Doña María del Carmen Varón de Welsh, esposa legítima de don José Welsh, otorga poder especial a don Juan [Mauricio] Jones, residente en la ciudad de México, para que en su nombre pueda hipotecar especial o generalmente los bienes de la relacionante, que son los siguientes: una fábrica que se halla comenzada, situada en tierras de la propiedad de doña María, a inmediaciones de esta población; una casa baja de cal y canto, situada en la calle Nueva, con el número publico cinco; y un rancho situado en el pueblo de Coatepec.
Sem títuloCOATEPEC, PUEBLO DE
555 Descrição arquivística resultados para COATEPEC, PUEBLO DE
Don José Manuel Lovillo, vecino del pueblo de Coatepec de este partido, vende a Manuel Gaspar, vecino del mismo pueblo de Coatepec, un solar para fabricar con 68 varas de frente que lo hace al norte con la calle que nombran del Gallo y 136 varas de fondo al sur, por donde linda con solar del vendedor, por el oriente con solar del comprador y por el poniente con el de don Vicente Murrieta. Cuyo deslindado terreno lo hubo y compró de María Francisca por un papel que le otorgó previa la satisfacción de alcabala, el cual se le perdió entre otros en la primera revolución, que tuvo que emigrar de su pueblo. Terreno que vende con sus entradas y salidas, libre de empeño, censo e hipoteca, al precio de 60 pesos.
Sem títuloLos señores don Joaquín Llera, administrador de tabacos de esta ciudad; don José de Jesús Díaz, don José Manuel de Izaguirre y don Cosme Rebolledo, diputados de cosecheros de ese fruto en este distrito, dijeron que el 26 de junio del presente año celebraron contrata entre los señores comisionados que forman la Empresa de Tabacos y las diputaciones de cosecheros de Orizaba y Córdoba. Dicha contrata se compone de 49 artículos, que en el acto de su realización no nombraron persona que representara al común de cosecheros de este distrito de Xalapa, según se expresa en el artículo 48, por lo que la dirección general de la empresa y los cosecheros de Orizaba y Córdoba solicitaron se incorporase a ella, acción a la que aquellos no accedieron, sino que presentaron a la dirección varias modificaciones en algunos de sus artículos. Razón por la cual el señor director de la empresa autorizó al nominado don Joaquín Llera como agente de ella, para convenir con esta diputación acerca de los puntos en que no está conforme con la repetida contrata, y al efecto se reunieron ambas partes en la casa del señor administrador Llera, en donde convinieron lo siguiente: se adopta por esta diputación la contrata celebrada por la empresa de tabacos con la de Orizaba y Córdoba el 26 de junio del presente año, con todos sus artículos que quedan insertos, y solo con las adiciones que a continuación se expresan; 1.ª Coatepec será el punto para la reunión, clasificación y beneficio del tabaco en este Distrito. La fecha para la reunión de cosecheros, la que concede el artículo 18 al pueblo de Huatusco, y el tiempo para la entrega del tabaco en almacenes, el que se fija al Distrito de Córdoba por el artículo 35, siendo el gasto de conducción a dichos almacenes de cuenta de los cosecheros. 2.ª que la presente Diputación se reserva el derecho de gestionar lo conveniente ante quien corresponda para que sus comitentes sean atendidos en proporción a los otros distritos cosecheros en la distribución de la siembra, de manera que no se les prive del beneficio del aumento de tercios a que sean acreedores. Bajo estas adiciones, los expresados señores don José de Jesús Díaz, don José Manuel de Izaguirre y don Cosme Rebolledo como diputados del común de cosecheros de este distrito, y don Joaquín Llera, como agente de la repetida empresa, y en uso de la autorización que por ella le está concedida, en nombre, voz y representación de sus comitentes, otorgan que ratifican y aprueban la repetida contrata, según se contiene en sus artículos expresados, sin más alteración que las adiciones referidas y se obligan a observar y cumplirla exacta e inviolablemente.
Sem títuloMaría Rafaela Josefa, vecina del pueblo de Coatepec, dijo que por información presentada ante don José Luis Rebolledo, segundo juez de paz de su pueblo, se acredita que es dueña y poseedora de un solar que está a extramuros de él, y se compone de 132 varas de frente y 107 de fondo, el cual heredó de sus difuntos abuelos, y que le precisa enajenar, por hallarse demente su esposo Pedro Pascual, por lo que pidió licencia a dicho juez, quien se la concedió. Por lo que a través de la presente, vende a don Lorenzo Bueno, vecino del mencionado pueblo de Coatepec, un solar de fabricar con 132 varas de frente, que lo hace al norte con arroyo nombrado Aguacapa, y 137 de fondo al sur, lindando con la loma de Camarillo, por el oriente linda con solar de la testamentaria del finado don Francisco Ponciano Rebolledo, y por el poniente con solar del indígena Francisco; cuyo deslindado terreno lo hubo de los dichos sus abuelos, y hoy vende al precio de 35 pesos.
Sem títuloDon José María Contreras y don Antonio Piña, vecinos del pueblo de Coatepec, dijeron que son albaceas de la finada doña María Constancia Ángel, y que a la testamentaria de esta señora pertenece una casa de cal y canto de edificio bajo, ubicada en dicho pueblo, con 23 varas de frente que lo hace a la plaza Pública por el sur, lindando por oriente con casa de don Francisco Galván y Rebolledo, calle de San Juan en medio, por norte con solar de don José de Jesús Gálvez y por poniente con casa de este mismo. Dicha casa la hubo doña Constancia por gananciales que le tocaron durante su matrimonio con don Juan Atanasio Hernández como consta de escritura de 7 de mayo de 1817. Y para cumplir con la voluntad de la señora del Ángel han convenido vender dicho fundo, por tanto, señalan que venden a don Vicente Mora la casa deslindada, en precio de 2 000 pesos que se dan por recibidos.
Sem títuloDoña Rosa Quiroz, vecina de Coatepec y residente en este suelo, dijo que tiene vendido al presbítero don Mateo Rebolledo un solar en el que construyó un templo en que se venera a la imagen de la virgen de Nuestra señora de Guadalupe. Dicho solar está ubicado en el expresado pueblo de Coatepec, en la calle de Carretas a dos cuadras de la plaza hacia el lado del sur, lindando dicho solar por norte con la propia calle por donde tiene 26 varas, por el oriente linda con la calle cercada de Cantarranas con 50 varas, por el sur con solar de Marcos Méndez con 26 varas, y por el poniente con solar del ciudadano José María Pérez, con 50 varas. El cual dicho solar y unas paredes viejas que existen en él vendió en precio de 200 pesos, y al presente ratifica en venta al susodicho presbítero Mateo Rebolledo, quien por estar ocupado en su ministerio en el pueblo de Ixhuacán, dio poder para acudir a la aceptación de la presente escritura, al ciudadano Narciso Sanabria.
Sem títuloEl presbítero don Andrés Domínguez y Rebolledo, de esta vecindad, dijo que es dueño de un solar que se ubica en este pueblo a la falda del cerro, con su frente al oriente por el Calvario viejo, lindando por poniente con el propio cerro, por norte con tierras del ciudadano Ambrosio, y por el sur con las de José María Contreras. Que, habiéndosele extraviado los títulos de su propiedad, acudió al ciudadano juez de paz segundo de este pueblo, para que se recibiese información para acreditarla, misma que le fue recibida como consta de las copias de las diligencias para que se inserten a este registro. Cuyo deslindado fundo vende al ciudadano Pascual Baizabal en precio de 300 pesos.
Sem títuloDoña María de Jesús Acosta, vecina del pueblo de Coatepec, residente en este suelo, mayor de edad, otorga que vende a don José Alvino una casita de edificio bajo, ubicada en el expresado pueblo, en la calle del camino viejo de los pueblos de Jico [Xico] y Teocelo, cuyo sitio de la casa tiene 54 varas de frente que lo hace al oriente con dicha calle; lindando por el norte con la calle que sale para el Tejocotal; por el sur con solar y casa de doña Seferina García; y por poniente, que es el fondo, con solar de don Apolinario. La vende en precio de 259 pesos.
Sem títuloDoña María de la Soledad Contreras, originaria del pueblo de Jicochimalco [Xicochimalco], vecina de Coatepec y residente ahora en esta ciudad, mayor de edad, hija de don Manuel Contreras y de doña Bárbara Salazar, difuntos, otorga poder al presbítero don Antonio García López, cura actual de la doctrina de Coatepec, para que en su nombre haga y ordenen su testamento como se lo tiene comunicado. Declara que se encuentra en estado honesto y que no tiene herederos forzosos ni ascendentes ni descendientes. Declara que una casa que existe en el pueblo de Coatepec, en la calle Principal, la cual fue de don José Santiago Contreras, tío de la otorgante, pertenece a ella y a su sobrina doña María Antonia Díaz de la Concha, por haberla dejado para las dos. Nombra herederos a sus sobrinos doña María Antonia Díaz de la Concha y al marido de ésta don Francisco Ciriaco de Espino y Soria.
Sem títuloDon José María Ruiz, de esta vecindad, y don Narciso Sanabria, de Coatepec, dijeron que como consta en escritura otorgada el 14 de enero de 1837, compraron los dos comparentes, en unión de don José de Jesús Díaz, al Ayuntamiento de Coatepec, en precio de 20 pesos a censo redimible un terreno eriazo ubicado en la parte occidental del mismo pueblo. Asimismo, dijeron que el 19 de noviembre de 1836 compraron a don José Joaquín Rebolledo, un terrero erial ubicado en el referido pueblo, a la linde de las tierras compradas al Ayuntamiento, en 20 pesos 4 reales; y el 28 de noviembre compraron otro terreno eriazo a María Laureana, María Isabel y Juan Manuel, ubicado en el repetido pueblo y contigua a aquellos dos terrenos, en precio de 20 pesos. Y con los tres terrenos constituyeron un rancho, dándole el nombre de “La Esperanza”, y formaron un establecimiento los tres individuos para el cultivo de moreras, café, abejas y otros objetos, formando una compañía. También, dijeron que introdujeron el agua corriente en virtud de concesión que hizo aquel Ayuntamiento. Además, dijeron que tiempo después acordaron que don José de Jesús Díaz se quedara el solo con la negociación, separándose los relacionantes y habiendo recibido de Díaz las cantidades de pesos que tenían invertidas. Y ahora, para que la separación de dicho negocio tenga efecto, otorgan que se desisten y apartan de toda acción que pudieran tener o pertenecerles en la propiedad de los referidos terrenos, plantíos, obra material y cuanto contiene el referido establecimiento titulado “La Esperanza”.
Sem título