Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Joaquín Ildefonso de Torquemada, vecino de este pueblo, para que lo obligue como su fiador, en la postura que haga de los diezmos caseros de esta doctrina y la de Coatepec, los cuales se remataran en la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, y en caso de resultar favorecido en dicho remate, lo obligue como fiador o principal pagador, sólo en compañía de otros fiadores.
COATEPEC, DOCTRINA DE
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Antonio Díaz Parraga, vecino de este pueblo de Jalapa, con poder especial de don Fernando José Gómez de Cervantes, quien fue vecino de San Salvador El Seco, otorga en arrendamiento a Antonio Jiménez, las tierras de Zoncuantla, Doctrina de Coatepec, que abarcan desde el potrero llamado Briones hasta lindar con tierras del ingenio de la Orduña, dividiéndolas el Camino Real que va de Coatepec, las renta es por el periodo de 9 años, con una paga de 60 pesos en cada año.
La señora doña María Josefa Fernández de Ulloa, el excelentísimo señor don José Ignacio de Ansorena, su esposa la señorita doña María Guadalupe Arias y don Javier Arias; la primera viuda y albacea del finado don José de Arias y Torija, y los dos últimos hijos y herederos del mismo difunto, otorgan que le confieren poder especial al Capitán José Sebastián Furlong, vecino de Puebla, para que a nombre de los comparentes y en representación de sus derechos pueda tomar por vía de depósito irregular y término de cinco años, la cantidad de 6 000 pesos con el rédito de 5 por ciento anual, ya sea de las arcas de los juzgados eclesiásticos de dicha ciudad o de cualquier otra; en consecuencia formalice a favor del interesado o interesados en ese capital la correspondiente escritura, con hipoteca especial de la hacienda de labor y caña nombrada Zimpizahua, ubicada en doctrina de San Jerónimo Coatepec, jurisdicción del cantón de esta villa de Xalapa, y cuya finca es perteneciente a la testamentaría de dicho finado don José de Arias.
Zonder titelDon Javier Arias, hacendado en esta jurisdicción, dijo que el señor don Francisco Fernández y Agudo salió por su fiador en cantidad de 1 300 pesos y ambos se obligaron a pagarlos en el término de un año a don Antonio María Priani, de esta misma vecindad, siendo esta suma el resultado de la liquidación de cuentas que el primero tuvo con su acreedor, y para que quede indemne de la obligación a que se constituyó y jamás sea perjudicado en cosa alguna, por la presente otorga que se obliga a sacar a paz y a salvo al expresado señor don Francisco Fernández y Agudo, de la mencionada fianza, y para mayor seguridad hipoteca la hacienda de Zimpizagua [Zimpizahua], ubicada en la doctrina de Coatepec.
Zonder titelEl Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, con poder general de su hermana doña María[na] Josefa Fernández de Ulloa, viuda, albacea de don José de Arias, otorga que ha recibido de don Francisco Ángel del Camino, Canónigo de la Catedral de la Puebla, la cantidad de 3 000 pesos, por los que le otorga recibo, obligándose a tenerlos por vía de depósito irregular por tiempo de 5 años, con el acostumbrado premio de un 5%, y para la seguridad del pago hipoteca la hacienda de fabricar azúcar nombrada Zinpizahua, ubicada en la doctrina de Coatepec, que quedó por bienes del citado Arias.
Don José Ruiz Sánchez, de esta vecindad, colector de diezmos de esta cordillera, otorga arrendamiento en favor de don Antonio Díaz Galván, vecino del pueblo de Xicochimalco, todos los diezmos que se recaudan y pertenecen a la doctrina y comprensión del citado pueblo y su anexo de Teocelo, con inclusión del Potrero de San Marcos menos el ingenio de la Laguna, que terminan por la de Ixhuacán por aquel rumbo; y por este con el término de la doctrina de Coatepec y con el río de las Puentes. Dicho arrendamiento por el término de tres años, a partir del pasado 5 de agosto por el precio de 500 pesos anuales, que deberá pagar al fin de cada uno de estos. Y para cuya seguridad debe dar dos fiadores y estando presentes aceptan y se constituyen don Felipe Ramos, vecino del pueblo de San Antonio Huatusco y a don Juan Rodríguez Varela del pueblo de Teocelo.
Zonder titelDon Javier Arias, hacendado en este cantón, se obliga a pagar a don José Prado, vecino de puente Nacional, la cantidad de 1 240 pesos, cuya cantidad han pactado que Prado le entregará el día primero de junio próximo, para refacción de sus giros en la hacienda nombrada Tzimpitzahuac [Zimpizahua], situada en doctrina de Coatepec. Cuya suma ha de pagar en el término de un año y para mayor seguridad ofrece por su fiador a don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio.
Zonder titelDon Javier Arias, de esta vecindad, dijo que como dueño legítimo de la hacienda nombrada Zimpizahua, ubicada en la doctrina de Coatepec, ha pactado arrendársela al licenciado don José María Cordera, cuyo arrendamiento será por tiempo de ocho años, por precio de 2 250 pesos que pagará anualmente y bajo las condiciones que se detallan en la escritura, entre las cuales destacan: Que por cuenta del arrendamiento el señor Cordera deberá pagar lo que el señor Arias le salga debiendo a don Lorenzo Fernández en la liquidación de cuentas que hagan de la compañía que estos dos han llevado hasta ahora; a don Francisco Fernández y Agudo la cantidad de 1 800 pesos; 700 pesos a don Cosme Rebolledo; 5 000 pesos a don Mariano Paredes; y 300 pesos anuales a la Tercer Orden por do años. Que toda contribución o gravamen de su especie que se imponga a la finca será de cuenta del señor Cordera, así como, todos los daños y perjuicios que resulten de conmociones políticas o desordenes civiles.
Zonder titelSebastián Díaz de Acosta, vecino del pueblo de Jalapa, otorga en arrendamiento al Licenciado Manuel de Estrada, Cura de la Doctrina de Coatepec, un molino de agua de pan moler, que tiene en términos del pueblo de Jalapa, con los ganados, aperos y herramientas, asimismo le arrienda 3 caballerías de tierra contiguas al molino, con todas sus aguas, pastos, abrevaderos, entradas, salidas, usos y costumbres, por tiempo de 5 años en 80 pesos de oro común en cada uno, quedando hipotecados a la paga los frutos de arrendamiento.
Don Martín Romero, vecino del pueblo de Jalapa, vende al Licenciado Antonio Dionisio Vázquez, Cura de la Doctrina de Coatepec, un mulato nombrado Manuel de Guadalupe, de 22 años poco más o menos, que compró de Bartolomé Hernández, vecino de la Puebla, el 18 de julio de 1708, cuyo esclavo se encuentra libre de empeño, hipoteca y enajenación sin asegurarlo de tacha, vicio, defecto ni enfermedad pública ni secreta en 196 pesos de oro común que se de por recibido.