Cosme del Palacio, vecino de la ciudad de los Ángeles, estante al presente en el pueblo de Acultzingo, otorga poder a Pedro de Palacio, su hermano, para que pueda vender la cantidad de pesos que quisiere a censo y tributo en cada un año a rédito del otorgante, a favor de una o más personas, cargándolos y vinculándolos conforme a las nuevas leyes y pragmáticas de su majestad, sobre su persona y bienes y la persona y bienes del dicho Pedro de Palacio, y señaladamente sobre 18 sitios de estancia de ganado menor que tienen en su mayor parte en tierra caliente, en términos de Acamaluapa y Tlatetelco y otros en términos de Tepeaca, llanos de Ozumba, en que hay dos poblados con 25 000 cabezas de ganado menor.
CENSOS
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El Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros, residente en este ingenio de La Santísima Trinidad y señor del de Nuestra Señora de la Concepción, en esta provincia, reconoció un censo de 14 000 pesos de principal y 700 pesos de renta anual, cargado en el ingenio de Nuestra Señora de la Concepción, en favor de Doña María de Cárdenas y su marido, por segundas nupcias, Don Bernardino de Mena, vecinos de la ciudad de Los Ángeles.
Doña Isabel del Moral, viuda de Melchor de los Reyes, vecina de Jalapa, declaró que ella y su marido dieron en dote a su hija Doña Sebastiana del Moral y a Don Diego de Gamboa, la mitad del ingenio San Sebastián Maxtlatlan, con cargo que les debían dar 600 pesos anuales para sus alimentos; más tarde dicha renta la rebajaron a 400 pesos, y ahora los susodichos pretenden dar a censo la referida mitad del ingenio a Juan López Ruiz Matamoros, el cual tiene por inconveniente la pensión que sus hijos le otorgan; y para que tenga efecto lo convenido por ellos, y por el amor que les tiene, no pedirá a Juan López Ruiz ni a sus herederos cosa alguna de lo que hasta ahora le deben sus hijos de los corridos de sus alimentos, ni de los que adelante corrieren.
Tomás de Campo, mercader y Doña María González del Moral, su legítima mujer, vecinos de Jalapa; Doña María como hija de Doña Sebastiana del Moral, difunta, ambos, en nombre de sus herederos, en su calidad de dueños de un censo sobre un solar en que Bartolomé de Oliver tiene labradas unas casas, aprobaron, revalidaron y dieron por buena la venta a censo del referido solar que hizo Doña Sebastiana del Moral a Bartolomé de Oliver, en cuya virtud el susodicho les ha de pagar 6 pesos de réditos en cada año, hasta la redención del principal de 120 pesos.
Doña Sebastiana del Moral, viuda de segundo matrimonio del Tesorero Diego de Gamboa, vecina de Jalapa, vende a Bartolomé de Oliver, vecino de este pueblo, un solar a censo, linda por una parte con casas de Doña Magdalena Díaz Matamoros, viuda de Mateo Rodríguez; y por la otra, con casas de la otorgante; y por los corrales, linda con solar de Nicolás de Pro, el cual tiene algunas paredes viejas y piedra suelta, por el precio de 120 pesos de oro común a censo, y le ha de pagar el comprador 6 pesos anuales de rédito.
El Lic. Don Juan de Bañuelos Cabeza de Vaca, beneficiado del partido de Jalapa, dijo haber comprado al Capitán Andrés de Urquía, vecino de la nueva Veracruz, unas casas en aquella ciudad, sobre las cuales están cargados 1500 pesos de censo principal, pero por la presente escritura declaró que tales casas las compró para el Alférez Gonzalo Márquez de Acevedo, vecino de Jalapa, cuñado del Capitán Andrés de Urquía.
El Capitán Don Claudio Teodoro de Ceballos, vecino de esta jurisdicción, hijo legítimo, albacea y heredero del Capitán Don José de Ceballos y Burgos, dijo ser poseedor entre otros bienes que dejó su padre, de un ingenio que esta proindiviso nombrado Nuestra Señora del Rosario, en términos de Naolinco, con sus casas de vivienda, esclavos, tierras, calderas, moliendas, prensas, pertrechos y ganado, y en él su padre impuso un censo de 6, 000 pesos de principal y 300 pesos de renta en cada un año, a favor del Real Fisco del Santo Oficio de la Inquisición, según consta de una escritura fechada en la ciudad de México el 30 de julio de 1647. Atento a lo cual, por la presente, y como curador de su hermana Doña Micaela Jerónima de Ceballos y en el suyo propio, reconoció dicha escritura y se obligó junto con su parte, a pagar los réditos mientras no se redima el principal.
El Alférez Gonzalo Márquez de Acevedo, vecino de Jalapa, como albacea testamentario de Isabel López Muñoz, vende a doña Ana Fernández de la Calleja, viuda de Fernando de Arriaga, unas casas de piedra cubiertas de teja y un solar a su linde, que quedaron por bienes de la dicha difunta en este pueblo, en la Calle Real que baja a la plaza, linda con calle que va a las casas de Luis López, dueño de recua, y casas de Doña María de Estupiñán; hacen frente con solar de Juan de Argaiz y casa de Doña Sebastiana de la Gasca, por el precio de 1500 pesos de oro común, los 600 pesos de censo principal y los 30 pesos de renta anual a favor del convento de San Francisco de Jalapa, por la memoria de misas que se ha de fundar a favor de Isabel López Muñoz; y los 900 pesos restantes, se han de pagar a María de la O Muñoz y a Gerónima Díaz de San Antonio y Muñoz, a razón de 150 pesos anuales, una paga en pos de la otra.
El Alférez Gonzalo Márquez de Acevedo, vecino de Jalapa, como albacea testamentario y tenedor de los bienes de Isabel López Muñoz, vecina que fue de Jalapa, funda una capellanía de misas por el alma de la difunta a favor de los religiosos de San Francisco de este pueblo, con 600 pesos de principal y 30 pesos de renta en cada un año, sobre las casas y solar que la susodicha dejó en la Calle Real que baja a la plaza de este pueblo, cuya venta tiene celebrada en 1500 pesos con Doña Ana Fernández de la Calleja, vecina de Jalapa, y ésta reconocerá el censo a los padres guardianes del convento de San Francisco de Jalapa.
Doña Ana Fernández de la Calleja, vecina de Jalapa, viuda, dijo haber comprado a Gonzalo Márquez de Acevedo unas casas y solar en este pueblo, que fueron de Isabel López Muñoz en la cantidad de 1500 pesos, de los cuales 600 se impusieron a censo principal con 30 pesos de renta en cada un año, a favor de los religiosos del convento de San Francisco de Jalapa; atento a lo cual, por la presente, reconoce al referido convento como dueño del censo principal señalado, y se obligó a pagar los 30 pesos de réditos anuales, hasta en tanto no se redima el principal.