CAPITANES

Elements area

Taxonomy

Code

Scope note(s)

    Source note(s)

      Display note(s)

        Hierarchical terms

        CAPITANES

          Equivalent terms

          CAPITANES

            Associated terms

            CAPITANES

              5687 Archival description results for CAPITANES

              5687 results directly related Exclude narrower terms
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0015 · Item · 1712/02/12
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez don José Gómez Dávila, vecino de esta villa, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar, exhibió una escritura de venta a censo de una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San Joseph [José] Omealca, en jurisdicción de la Antigua ciudad de la Veracruz, que le vendió al susodicho don Sebastián de Guevara y Lucio, vecino de la Puebla de los Ángeles, apoderado del Capitán Juan de Piña, en cantidad de 31 174 pesos que quedaron sobre dicha hacienda a censo redimible a favor del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Presbítero de la santa iglesia catedral de la Puebla, maestro de escuela en ella, y se obligó el dicho Alférez don José Gómez Dávila a pagar en fin de cada año 2 000 por cuenta de dicho principal y sus réditos, para lo cual hipotecó dicha hacienda y juntamente la de los Capitanes don Antonio de Leiva Esparragosa, don Nicolás Rodríguez Dávila y Juan de los Santos Cubillos; y la dicha escritura la exhibió para su registro en este libro del becerro. La escritura fue otorgada en la Puebla de los Ángeles en 13 de octubre de 1711.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0020 · Item · 1715/11/19
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, Presbítero, vecino de esta villa, por Rafael de Olivera que se halla estudiando en la ciudad de la Puebla de los Ángeles, exhibió una escritura de imposición de capellanía de 2 000 pesos de principal y por ellos 100 de sus réditos en cada un año, que situó y cargó José Antonio de los Santos Cubillos, albacea testamentario del Capitán Juan [de los Santos] Cubillos, su padre, difunto, sobre unas casas que quedaron por bienes de dicho difunto [roto], nombró por capellán interino al Bachiller don Francisco Fernández de Acevedo, Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, y con el cargo de decir cincuenta misas rezadas por el alma de don Nicolás de Olivera, difunto, fundador de dicha capellanía, nombró por patrono de ella al señor cura que fuere de esta villa; la cual exhibió dicho bachiller para que se registre en este libro. La escritura fue otorgada el 15 del presente mes y año.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0021 · Item · 1716/07/06
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, poderhabiente de Diego Cortés del Águila y Castro, vecino de la ciudad de los Ángeles, exhibió una escritura de capellanía de 3 000 pesos de principal que el Alférez Mayor don Diego [Valero Grajeda], difunto, situó y cargó sobre su hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Guadalupe en jurisdicción de esta villa, su fecha 6 de mayo de 1715, cuya cantidad había pasado en poder del Doctor don José Valero Grajeda, su hermano difunto, y recaía en poder de dicho Alférez don Diego Valero Grajeda, como su albacea testamentario y heredero, y dicha capellanía mandó fundar de sus bienes Antonio Rincón y nombró por capellán propietario e interior a Pedro Manuel Cortés, vecino de dicha ciudad de los Ángeles, con el número de misas en ellas señalados; cuya hacienda recayó en el dicho Capitán don Lope Antonio de Iribas por venta que de ella se le hizo por muerte del citado Alférez don Diego Valero, con diferentes capellanías y censos, en que don Sebastián de Guevara y Lucio su parte pidió se le haga espera por tiempo de seis años para hacer obligación de dichos 3 000 pesos al dicho Diego de Cortés, como padre legítimo y administrador del citado Pedro Manuel Cortés, y dicha espera se la concedió el señor juez de testamentos, capellanía y obras pías, con cargo de que se hubiese de registrar dicha espera en este libro de censos, como con efecto va registrado.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0033 · Item · 1722/11/20
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María Jiménez, viuda de Miguel Jerónimo Maldonado, que antes lo fue de don Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, registró una escritura de censo e imposición de capellanía que la citada María Jiménez [roto] albacea del citado su primer marido, tutora y curadora de sus menores [roto] de 1 000 pesos [roto] a favor de una capellanía de misas [roto] don Miguel José de Sierra Valle y Rioseco, su hijo, se obligó de pagar como primer capellán de dicha capellanía, y el que en todo tiempo lo fuere de ella 50 pesos de oro común en cada un año, cuya cantidad impuso sobre unas casas y mesón de cal y canto, cubierta de teja y madera, ubicadas en esta villa, en la calle Real que sale de la plaza Pública para la ciudad de la Veracruz, hacen esquina y cogen dos calles, la referida y la que va a la iglesia y barrio de San Juan, que por esta parte linda calle en medio con casa del Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, Alcalde Ordinario de esta villa, y por dicha calle Real con casas de Gregorio Merodio, por la frontera casas de Esteban Navarro y por los corrales calle en medio con solar de José de Rivera. La escritura fue otorgada en 14 del presente mes y año.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0045 · Item · 1732/03/28
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Manuel José Lázaro de Rosas, Presbítero de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, exhibió tres tantos de escritura de obligación otorgada por el susodicho como principal, en nombre y con poder del Capitán Diego Bringas de Manzaneda, vecino del pueblo de Orizaba, y don Juan Francisco Trápaga de Rosas, como sus fiadores, y todos de mancomún acuerdo se obligaron a pagar 4 000 pesos de oro común de principal a favor, los 2 000 de ellos de la capellanía de misas rezadas que fundaron Juan Alonso Gómez e Isabel Flores su mujer, de que es capellán propietario el Bachiller don Antonio de Bustamante, Presbítero, Promotor Fiscal de este obispado; los otros 1 000 de la capellanía de misas rezadas que de bienes de doña Petronila Fernández de Molina fundó dicho Bachiller don Antonio de Bustamante, de quien es patrono y capellán actual el Bachiller don Fernando Félix de Bustamante, Presbítero; y los 1 000 restantes de otra capellanía también de misas rezadas que fundó don Bartolomé de Aguayo, Prebendado que fue de la santa iglesia catedral de dicha ciudad, y hoy sirve en propiedad el Bachiller don Salvador de Aguayo, Presbítero, capellán de coro de dicha iglesia; y a pagarlos dentro de dos años y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento en cada un año por medio de depósito irregular; siendo de saber que Diego Bringas sólo está constituido fiador por 3 000 pesos, don Juan Francisco Trápaga de Rosas por 1 000 pesos y dicho Licenciado don Manuel como principal de toda la cantidad; para cuyo seguro obligó sus bienes especialmente hipotecó una hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Cossamaluapan [Cosamaloapan] y el ojo del agua; cuyas tierras se componen de 8 caballerías y linda por la parte de oriente y sur con las del Capitán don José de Segura y Ceballos, por la del norte con tierras realengas y por el poniente con tierras de don Alonso Gómez del Corro, con todo lo de su pertenencia; y de su pedimento puso este registro en el libro del becerro. Esta escritura fue otorgada en la ciudad de los Ángeles a los 17 días de este presente mes y año.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0051 · Item · 1733/01/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Teniente de Infantería don José Mateos Navarro, vecino de esta villa, en nombre del Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, vecino y labrador en la provincia de la ciudad de Thehuacan [Tehuacán], en virtud de su poder, en nombre de dicho su parte registró una escritura por la cual parece que don Juan de Briones, vecino de esta jurisdicción y dueño del trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrado Santa Teresa que se halla en ella, cargó a censo principal redimible en favor de dicho don Francisco de Meza y Mendoza 1 000 pesos de oro común, sobre su persona y bienes, especialmente sobre el referido trapiche, declarando que dicho trapiche se halla sujeto a otro censo de 1 000 pesos en favor de la Reverenda Madre Catalina de San José, Religiosa del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, y sujeto al principal de otros 1 000 pesos a favor de dicho don Francisco de Meza, y los 1 000 pesos que nuevamente impuso confiesa haberlos recibido. La escritura fue otorgada en la ciudad de Tehuacán el 20 de febrero de 172[0].

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0020 · Item · 1694/04/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Gaspar del Monge y Mendoza, vecino de esta villa de Córdoba, y natural de la ciudad de Alfaro en los Reinos de Castilla, hijo de don Diego del Monje [Monge] y de doña Xasinta [Jacinta] de Mendoza; y doña María Altamirano, vecina de esta villa, mujer del otorgante, hija de Pedro Altamirano y de doña Inés de Esparragosa; otorgan que se dan poder mutuo para testar, señalando que el que quedare vivo de los dos hará el testamento en la forma y con la cláusulas que se tienen comunicado. Declaran que son casados, durante dicho matrimonio procrearon a doña Nicolasa del Monje [Monge], mujer de Hipólito [del Castillo], a María [del Monge], y a Joseph [José] del Monje [Monge]. Para cumplir y pagar las mandas y legados del testamento, uno y otro se nombran albaceas testamentarios, tenedores de bienes, y del remanente que quedare de sus bienes, deudas, derechos y acciones nombran por únicos y universales herederos a sus hijos.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0048 · Item · 1694/07/20
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Miguel de Leiva [Esparragosa], dijo que por cuanto [María] Valero de Grageda [Grajeda], vecina de esta villa, [mujer] que fue del Capitán Joseph [José] Blanco y [su albacea testamentaria] y tenedora de bienes [roto] venta de una hacienda de trapiche en términos de San Juan Cuescomatepeq [Coscomatepec] nombrada Acatengo, con un sitio y 2 caballerías de tierra en que está fundada. Asimismo otro sitio y 4 caballerías más de tierra, que lindan con la barranca de Chocamán que llaman el Comedero del Monte. Dicha hacienda se le adjudicó a la susodicha en el juicio divisorio que se formó de los bienes de su marido en cuenta y parte de pago de la cantidad de pesos que debió haber de ellos por su dote, arras y mitad de multiplicados. Y porque el otorgante se halló obligado como consta de escritura a reconocer 1 000 pesos que están situados a censo redimible sobre el dicho sitio y 4 caballería de tierra que llaman el Comedero del Monte a favor de las religiosas del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, y a pagar sus réditos a dichas religiosas a razón de un 5 por ciento anual, y aceptando dichas escrituras como de nuevo la acepta, y dándose por entregado del sitio y 4 caballerías de tierra de dicho Comedero del Monte sobre que están cargados dichos 1000 pesos, de los cuales a mayor abundamiento se da por entregado. Por tanto en aquella vía y forma otorga que reconoce el referido censo y por dueño y señor de él a las religiosas de dicho convento o a quien por su derecho representare, y que pagará dicha cantidad de su principal cuando lo redima en el ínterin de sus réditos a razón de 5 por ciento en cada un año, que el primero empezó a correr y contar desde el día 15 de mayo de 1693.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0051 · Item · 1694/07/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco Escudero y Caramur, residente en esta villa, en voz y nombre del Capitán Joseph Fernandes [Juan José Fernández], vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], y en virtud del poder que de él tiene, otorga que ha recibido de Joseph de Leyba [José de Leiva], Isidro Sánchez de la Llama, Lorenzo de Gusman [Guzmán], y de [Antonio] Sebastián Pérez Padrón, de cada uno de los susodichos 50 pesos que cada uno debía de resto de 112 pesos, que se obligaron a pagar como fiadores de Antonio Dorantes, difunto, vecino que fue de esta villa, por escritura que otorgaron a favor del Capitán Marcos Blanco, difunto. Sobre dicha cantidad se dio por entregado, y otorgó carta de pago, finiquito y cancelación.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0061 · Item · 1694/08/21
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Manuel Gómez Dávila, vecino de esta villa, dueño de la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San Antonio, misma que fue del Capitán Antonio de Brito Lomelín, difunto, fundada en 6 caballerías de tierra de que hizo merced Su Majestad a dicho capitán; dijo que por cuanto por mandato del Doctor y Maestro Carlos López Torriga [Torrija], Prebendado de la Catedral de la ciudad de los Ángeles, Juez de sus causas diesismales [decimales], testamento, capellanías y obras pías de este obispado, se está entendiendo por el Licenciado Diego García Calvo, Presbítero, Juez Comisario nombrado por dicho doctor, en [la] medida del sitio de tierra que llaman de Parada en esta [jurisdicción]. Y porque los cordeles que se han echado por Francisco de Arieta [Arrieta] vecino del pueblo de Quichula [Quechula], persona que llegó al dicho sitio, han sido en perjuicio y dañificando a dichas 6 caballerías en que está fundada dicha su hacienda; por cuya razón y por otras que le asisten contradijo dichas medidas para que en ningún tiempo le pudieran perjudicar. Por tanto, para que haya persona que por parte del otorgante pida lo que convenga y siga el artículo de dicha contradicción, otorga que da su poder especial al Alférez Antonio de Ábrego, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre y representación, parezca ante el Doctor y Maestro Carlos López Torriga [Torrija] y haga presentación del testimonio que le remite con este poder, y pida a su señoría se sirva declarar por nula y de ningún valor ni efecto dichas medidas por ser en perjuicio de las tierras de dicha su hacienda, y que Francisco de Arieta [Arrieta] se contenga en los linderos de dicho sitio que llaman de Parada; para todo lo cual haga pedimentos, requerimientos, citaciones, protesta, y pida embargos y desembargos y para lo que sea necesario se le da éste con libre y general administración.

              Untitled