CHOCAMÁN, PUEBLO DE

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              1584, Expediente 5
              MX UV.USBIX ANO-E-0016-EO_0016_0036 · Item · 23/04/1588
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Juan de Moya, vecino del pueblo de Orizaba, hace donación de un sitio de estancia de ganado mayor, en términos del pueblo de Chocamán, a favor de Felipe de la Cueva [y de] Herrera, administrador de la hacienda de don Rodrigo de Vivero, misma que obtuvo por merced del Marqués de Villamanrique, Virrey de esta Nueva España.\n\n

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0038 · Item · 1709/03/09
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Nicolás de Aguirre Figueroa, residente en esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de ganado menor y mayor en la provincia de Tepeaca, vecino del valle de San Andrés Talchicomula [Chalchicomula], otorga en arrendamiento al Gobernador don Juan Diego; Bartolomé Hernández, Alcalde; Mateo de Santiago, Felipe de la Cruz, Regidores Mayores; Tomás Martín, Alcalde; Miguel de la Cruz, Alcalde pasado; todos del pueblo de San Francisco Chocamán de esta jurisdicción, y al común y naturales y principales; unas tierras que tiene en términos de dicho pueblo, que por la parte del oriente lindan con la barranca del pueblo de San Miguel Tomatlán y Chiltepeque [Chiltepec]; por el poniente con dicho pueblo; por el norte con el volcán que llaman de Orizaba; por el sur con tierras del Capitán Juan de los Santos [Cubillos]; en que se incluye el potrero de Neria. Cuyas tierras compró el otorgante en remate público de los bienes de Juan de Arévalo, y otras tierras a don Diego Antonio Madrazo Escalera, por escritura que otorgó don Manuel de Santayana, su apoderado. Y ahora las arrienda por seis años desde hoy día de la fecha a razón de 12 pesos anuales, que han de ser entregados al otorgante o al mayordomo que administra su hacienda de ovejas y cabras, en reales o en maíz. Además, los naturales han de ser obligados a construir una casa para el alojamiento de la gente de dicha pastoría todos los años, asimismo, a no permitir la entrada en dichas tierras a ganados ajenos a los del Capitán Nicolás de Aguirre y al de los naturales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0044 · Item · 1709/03/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Manuel de Santayana, residente en este pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, y vecino del pueblo de Orizaba, en voz y nombre de don Diego Antonio Madrazo Escalera, vecino de dicho pueblo de Orizaba, y en virtud del poder que le otorgó en Orizaba el 25 de mayo de 1700; otorga que vende a don Nicolás de Aguirre Figueroa, vecino de la provincia de Tepeaca, labrador y dueño de hacienda de ganado menor en el pueblo de San Andrés Chalchicomula, un sitio de ganado menor que está entre los dos caminos que salen del pueblo de San Francisco Chocamán para los pueblos de San Juan Coscomatepec y San Miguel Tomatlán; que por la banda del norte linda con la barranca de Chiltepeque [Chiltepec] y Tomatlán; y por el sur con tierras del comprador. Dicho sitio entre otros, hizo merced el Señor don Álvaro Manrique de Zúñiga y Sotomayor, Marqués de Villamanrique, Virrey que fue de esta Nueva España, a Luis Muñoz Bravo, su fecha en la ciudad de México a [roto] de 1588, [refrendada] de Martín López de Gauna; cuyo sitio es el mismo que entre otros heredó don Diego Antonio Madrazo del Señor Marqués del Valle de la Colina, su tío, quien los hubo y compró de don Agustín de Urrutia de Vergara. Lo vende en precio de 350 pesos horros de alcabala, cantidad que pagará el primero de mayo de este presente año.

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              1618, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-0043-EO_0043_0001 · Item · 18/08/1618
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Hernando de Pastrana, vecino de la ciudad de los Ángeles, arrienda a Agustín de Alcalá, vecino del pueblo de San Juan Chocamán, una hacienda de ovejas en los llanos de Ozumba, llamada Tepaluca, la cual linda con la venta de Ozumba, con tierras de don Juan López Mellado y con estancia que llaman de la Rascona, en la que hay cantidad de sitios de estancia, así en los dichos llanos de Ozumba como en tierra caliente, pertenecientes todos a la dicha hacienda, con sus casas y corrales y con 34 000 cabezas de ovejas y setecientos cincuenta y cinco carneros. Cuyo arrendamiento será por 4 años por los que pagará 2 550 arrobas de lana de la mejor y más buena, más cien borregos en cada año. Se mencionan las condiciones y lista de cosas que se incluyen en el arrendamiento.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0118 · Item · 1720/10/28
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don José García de Zepeda, Presbítero, Vicario de la doctrina del pueblo de San Pedro de Ysguatlan [Ixhuatlán] de la jurisdicción de la villa de Córdoba, en voz y nombre del común y naturales del pueblo de San Francisco Chocamán de dicha doctrina, en virtud del poder general que le otorgaron; y el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de la villa de Córdoba y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar, de labor y de ganado mayor en jurisdicción de dicha villa; dijeron que están siguiendo pleito ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, sobre tierras que pertenecen a dicho pueblo, y habiendo personas cristianas deseosas de la paz y porque de los pleitos se originan malas consecuencias, odios y discordias, han tenido a bien hacer composición, para lo cual les han pedido otorgar escritura de compromiso y nombrar jueces arbitrios, arbitradores y amigables componedores, para que éstos determinen en vista de los instrumentos y papeles que dicho capitán entregue, por haberse quemado los papeles que tenía el bachiller. Por lo tanto, el Bachiller don José García, en nombre de los naturales de San Francisco Chocamán, nombra por juez árbitro a don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General y Regidor Perpetuo de esta villa; y el dicho Capitán don Antonio de Leiva nombra por su parte al Capitán Francisco Pibot y Tapia; para que cada uno enterados de su derechos y acciones, procedan a dar su parecer y sentencia. Y en caso de discordia nombran por amigable componedor al Factor don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor, Juez, Oficial Real de la Real Audiencia y Caja de la ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa por Su Majestad, para que los tres den su sentencia, la cual harán y pasaran por ella, con pena convencional de 500 pesos al que a ella falte.

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