El Lic. Don Marcos Estévez de la Guardia, cura beneficiado por Su Majestad del partido de Coatepec, dio su poder cumplido a los capitanes Don José Dávila Salazar, vecino del pueblo de Chilapa; y a Don Francisco Serrana de Rosales, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre pidan, reciban y cobren de la Real Caja de Su Majestad, el salario que del dicho curato se le debe, a partir del mes de agosto de 1692 hasta el día de hoy; asimismo, para que en todos sus pleitos, causas civiles y criminales, movidos y por mover.
COATEPEC, PUEBLO DE
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El Bachiller Don MIguel Pérez de Medina, cura beneficiado de Jalapa, Comisario de la Santa Cruzada, dio en arrendamiento al gobernador y común del pueblo de Coatepec, por tiempo de dos años, un sitio y tres caballerías de tierra nombrado Totepec [Tutepeque], y por otro, El Espinal; cercano a dicho pueblo, donde está un arroyo; el cual hubo y compró con otros sitios y el ingenio de Nuestra Señora de los Remedios, a la Sagrada Religión de la Compañía de Jesús de las Islas Filipinas, en el precio de 25 pesos de oro común anuales.
José Jiménez del Campillo y Antonia Jiménez del Campillo, esta última mujer legítima de Tomás Tirado, vecinos del pueblo de Coatepec, hijos de Sebastián Jiménez del Campillo, venden a Diego García Sevillano, Teniente del pueblo de Zacapoaxtla, jurisdicción de San Juan de los Llanos, una casa de vivienda ubicada en ese pueblo que colinda con casa y solar de Esteban de Herrera, al sur colinda con tierras de Domingo Simón calle en medio, y con casa de Nicolás de Santiago y al poniente con la barranca del río. La venta la hacen en 100 pesos de oro común.
Miguel de la Barrera, con poder de Doña Eugenia Francisca de Amilibia Guraya y Lezama, tutora de Doña Josefa Petronila de la Higuera Matamoros, administradora del Mayorazgo de la Higuera, dio en arrendamiento a Diego Méndez, vecino de Coatepec, el potrero de San Marcos, por tiempo de nueve años, a partir del 1 de noviembre que viene del presente año, en la cantidad de 170 pesos de oro común anuales, que ha de pagar a la dicha Doña Eugenia Francisca de Amilibia, conforme fueren corriendo.
El Bachiller Marcos Estévez de la Guardia, cura beneficiado por Su Majestad del pueblo de Coatepec, dio su poder cumplido a Don Andrés de Arucha y Grigoya, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, y el Capitán Don Gonzalo de Vargas, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre reciban y cobren de los señores jueces oficiales reales de la Real Caja de la ciudad de México, 600 pesos que le deben de la administración de tres años cumplidos como cura propietario del pueblo y doctrina de Tlalcocuestitlán, de donde fue promovido a este de Coatepec.
Nicolás Maldonado y María Luisa Maldonado, hijo y viuda respectivamente, albaceas testamentarios del difunto Nicolás Maldonado, y Diego Vázquez, marido de Efigenia Maldonado, hija del difunto, vecinos del pueblo de Coatepec, la última heredera universal, vende una casa, cubierta de tejas y un solar, en la cantidad de 500 pesos.
Domingo Díaz Mier, natural de Carabia, Principado de Asturias en los Reinos de España y residente en este pueblo de Jalapa, hijo legítimo de don Antonio Díaz Mier y doña María de Estrada, difuntos, casado con Juana Jiménez, otorga poder tara testar a su citada esposa en compañía de don Manuel Domínguez Parrilla, vecino de Coatepec, así como de albaceas testamentarios y como herederos nombra a sus 9 hijos.
Tomás de la Cruz, vecino de este pueblo de Jalapa, solicita fianza de cárcel a favor de Marcos Jácome, vecino del pueblo de Coatepec, preso en la cárcel de este pueblo de Jalapa.
Blas Fernández, vecino de Coatepec, dijo que tiene algún ganado mular, caballar y vacuno, por lo que señala que ha hecho fierro nuevo para herrarlos, el cual se encuentra dibujado en el margen izquierdo de esta escritura.
Pedro Ortiz, como principal y don Nicolás Maldonado, vecinos del pueblo de Coatepec, junto con Bernabé Antonio Vázquez, vecino del pueblo de Jalapa, como fiadores y principales pagadores, informan que por remate que se le hizo a Pedro Ortiz de los diezmos caseros y de indios de la doctrina y partido de Ixhuacan de los Reyes, de esta jurisdicción, a razón de 120 pesos en cada una y por el tiempo de 5 años, se obligan a tomar y llevar razón de todo lo que cobren en dicho partido.