[Antonio] Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa, otorga que sale fiador a favor del Capitán Francisco de Messa y Mendossa [Meza y Mendoza], vecino de ella y dueño de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, en tal manera que seguirá el susodicho la instancia de la postura que tiene fecha a los 7 del corriente en los autos que se han fabricado de pregones dados a los oficios de depositario y demás regimientos que se hallan bacos [sic] en esta villa, hasta que se le celebre el remate de él y exhibirá en contado los 150 pesos en que se puso uno de dichos oficios o la cantidad en que se le rematare, donde no la pague, el otorgante como tal su fiador pagará la referida cantidad en que pareciere celebrado el remate. Y estando presente el dicho Capitán Francisco de Messa [Meza], otorga poder especial a Domingo de Córdoba, Procurador del Número de la Real Audiencia de la ciudad de México, para que en su nombre y presentación comparezca en la Real Almoneda de su corte ante los señores de la Real Hacienda y con derecho deba y siga hasta su fenecimiento la postura referida, que así tiene fecha a dicho oficio de regidor de esta villa, y hasta que consiga el remate y despacho, haga pedimentos, requerimientos, alegatos y demás que se requieran.
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Baltazar González de Velilla Blanco [roto] y Depositario General de esta villa de Córdoba, [roto] en nombre de esta villa arrienda a Pascual de Peralta, vecino de esta villa, 2 caballerías de tierra, las cuales lindan con tierras que asimismo arrendó a Diego de la Cruz por la parte de abajo; y por la de arriba con otras 2 caballerías que ha de arrendar a Francisco Machado y por el otro lado la sierra de Matlaquehaguitl [Matlaquiahuitl]; y por la parte de abajo con unas palmas de coyol, que pertenecen a los propio de esta villa; otorga el arrendamiento por nueve años y por precio de 28 pesos de oro común.
Sans titreEl Regidor y Depositario General don Balthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto en él se hizo remate en la Real Almoneda del oficio de regidor y depositario general de esta villa, aprobado por el Excelentísimo Señor Conde de Galve Virrey que fue de esta Nueva España, y en virtud del título que se le despachó en México el 12 de octubre de 1695, por la presente otorga poder a don Pedro Cristóbal del Alcázar, Caballero del Orden de Calatrava y Ayuda de Cámara de Su Majestad, y a don Juan Esteban de Aparicio, Agente de Negocios en la villa de Madrid, y por ausencia de ambos a don Juan Díaz de Madrigal, Caballero de la Orden de Santiago, y a don Juan Ambrosio de [la Calle] Madrigal [roto], su hijo, todos vecinos de la villa de Madrid y de la corte de Su Majestad, para que en su nombre comparezcan ante Su Majestad en su Real Consejo de Indias y ante quien con derecho deban, y presenten testimonio de su real título de regidor para que su alteza se sirva a confirmarlo; asimismo, presenten en el Real Consejo la información de filiación y demás papeles que les remite para que se le apruebe y declare el gozo de todas las honras y preeminencias y demás cosas que se le deban como descendiente de primeros pobladores de esta villa.
Sans titreBalthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Regidor Perpetuo y Depositario General de esta villa, otorga poder al Capitán Juan Bautista de Sierra Valle y Rioseco, [vecino de la ciudad] de los Ángeles, para que en su nombre pueda parecer ante cualquier juez y justicia de Su Majestad en la dicha ciudad de los Ángeles y demás que con derecho deba, donde presente la carta de justicia requisitoria que en cuatro fojas con este poder le remite originalmente, despachada por el Capitán don Joseph [José] de Leyva [Leiva] y Esparragosa, Alcalde Ordinario por Su Majestad de esta villa, y pida en el juzgado de dicha ciudad su cumplimiento y aprehensión de Joseph [José] Pacheco e Isabel Arzenio [Arsenio], su mujer, mulatos residentes en dicha ciudad, por haberle robado una mula de color mojina, un caballo castaño, dos sillas jinetas, una escopeta y otros trastes, habiendo cometido el robo cuando estaban al servicio y salario del otorgante.
Sans titreBalthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Regidor perpetuo y Depositario General de esta villa, como Procurador nombrado por la Justicia, Cabildo y Regimiento de ella, dijo que por cuanto los naturales del pueblo del Naranjal, jurisdicción de Orizaba, han aprehendido posesión de tierras en la jurisdicción de esta villa de Córdoba en grave perjuicio de dicho Cabildo, por ser dichas tierras de las que le tocaron en su fundación a sus primeros pobladores. Y hallándose imposibilitado para ir personalmente a la ciudad de México donde está radicado este juicio, otorga poder al Regidor [roto], quien se halla en la [ciudad de Mé]xico, y a Domingo de Córdoba, Procurador [roto] de la Real Audiencia de esta Nueva España; para que puedan parecer ante Su Alteza y Señores de la Real Audiencia de esta Nueva España y hagan los pedimentos, requerimientos, citaciones, alegaciones, protestas suplicas, presenten escritos y demás pruebas, hasta lograr que los poseedores de dichas tierras lo están en quieta y pacifica posesión de ellas.
Sans titreEl Capitán don José de Leiva y Esparragosa, vecino de esta villa, dijo que por cuanto al presente se halla por dueño de un rancho que está en esta jurisdicción nombrado San Diego, “que éste está al principio de su fundación y principiado por mano y disposición” de don Balthazar González de Belilla [Velilla] Blanco, Depositario General y Regidor perpetuo de esta villa por Su Majestad, a quien viendo pobre y atrasado y con crecidas obligaciones ha solicitado ayudar como lo hizo en el fomento de dicho rancho, debajo del concierto y ajuste que tuvieron para ello como consta de los instrumentos que uno a otro se otorgaron para su mayor claridad; y respecto de que al presente se halla “muy a los principios la dicha fundación” en que tiene gastadas muchas cantidades de pesos de su caudal, sin que haya puesto[roto] reales el dicho depositario [roto] por cuya razón se halla dueño de dicho rancho. Por otra parte dijo que de presente ha comparecido en esta villa la parte del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la Santa Iglesia Catedral, pidiendo y demandando cantidad de pesos al dicho don Balthazar González de Velilla Blanco, y en virtud de Real Provisión que presentó ante la justicia ordinaria de esta villa se ha pasado a la ejecución de todos sus bienes, y considerando ser suyo dicho rancho se pasó también a trabar dicha ejecución, a pesar de haber presentado dichos instrumentos, con petición en que alega el derecho que le asiste, se procedió a la ejecución por la parte que le puede tocar a dicho depositario general; mandando dicho juez que ocurriese a representarlo a la audiencia de la ciudad de México. Y para poder representarlo otorga poder a don Juan [Matías] de Rivera y Nava, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre parezca ante Su Alteza y señores de la Real Audiencia de México y en razón de lo referido y presentando dichos instrumentos que para dicho efecto le remita, pida se le declare tocar y pertenecer dicho rancho al otorgante, sin que de ninguna manera quede perjudicado por las diligencias hechas por la justicia ordinaria de esta villa, en orden de lo pedido por el Doctor don Diego Peláez.
Sans titreEl Alférez [Nicolás] Rodríguez, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder al Capitán Francisco de las Casas, vecino de la ciudad de México, para que en su representación parezca ante el Excelentísimo Señor Arzobispo de México, Virrey de esta Nueva España, señores oficiales reales de la Real Hacienda de México, donde pida y suplique se saque a la almoneda el oficio de depositario general y regidor perpetuo de esta villa, que fue del Capitán Pedro [de] Gatica, y que por su muerte está vacío, al cual en nombre del otorgante y para él haga la postura en la cantidad que le parezca, con cargo y calidad que ha de gozar de las mismas condiciones que gozó como depositario general y regidor que fue de la Nueva ciudad de la Veracruz, don Diego Felipe de Estrada, por razón de dicho su oficio. Y haciéndose dicho remate, lo acepte en su nombre y pida se le despache título real en forma.
Sans titreBaltazar González de Velilla Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, Depositario General y Regidor en ella, otorga poder general a Juan de Almazán, su compadre, maestro del oficio de cerero y vecino de la ciudad de los Ángeles, para que cobre todo lo que le deban y para que lo represente y defienda en todos sus pleitos. Asimismo, para que consiga a préstamo 6 000 pesos.
Sans titreNicolás Blanco, Alcalde Ordinario de esta villa, Juan García Valero, Alférez Mayor y Regidor más antiguo, Juan Francisco Ramírez, Regidor y el Alférez Pedro Gatica Regidor Depositario General, otorgan que dan su poder general a Juan de Escobar, vecino de la ciudad de México, Procurador del Número de la Real Audiencia de ella, para todos los pleitos, causas, negocios civiles y criminales que esta villa tiene y tuviere.
Sans titreEl Capitán Pedro Gatica, Regidor, Depositario General por Su Majestad, vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario de Rodrigo Rangel de Moya, difunto, vecino que fue del pueblo de Orizaba, declara que para cumplir y pagar lo contenido en el testamento es necesario vender los bienes, por tanto otorga que vende al pueblo y comunidad de los indios de Santa Ana Tzatcan [Zacán], jurisdicción de Huatusco, las tierras que en dicho pueblo quedaron por muerte de dicho Rodrigo Rangel, por precio de 460 pesos, de los cuales recibió 50 pesos y el resto se obligan a pagar dentro de tres años.
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