En junta de Cabildo presidida por fray Miguel Postigo, guardián del Convento de San Francisco, los miembros de la Cofradía de las Ánimas del Purgatorio integrada por don Fernando Cortés de Monroy, Alcalde Mayor de Jalapa, los diputados Francisco Martín Matamoros y Martín López de la Plaza, los mayordomos Juan Rodríguez de Herrera y Cristóbal de Lozana Salazar, el capitán Cristóbal Román, juez de caminos; y los cofrades Francisco Pérez Romero, Alonso García de la Torre, Diego González, Juan Ortuño y Domingo Díaz, se desistieron del derecho que tenían a una capilla en la capilla mayor al lado del Evangelio, en la iglesia del Convento de San Francisco, de que les hizo merced el padre Provincial fray Juan de Elormendi, para que dicho guardián la dé a quien fuere servido.
CAPILLAS
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Donación de 100 pesos al Licenciado don Pedro Chacón de Chávez, Cura y vecino del pueblo de Naolinco, a modo de que sus réditos que son 6 pesos anuales, sean destinados a la fabricación de una capilla dedicada a la Virgen María de los Dolores en la cabecera de Tlacoluta.
María de la Concepción Rodríguez, originaria de Guinea, de donde fue extraída en tierna edad, por cuya razón ignora quienes fueron sus padres, bautizada en la parroquia de Veracruz y avecindada hace muchos años en esta villa. Hallándose en edad muy avanzada, ordena su testamento en la forma siguiente: En el que declara que es de estado libre, no tiene herederos forzosos, pues en la edad tan avanzada en que se halla, de cosa de un siglo, es natural carezca de ascendientes. Declara por bienes dos casas de edificio bajo, ubicadas en esta villa, una en la calle Nueva y la otra en el callejón de Gorozpe. Ordena que su albacea mande a decir por su alma todas las misas que se puedan. También ordena que se den 40 pesos por vía de limosna para ayuda de la reedificación de la capilla del señor Santiago de esta villa. Ordena por vía de legado se le den 5 pesos a su ahijada Cornelia Castillo. Así como se distribuyan 40 pesos y la ropa de su uso entre los pobres de esta villa. Nombra por su única y universal heredera a doña Josefa María Gómez de Estrada casada con don José Antonio de la Peña. Y nombra por albacea a don Andrés de la Peña, confiriéndole todo el poder y facultad para que después de su fallecimiento, venda y remate en almoneda pública todos sus bienes y de lo procedido cumpla este testamento.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINODon Domingo Franceschi, de este comercio y vecindad, y su esposa doña Rosa de Castro Pérez, fundan una capellanía con el principal de 3 000 pesos, para el beneficio de sus almas, con la pensión de 10 misas rezadas anuales, en los días, lugares y altares que quiera el capellán celebrarlas o mandarlas aplicar por la limosna acostumbrada; y a mayor abundamiento ha de asistir el capellán todas las noches, un cuarto de hora después de las oraciones, a rezar a coro el rosario de María Santísima con los vecinos que concurran en la capilla de Nuestra Señora del Rosario de María Santísima, percibiendo en recompensa 150 pesos cada año, correspondientes a los réditos que producirán los 3 000 pesos a razón del 5% anual. Nombran como primer capellán a don José Ignacio de Echagaray y Franceschi, nieto de legítimo de los otorgantes.\t
José Miguel de Iriarte, de este comercio y vecindad, dijo que en el Juzgado del Ilustrísimo señor Obispo, ha seguido el artículo en representación de los individuos residentes en esta Villa, originarios del Reino de Navarra y Provincia Vascongada, como diputado de ellos en el Patronato de la Capilla que ayudaron a levantar con 500 pesos, en esta Iglesia parroquial, dedicada a su patrono San Ignacio de Loyola. Otorga por la presente que cede y traspasa a favor de la fábrica de esta parroquia y en persona de su mayordomo que hoy es y en adelante lo fuere, los 1 000 pesos de principal, con los réditos que devenguen desde la fecha citada de la aprobación del convenio, quien de ellos otorgó escritura de obligación y reconocimiento en esta Villa el 27 de febrero de 1798, en la que para el mayor seguro del principal hipotecó una casa, dando facultad al mayordomo de fábrica para apoderarse anual y perpetuamente de los premios, así como del principal que ya pertenece a la Iglesia, con lo que expensará la indicada función del patronato, los costos, reparos, y aseo que necesite la capilla que ya quedan a su cargo; desistiéndose el otorgante, como sus compatriotas del derecho que tenían al referido capital y premios, y lo cede, renuncia y transfiere en la iglesia como queda dicho. Y para el entero de los 500 pesos restantes le entrega libramiento contra el dueño o poseedor de la finca citada de cantidad de 296 pesos 3 reales que adeudaba de rédito hasta esta fecha para que los cobre y perciba, y los 203 pesos y 5 reales de su complemento le entregará en reales efectivos.
Don José Miguel de Iriarte, de esta vecindad, como diputado patrono de la capilla de San Ignacio de Loyola, de esta Iglesia Parroquial, otorga que cede y traspasa a la fábrica de la misma parroquia, o en su representación al mayordomo, el Presbítero don Juan Nepomuceno Ulloa, la cantidad de 203 pesos y 5 reales, en el valor o parte de los 462 pesos y 6 reales, que le debe y le reconoce a premio corriente don José Joaquín González de Ortega.
Doña Juana María de Viveros, vecina de esta jurisdicción, viuda y albacea de don Manuel Eugenio de Acosta, vecino que fue de esta Villa, otorga por si y en nombre de sus hijos y herederos del enunciado difunto, que vende a don Elías Nogueira, de esta misma vecindad, una casa de paredes cubierta de madera y tejas, sita en esta Villa a la cuarta cuadra de la Calle Real que de esta Plaza Pública sale para el Camino Real de Veracruz, con la que hace frente al sur y esquina con el Callejón del Perro al poniente, por el oriente linda con el cementerio de la Capilla del Señor San José de la Laguna, y por el fondo al norte con solar que fue de Pedro Candelero, cuyo sitio tiene de frente hacia el sur 66 y tercia varas y de fondo al norte 39 y media varas. Lo vende en precio de 2 000 pesos.
Don José Gómez Maldonado, de ejercicio Curtidor, vecino de esta Villa, impone 100 pesos de oro común para que en la Capilla de la Tercera Orden de Penitencia de Nuestro Padre Señor San Francisco de esta Villa se aplique por la intención del relacionante, una misa cantada a Nuestra Señora del Rosario, perpetuamente el primer domingo de octubre de cada año, para cuyo efecto el otorgante ha entregado los 100 pesos a Guillermo Orduña, de esta vecindad, quien los recibe a censo redimible con causa de réditos a razón de 5 pesos anuales, cuyo principal impone, sitúa y carga sobre una casa ubicada en la Calle Ancha Nueva que va para las Locerías en esta Villa.\t
Don Pedro de Garay , vecino y del comercio de Jalapa, como Ministro del Hermano Mayor de la Orden Tercera de Penitencia de la Parroquia de San Francisco, ante la petición que manifestó don Mateo Badillo, Hermano de la Tercera Orden de la misma vecindad, se obliga a que en su capilla se aplique una misa rezada todos los sábados venideros vísperas de domingo de cuerda, en la cual se pida una limosna de 6 reales en cada una mientras subsista en cuerpo la orden.
El Sargento Mayor don Pedro Pablo Sánchez López de los Arcos, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles y residente en esta villa, como patrono actual de la capilla mayor de la iglesia parroquial con el título de los Bienaventurados Apóstoles San Pedro y San Pablo del lugar de Ybros [Ibros], obispado de la ciudad de Jaén en los reinos de Castilla. Por la presente, otorga que renuncia el patronato en el Licenciado don Mateo López de los Arcos, su hermano, Clérigo Presbítero Domiciliario del obispado y vecino de Ybros [Ibros], transfiriéndole los derechos y acciones para que con libre y general administración parezca con este ante quien le convenga, y pida se le dé posesión real y corporal del patronato y capellanía mayor de la iglesia parroquial. Y en virtud de la renuncia de dicho patronato, lo use para cesar de su uso al Licenciado don Juan Antonio Chinchilla, quien venía ejecutando el patronato por poder que el otorgante le había conferido, asimismo, le revoque los demás poderes que le tiene otorgados, y entregue a dicho don Mateo López todas las alhajas de plata que se hubieren comprado con los 3 400 pesos escudos que recibió con el prior y demás eclesiásticos de dicho lugar, con más 200 pesos escudos que percibió sin orden del otorgante de don Antonio Pardo, y 4 000 pesos escudos que recibió junto con el prior, cura beneficiado y demás eclesiásticos de dicho lugar, para que todas las cantidades de pesos se empleen en heredades de hazas de pan llevar u olivares para que tengan renta perpetua las obras pías, que son las que siguen: Primera obra pía, la renta que produjeren 1 000 pesos se destinarán para que siempre la goce un maestro de escuela que enseñe a los hijos de los pobres del lugar de Ybros [Ibros] de Valde, el cual será elegido por el otorgante como desde luego elije por primer maestro de escuela a Bartolomé del Río, especificando que el maestro deberá ser secular. Segunda obra pía, la renta que produjeren 2 000 pesos escudos será aplicada para que la goce perpetuamente el que le suceda en el patronato, bien sea varón o hembra, en este caso su hermano don Mateo, con la carga que ha de dar misa todos los domingos y días festivos por la intercesión del otorgante, en la capilla mayor de doce, bien sea que la diga el patrono o bien que la diga otro sacerdotes con quien se ajuste la limosna, porque su voluntad es que éste y los demás patronos o patronas que en adelante fueren gocen del demás superávit eligiendo a su voluntad quien dicha misa de doce, bien sea éste sacerdote secular o reglar, sin que en esto se entrometa ningún señor juez eclesiástico ni secular. Tercera obra pía, la renta que produjeren 1 000 pesos escudos será aplicada y repartida en dos partes iguales, la primera es para que el patrón o patrona compre cera todos los años para que se gaste encendida el Jueves Santo en la capilla mayor, y la otra mitad la aplique para que se celebre cabo de año con misa cantada por el alma del otorgante y los de su intención, sin que se entrometa en cosa alguna de lo expresado el prior, cura beneficiado, sacristán ni ninguno de los señores jueces eclesiásticos, porque quiere que sea voluntad del patrón o patrona en tal tiempo. También, manda que pase a poder del Licenciado don Mateo López de los Arcos, del Licenciado don Juan Antonio de Chinchilla, del prior, cura beneficiado y demás eclesiásticos lo siguiente: acetre, hisopo, otro cáliz y patena, copón con su tapa para el sagrario, incensario, naveta y cuchara, dos vinajeras con su platillo, varas de palio y guion con su cruz todo de plata, tres albas y otras piezas, fundación del patronato, escrituras y demás instrumentos pertenecientes al patronato sin exceptuar cosa alguna, inventariándose con toda cuenta. Asimismo, da el poder para que haga las diligencias que convengan y descubra cualesquier bienes del patronato que se hubieren ocultado tales como, papeles e instrumentos remitidos por el otorgante, y como tal patrón deba proceder a ello sin ninguna limitación, quedando comprendida cualesquier especialidad, concediéndole facultad para que pueda después como tal patrono hacer nombramiento, renunciando este patrono en uno de los parientes inmediatos de los tres familiares, como son los hijos de Diego López Marín, su tío, sus nietos y demás descendientes o en los hijos o nietos de Miguel de Aranda o en los hijos, nietos y demás descendientes de Bartolomé Carlos López de Chinchilla. Elegida una de las tres familias, permanecerá en el patronato hasta que se acabe la familia. Finalmente, que por ninguna razón se podrá gravar, enajenar, vender, cambiar ni enajenar el patronato.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO