CEMENTERIOS

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              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0062 · Pièce · 1832/06/12
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio Velasco Quiroz, Hermano Mayor del Venerable Orden Tercero de Penitencia de Nuestro Seráfico Padre Señor San Francisco de esta ciudad; y don Dionisio Camacho, Síndico más antiguo de este Ilustre Ayuntamiento Constitucional, autorizados ambos por sus respectivas corporaciones, como consta de las credenciales que han exhibido, en virtud de la ley 63, título 18, partida 3, otorgan que el primero da y el segundo recibe, en uso para ocupación temporal, una parte del terreno del atrio del convento llamado comúnmente cementerio, cuya figura geométrica es irregular, pues forma un romboide de cuatro lados desiguales, el primero al oriente 18 varas; el segundo al occidente de 18 varas; el tercero al sur de 150; y el cuarto al norte de 150; siendo el área 2 700 varas cuadradas, quedando el resto del sitio para que forme el atrio del convento. Cuyo contrato ha sido celebrado previos los requisitos necesarios, como lo son la autorización del Señor Obispo de esta diócesis para la profanación del sitio y la autorización del Supremo Gobierno del Estado en cuanto a gastos. Cuyo cementerio de San Francisco habiendo solo servido de tránsito para la iglesia y convento, sin que ningún cadáver se haya sepultado allí desde tiempo inmemorial, el señor obispo de la Puebla dio autorización para que se profane el sitio, convirtiéndolo en plaza de mercado y ornato público. Asimismo, el Supremo Gobierno del Estado autorizó el presupuesto para dicha construcción. Y para esclarecimiento de dicho contrato establecen las siguientes condiciones: Que los gastos que ocurran para derribar las paredes que formaban el antiguo atrio, en levantar las que cerquen el nuevo, en hacer las correspondientes puertas y en adornarlo con los nichos del viacrucis, serán a cargo del ayuntamiento. Que, si el ayuntamiento no usase el sitio, lo entregará en el estado que lo recibió. Que el ayuntamiento dará al Monasterio de San Francisco 100 pesos cada año por vía de limosna, durante todo el tiempo que el sitio le sirva, garantizando el pago con los fondos de la municipalidad. Y bajo estas condiciones queda celebrado el presente contrato, obligando a su cumplimiento los bienes municipales presentes y futuros.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0030 · Pièce · 1833/02/26
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo que por cuanto el Presbítero don Francisco de Campo le confirió poder especial para que en su nombre y después de su fallecimiento dispusiera, hiciera y otorgara su testamento conforme a lo que le tenía comunicado. Y usando de las facultades: otorga que hace y ordena su testamento en la manera siguiente: 1.º Ratifica la declaración y protesta de los misterios de fe católica; así mismo, declara que el Presbítero murió el día 4 de agosto de 1832 y sepultado al siguiente día, en el cementerio general de esta ciudad. Declara que le dejó una lista de sus créditos activos y pasivos; así como, la encomienda de celebración de misas que agregará por separado a este testamento. Expresa que le comunicó que sus bienes consisten: en una casa situada en la calle del hospital de mujeres de esta ciudad, gravada en 1 000 pesos que reconoce al convento de Santa Clara de Puebla, 300 a favor de la cofradía del Carmen de esta parroquia y ciento a favor del Santo Excelentísimo también de esta parroquia y que de los réditos vencidos y no satisfechos dará noticia en la cuenta de albaceazgo. Ítem, declara que dicho finado quiso se nombrase su albacea.

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