En junta de Cabildo presidida por fray Miguel Postigo, guardián del Convento de San Francisco, los miembros de la Cofradía de las Ánimas del Purgatorio integrada por don Fernando Cortés de Monroy, Alcalde Mayor de Jalapa, los diputados Francisco Martín Matamoros y Martín López de la Plaza, los mayordomos Juan Rodríguez de Herrera y Cristóbal de Lozana Salazar, el capitán Cristóbal Román, juez de caminos; y los cofrades Francisco Pérez Romero, Alonso García de la Torre, Diego González, Juan Ortuño y Domingo Díaz, se desistieron del derecho que tenían a una capilla en la capilla mayor al lado del Evangelio, en la iglesia del Convento de San Francisco, de que les hizo merced el padre Provincial fray Juan de Elormendi, para que dicho guardián la dé a quien fuere servido.
CAPILLAS
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Donación de 100 pesos al Licenciado don Pedro Chacón de Chávez, Cura y vecino del pueblo de Naolinco, a modo de que sus réditos que son 6 pesos anuales, sean destinados a la fabricación de una capilla dedicada a la Virgen María de los Dolores en la cabecera de Tlacoluta.
Don Domingo Franceschi, de este comercio y vecindad, y su esposa doña Rosa de Castro Pérez, fundan una capellanía con el principal de 3 000 pesos, para el beneficio de sus almas, con la pensión de 10 misas rezadas anuales, en los días, lugares y altares que quiera el capellán celebrarlas o mandarlas aplicar por la limosna acostumbrada; y a mayor abundamiento ha de asistir el capellán todas las noches, un cuarto de hora después de las oraciones, a rezar a coro el rosario de María Santísima con los vecinos que concurran en la capilla de Nuestra Señora del Rosario de María Santísima, percibiendo en recompensa 150 pesos cada año, correspondientes a los réditos que producirán los 3 000 pesos a razón del 5% anual. Nombran como primer capellán a don José Ignacio de Echagaray y Franceschi, nieto de legítimo de los otorgantes.\t
José Miguel de Iriarte, de este comercio y vecindad, dijo que en el Juzgado del Ilustrísimo señor Obispo, ha seguido el artículo en representación de los individuos residentes en esta Villa, originarios del Reino de Navarra y Provincia Vascongada, como diputado de ellos en el Patronato de la Capilla que ayudaron a levantar con 500 pesos, en esta Iglesia parroquial, dedicada a su patrono San Ignacio de Loyola. Otorga por la presente que cede y traspasa a favor de la fábrica de esta parroquia y en persona de su mayordomo que hoy es y en adelante lo fuere, los 1 000 pesos de principal, con los réditos que devenguen desde la fecha citada de la aprobación del convenio, quien de ellos otorgó escritura de obligación y reconocimiento en esta Villa el 27 de febrero de 1798, en la que para el mayor seguro del principal hipotecó una casa, dando facultad al mayordomo de fábrica para apoderarse anual y perpetuamente de los premios, así como del principal que ya pertenece a la Iglesia, con lo que expensará la indicada función del patronato, los costos, reparos, y aseo que necesite la capilla que ya quedan a su cargo; desistiéndose el otorgante, como sus compatriotas del derecho que tenían al referido capital y premios, y lo cede, renuncia y transfiere en la iglesia como queda dicho. Y para el entero de los 500 pesos restantes le entrega libramiento contra el dueño o poseedor de la finca citada de cantidad de 296 pesos 3 reales que adeudaba de rédito hasta esta fecha para que los cobre y perciba, y los 203 pesos y 5 reales de su complemento le entregará en reales efectivos.
Don José Miguel de Iriarte, de esta vecindad, como diputado patrono de la capilla de San Ignacio de Loyola, de esta Iglesia Parroquial, otorga que cede y traspasa a la fábrica de la misma parroquia, o en su representación al mayordomo, el Presbítero don Juan Nepomuceno Ulloa, la cantidad de 203 pesos y 5 reales, en el valor o parte de los 462 pesos y 6 reales, que le debe y le reconoce a premio corriente don José Joaquín González de Ortega.
Doña Juana María de Viveros, vecina de esta jurisdicción, viuda y albacea de don Manuel Eugenio de Acosta, vecino que fue de esta Villa, otorga por si y en nombre de sus hijos y herederos del enunciado difunto, que vende a don Elías Nogueira, de esta misma vecindad, una casa de paredes cubierta de madera y tejas, sita en esta Villa a la cuarta cuadra de la Calle Real que de esta Plaza Pública sale para el Camino Real de Veracruz, con la que hace frente al sur y esquina con el Callejón del Perro al poniente, por el oriente linda con el cementerio de la Capilla del Señor San José de la Laguna, y por el fondo al norte con solar que fue de Pedro Candelero, cuyo sitio tiene de frente hacia el sur 66 y tercia varas y de fondo al norte 39 y media varas. Lo vende en precio de 2 000 pesos.
Don Pedro de Garay , vecino y del comercio de Jalapa, como Ministro del Hermano Mayor de la Orden Tercera de Penitencia de la Parroquia de San Francisco, ante la petición que manifestó don Mateo Badillo, Hermano de la Tercera Orden de la misma vecindad, se obliga a que en su capilla se aplique una misa rezada todos los sábados venideros vísperas de domingo de cuerda, en la cual se pida una limosna de 6 reales en cada una mientras subsista en cuerpo la orden.
El Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de doña Francisca Milián Perdomo, su legítima mujer, en virtud del poder para testar que le otorgó en esta villa de Córdoba, bajo el cual falleció, otorga por la presente su testamento según y cómo se lo dejó comunicado. Declara que su mujer fue sepultada en la santa iglesia parroquial de esta villa, en la capilla de Nuestra Señora del Rosario. Declara que fue voluntad de su mujer que cuando muera el otorgante sean liberados dos esclavos nombrados María y Miguel, hermanos, de seis y dos años de edad. Declara que cuando contrajeron matrimonio, doña Francisca Milián llevó por dote medio solar eriazo, en el cual, don Pedro de Ves construyó la casa de su morada, y don Pedro tenía de capital más de 8 000 pesos en reales y en géneros de Castilla y de la tierra en una tienda, y un negro nombrado Antonio, con el demás menaje de su casa. Se nombra albacea y tenedor de bienes de la difunta. Nombra heredera a doña María Milián Perdomo, madre de su difunta esposa.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOMiguel de Leiva Esparragosa, vecino y natural de la villa de Córdoba, Regidor perpetuo de ella por Su Majestad, hijo de José de Leiva y de doña Catalina de Esparragosa, vecinos dicha villa, ordena su testamento de la siguiente manera: Ordena se den 150 pesos al mayordomo de la cofradía de Nuestra Señora de Cosamaluapa [Cosamaloapan], de los cuales, 50 pesos se ocupen para la fábrica material de la capilla de dicha santa imagen y 100 pesos en cera para alumbrar a dicha señora en su capilla. Manda se den 500 pesos a doña María Jaimes Ricardo, doncella de dieciséis años, en agradecimiento por acompañarlo en su enfermedad. Menciona que fue albacea de su hermano el Capitán José de Leiva Esparragosa, por lo cual pide a sus albaceas prosigan y fenezcan las diligencias del inventario, avalúos y juicio divisorio que se encuentran parados, y sus bienes en poder del Regidor José de Leiva, su padre. Para el descargo de su conciencia declara que dicho Capitán José de Leiva Esparragosa, tenía tres hijos naturales nombrados María, niña que se encuentra en casa y compañía del padre del otorgante, José de Leiva; Josefa, quien se encuentra con Ana de San Pedro, su madre; y otro que está en el pueblo de Orizaba en poder de Alejandro Pérez, su padrino. Impone 500 pesos a censo redimible para que con sus réditos se digan cincuenta misas rezadas en la ciudad de los Ángeles, todos los lunes en el altar del Santo Cristo en el convento de San Agustín, por las ánimas benditas del purgatorio. Dijo que el Capitán don Lope de Iribas, difunto, dejó a un hijo nombrado don Lope Antonio de Iribas, mayor de catorce años, el cual quedó sumamente desamparado, solo y en la pobreza, y en consideración al Capitán Iribas, el Capitán Nicolás Blanco, difunto, en su testamento le legó cierta cantidad de pesos; y haciéndole el bien, el otorgante le ayudó a aumentar un rancho que estaba principiando su padre en los asientos de Tlacomulco, y para que lo pusiera en el estado que hoy se halla le ha prestado diferentes cantidades de pesos, las cuales manda se le cobren. Declara por bienes un rancho nombrado San Diego, en el paraje del Ojo del Agua, en esta jurisdicción, en donde vive con su familia el Depositario General don Baltazar González de Velilla Blanco, su compadre, por hacerle bien y buena obra para su mantención y sustento. Y en atención al mucho amor y voluntad que le tiene a su comadre doña María Manuela Rodríguez de Sandoval, mujer legítima de dicho depositario, considerando su pobreza, es su voluntad que pagando la susodicha las cantidades de pesos que ha gastado en dicho rancho, se lo apliquen y entreguen por suyo propio. También declara tener 8 caballerías de tierra, que tiendan con las tierras de la hacienda de trapiche San José; la hacienda nombrada San Miguel que posee en arrendamiento hecho por su padre, a quien pertenece. Asimismo, posee una hacienda de trapiche de fabricar azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción, en el paraje de Acatengo, la cual tiene convenido vender a su hermano Antonio de Leiva; un rancho de caña, en un sitio de ganado menor nombrado Señor San José; y diferentes casas que tiene en la villa de Córdoba. Declara estar casado con doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, con quien ha procreado a Gabriel, de ocho años de edad; Miguel, de seis años; Rafael, de tres años; y Diego, de dos años. Dijo que para el sufragio y bien que reciben las ánimas del purgatorio, convirtiéndose los bienes profanos y temporales en espirituales eclesiásticos, ordena se funde una capellanía de misas rezadas con el remanente del quinto de sus bienes, por su alma, la de sus padres, abuelos, su esposa y parientes, bajo las condiciones y nombramientos que se mencionan. Nombra por albaceas testamentarios al Capitán José Gómez Dávila, en primer lugar, y a Nicolás de Olivera y a Antonio de Leiva; y como tenedor de bienes y tutor y curador de las personas y bienes de dichos sus hijos al dicho capitán José Gómez Dávila y por su falta a Nicolás de Olivera, y por la de ambos a Antonio de Leiva Esparragosa; y como herederos universales a sus cuatro hijos.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODoña Jerónima de Gatica, natural y vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Luis Gómez Infante, hija legítima del Capitán Pedro de Gatica y de Magdalena de Alcalá, sus padres difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Manda ser sepultada en la iglesia parroquial de esta villa, en la capilla de las Ánimas del Purgatorio. Declara que debe a Diego de Palma, 4 reales. Declara por bienes 650 pesos que paran en poder de los albaceas de don Nicolás de Olivera, difunto; unos sarcillos de oro y perlas grandes que se avaluaron en 130 pesos y otros pequeños; un escritorio de cedro, un lienzo del Santo Ecce Homo, entre otros bienes que se detallan, los cuales manda entren en poder de su albacea, para que lo que toca a los sarcillos entregue a sus herederos y lo demás lo venda. Nombra por albacea testamentario y tenedor de bienes al Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa. Nombra como herederos por partes iguales a Magdalena, de siete años, y a José, de tres años, sus nietos, hijos legítimos del Capitán don Francisco de Barrios y de doña María Gómez de Gatica, hija de la otorgante. Y en atención a que dichos herederos se hayan en minoría de edad, ordena que los bienes entren en poder del Capitán don Gregorio Martínez de Solís, en tutela hasta que tengan la edad capaz, con sus réditos del 5 por ciento cada año, los cuales se han de entregar al dicho don Francisco de Barrios, para ayuda de sus alimentos.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO