Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial al Licenciado Juan de Lucena, Clérigo Presbítero, Domiciliario del Obispado de Puebla, de donde es vecino, para que lo obligue como fiador y llano pagador de don Francisco Maniau y Ortega, vecino de España y residente en la Ciudad de México, en el remate de los diezmos caseros de la doctrina de Jalapa y Coatepec, celebrado a favor de dicho Maneau, a favor de la iglesia Catedral de la mencionada ciudad y de los jueces hacedores y conservadores de su cofre y masa general.
COATEPEC, PUEBLO DE
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Don Antonio Díaz Parraga, vecino del pueblo de Jalapa, y doña Rita Apolonia Jiménez, albaceas de Ramón de Osorio, ella viuda de dicho Osorio, otorgaron poder especial a Fernando de Rebolledo, cuñado de dicha Rita y demás herederos de su difunto hermano, para que firme el compromiso que hicieron acerca de la herencia de su abuelo, en el que acordaron que Rita Apolonia Jiménez, entregará la casa de Coatepec y 700 pesos en dinero de contado de dote de su difunta abuela y pagará gastos del difunto, obligándose ambas partes a cumplir las condiciones de esta escritura.
Don Francisco Domínguez, vecino del pueblo de Coatepec, y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Antonio de Vértiz, vecino de la Ciudad de Puebla y Procurador de la Audiencia Eclesiástica, para que pida, demande, reciba y cobre a cualquier persona, todas las cantidades de pesos oro, plata, joyas, esclavos, mercadería y otros géneros.
Don Agustín Miguel de Mallol, vecino del pueblo de Teziutlán, Diputado de los labradores y cosecheros de tabaco, junto con el Licenciado Juan Bernardo Díaz Mier, don Bartolomé Salvo, don Gaspar de Olavarrieta, don Antonio Ribot, don Francisco Maniau y Ortega, don Bartolomé de Borja, don Lucas Rosete, don Juan Antonio de Zavalza, y otros vecinos del pueblo de Coatepec, labradores y cosecheros de tabaco, se obligan a cumplir las condiciones comprendidas en el contrato del 30 de enero del presente año, en donde se obligan a cumplir exactamente con su cargo teniendo a don Bartolomé Salvo, como depositario de todas las cantidades de pesos que entren en su poder, producto del 1% de las ventas del tabaco que se hagan al Rey en esta jurisdicción.
Don Pedro de la Cadena Ponce de León, vecino de la Ciudad de México y residente en el pueblo de Jalapa, otorga en arrendamiento a Ramón de Osorio, Mayordomo de la Cofradía de Sacramento y a Fernando de Rebolledo, de las Ánimas, en Coatepec, las tierras que están situadas desde el Camino Real que va de este pueblo al de Coatepec hacia arriba, sin incluir los hornos de cal y canto, por el periodo de 5 años, con una paga de 100 pesos anuales.
Don Juan Miguel Rebolledo, don Agustín Díaz de la Cueva y don Luis Domínguez, vecinos y mercaderes del pueblo de Coatepec, dijeron que por haberse sacado la recaudación y cobro de las Reales Alcabalas, a través de don Bernardo de la Fuente y don Antonio del Camino y Velasco, vecinos de este pueblo y en virtud del poder especial que para dicho efecto les otorgaron, cuyo arrendamiento será por 5 años, por 7, 300 pesos que por tercios se obligaron a pagar; y para la administración de las alcabalas nombran a don Bernardo de la Fuente y don Antonio del Camino y Velasco, quienes los representarán cada 4 meses por un año, obligándose a recibir el ramo de alcabalas del partido de Coatepec, en el tiempo de 5 años y al precio de 750 pesos en cada año.
Don Juan Gómez de Estrada, don Manuel de Boza, vecinos del pueblo de Jalapa, don Mariano Rebolledo y don Jerónimo Rebolledo, vecinos de Coatepec, otorgan poder especial a don Juan Sánchez Casahonda, Agente de Negocios de la Real Audiencia de la Ciudad de México, para que obligue a los primeros como fiadores, por la cantidad de 2, 000 pesos a favor de don Nicolás Antonio de Rosas y la Plaza, Alcalde Mayor de esta provincia de Jalapa.
Don Juan Manuel Rebolledo, vecino del pueblo de Coatepec, se obliga a pagar al Capitán Francisco Javier López, vecino de Jalapa y albacea testamentaria de don Bernardo Cardel, difunto, la cantidad de 836 pesos 4 y medio reales en el tiempo de 1 año.
Don Julián Francisco de Guevara, vecino del pueblo de Coatepec, otorga poder a su hijo el Bachiller Nicolás Mariano de Guevara, residente Jalapa, para que en su nombre cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata y demás efectos que le adeuden, asimismo siga contienda de juicio si fuese necesario.
Juan Miguel Rebolledo, natural del pueblo de Coatepec, hijo legítimo de Juan Rebolledo y de Mónica Carvajal, difuntos, casado con Francisca Paula Jácome, a quien otorga poder para testar asimismo la nombra albacea testamentaria, y como herederos universales nombra a Fernando José de 12 años, José Mariano de 11 años, Juan Manuel de 10 años, Jerónimo de 9 años, María de 8 años y Calixto de 6 años, sus hijos legítimos.