Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Joaquín Ildefonso de Torquemada, vecino de este pueblo, para que lo obligue como su fiador, en la postura que haga de los diezmos caseros de esta doctrina y la de Coatepec, los cuales se remataran en la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, y en caso de resultar favorecido en dicho remate, lo obligue como fiador o principal pagador, sólo en compañía de otros fiadores.
COATEPEC, DOCTRINA DE
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Don José Ruiz Sánchez, de esta vecindad, colector de diezmos de esta cordillera, otorga arrendamiento en favor de don Antonio Díaz Galván, vecino del pueblo de Xicochimalco, todos los diezmos que se recaudan y pertenecen a la doctrina y comprensión del citado pueblo y su anexo de Teocelo, con inclusión del Potrero de San Marcos menos el ingenio de la Laguna, que terminan por la de Ixhuacán por aquel rumbo; y por este con el término de la doctrina de Coatepec y con el río de las Puentes. Dicho arrendamiento por el término de tres años, a partir del pasado 5 de agosto por el precio de 500 pesos anuales, que deberá pagar al fin de cada uno de estos. Y para cuya seguridad debe dar dos fiadores y estando presentes aceptan y se constituyen don Felipe Ramos, vecino del pueblo de San Antonio Huatusco y a don Juan Rodríguez Varela del pueblo de Teocelo.
Sem títuloDon Agustín Díaz de la Cueva, vecino del pueblo de Coatepec de esta jurisdicción de Jalapa, otorga poder especial a don Domingo del Aguila, vecino de Puebla, para que en su representación parezca ante los señores jueces hacedores y concertadores del Cofre y Maza General de la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de Puebla de los Ángeles o ante con quien derecho deba y haga por el tiempo, cantidad, calidades y condiciones las posturas, pujas y mejoras que le pareciere al nuevo arrendamiento de los diezmos caseros de naturales y de razón de esta doctrina o ramo de Jalapa y Coatepec, que se ha sacado al pregón para su remate.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Joaquín Ildefonso de Torquemada, vecino de dicho pueblo, para que lo obligue como principal fiador y pagador de los diezmos de esta doctrina y Coatepec, los cuales pagará en los tiempos y plazos que le indiquen.
Don Antonio Vázquez Ruiz, dueño de una hacienda de labor en la jurisdicción de Jalapa, de donde es vecino, otorga poder especial a don Clemente de Lafragua, vecino de la Ciudad de Puebla, a través del cual se obliga como principal deudor y fiador a favor del arrendamiento de los diezmos de las doctrinas de Jalapa y Coatepec, que han recaído sobre don Miguel Cardeña, vecino en este pueblo de Jalapa.
Don José Zavalza, Presbítero, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que como Administrador de la Catedral de la Puebla para la recaudación de los diezmos de semillas, ganados, mestas, caseros y de naturales del partido de Jalapa y Coatepec, otorga que se obliga a practicar fielmente dicha administración, dando cuenta anual por pago cumplido, hará cuantas diligencias sean necesarias al arreglo de dicha administración, ofreciendo por sus fiadores a don Lino Carasa Jiménez y a don Miguel de Arieta, del Comercio de España y vecinos de Jalapa, quienes se constituyen pagadores de 1, 000 pesos.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Joaquín Ildefonso de Torquemada, para que lo obligue como fiador y principal pagador, en las posturas, pujas y mejoras, del remate de los diezmos de la Doctrina de Jalapa y Coatepec, con el tiempo y condiciones que se estipulen, en cuya razón entregue escritura de obligación y fianza a favor de la Iglesia Catedral de Puebla y Señores Jueces y conservadores de su cofre.
Don Laureano Fernández de Ulloa, con poder especial que le confirió a don Joaquín Ildefonso de Torquemada, para cobrar los diezmos de esta Doctrina de Jalapa y Coatepec, pero habiendo fallecido Joaquín, el otorgante señala, le solicitó a don José de Torquemada, hijo de dicho difunto, le siga dejando en la cobranza de dichos diezmos, por lo que dicho Laureano otorga poder especial al Licenciado Juan de Lucena, Clérigo Presbítero de los Ángeles, para que lo obligue como fiador del Licenciado José de Torquemada, ratificando de esta manera el poder que tenía de dicho Joaquín.
Don Francisco Maniau y Ortega, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Juan de Lucena, Clérigo, Presbítero y vecino de la Ciudad de la Puebla, para que haga las posturas, pujas y mejoras que le parezcan al nuevo arrendamiento de los diezmos caseros de las doctrinas de Jalapa y Coatepec, y también para que lo defienda y demande en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
El Bachiller Juan Bernardo Díaz Mier, Clérigo, Presbítero Domiciliario del obispado de Puebla, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial al Bachiller Francisco de Olmedo y Araciel, para que se presente ante con quien más derecho pueda y trate las posturas, pujas y mejoras que le parezca sobre el nuevo arrendamiento de los diezmos de las doctrinas de Jalapa y Coatepec.