CAPITANES

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              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0107 · Item · 1712/11/09
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Manuel José de Rosas y Zorrilla, Caballero de la Orden de Calatrava, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre del Capitán don José de Segura y Ceballos, difunto, vecino que fue de esta villa, en virtud de poder para testar que le otorgó a él y al Licenciado don Antonio de Segura y Ceballos, su difunto hermano, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que dicho capitán falleció el 10 de abril de 1712; que fue natural de la ciudad de los Ángeles; y fue hijo legítimo del Capitán don Juan de Segura y de doña Florentina de Ceballos, difuntos. Dijo que fue voluntad del difunto que Juanilla, negra esclava de cinco años de edad, hija de José joyero, negro, también su esclavo, se la diesen a su hija, doña María de Segura y Ceballos, como manda graciosa. Declara que sobre la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Candelaria, que quedó por bienes de dicho difunto, están cargados los siguientes censos y capellanías: 2 000 pesos a favor de Juan Cabezas; 14 500 a favor del convento de religiosos Carmelitas Descalzos de la ciudad de los Ángeles; 8 000 pesos a favor del convento se Señora Santa Clara de la ciudad de los Ángeles; 1 000 pesos a favor del convento de Santa Inés del Monte Polenciano [Montepulciano] de la ciudad de los Ángeles; 2 200 pesos de principal de una capellanía a favor del Licenciado don Alonso Berruecos; 1 000 pesos de una capellanía a favor del Licenciado don Lope de Cuello, Presbítero; 3 000 pesos a favor del Capitán don Diego Andrada, y hoy pertenecen al convento de Santa Clara por haber hecho sus herederos cesión de ellos; 1 000 pesos a favor de una hija de don Domingo José de Apresa Gándara Araujo y Moctezuma, Religiosa del convento de la Concepción de la ciudad de los Ángeles. Declara que dicho difunto debía lo siguiente: 1 000 pesos y sus réditos a favor del Licenciado Almonacid, Capellán del coro de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles; 800 pesos a una cofradía de la ciudad de Cholula; 400 pesos a otra cofradía de Cholula o Guexosingo [Huejotzingo]; 2 000 pesos a la Venerable Concordia de la ciudad de la Puebla; 2 000 pesos que están cargados sobre una casa que quedó por bienes de dicho difunto en esta villa. Declara que dicho difunto estuvo casado con doña Gabriela Blanco, hija legítima del Capitán José Blanco y de doña Francisca Jiménez de Encinas, difuntos; y que cuando contrajeron matrimonio recibió de dote 6 100 pesos y 4 000 pesos que dio el difunto en arras, asimismo, por esos días él tendría como 10 000 o 12 000 pesos de capital. En dicho matrimonio procrearon a José de Segura y Ceballos, de veintiocho años de edad; a doña María de Segura y Ceballos, de veinticinco años; a doña Francisca Segura y Ceballos, difunta, mujer que fue de don Manuel José de Rosas y Zorrilla. Declara por bienes del difunto tres casas en esta villa; una casa principal en la ciudad de los Ángeles, frontero del Colegio de San Juan, la cual tiene cargados 4 200 pesos de principal de una capellanía; y la hacienda Nuestra Señora de Candelaria, en la jurisdicción de esta villa de Córdoba. Se nombra como albacea don Manuel José de Rosas y Zorrilla; nombra como herederos a don José de Segura y Ceballos y a doña María de Segura y Ceballos; y en representación de Francisca de Segura y Ceballos, difunta esposa del otorgante, a los hijos de ésta: don Manuel, doña María y doña Luisa de Rosas y Segura. Asimismo, Manuel José de Rosas y Zorrilla se nombra tutor y curador ad bona de los hijos menores del capitán.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0026 · Item · 1701/03/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de Alfaro, vecino de la ciudad de los Ángeles, y Miguel Yáñez Morón, residentes en esta villa de Córdoba, dijeron que, en diciembre de 1700, el dicho Juan de Alfaro, en virtud de poder general de doña Josefa de Atienza Palacios, viuda del Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, vecina del pueblo de San Andrés Chalchicomula, tutora y curadora de sus hijos, vendió al citado Miguel Yáñez Morón, actual mayordomo de la hacienda de ovejas de que es dueño don Gonzalo Francisco de Cervantes, un sitio de tierra que llaman el Novillero para ganado mayor, en términos de Guatusco [San Antonio Huatusco] por precio de 1 500 pesos. En la escritura de venta Miguel Yáñez dijo que la cantidad la pagaría el dicho Gonzalo de Cervantes luego que legase libranza suya, y que por defecto de no hacerlo los pagaría el dicho Miguel; pero debido a que la libranza no fue otorgada y Miguel Yáñez se hallaba sin dinero para la paga, de modo que, para excusar litigios y pleitos, los otorgantes hicieron convenio en el que Juan de Alfaro recibirá de nuevo el sitio de ganado, quedando así libre de la paga Miguel Yáñez Morón; por lo que, ambos dieron por cancelada la escritura de venta y obligación, y de esta manera el dicho Capitán Juan de Alfaro pueda vender libremente dicho sitio.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0094 · Item · 1742/11/15
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Andrés de Aguilar y Juárez, Procurador de Causas de la Audiencia Ordinaria de esta villa, como apoderado de doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, viuda, mujer que fue del Capitán don José de Segura y Ceballos, exhibió un testimonio de escritura por la susodicha otorgada, su fecha en la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Candelaria, alias el Potrero, el día ayer 14 del presente, que habiendo procedido al inventario y aprecio de todos los bienes con intervención del curador ad lítem de sus menores hijos, y después de operadas varias diligencias se pidió por la dicha doña Gertrudis adjudicación de todos los referidos inventariados, de los cuales se le adjudicaron cinco haciendas del beneficio de hacer azúcar, nombradas Nuestra Señora de la Candelaria, Nuestra Señora de la Encarnación, la Concepción, San Joaquín, San Francisco, también se le adjudicaron tres casas. Y la expresada doña Gertrudis se obligó de pagarle a sus menores hijos y herederos que lo son don Gabriel, doña Antonia, doña Gertrudis, doña Ana, don José, doña María Inés, don Juan, doña Isabel, don Francisco y a don Manuel de Segura y Ceballos las cantidades que les correspondan y dicho testimonio fue firmado y registrado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0174 · Item · 1759/07/16
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Pedro de Solís y Padilla, Oficial Mayor de este oficio, vecino de esta villa de Córdoba, exhibió un testimonio de una escritura a fin de que se registre en este libro, y en él consta que el Teniente Coronel don Miguel de Sesma y Escudero, Caballero del Orden de Santiago, Capitán Comandante del Cuerpo de Dragones de la plaza de la Nueva ciudad Veracruz, y residente en el pueblo de Orizaba, vendió a don Gabriel de Segura y Ceballos, Alcalde Ordinario de la Nobilísima ciudad de la Puebla de los Ángeles, una hacienda ingenio del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción Tuxpango con todo lo que le pertenece, la cual poseía por suya propia en doctrina del curato de San Xptoval [Cristóbal] del Naranjal, de la jurisdicción de Orizaba, en virtud de remate público que se le celebró de ella, como bienes concursados del General don Domingo Ruiz de Tagle, Marqués que fue de Sierra Nevada; cuya venta de la mencionada hacienda hizo a dicho don Gabriel de Segura y Ceballos por precio de 88 135 pesos 7 tomines; los 135 pesos y 7 tomines que entregó en reales a don Miguel de Sesma, y el resto que condicionó el que habían de quedar impuesto y cargados a censo principal redimible sobre la misma hacienda con sus réditos de 5 por ciento en cada un año. Y estando presente Gabriel de Segura y Ceballos, impuso y cargó a censo principal redimible sobre todos sus bienes y expresadamente sobre la expresada hacienda Tuxpango, y se obligó a pagar la expresada cantidad conforme se le fueron proporcionando su reposición, y en el ínterin los 4 400 pesos de censo tributo y rédito en cada un año, y para mayor seguridad del pago hipotecó una hacienda nombrada San Joaquín que tiene por suya propia en esta jurisdicción. Y estando también presente al tiempo de su otorgamiento don Francisco Antonio Zorrilla, vecino y del comercio de Orizaba, en voz y nombre de doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, viuda de don José de Segura y Ceballos, vecina de esta villa, y en virtud del poder que le otorgó que la instituía fiadora y principal pagadora de dicho don Gabriel Segura y Ceballos, y para seguridad del pago hipotecó dos haciendas que dicha Gertrudis tiene, una de fabricar azúcar nombrada Nuestra Señora de la Candelaria, y la otra de ganado mayor y menor nombrada Acatengo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0035 · Item · 1696/04/25
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Juan de Alfaro, [vecino] de la ciudad de los Ángeles y residente en esta villa, en virtud de poder general que mostró y que al parecer otorgó doña Josepha [Josefa de Atienza] Palacios a su marido, el Alférez Pedro [de Trujillo Villavicencio], otorgado en la hacienda nombrada Nuestra Señora de la Candelaria el 24 de marzo de 1695, el cual sustituyó en el Capitán Juan de Alfaro, en dicha hacienda el [21] de febrero pasado. Usando dicho poder, vende a Juan de Piña 7 caballerías de tierra en el sitio del [nacimiento] del río de Atoyaque [Atoyac], en términos de las sabanas de dicho río que corre para la punta de Guatusco [Huatusco] por donde dicho río lleva su corriente, en precio de 1 400 pesos a razón de 200 pesos por cada caballería.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0038 · Item · 1681/12/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Josef [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Baltazar Blanco y María Álvarez, sus padres difuntos, vecinos que fueron de esta misma villa, de donde es natural, ordena su testamento de la manera siguiente: Ordena se le den 100 pesos a Catalina [de] Pedrassa [Pedraza], doncella, hija de Antonio [de] Pedrassa [Pedraza] y de Ana García, su comadre; 50 pesos a Catalina Pérez, mujer de Juan Fernández; 1 000 pesos a Juan, su nieto, hijo legítimo de Francisco Valero [Grajeda] y de Teresa [Jiménez] Blanco, su hija difunta, el cual está criando en su casa, los cuales le deja en el precio de las tierras que posee en Acatengo; 500 pesos a Catalina [de San Francisco] Valero Blanco, su nieta, hija de don Francisco Valero [Grajeda]y doña Teresa [Jiménez] Blanco, su hija difunta; 1 000 pesos a Micaela, su nieta, hija legítima de don Joseph [José] de Segura y Zevallos [Cevallos] y doña Gabriela Blanco [de Encinas], su hija; 100 pesos a Margarita Pérez, su hermana; a Antonia, su ahijada, hija legítima de Domingo Antonio Gómez y de doña Juana Dávila Valero, le deja una de sus negras esclavas. También ordena se impongan 100 pesos a censo principal sobre cualquiera de sus casas. Asimismo, ordena se funde una capellanía de misas rezadas con dote de 3 000 pesos de oro común, que se han de imponer para este censo redimible sobre una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Candelaria, nombra como su primer capellán propietario a don Joseph [José] Valero Blanco, su nieto, y como primer patrón de dicha capellanía al Capitán Nicolás Blanco, su hermano. Declara que fue casado con Francisca Jiménez de Encinas, ya difunta, durante el matrimonio procrearon por sus hijas a doña Teresa [Jiménez] Blanco, que casó con don Francisco Valero [Grajeda]; a doña María [Álvarez] Blanco que casó con don Bernabé de Figueroa y Mendoza; y a doña Gabriela Blanco [de Encinas] que casó con don José de Segura y Zevallos [Ceballos], Alcalde Ordinario. Declara por sus bienes tres casas situadas en esta villa de Córdoba; una hacienda de trapiche de hacer azúcar, con dos sitios de tierra de ganado menor; seis esclavos de diferentes edades; mulas y machos de tiro; el rancho que llaman Acatengo, que se compone de 4 caballerías y un sitio de ganado menor; dos cuadrillas de carros herrados de a dieciocho cada una, aviadas ambas con 1 700 bueyes de tiro; 7 000 reses, toros y novillos; trecientos caballos, doscientas yeguas y seis mulas; ocho esclavos que tiene en su casa. Nombra albaceas al Capitán Nicolás Blanco, su hermano, y a don José de Segura [y Ceballos], su yerno; y como herederas universales a Gabriela Blanco [de Encinas], su hija; a doña Catalina [de San Francisco] Valero [Blanco], José Valero y Juan Valero, sus nietos, hijos de don Francisco Valero y de doña Teresa Blanco, su hija difunta.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0024-PC_0024_0008 · Item · 1689/02/03
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco Valero de Grageda [Grajeda], Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, por lo que toca a doña Catalina de Grageda [Catalina de San Francisco Valero Blanco] y a Joseph [José] Valero sus hijos legítimos; don Joseph [José] de Segura [y] Cevallos [Ceballos] por lo que toca a doña Gabriela Blanco [de Encinas] su legítima mujer; doña María Valero [de] Grageda [Grajeda] viuda del Capitán Joseph [José] Blanco por lo que le toca como tutora y curadora de la persona y bienes de doña Josepha [Josefa] Blanco niña menor su hija legítima y del dicho difunto; todos albaceas testamentarios y herederos de los bienes del susodicho, instituidos y nombrados por el poder para testar que otorgó, declaran que para cumplir con las disposiciones testamentarias de Joseph [José] Blanco, acordaron dar y ceder a don Joseph [José] de Segura y Cevallos [Ceballos] los bienes que de dicho difunto dejó, como son: dos trapiches de hacer azúcar, uno nombrado Nuestra Señora de la Candelaria en el paraje que nombran El Potrero; y el otro en el sitio nombrado Acatengo con todo lo que les pertenece; una cuadrilla de veintiún carros con cierto número de bueyes; y otros bienes. Dicha cesión la hacen bajo las condiciones siguientes: Lo primero que dicho don Joseph [José] de Segura y Cevallos [Ceballos] se obliga a la íntegra paga de todas las deudas que se mencionan en la escritura. También se obliga a entregar a cada uno de los herederos la parte que les toca. Y estando presente Joseph [José] de Segura [y] Cevallos [Ceballos] declaró que recibe los bienes y acepta las condiciones que se mencionan en la presente escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0011 · Item · 1700/04/17
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Juan de Alfaro, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de los Ángeles, dijo que el Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, vecino y labrador que fue de San Andrés Chalchicomula provincia de Tepeaca, se hallaba con poder general de su esposa, doña Josefa de Atienza Palacios, su albacea testamentaria, tenedora de bienes, tutora y curadora de sus hijos; dicho poder fue sustituido por el Alférez Pedro de Trujillo en Juan de Alfaro y por fin y muerte del Alférez, doña Josefa de Atienza, revalidó y ratificó dicha sustitución; y usando de dicho poder, otorga que vende al Licenciado don José de Barros, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, Cura interino del pueblo y partido de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], 10 caballerías de tierras pertenecientes a una merced de un sitio de ganado mayor, en el asiento de Tlacomulco que empiezan desde el pueblo que llaman Tenexcalco para abajo cogiendo las cinco caballerías de ellas desde la sierra que va de Tepatlaxco a la punta para el norte por el mismo pueblo de Tenaxcalco y otras cinco desde la dicha sierra para el norte de manera que dichas 10 caballerías quedan cuadradas. Las vende libres de empeño y enajenación, por precio y cuantía de 1 200 pesos de oro común en reales de contado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0115 · Item · 1700/12/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de Alfaro, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de los Ángeles, dijo que el Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, difunto, vecino y labrador que fue del pueblo de San Andrés Chalchicomula, provincia de Tepeaca, se hallaba con poder general de doña Josefa de Atienza Palacios, su mujer y su albacea testamentaria, tenedora de bienes y curadora ad bona de sus menores hijos; cuyo poder el Alférez Trujillo lo sustituyó en el otorgante, siendo revalidado y ratificado por doña Josefa de Atienza, en la hacienda de labor nombrada La Candelaria, doctrina de San Andrés Chalchicomula, el 2 de noviembre de 1699, ante Fernando Gutiérrez Soltero, Escribano Público. Asimismo, dijo que el Alférez Trujillo ganó Real Provisión despachada por los señores de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que le restituyeran distintos sitios y tierras, siendo restituido y amparado en uno de los del sitio de Tlacomulco. Y haciendo uso de dicho poder, otorga que vende a Miguel Yáñez Morón, residente en esta villa y actual mayordomo de la hacienda de ovejas de que es dueño el Capitán don Gonzalo Francisco de Cervantes, un sitio de tierra que llaman el Novillero, para ganado mayor, en términos de [San Antonio] Guatusco [Huatusco], que linda desde la sierra que va a la punta de oriente a poniente, medido con 100 cordeles de a 50 varas cada uno, que fue a parar a donde se junta el rio con la barranca, y lo divide el lindero del sitio que llaman la Lagunilla; de norte a sur corrió la misma medida y según ella hace lindero delante de la cerca, pasado el camino real, en una laguneta cercada de piedras y peñas, donde está una cruz en un roble frontero del camino real que va para la Veracruz. Lo vende en precio de 1 500 pesos de oro común en reales de contado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0025-PC_0025_0001 · Item · 1690/02/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Joseph [José] de Segura [y] Sevallos [Ceballos], vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentaria del Capitán Joseph [José] Blanco y depositario de todos sus bienes; y doña Gabriela Blanco [de Encinas], su esposa, hija y una de las herederas del Capitán Blanco; otorgan poder a don Tomás Ruiz de Quiroz, al Capitán Antonio Moreno de Torija y al Capitán Pedro Sáez [Sáenz] de Rosas, vecinos de la ciudad de la Puebla, para que pidan a cualquier legítimo acreedor de los bienes del difunto Capitán Blanco, prorrogas de tiempo para solventar las cantidades que se les deban, concertando y confiriendo los plazos y calidades para la paga, las cuales acepten en sus nombres y los obliguen a la paga como poseedores que son del trapiche de la [Candelaria] y demás cuerpo de hacienda y bienes que se les depositaron.

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