COATEPEC, PUEBLO DE

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              MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0083 · Stuk · 1836/07/20
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El presente escribano incorpora a este registro la disposición testamentaria que otorgó en el pueblo de Coatepec don Santiago Galván a 4 de agosto de 1825, cuyas actuaciones componen cuatro fojas útiles y tres en blanco, incluido el escrito presentado por el albacea pidiendo la protocolización de dicha memoria y el auto judicial en que el señor alcalde tercero de esta ciudad mandó se hiciese como pidió el indicado albacea.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0074 · Stuk · 1828/07/07
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Sabás Covarrubias, originario de San Martín Tesmeluca [Texmelucan], hijo de don José Manuel Covarrubias y de doña Rosalía Sánchez de Vega, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: manda sea sepultado en la iglesia del pueblo de San Jerónimo Coatepec, con una moderada pompa. Por única vez, lega un peso a cada una de las dos mandas forzosas. Declara fue casado con doña María Manuela Peredo con la que procreó once hijos y de los que viven siete. Dicha María, llevó al matrimonio 150 pesos que heredó de sus padres, que se hallan fincados en casa que fue de éstos, de los que José señala tomó a su cuenta para pagar a otros coherederos, y actualmente está debiendo hijuelas de 150 pesos que corresponden a doña María de los Ángeles Peredo esposa de don José Vicente de las Casas, a doña María Francisca Peredo esposa de don Guillermo de Espino, y al regidor don Antonio José Peredo. Nombra por sus herederos a sus siete hijos. Después de pagados los gastos de su funeral, manda que se paguen sus deudas pasivas que constarán en una lista que entregará a su albacea y dando a su esposa lo que le corresponda, considerando que él no llevó bienes al matrimonio. Nombra por su albacea a doña María Manuela Peredo y por tutor y curador de sus hijos a don Antonio José Peredo, vecino de esta villa.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0109 · Stuk · 1828/12/08
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Guillermo de Espino, vecino y del comercio de esta villa, labrador en su cantón, natural de San Luis Huamantla, hijo de don Jerónimo de Espino y de doña Isabel Josefa Apresa, difuntos. Por la presente, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda se entreguen 500 pesos a su hermana doña María Isabel de Espino. Declara fue casado con doña María Josefa Soria, quien no trajo nada a su poder y él tendría alguna cortedad, de cuyo matrimonio le quedaron tres hijos José María, Francisco Ciriaco y María Manuela de Espino y Soria. Señala que hace once años pasó a segundo matrimonio con doña María Francisca Peredo, quien llevó a esta alianza 170 pesos en dote. Por bienes declara, dos casas contiguas que posee en el pueblo de Coatepec, frente al curato y misma que compró en almoneda pública y con dinero que pasó a su poder por fallecimiento de su primera esposa. Menciona que cuando se casó por segunda vez él tenía 7 000 pesos y de este matrimonio procrearon a Francisco Mariano y Guadalupe Braulia de Espino y Peredo. Declara que el día 10 de septiembre actual, su esposa compró a doña María Luisa de Castro y de Guevara una casa en esta villa, que hace esquina a las calles de San Francisco y del Ganado, en 3 000 pesos al contado y mitad de alcabala y escritura con dinero de la pertenencia de él, cuya finca es su voluntad la disfrute su citada esposa. Por más bienes suyos declara: tres casas, una ubicada en la calle de los Ingenios, otra en la calle de San Cristóbal, y la otra en la calle de San Francisco. Una tienda mestiza en la hacienda de la Orduña, otra en la calle Principal de esta villa, con otra de ropa contigua que desde 1819 tiene en compañía de su hermano político don Antonio José Peredo con el principal y condiciones que constan en papel firmado. También reconoce por suyas, unas mulas aparejadas que tiene en la Orduña, tres o cuatro solares eriazos en el pueblo de Coatepec, con ropa de su uso y ajuar de casa y lo demás que constará por sus albaceas. Cumplidas todas las mandas que carga a su quinto y las deducciones, y el tercio que sufra el tercio de sus bienes, de lo que sobrare lo destina en favor de su hija doña María Manuela de Espino y Soria. Nombra por sus albaceas a doña María Francisca Peredo, su esposa, a su hermano el presbítero don José Vicente de Espino y a su hermano político don Antonio José Peredo. Nombra por herederos a sus cinco hijos. Nombra por tutor de los hijos de su primer matrimonio, a su hermano el presbítero don José Vicente de Espino y a los del segundo, a su hermano político don Antonio José Peredo.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0099 · Stuk · 1829/09/17
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Ana Josefa Flores, viuda y albacea de don José Alonso Bonilla; don José María Bonilla y Flores, actual Alcalde de primera nominación en esta propia villa, hijo, heredero y albacea del mismo finado; don José Joaquín Bonilla, igualmente hijo y heredero del mismo finado, con su curador don Luis Uribarry; y don Dionisio Camacho, albacea del difunto don José Francisco Bonilla, igualmente hijo y heredero del repetido José Alonso, todos vecinos de esta villa; dijeron que por fallecimiento del predominado José Alonso se procedió a los inventarios de sus bienes, formándose el respectivo expediente que principió en el juzgado de primera nominación de esta propia villa, y que habiendo sido electo Alcalde primero en ella para el presente año el referido don José María pasó el conocimiento de dichos autos al Juzgado de segunda nominación, donde han finalizado; que aunque por parte de don José Francisco se hicieron algunas objeciones a los inventarios y primera descripción y partición de bienes, quedaron avenidos y transigidos sobre todos los puntos en que diferían, reformándose la descripción y partija de bienes, aplicándoselos en pago de sus respectivos haberes. Y por la presente, otorgan que mutuamente se aplican y adjudican las fincas y bienes que a cada uno le quedó, señalado en la cuenta de partición del 2 de junio de 1827, la cual aprueban y ratifican y la dan por formada. Por lo que se dan por enteramente pagados y satisfechos de sus respectivas porciones, confiriéndose las siguientes adjudicaciones: a doña Ana Josefa Flores, los muebles de la casa en 458 pesos y en existencias de la tienda, 7 342 pesos con que se cubrió la mitad de gananciales y su dote, en suma, uno y otro de 7 800 pesos. A don José María Bonilla y Flores, el resto de existencias de la tienda, 3 682 pesos, los 1 182 de ellos parte la tercera parte de utilidades como socio en el giro de la negociación de la testamentaria, 2 500 restantes por su herencia paterna. A don José Joaquín Bonilla, la casa situada frente a la parroquia en el pueblo de Coatepeque [Coatepec] en 1 500 pesos y 1 000 pesos que a su favor se imponen sobre la casa que se aplicó a don José Francisco Bonilla, componiendo ambas partidas la de 2 500 pesos, mismos que debe haber por su porción hereditaria. Y a don José Francisco Bonilla, la casa grande, ubicada en dicho pueblo de Coatepeque [Coatepec] en 3 000 pesos, ocho solares en el propio pueblo en 340 pesos y 160 pesos en la deuda suya a favor de la testamentaria, siendo el monto de estas tres partidas de 3 500 pesos, de los que reducidos 2 500 que le tocan por su legítima los 1 000 restantes son los que a favor de don Joaquín quedan impuestos sobre la referida casa. Y a fin que se formalice la hipoteca de la casa que se le aplicó a don José Francisco, ubicada en el pueblo de Coatepeque [Coatepec], con las colindancias se mencionan en el acta, el referido don Dionisio Camacho, albacea de don José Francisco Bonilla y a demás apoderado que fue del difunto, quién entendió y concertó en los pactos y transacciones de la testamentaria referida, por la presente otorga que sitúa, carga impone sobre la casa mencionada, el capital de 1 000 pesos a favor del menor don José Joaquín Bonilla para redimirlos dentro de cuatro años, a partir del día que quedo firmada la partición, pagándole el entretanto el rédito de un 5 por ciento anual, como se ha estado pagando desde que se verificó la aplicación del referido fundo. Además por haber fallecido dicho don José Francisco con posterioridad a los convenios explicados, dejó un usufructo por sus días a doña María del Carmen Ballesteros, viuda del repetido don José Francisco y por fallecimiento de esa señora, quedará a una obra pía, que ha de fundar el relacionante y, en caso de no redimir el capital y para seguridad del mismo, hipoteca la casa de que va hecha mención, la cual no podrá vender, ni censarla, ni en manera alguna disponer de ella sin expresa declaración de esta carga, en cuya obligación constituirá también el otorgante a la usufructuaria y a la obra pía en la escritura. Finalmente, todos los comparentes ratifican el contenido de esta escritura, se obligan a no reclamarla ni oponerse a su tenor. Y de la misma manera, el menor don Joaquín, jura que no hará reclamación alguna, ni por su menor edad, lesión ni otro motivo, ni pedirá restitución ni alegará excepción que le favorezca, porque está cierto y satisfecho, antes bien ha adquirido mejora, más aun, cuan así no fuese, renuncia formalmente todo beneficio.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0109 · Stuk · 1827/08/14
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Joaquín Posada, labrador en este cantón, como subarrendatario del arrendatario principal don Bernabé de Elías Vallejo, del trapiche de la Laguna y sus anexos, propia del Marqués de la Higuera, ubicado en jurisdicción y doctrina del pueblo de Coatepec, según escritura de 7 de mayo de 1824; otorga que da en subarrendamiento en favor de don Roberto Heaven, que está presente, el citado trapiche o hacienda de la Laguna, por el término y espacio de tres años y siete meses, que es el que le falta del estipulado con Elías, bajo la capitulaciones siguientes: 1ª Que Heaven ha de satisfacer a Elías en cada un año no sólo los 1 500 pesos que pagaba de la renta, sino también otros 2 000 más en cada un año, que él aventajó en el traspaso, para cubrir con ellos lo que le ha faltado en el valor de los llenos con que él los recibió. 2ª Que el palenque de las Puentes anexo a la finca dicha, lo tiene subarrendado a don José Miguel de Iriarte por medio de documento extrajudicial, el que terminará por fin del presente año, valorados sus enseres y utensilios en 1 000 pesos. 3ª Que Heaven se hace cargo, como valor de la finca, de 1 500 pesos en deudas de los mozos y sirvientes, pero si éstas no ascendiesen a tal suma, purificadas sus cuentas, le abonará en reales en efectivo su complemento, y lo mismo verificará Heaven viceversa. 4ª Que al estar formado el inventario y aprecio cuando recibía Heaven la hacienda, lo suspendieron, conviniéndose recíprocamente con el señalamiento que hicieron de 16 000 pesos por el valor de ella, su casa, oficinas, aperos y cuanto le es anexo, y de que asimismo suscribieron otro papel extrajudicial en 2 del corriente; y éste es el monto o suma porque Heaven ha de responder a Elías al fin del contrato; pues lo demás a que ascendió lo que él recibió se ha de cubrir como queda dicho con los 2000 pesos anuales que ha de recibir de exceso al arrendamiento que le tiene hecho el mismo Elías. Y estando presente el citado don Roberto Heaven habiendo oído y entendido el contenido del anterior contrato, sus cláusulas y escritura anterior que en él se cita, otorga que la acepta según y cómo en él se contiene, y declara estar en posesión de la finca y se da por recibido y se obliga en toda forma. Además, ofrece por su fiador a don Francisco Fernández y Agudo, de este comercio y vecindad, quien, estando presente, se constituyó fiador.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0002 · Stuk · 1827/11/05
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Antonio Vázquez, alcalde primero, declara que por petición de la esposa de José Francisco Bonilla, de estado enfermo, fue a visitar éste a su casa, para tomarle declaración, en la cual otorgó poder y nombró por albacea a don Dionisio Camacho, de la villa de Xalapa, para que haga su testamento de acuerdo a las indicaciones verbales que le dio el día anterior. Declara que el mencionado Bonilla no alcanzó a firmar la declaración por la gravedad de su enfermedad.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0011 · Stuk · 12/02/1820
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Juana Manuela de Alba y don José Miguel de Iriarte y Alba, de esta vecindad, madre e hijo, albaceas de don José Miguel de Iriarte, otorgan que han recibido del Gobernador de la República y común de naturales del pueblo de San Gerónimo Coatepec, la cantidad de 700 pesos, valor de tres caballerías de tierra y un sitio de ganado mayor nombrado el Espinal que pertenecen a la hacienda de San Cayetano, alias Pacho, que les vendieron a pagar en partidas parciales con el premio corriente que cumplieron puntualmente como consta en los recibos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0086 · Stuk · 1824/06/03
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don Juan Manuel Rincón Ortiz de Zárate, domiciliario de este Obispado de la Puebla de los Ángeles, natural de esta villa y vecino de la doctrina del pueblo de Coatepec, hijo legítimo de don Manuel Rincón y de doña Ignacia Antonia Ortiz de Zárate, ambos difuntos; otorga poder especial a su hermano el presbítero don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate, vecino de esta villa, para que después de terminados los días de su vida, haga y ordene su testamento, con total arreglo y sujeción a las instrucciones y comunicados que de palabra o por escrito que le ha dicho, haciendo por su alma los bienes y sufragios que le anunció. Y se nombre en él, como lo hace por la presente como su albacea y por último se instituya y nombre por su único y universal heredero para que guarde y cumpla su última voluntad.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0078-PX_0078_0015 · Stuk · 27/03/1818
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Manuel Lovillo, vecino del Pueblo de Coatepec, residente en esta Villa, otorga poder general a don José Revuelta, de este comercio y vecindad, para que a nombre de él, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona, tesoros, conventos y de quien más haya lugar, las cantidades de dinero y efectos que se le estén debiendo a la fecha y debiesen en adelante. Y también para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales, eclesiásticos o seculares, por lo que se le da éste con libre y general administración y con facultad de sustituirlo.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0078-PX_0078_0035 · Stuk · 04/06/1818
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio Matías Rebolledo, vecino del pueblo de Coatepec, residente en esta Villa, otorga poder general a don José Nicolás Rebolledo, su sobrino, para que en su nombre, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar las cantidades de dinero que le estén debiendo a la fecha y debiesen en adelante. Si sobre dicha cobranza se ofreciere algunas contiendas y por ella fuere necesario comparecer en juicio lo haga presentando la documentación y testimonios.