CONGRESO CONSTITUYENTE

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              MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0084 · Pièce · 1824/05/28
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Diego Leño, vecino de esta villa, otorga poder especial a don Joaquín Pérez Gavilán, vecino de la capital de México, para que en representación de su persona, acciones y derechos, comparezca ante el Soberano Congreso Constituyente General de la Federación y ante cualquier de los Señores Ministros, Supremo Poder Ejecutivo y demás que convengan, para que promueva, continué y termine el juicio y pretensiones que tiene instauradas en el mismo Soberano Congreso. Asimismo, para que haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que sean necesarias judiciales o extrajudiciales. Dicho poder lo confiere sin limitación alguna y con facultad de sustituirlo en don Patricio Vera, de la misma vecindad, en caso de ausencia o impedimento.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0117 · Pièce · 1825/08/13
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, como síndico del convento de San Francisco y en cumplimiento de la licencia concedida por el padre provincial de la orden, fray Agustín Bustamante, por la presente otorga en arrendamiento en favor de don Francisco Claussel y socios, la huerta hortaliza de este convento de San Francisco, bajo las siguientes condiciones: Que usará Claussel de la huerta piezas de habitación debajo de la sacristía y bodega que está debajo del dormitorio de San Antonio, hoy oficina del Congreso, y la caballeriza, que será común a los inquilinos y al convento. Que disfrutarán también unos y otros del agua que hay en ella, cuidando el inquilino que no falte a la pila del público y cuando no les haga falta dejarán correrla que por pura gracia se da a la casa de don Nicolás Campero y Bustamante. Dicho arrendamiento es por el tiempo de siete años, que han de contarse desde el día primero del corriente mes, por el precio de 132 pesos anuales que pagará al convento interesado. Que, concluido el tiempo del arrendamiento, quedará a beneficio del convento todas las mejoras de la huerta y de las viviendas, menos las máquinas o laboratorios que haya dentro y fuera de ellas que podrán mudar o traspasar al inquilino que les suceda, dejando la finca en el uso de servidumbre en que la reciben; entre otras condiciones, que se mencionan en el acta.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0030 · Pièce · 1822/05/22
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Pedro Miguel de Echeverría y don Luis Galinie, vecinos y del comercio de la Nueva Veracruz, residentes en esta villa, otorgan poder especial a don Ignacio Antonio Salamanca, procurador del número de la Audiencia Imperial, residente en la capital de México; para que en su representación, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de las Cajas Imperiales de la misma capital o de los señores ministros de ellas, la cantidad de 16 050 pesos a que ascendió la exacción del 15 por ciento hecha por las Cajas Nacionales de Veracruz, por el principal de 107 000 pesos que en enero del presente año remitieron a aquella ciudad con el conductor don Luis García, con guías de esta Aduana Nacional números 75, 78, 79 y 81, cuyas tornaguías duplicadas y expedidas en aquella plaza son en su poder, y cuyo derecho provisional impuesto en aquella época está mandado devolver por soberana resolución del Congreso Constituyente. Y para obtener la indicada suma, haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que convengan.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0031 · Pièce · 1822/05/22
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Pedro Miguel de Echeverría y don Luis Galinie, vecinos y del comercio de la Nueva Veracruz, residentes en esta villa, otorgan poder especial a don Ignacio Antonio Salamanca, procurador del número de la Audiencia Imperial, residente en la capital de México, para que, en su representación, comparezca ante el Supremo Gobierno de este Imperio, donde promueva y pida, por todos los trámites, la devolución de los 16 050 pesos a que ascendió la exacción del 15 por ciento hecha por las Cajas Nacionales de Veracruz, sobre el principal de 107 000 pesos que, en enero del presente año, remitieron a aquella ciudad con el conductor don Luis García, con guías de esta Aduana Nacional números 75, 78, 79 y 81, cuyas tornaguías duplicadas, firmadas por aquel administrador, están en su poder y cuyo derecho provisional impuesto en aquella época está mandado devolver por soberana resolución del Congreso Constituyente. Para obtener la indicada suma, haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que convengan.

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