CAPITANES

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0091 · Pièce · 1705/08/18
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Juan Jiménez, Escribano de Su Majestad Público Propietario del pueblo de Orizaba, de Registros de él, de su partido, San Antonio Huatusco y villa de Córdoba, dijo que por las muchas ocupaciones con que se halla y otras dependencias que le asisten al cumplimiento de su oficio no puede asistir personalmente a las renuncias de los dichos oficios que le son concedidos por su real título, y para que haya persona que lo represente, otorga que da su poder especial al Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa de Córdoba, para que en su nombre pueda otorgar las dichas renuncias en los términos, forma y orden que de derecho se requiera, en primer lugar en Antonio Pérez Padrón; en segundo en Juan Morera de Silva, Escribano de Su Majestad, vecino de esta villa; y en tercero en José González Moreno, vecino del citado pueblo de Orizaba.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0107 · Pièce · 1705/10/03
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa, otorga que da su poder a Domingo de Córdoba, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, y por su ausencia a don José de Ledezma, asimismo, Procurador de dicha Real Audiencia, para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor, su presidente y oidores de la Real Audiencia, y pidan se sirvan declararle no ser de los comprendidos en la Real Cédula sobre la represalia de los portugueses y darle por libre derecho cargo, en atención a sus méritos y servicios, y al cargo que obtiene de tal alguacil mayor y regidor que está confirmado por Su Majestad. Y hasta que se declare por libre del dicho cargo y no ser de los comprendidos en dicha cédula, haga todos los memoriales, suplicas, autos y demás diligencias que convengan, pidiendo se le desembarguen sus bienes y hasta que tenga efecto, haga todos los autos y diligencias judiciales y extrajudiciales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0112 · Pièce · 1705/10/27
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio de Leiva Esparragosa, Capitán de la Compañía de Milicias Españolas de esta villa de Córdoba, vecino de ella, albacea testamentario, tenedor de bienes y heredero del Regidor don José de Leiva Esparragosa, su padre difunto, dijo que por cuanto por bienes de su padre quedó un negro nombrado Manuel Salvador, criollo de la ciudad de Caracas, de cuarenta y seis años, que es el mismo que hubo y compró de Fernando Mañas y Soto, por escritura que a su favor otorgó el 13 de febrero de 1694; el cual huyó y al presente se halla en la ciudad de Antequera valle de Oaxaca. Por otra parte, dijo que Manuel de Figueroa, Escribano Mayor Público, de Cabildo, Minas y Registros de dicha ciudad de Antequera, tiene en esta villa otro negro nombrado Juan de Castro, su esclavo fugitivo y preso en la cárcel de esta villa; y que por medio de Miguel Antonio Bautista han celebrado contrato de trueque, cambio y permutación con los dichos esclavos. Por tanto, en aquella vía y forma otorga que hace trueque con el citado don Manuel de Figueroa, por el dicho su negro Manuel Salvador con Juan de Castro su esclavo, en 200 pesos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0113 · Pièce · 1705/10/27
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Gertrudis de Gatica, viuda del Alguacil Mayor Francisco de Solís, vecina de esta villa de Córdoba, otorga poder general al Capitán José de Nares, residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre pueda administrar una casa alta, de piedra y madera, cubierta de teja, que posee en dicha ciudad, en la calle Real que va del convento de Nuestra Señora de las Mercedes al del Señor Santo Domingo. Dicha casa linda por una parte con casa de Diego Manuel de Ayala, Escribano Público de dicha ciudad, por el otro lado con casa de los herederos de doña María de Rivera, y por el fondo con dos accesorias suyas que caen al callejón que llaman de la Cruz Verde; las cuales y dicha casa arriende a la persona o personas que le pareciere por el tiempo y precio que ajustare. También, le da poder al dicho capitán para que busque a su crédito y sobre las dichas sus casas, de la persona que los quieran dar, 200 pesos, obligándola a que los dará en los tiempos y plazos que convenga.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0118 · Pièce · 1705/11/12
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa, dijo que por cuanto el 14 de agosto de este presente año, en el pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec] doña Micaela Ramos, vecina de él, viuda del Capitán Marcos Blanco, difunto, otorgó escritura de venta a favor de don José Fernando Mellado de Rivadeneira, vecino de la provincia de Tepeaca, de la hacienda de ganado mayor y menor nombrada Mazapa, con todos sus sitios, tierras y lo demás que le pertenece, y entre las condiciones de dicha escritura está una que dice “que es condición de dicha escritura que por cuanto a los 9 de diciembre del 1704 le arrendó el dicho novillero al otorgante […] en precio de 30 pesos en cada año de réditos, cuyo principal fue de 600 pesos a censo, con la calidad de que si la dicha doña Micaela lo vendiera fuera al otorgante por ser de mejor privilegio como arrendatario; y en caso de que el dicho don José Fernando Mellado quisiere vender dicho novillero había de ser al otorgante, y de no pagar su valor lo vendiera o arrendara a la que le pareciese”. Y por cuanto la dicha condición padece equivocación, en aquella vía y forma otorga que declara que dicho novillero le pertenece a doña Micaela Ramos y sólo lo que le arrendó por la escritura citada, fue un potrero que tenía en jurisdicción de [San Antonio] Huatusco, que por una parte linda con las tierras del dicho novillero de Mazapa, y por la otra parte con las tierras del trapiche que llaman de Panzacola, de que es dueño el Capitán Juan Gómez Dávila; el cual no le hace falta a don José Fernando Mellado para sus ovejas, por ser montuoso.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0130 · Pièce · 1705/12/18
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que habrá tiempo de dos meses que de su hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Joseph [José] hizo ausencia Miguel Solano, su esclavo, el cual al presente se halla “efugiado en el pueblo de Orizaba de Alejandro Pérez, y aunque hay solicitud para interpositar persona, el conducirlo a su poder no lo ha podido hacer, despojándole violentamente de su valor, dando pretexto de que lo quiere libertar por 50 pesos”. Por tanto, en aquella vía y forma, otorga que da su poder especial al Capitán don Diego López de Luna, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre parezca ante el Excelentísimo Duque de Alburquerque, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, y pida se sirva dicho excelentísimo de librar su mandamiento cometido a cualquiera de los alcaldes ordinarios de esta villa, para que pasen al dicho pueblo de Orizaba y saquen de poder del dicho Alejandro Pérez o de la persona o personas en cuyo poder pararen el dicho negro Miguel Solano, con más los jornales de los dos meses que lo tiene en su poder; haciendo para ello los pedimentos, memoriales, suplicas que convengan, presentando papeles, informaciones y otros recaudos, sacando y ganando cualquier mandamiento y real provisión que le remita por duplicado, de manera que por falta de poder u otra alguna circunstancia no deje de hacer todo cuanto se ofrezca, porque debajo de esta generalidad deja comprendida cualquiera especialidad.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0133 · Pièce · 1705/12/22
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa, en nombre del Capitán Juan Jiménez, vecino de Orizaba, Escribano Público y de Registros de dicho pueblo, de esta villa y jurisdicción, en virtud de su poder, dijo que en conformidad de la facultad que por leyes y cédulas reales conceden a los que tienen oficios renunciables y vendibles, otorga que renuncia los dichos oficios de escribano público y de registros del pueblo de Orizaba, el de San Antonio Huatusco, de esta villa de Córdoba que posee el dicho su parte, en primer lugar en Antonio Pérez Padrón, en segundo en Juan Morera de Silva y en tercero en José González Moreno, con la preferencia, según los lugares y grados contenidos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0135 · Pièce · 1705/12/31
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Antonio de Leiva Esparragosa, dueño de la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Joseph [José], otorga poder especial a don Domingo de Córdoba, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que en su nombre lo pueda obligar [roto] cantidad de 100 pesos en favor del estanco del papel sellado por el que se consumiere en esta villa y su jurisdicción, en los años próximos venideros de 1706 y 1707, cuya cantidad está regulada tener de consumo en esta villa, y lo obligue a que los pagará a la persona a cuyo cargo fuere dicho estanco.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0026 · Pièce · 1706/03/20
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa, en voz y nombre del Capitán Juan Jiménez, vecino del pueblo de Orizaba, Escribano Público y de Registros de dicho pueblo, de esta villa, su partido y jurisdicción, dijo que en conformidad de la facultad que por leyes y cédulas reales conceden a los que tiene oficio renunciables y vendibles, otorga que renuncia a los citados oficios de Escribano Público y Registros de Orizaba, el de San Antonio Huatusco y esta villa de Córdoba que posee su parte, en primer lugar en Antonio [Pérez Padrón], en segundo en Juan Morera de Silva y en tercer lugar en José González [Moreno], con la preferencia y según los lugares que van mencionados.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0029 · Pièce · 1706/03/29
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende al Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, una hacienda de trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción de Acatengo, que tiene y posee en términos de esta jurisdicción hacia la parte del norte, en el camino que va para el pueblo de San Francisco Chocamán y San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec]. Dicha hacienda se compone de 2 sitios y 6 caballerías de tierra; en un sitio de ellos, junto con dos caballerías, está situada la hacienda de trapiche, y en el otro sitio y cuatro caballerías está el comedero que llaman del Monte; lindan por la parte del sur y del oriente con tierras de esta villa, por el poniente con tierras del trapiche que posee el Capitán Juan de Piña y que anteriormente eran del Canónigo don Diego Peláez Sánchez, y por el norte con tierras de San Francisco Chocamán. Asimismo, señala que la citada hacienda la compró de don Miguel de Leiva Esparragosa, su hermano, el 30 de diciembre de 1701, y al presente la vende en precio de 13 500 pesos de a 8 reales de oro común en la forma y manera siguiente: 1 000 pesos de censo redimible a favor del convento del Señor San Antonio de esta villa, el cual impuso don Diego de Leiva y su mujer doña Agustina Jaimes Dávila a la hacienda para la fiesta de la Purísima Concepción de Nuestra [Señora], por tanto, se obliga el comprador a reconocer esta imposición y a pagar sus réditos del 5 por ciento al padre guardián del convento; otros 1 000 pesos de censo redimible que están cargados sobre el comedero y 4 caballerías a favor de las Señoras Religiosas del convento de Santa Clara de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, cuyos réditos se obliga pagar el citado comprador; más 6 000 pesos cargados sobre dicha hacienda a favor de don Hipólito del Castillo de Altra, los cuales dicho comprador se obliga a pagar sus réditos; más 1 500 pesos que también el comprador se ha de obligar a pagar al Capitán don Lope Antonio de Iribas y a doña Agustina Jaimes Dávila, viuda albacea y tenedora de bienes del Regidor Miguel de Leiva Esparragosa, su hermano, de resto de la compra de la citada hacienda que pertenece a doña María Valero Grajeda, vecina que fue de la ciudad de los Ángeles; y los 4 000 pesos restantes de los 13 500 pesos de esta escritura de venta, que han de quedar sobre la dicha hacienda a censo redimible a su favor o de las personas que nombre. Por último, se agrega que, estando presente Juan de los Santos Cubillos, quien habiendo oído y entendido la escritura y cláusulas en ella contenidas, otorga que la acepta según se expresa.

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