Don Bernardo del Barrio, vecino de Tlaliscoyan [Tlalixcoyan], residente en esta villa, dijo que como apoderado sustituto del capitán don Antonio López de Santa Ana, que lo es del principal don Manuel Landeros; otorga por la presente en arrendamiento al presbítero don Andrés Rodríguez, de esta vecindad, la recolección de diezmos de las cordilleras de Veracruz, cuyos linderos son los siguientes: desde la punta chica del plan, río abajo buscando a la junta del de Actopan, de ésta río abajo buscando la apunta del de Actopan, de esta río abajo a la barra de Chachalacas, de allí a la orilla de la playa hasta la boca del río de la Antigua, que nombran Rincón del Aviso, de éste lindero río arriba a la boca del río Chico de la Antigua, y de allí río arriba al paso de San Juan y de éste por el higueral dirigiéndose al temazcal de éste lado, de dicho lindero al paso de la aguardentería, río arriba buscando al paso del potrero de rincón de Órgano, de allí a la cabeza de arriba Cruztetepo lindando con Chabacla, y de éste a la cumbre de la Boca del Monte del lado de arriba de la hacienda de don Francisco de Arrillaga y rancho de Coeto, de ésta lindero al lado de abajo de Tlacuamita, y de allí al volador de la junta de dicho lindero río abajo por el de Jalcomulco hasta donde entra el río de Tenezapa, cogiendo río arriba hasta Tlaquizmilolapa, de allí a la altura donde parte la raya de paso de Bartolo tomando a Tocochapa, de ésta a paso de Tiguerillo de allí a Misapa y por último a puente chico del Plan. Dicho arrendamiento se da con las condiciones siguientes: éste empieza a correr y contarse desde el día primero de abril del próximo año de 1829 y concluirá en igual día y mes de 1831. Durante el tiempo que perdure este arrendamiento, anualmente se entregará en reales de contado la cantidad de 1 460 pesos, que es la merced anual, y en caso de que haga "trastorno político" que impida la recolección de los diezmos, se anulará esta escritura y se le pasará a su arrendatario por la cuenta que manifiesta. Para poder exhibir la merced anual, deberá dar un fiador que caucione su pago, por lo que, en cumplimiento a esta última, nombró por su fiador a don Manuel de Cano y Valle, quien aceptó y se comprometió a cumplir puntualmente.
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Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como apoderado del Capitán don Antonio de Boneda, vecino del pueblo de Taliscoya [Tlalixcoyan], jurisdicción de la Nueva ciudad de la Veracruz; vende al Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, un esclavo negro nombrado Manuel, casta Congo, el mismo que Boneda compró de don Manuel de Val y Vega, vecino de la ciudad de los Ángeles, por escritura que a su favor otorgó ante el presente escribano. Lo vende en precio de [roto].
UntitledAntonio López, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, residente en esta villa de Córdoba, natural de Coria en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Diego López y Ana Correa, difuntos, vecinos que fueron de dicho lugar, estando enfermo en cama del cuerpo y sano de la voluntad en todo su libre juicio, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que Su Majestad le está debiendo dos meses de su sueldo devengado de soldado de los montados del presidio de la Nueva Veracruz de que fue Capitán don Juan de Cienfuegos, con cuya compañía marchó hasta la ciudad de los Ángeles donde cayó y entró a curarse en el hospital y entregó sus armas y caballo a su capitán, y de allí pasó a esta villa a curarse como consta de certificación que para en poder del prior de dicho hospital, manda a sus albacea cobren dicho sueldo. Declara que le es deudor Juan Sánchez, Teniente del pueblo de Tlalixcoyan de la jurisdicción de la Nueva Veracruz, una carga de pescado seco. Declara que está debiendo algunos reales a diferentes personas, asimismo a él se le deben otros que le constan a María Franco, su mujer, manda se cobren. Declara que habrá tiempo de diecinueve años que contrajo matrimonio en esta villa con la dicha María Franco, durante su matrimonio no han tenido hijos. Nombra albaceas testamentarios al Bachiller [roto] Franco de Guzmán, su hermano, y a la dicha María Franco. Por último, nombra como universal heredera a su mujer.
UntitledEl Alférez José Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche de hacer azúcar, dijo posee por propias 8 caballerías de tierra que hubo y compró de los Capitanes don Lope Antonio de Iribas y don Antonio de Leiva Esparragosa y de doña [Agustina] Jaimes Dávila Barrientos, viuda que fue del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, ubicadas en el pago y sabana que llaman Quatetelco [Cuatetelco], en donde ha estado una cruz de madera, por donde se dividen los dos caminos que van para los pueblos de Tlalixcoia [Tlalixcoyan], Orizava [Orizaba] y Guatusco [Huatusco], y a un lado y otro están dos matas grandes de monte, una hacia la parte del oriente y la otra hacia el poniente, y cerca de ésta una lagunilla que se seca, que son los puntos y linderos que expresa la merced con la que se consiguió dichas tierras y demás linderos que se expresan en la escritura de venta, que se le hizo en precio de 1 250 pesos, 1 000 de ellos están cargados a censo sobre dichas tierras, a favor de don Gaspar Carlos de Rivadeneira, de los que el otorgante se obligó a pagar sus réditos, y los 250 pesos dio en reales de contado. Y ahora hace cesión y traspaso de dichas tierras al Capitán don Lope Antonio de Iribas, con el cargo de 1 000 pesos a favor de la persona que ha estado recibiendo los réditos, lo cual aceptó Iribas y reconoció por dueño de los 1 000 pesos al Doctor don Nicolás Marín Seliceo, por los mismos que le traspasó don Gaspar Carlos de Rivadeneira, y obligó a sus herederos y sucesores a que desde hoy día de la fecha, ínterin que no los redimiere, de pagar sus réditos por sus tercios corridos fin de cada cuatro meses o por año a razón de 5 por ciento, pena de la ejecución y costas de su cobranza.
UntitledEl Capitán Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, albacea y tenedor de bienes que fue del Regidor don José Gómez Dávila, su hermano, difunto, otorga que vende al Sargento Bernardo de Reina, una negra esclava que fue de su hermano, nombrada Petrona, que será de edad de treinta y dos años, quien la compró de Amaro José Bocarando en virtud del poder del Capitán don José Felipe de Villar y Estrada, vecino que fue del pueblo de Taliscoya [Tlalixcoya] jurisdicción de la Nueva ciudad de la Veracruz. La vende por esclava cautiva en precio de 450 pesos de oro común en reales.
UntitledEl Capitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta y doña María Josefa de Celis, vecinos de esta villa de Córdoba, marido y mujer, ella con licencia del susodicho, ambos en mancomún, venden a María Teresa Valera, vecina del pueblo de Taliscoya [Tlalixcoyan], una negra esclava de ambos nombrada María Josefa, que será de edad de treinta años poco más o menos, misma que María hubo y compró del Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa. La venden por esclava cautiva, sujeta a perpetuo cautiverio y servidumbre por libre de deuda, empeño, hipoteca y otra enajenación, sin asegurarla de ninguna tacha, vicio, defecto y enfermedad, al precio de 300 pesos horros de alcabalas y escritura.
UntitledEl Capitán don Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, Aguacil Mayor de ella y su jurisdicción por Su Majestad, otorga que vende a Antonio Francisco Varela, vecino del pueblo de Tlalixcoyan, un esclavo negro criollo nombrado Lorenzo de cuarenta años, que es el mismo que compró entre otros, con la hacienda de beneficio de hacer azúcar que quedó por bienes de Nicolás de Olivera, difunto en esta jurisdicción, por remate público, su fecha 15 de diciembre del año pasado de 1701. El cual dicho negro lo vende por esclavo cautivo, sujeto a perpetua servidumbre y por libre de empeño, enajenación ni hipoteca sin asegurarlo de ninguna tacha, enfermedad, vicio, defecto, en precio de 280 pesos de oro común, asimismo declara que los ha recibido en reales de contado.
UntitledEl Regidor don Miguel de Leyva, vecino de esta villa, y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción; y el Capitán don Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa, en nombre y con poder del Capitán Gaspar Carlos de Rivadeneira, su hermano, vecino de la ciudad de los Ángeles, dijeron que dicho hermano vendió al Regidor Joseph de Leyva [José de Leiva], vecino de esta villa, un sitio y 9 caballerías de tierra [en términos] de la jurisdicción de esta villa y la de Guatusco [Huatusco], que lindan por la parte del norte y poniente con el corral que llaman de San Lorenzo, donde se encierran las partidas de ganados que vienen de tierra caliente, cortando línea recta hasta dar con Gueguehapa y el cerro, y por la parte de dicho cerro y el río Blanco hasta dar con las tierras que traspasó a don Alonso López de Sagade [de Bugueiro], que es un sitio que ha de correr su medida desde las piedras que señala la merced, que es su centro, con 33 cordeles y 16 varas y una tercia de 50 varas; y por el oriente dicho Guegueapa con una ceja de monte espeso hasta dar con la laguna de Piedras y línea recta a dar al arroyo de agua, y por dicho monte dicho arroyo hasta donde lo cruza la línea de las medidas, saliendo al arroyo pedregoso que está al fin del barrial en el camino real y dicho camino hasta dar con el corral de las partidas. La enunciada venta se hizo con expresa calidad de que si dentro de los linderos mencionados hubiese más tierras, se le habían de vender a dicho regidor y no a otra persona, en cuya conformidad y reconocido haber más tierras en las referidas, puso demanda la parte de dicho regidor contra la de Francisco de Rivadeneira ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia; y habiendo llegado noticia a Francisco de Rivadeneira, pasó a esta villa de Córdoba a reconocer dichas tierras, hallando que dentro de dichos linderos subsiste un sitio de tierra de ganado menor perteneciente a dicha su parte que es el tercero de cuatro que contiene la merced que de ellos se le hizo a Gaspar de Rivadeneira, su abuelo, el cual llaman Jiquilapan, ubicado en una sabana llana donde está una mata de monte grande y en medio de ella algunos pies de árboles de anonas y otros; y a la parte del norte un arroyo seco montuoso, 100 pasos desviados de dicha mata; y a la parte del sur el río Blanco; y hacia el oriente dos tetelas juntas pequeñas. Cuyo sitio de tierras le pidió el regidor don Miguel de Leiva [Esparragosa], le venda juntamente con otro sitio que es el segundo de dicha merced, a su linde con una sabana que llaman Jilosuchitaan [sic], en donde está una loma pequeña de piedras con árboles de encina, estando hacia el norte una laguna pequeña muy cerca del sitio y otra mayor a orilla del camino que va de Orizaba a Tlalixcoyan, desviada de dicho sito como 150 pasos; y hacia la parte del poniente una mata de monte grande y junto a las dos lagunas una tetela baja. Y para que cese dicha demanda y cumplir con la obligación referida sobre la venta de dichas tierras, don Francisco de Rivadeneira, en nombre de dicho Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, vende al Regidor don Miguel de Leyva [Leiva], hijo de Joseph de Leyva [José de Leiva], el primer sitio en 3 000 pesos de oro común y el segundo en 1 750 pesos de oro común.
UntitledEl Capitán Juan de Alfaro, vecino de la ciudad de los Ángeles, y Joseph Gómez Dávila, Regidor y vecino de esta villa de Córdoba, dueño de trapiche de hacer azúcar, dijeron que por convenio que tienen hecho, el Capitán Alfaro vende al Regidor Gómez Dávila un herido de molino y 4 caballerías de tierra que están en la punta de Guatusco [Huatusco] en el [halda] de una sierra que los naturales llaman Tlancayac, donde sale [un] ojo de agua que nombran Tesiatl, en precio de 400 pesos. El Capitán Alfaro declara que las 4 caballerías de tierra son las mismas que recibió en donación del Alférez Pedro de Trujillo [Villavicencio] y doña Josepha [Josefa] de Atienza Palacios, [su legitima mujer], por escritura hecha en la hacienda de Nuestra [Señora] de la Candelaria el 22 de febrero pasado. Y según lo convenido, el Regidor Gómez Dávila le entrega en venta y forma de pago un negro esclavo nombrado Manuel, natural de la Nueva Veracruz, que hubo y compró a don Bernardino de Villaraus [Villarauz], vecino de Orizaba, apoderado de Pedro González, vecino de la ciudad de la Concepción de Salaya [Zalaya], en precio de trecientos treinta… [roto] y 79 pesos de resto de 90 pesos que le [debe] María de Guadalupe, mulata libre y mujer de dicho [esclavo]. El Capitán Alfaro declara que este sitio y demás tierras que el Alférez Pedro de Trujillo tiene y posee en las jurisdicciones de esta villa de Córdoba, Taliscoya [Tlalixcoyan], [nueva y vieja Veracruz] y otras partes, están afectas con 2 000 pesos de principal pertenecientes al convento de Santo Domingo de la ciudad de Guaxaca [Oaxaca], los cuales se han de cargar sobre los sitios de la Mata del Botón, el Novillero, el de la Cerca, [y el ] potrero que llaman la Peregrina [roto], cuyos sitios están ajustados para su venta a doña [Micaela Ramos], viuda del Capitán Marcos Blanco, vecina de San Juan [Coscomatepec], de lo cual aún no se ha celebrado escritura. Asimismo, declara que sobre dicho herido de molino y las 4 caballerías de tierra no queda ningún gravamen.
UntitledJuan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de la Redondela en el reino de Galicia, hijo legítimo de Lucas de Rivas y Estremadoyro y de María Giraldez, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara le deben las siguientes personas: de los bienes del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, difunto, le debe 202 pesos 2 reales, de los cuales pagó el otorgante 100 pesos como fiador que fue del susodicho a don Cristóbal de Medinilla y Benavides, y los 102 pesos 2 reales que dio al susodicho en diferentes cargas de azúcar y panelas para Oaxaca; Andrés de Mañas, vecino de Coscatlan [Coxcatlán], 107 pesos, 50 de ellos que pagó por el susodicho a Felipa Martínez Carenzo y el resto que le dio en azúcar; Juan José Cubano, vecino del ingenio del Conde, 5 pesos; doña María Jiménez, viuda del Alférez don Miguel Jerónimo Maldonado, 26 pesos que le dio en azúcar para su tienda; Juan de Aragón, maestro de herrero, vecino de esta villa, 9 pesos; el Fluriel [Furriel] don Bartolomé de Estrada, 50 pesos; de los bienes de Andrés de Leiva, difunto, maestro de herrero, 9 pesos; Nicolás Velázquez, maestro de carpintero, 18 pesos; Nicolás, maestro de zapatero, 12 pesos; entre otras personas que se mencionan. Declara que hace ocho meses que remitió a don Manuel Ortiz Landero, vecino de la ciudad de Tascala [Tlaxcala], su encomendero, 816 arrobas y media de azúcar, de cuyo procedido le ha enviado algunos reales, manda a sus albaceas cobren lo que el susodicho diga deberle por la satisfacción que le tiene en su buen obrar. Declara que hace once años contrajo matrimonio con doña Juana de San Pedro García de Meza, hija legítima de Pedro García de Meza y de Manuela de Altamirano, con quien ha procreado a Pedro, José Antonio, Juan, Miguel Máximo, todos menores de edad, y al póstumo o póstuma de que se halla encinta. Declara por bienes la casa de su morada y un trapiche de hacer azúcar nombrado San Joseph [José], en esta jurisdicción, que compró en Real Almoneda de los bienes de don Pedro García de Meza, con el cargo de pagar todas las dependencias del susodicho, que pasaron de 15 000 pesos estando valuada dicha hacienda en 11 000 pesos. Declara que sobre dicha hacienda están cargados 1 000 pesos a favor de la Madre Catalina de San José, Religiosa del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, asimismo, declara que dicha hacienda no tiene cargado ningún otro censo. Ruega y suplica a su padre y señor, el Capitán Antonio Burela, vecino del pueblo de Taliscoya [Tlalixcoyan], jurisdicción de la Nueva ciudad de la Veracruz, que para dejar libre la dicha hacienda de dicha pensión, después de su fallecimiento solicite por mano de su encomendero el que se rediman los dichos 1 000 pesos, y que su esposa, hija y nietos se los vayan pagando en frutos de la dicha hacienda o como le pareciere, procurando se cancele una escritura que tiene hecha por la dicha cantidad a favor del Capitán don Juan Gómez Dávila. Nombra albacea a su esposa, al Capitán don Diego de Altamirano y a don Antonio Burela, su señor; y por tenedora de bienes a su esposa. Nombra herederos a sus hijos y como tutora y curadora ad bona de ellos a dicha su esposa.
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