Don Félix Velasco Quiroz y don Agustín Díaz del Guante, ambos de esta vecindad, dijeron que tienen resuelto plantear un establecimiento de Botica en el pueblo de Coatepec, con cuyo objeto han celebrado las respectivas condiciones que se agregan adjuntas a esta escritura. Y que a fin de que ese contrato tenga toda la estabilidad y firmeza que pretenden, quieren reducirlo a instrumento público, por lo que otorgan que establecen la relacionada compañía en la negociación de esa Botica bajo las condiciones asentadas.
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Doña María de los Ángeles Peredo y su hermano don Antonio José, viuda la primera y ambos albaceas de don José Vicente de las Casas; y don Francisco Fernández y Agudo, todos de esta vecindad; dijeron que los nominados Fernández y Agudo y el finado Casas, formalizaron escritura en esta ciudad el día 28 de febrero último, de una compañía en la negociación relativa a la hacienda del señor General don José María Cervantes; siendo una de las condiciones que asentaron en dicho instrumento, que en caso de que Casas falleciera antes de cumplirse el tiempo de la compañía, ocupase su lugar y representación la persona que acordasen sus albaceas y el mismo Fernández. Y en virtud de dicha cláusula han acordado que la dejan vigente, sin modificación alguna, y cumplan igualmente las cláusulas siguientes: 1.ª que la persona que se encargue de la administración y giro de la negociación es don José María Contreras, vecino de Coatepec, en cuanto a su honorario o indemnización por su administración se entenderá con los albaceas, y este particular será objeto de convenio entre ellos y Contreras. 2.ª no es responsabilidad de Contreras representar la testamentaria de Casas.
Don Manuel Bellido, vecino de este pueblo, y don José Alonso Bonilla, vecino de Coatepec, otorgan que hacen compañía de una tienda mestiza, misma que dicho Bonilla tiene deteriorada, y para cuyo fomento dicho Bellido le ha entregado 2000 pesos en géneros y frutos de Europa; por lo que ambos convinieron lo siguiente: Bonilla, pondrá su trabajo personal y todos los intereses presentes y futuros con los que le rinda la recaudación de las alcabalas, y con la calidad de mantener en pie el capital de dicho Bellido. Compañía que tienen hecha desde el 11 de agosto del presente año.
Don Joaquín de Gorospe Altamirano Romano Irala y Nájera, vecino de la Puebla de los Ángeles, y el Presbítero don José María Rubín de Celis, ambos residente en esta Villa, el primero actual poseedor de la Hacienda de Tuzamapan, situada en Jurisdicción de esta Villa, y Doctrina del Pueblo de Coatepec, otorgan que establecen compañía de la mencionada hacienda, destinada a fabricar azúcar, en los términos y condiciones que se mencionan en la escritura. La compañía es por el tiempo de 9 años.