don Antonio Mancilla, con licencia expresa de su marido, otorga que ha recibido de don Mariano Rincón, actual regidor de este Ilustre Ayuntamiento Constitucional, como albacea dativo que es de la difunta María Guadalupe Durán, que falleció intestada en esta villa de donde era vecina, la cantidad de 520 pesos que por hacerle beneficio y buena obra le ha suministrado. Y se obliga a tener esta suma en calidad de depósito irregular por el tiempo de tres años, a partir de esta fecha, satisfaciéndole el premio de 5 por ciento anual. Y en favor de la testamentaria, hipoteca una casa de cal y piedra de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en la primera cuadra de la calle Real de esta villa, la que hace su frente hacia el sur y del otro lado casa alta y baja de doña María Francisca Javiera Sáenz de Santa María e Illanes y don Juan Francisco de Abaroa; por su fondo al norte linda con el callejón de las Flores; por el costado del oriente con el de casa baja de don Pedro Miguel de Echeverría y por del poniente con el de casa alta de don José María de Goiri. Cuya casa es una de los que le correspondieron de la división de los bienes de su finado primer marido, don Mariano Ladrón de Guevara, la que es afecta únicamente de 1 000 pesos de principal a favor de la cofradía del Señor Sacramento de esta parroquia. Además, se obliga a no vender ni enajenar hasta o esta pagado este principal y sus réditos.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José Gago, de este comercio y vecindad, otorga haber recibido 120 pesos de don Joaquín de Mora, como actual mayordomo de la cofradía de la Pura y Limpia Concepción de esta parroquia, y 100 pesos de don Francisco Díaz de la Rosa, como mayordomo de la cofradía del Señor de la Santa Veracruz, también de la misma parroquia, en reales de contado, cuyos principales son los mismos que redimió don José Fernández de Castañeda. Dicha cantidad se obliga a tener en calidad de depósito irregular por cinco años, pagando el 5 por ciento de réditos anuales. En favor de las cofradías, hipoteca una casa de paredes, cubierta de madera y teja, en esta villa, ubicada en la penúltima cuadra de la calle del Calvario y de la del camino de San Roque, haciendo frente a la primera hacia el oriente y del otro lado casa del finado don Carlos Arias; por su fondo, al poniente, linda con solar de Antonio Choza; por el costado del norte hace el otro frente a la calle de San Roque y del otro lado casa de los herederos de don Antonio Pensado; y por el del sur con los herederos de doña Mariana Pérez Chamorro.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOEl presbítero don Francisco de Campo, de esta vecindad, otorga que tiene en su poder y debe realmente a la cofradía de Nuestra Señora del Carmen, de esta parroquia, la cantidad de 300 pesos que de sus fondos, le suministró el mayordomo que fue de ella, don José Fernández de Castañeda. Cuya cantidad se obliga a tener en calidad de depósito irregular, por el tiempo de cinco años a partir de esta fecha y a satisfacer en cada uno de ellos el 5 por ciento. Y para mayor seguridad del principal, hipoteca una casa de paredes, cubierta de madera y teja, en esta villa, situada en la segunda cuadra de la calle de Alba, con el frente al poniente y del otro lado casa de la difunta Juana Manuela de Alba; por el fondo al oriente linda con solar de don Martín Sánchez y Serrano; y por los costados del norte y sur con el de casas de don José María Becerra. Dicho principal es el mismo de que otorgó escritura de obligación y reconocimiento, ante el presente escribano, su fecha del nueve de febrero de 1810, en la que hipotecó las tierras nombradas los Ojuelos, que ahora quedan libres para enajenarlas, en virtud de este traslado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José Mariano Domínguez, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de don Luis García Teruel, residente en esta villa, como albacea del finado Ignacio Parra, la cantidad de 1 000 pesos por cuenta de lo que le puede pertenecer al hijo y único heredero, Pablo Parra y González. Y se obliga tener dicha suma por vía de depósito irregular, por el tiempo y espacio que dure la minoría del interesado o se habilite para percibirlo, satisfaciendo anualmente el premio de 5 por ciento o por parcialidades cada mes a su curador. Y para asegurar el pago en favor del menor interesado, hipoteca una casa de paredes de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa, en la primera cuadra de la calle del Ganado, a la que hace frente al oriente y del otro casa del finado don Manuel Allén, a quién pertenece la colindante por el costado del sur; por el opuesto del norte, con el de casa de los herederos de don José Antonio Ortiz; y por el fondo, al poniente, con terreno eriazo que pertenecía a Juan Prieto Rendón. Cuya deslindada finca se obliga a no enajenar hasta no estar satisfecho el principal y premios.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Bernabé de Elías Vallejo y don Francisco Badillo, ambos de esta vecindad, albaceas dativos mancomunados del finado don Juan Esteban de Elías, que también fue de este comercio y vecindad; dijeron que don Juan Esteban fue albacea y heredero del finado don Fernando Gómez Muñoz, vecino que fue de este suelo, quién le encomendó la fundación de un legado piadoso de 1 000 pesos en favor de este convento de San Francisco de Asís, para que con sus premios se diese culto a la Santísima Virgen del Carmen, de la cual dejó también una efigie para que se colocase en aquella iglesia. Asimismo, dijeron que para tal fin, don Juan Esteban de Elías dejó 1 500 pesos impuestos a depósito irregular sobre el molino de San Roque, que quedó por bienes de dicho don Fernando Gómez Múñoz, cuyo molino fue vendido a don Carlos Díaz y Herrero, difunto. Y ahora los otorgantes como tales albaceas, queriendo cumplir con el encargo de todo lo que manda don Juan Esteban en su testamenento, otorgan que fundan la mencionada obra pía con el principal de 1 000 pesos en favor de este convento de San Francisco, quien percibirá anualmente 50 pesos de premios a razón del 5 por ciento, con la carga de mandar celebrar perpetuamente cuatro misas cantadas con diáconos, en el altar donde se coloque la efigie de la Santísima Virgen del Carmen, por el alma de don Fernando Gómez. Cuyo principal de 1 000 pesos lo apartan de los 1 500 pesos que impuso don Juan Esteban sobre dicho molino propiedad que fue del mencionado Díaz y Herrero, cuya viuda y albacea, doña María Josefa de Herrasti y Alba, redimirá los 500 pesos restantes en el presente año, para que los otorgantes los inviertan en adorno y culto de la Santísima Virgen del Carmen. Asimismo, han convenido los otorgantes con la Señora Herrasti que pagará 50 pesos del premio del año pasado de 1825 para que el convento comience a cumplir con lo que le incumbe; y de lo atrazado, desde la imposición hasta 1824, solo pagará 500 pesos en abonos mensuales de 10 pesos. Por lo tanto, doña María Josefa de Herrasti ratifica la escritura de obligación que otorgó su esposo el 30 de diciembre de 1803, y se obliga a seguir reconociendo dicho depósito irregular.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Mariano Rincón, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido del Muy Ilustre Ayuntamiento de esta villa, por mano de su regidor comisionado don Cristóbal Montes de Oca, la cantidad de 300 pesos, cuyo principal es el mismo que se redimió en 22 del presente por parte de la testamentaría de doña Gertrudis Noriega de Zárate y Sandria que lo reconocía sobre sus casas en la calle de la Raqueta, para el aceite de la lámpara que ardía en la iglesia que fue de este hospital. Y se obliga a mantenerlos en su poder por vía de depósito irregular en el término de cinco años, satisfaciendo al Ayuntamiento o a quien administre el hospital, el premio de 5 por ciento en cada año.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONALDon Jorge de la Serna, de esta vecindad, dijo que don Manuel Bárcena, de esta misma vecindad, le tiene entregado la cantidad de 2 600 pesos en plata pertenecientes a su esposa como parte de los bienes que ésta llevó al matrimonio, cuya suma ha tenido solamente con el seguro de un vale simple, y que en estos días han convenido se caucione con hipoteca de una casa que el relacionante posee ubicada en la calle Segunda de Belén. Señala que la expresada casa quedó afecta a 1 700 pesos cuando la compró y al presente le carga los 2 600 de la señora Magdalena Nogueira de Bárcena, esposa del nominado don Manuel Bárcena, sobre cuya devolución han convenido se verifique cuando le convenga, con la condición de que debe avisar con dos meses de anticipación. Y a fin de formalizar dicho contrato, por la presente el citado don Jorge de la Serna confiesa tener los 2 600 pesos y otorga que impone y carga el repetido capital sobre la casa que ha señalado, obligándose a mantenerlo a depósito irregular a disposición de don Manuel Bárcena o a su esposa doña Magdalena.
Don José Mariano Domínguez, de esta vecindad y comercio, dijo que, por escritura otorgada en esta ciudad a 7 de febrero de 1826, recibió el comparente en depósito irregular la cantidad de 1 000 pesos pertenecientes al menor Pablo Parra y Domínguez, con calidad de réditos de un 5 por ciento anual y como seguro de la deuda hipotecó una casa ubicada en esta ciudad, en la calle del Ganado. Asimismo, dijo que con objeto de dejar libre de dicha hipoteca a esa propiedad, ocurrió al juzgado de primera nominación de esta ciudad, proponiendo se trasladara la hipoteca a otra casa que posee con establecimiento y oficinas de tenería y baños, ubicada en esta ciudad, en la calle de Cantarranas, lo cual se aprobó con audiencia del curador de dicho menor, por lo tanto, otorga que impone, carga y sitúa dicho capital de 1 000 pesos sobre la casa de la calle de Cantarranas, obligándose a conservar dicha cantidad en depósito irregular y a pagar el premio de un 5 por ciento anual, hipotecando la referida casa de Cantarranas, la cual hace su frente al norte con la referida calle; por el oriente linda con solar y curtiduría de don José Francisco Rivera; por poniente con casa y solar de las Monteros; por el sur con la orilla del río.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña María Dolores y doña María Vicenta Márquez, hermanas, de esta vecindad, dijeron que como únicas hijas y herederas del finado don José Antonio Márquez son dueñas legítimas de una casa que fue de la propiedad de éste y compró a don Juan de Sosa el 19 de abril de 1776, la cual está ubicada en esta ciudad a la calle de Santiago con la que hace su frente al norte, lindando por oriente con casa de los herederos de don Francisco Velad, por poniente con casa de don Emigdio Murrieta, por sur con espalda de la que pertenece a los herederos de don Joaquín de Mora. Y como tales dueñas legítimas, otorgan que se la venden al presbítero don Felipe de Jesús Leboreiro en precio de 1 000 pesos, de cuya cantidad queda reconociendo 400 pesos a depósito irregular con hipoteca de la misma casa, y los 600 pesos que les ha exhibido a las vendedoras.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO