CAPITANES

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0218 · Item · 1775/01/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Señor Capitán don Francisco Antonio de la Llave, Alcalde Ordinario [roto] mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial de ésta, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que esta villa el 12 de noviembre de 1774, el expresado capitán como mayordomo de dicha cofradía, otorgó escritura de venta a doña Antonia de Olivos, de esta misma vecindad, de una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, fundada en medio solar de tierra en esquina, en dos calle, la una que de la plaza Pública por donde está el tajón de la carnicería de carne de toro o novillo se sale para el camino de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], y la otra que del puente del río que nombran de San Antonio se va a los ejidos. La venta la hizo en cantidad de 1 500 pesos, los mismos que ha de reconocer sobre ella en favor de la citada cofradía con obligación de satisfacer sus correspondientes réditos de un 5 por ciento en cada un año al referido Francisco Antonio como actual mayordomo de la cofradía. Asimismo, en dicho testimonio consta que la referida Antonia para asegurar el pago del principal hipotecó la expresada hacienda y medio solar.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0222 · Item · 1776/04/15
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de escritura otorgada en la ciudad de Puebla en 10 del corriente mes, por doña María Gertrudis de Gorospe y Padilla, vecina de ella, viuda del Capitán don Gabriel de Segura y Ceballos, Regidor Honorario que fue de dicha ciudad, su albacea testamentaria, tenedora de bienes, tutora y curadora ad bona de sus menores hijos, en la que está incluido el auto en que se le hizo adjudicación de todos los bienes, y donde se obligó de pagar de lo que se les libre en las cuentas de división y partición cuando tomen estado, y en el ínterin sus réditos los convertirá en alimentos y crianza de los menores, con hipoteca de todos sus bienes.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0223 · Item · 1776/04/25
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, de él consta que en la ciudad de los Ángeles en 16 del corriente mes, el Capitán don Ambrosio Gómez del Corro, vecino de ésta y residente en dicha ciudad, se obligó de pagar 2 000 pesos que las reverendas madres, presidenta del consejo, vicaria de casa, definidoras y contadoras del convento de religiosas de Santa Clara de dicha ciudad, le entregaron de sus arcas a satisfacerlas dentro de cinco años, y en el ínterin sus réditos; y para seguro del principal y rédito hipotecó una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en esta villa, en esquina, en dos calles, la una que va de la plaza Pública para la iglesia parroquial que llaman la Real, y sale al camino que va a Veracruz, y la otra que va de la plaza Pública para la iglesia parroquial.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0225 · Item · 1776/05/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Leonardo Mateos Navarro, dueño de hacienda de hacer azúcar en esta jurisdicción, vecino y del comercio de ésta, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que el 2 del corriente mes, en nombre del Capitán don Ambrosio Gómez del Corro, y en virtud de su poder bastante de su pedimento en los autos de inventarios y avalúos de los bienes quedados por fin y muerte de su consorte doña Bárbara Carvajal, y en conformidad de dictamen, se le hizo aplicación y adjudicación de todos ellos en dominio y propiedad de las cantidades de sus avalúos, bajo las condiciones de pago a sus tres hijos menores don Ambrosio, don Mariano, doña María Gertrudis y doña Francisca Gómez del Corro de las cantidades de pesos que se les librase por sus hijuelas maternas, en la cuenta de división y partición que se forme luego que tomen estado o se habiliten por derecho, y en el ínterin convertir sus réditos en sus alimentos; por lo que dándose en nombre de su parte por entregado de dichos bienes y se obligó a su cumplimiento, y para el seguro del principal y el rédito hipotecó la hacienda intitulada San Juan Baptista Zacatepeque [San Juan Bautista Zacatepec], casa y demás bienes muebles.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0235 · Item · 1777/08/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Manuel Álvarez de Abreu, de esta vecindad, hizo exhibición de una escritura para que se registre en este libro, y de ella se manifiesta que en esta dicha villa, en 21 del corriente, recibió del Capitán Francisco Antonio de la Llave, de esta vecindad y república, como mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio sita en la santa iglesia parroquial, 240 pesos para reconocerlos por vía de depósito irregular con obligación de réditos sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en 25 varas de solar de frente y 50 de fondo, el cual se halla en esta villa, en dos calles, la una que baja del barrio del Señor San José por el de la Cañada y va a dar al que nombran el Altillo, y la otra que cruza del ejido para la plaza Pública de ésta. Y manifestó que dicha cantidad la pagará dentro de cinco años y en el ínterin el rédito de 5 por ciento, y para mayor seguro del principal y rédito hipotecó la expresada casa.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0241 · Item · 1778/04/06
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y de ella se manifiesta que en 4 del corriente mes doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, viuda del Capitán don José de Segura y Ceballos, hizo institución y fundación de una obra pía del principal de 10 000 pesos con arreglo a la disposición testamentaria que en virtud de poder bastante que le confirió dicho don José de Segura, otorgó en ésta con sus coalbaceas el Licenciado don Manuel de Rosas y don Gabriel de Segura y Ceballos, ya difuntos, en 1 de junio del año pasado de 1742, para que con sus réditos se conviertan en darle 100 pesos en cada un año a doña María Gómez y los 400 restantes para la niña doncella que nombrare anualmente la dicha doña Gertrudis como tal patrona, y que falleciendo dicha doña María, se agreguen a los 400; cuya institución hizo sobre la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Cosamaloapan, alias Ojo de Agua, de la pertenencia de don Francisco José de Segura y Ceballos, su hijo, quien como es en su poder la dicha hacienda y en parte de su valor el referido principal de los 10 000 pesos se dio por entregado a su voluntad, y en conformidad de ello impuso y cargó la dicha cantidad sobre la insinuada hacienda, y se obligó a satisfacer sus réditos de 5 por ciento; cuya importancia de dichos réditos entregará dando 100 pesos a la dicha doña María durante su vida y los 400 pesos restantes como asimismo los citados 100 pesos por falta de la dicha María a la niña doncella que nombrare como va referido. Y para el mayor seguro de la paga del citado principal y sus réditos sujetó y gravó por expresa hipoteca la mencionada hacienda.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0248 · Item · 1779/09/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Vicente Gómez, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, su fecha a 9 del corriente, y de ella se manifiesta que el Licenciado don José de Leiva Blanco, Clérigo Presbítero de este obispado, vecino de ésta, por escritura de 19 de mayo de 1778, estando debiendo cierta cantidad de pesos a los bienes quedados por fin del Capitán don Ambrosio Gómez del Corro, con previo acuerdo de los Licenciados don Pedro Jerónimo y don Joaquín Laso, iguales Clérigos Presbíteros Domiciliarios de este obispado, albaceas testamentarios y tenedores de bienes del susodicho Ambrosio; los cedió y traspasó en cuenta y parte de pago de dicha deuda la cantidad de 3 000 pesos, mismos que le estaba debiendo don Manuel Santos de Terán por razón del importe de un rancho de sembrar tabaco que poseía el dicho licenciado y que le celebró venta; y que en virtud de dicha obligación se obligó el referido Santos a satisfacer a don Pedro Jerónimo Laso y don Joaquín Laso los 3 000 pesos en el mes de octubre del año venidero de 1781. También se manifiesta que tras el fallecimiento de doña Bárbara Carvajal, mujer legítima que fue del referido Ambrosio, le fueron adjudicados sus bienes al Licenciado don José de Leiva Blanco, bajo la obligación de satisfacer a los menores hijos legítimos y del dicho Ambrosio lo que a cada uno correspondiese en dichos bienes, por razón de su legítima herencia materna. Asimismo, se cita que siendo del cargo de dichos licenciados don Pedro Jerónimo Laso y don Joaquín Laso como tales albaceas y tenedores de los bienes de don Ambrosio, el reintegrarles lo que importare de ellos, en razón de que a la Madre Sor María de Jesús Joaquina de San Victoriano llamada en el siglo doña María Gertrudis Gómez del Corro, Religiosa Novicia en el convento de Nuestra Señora de la Concepción de la ciudad de la Puebla, le correspondieron en la cuenta de división y partición que se formó de los bienes de la referida doña Bárbara, como a una de sus legítimas hijos, por razón de su legítima y herencia materna la cantidad de 11 000 y más pesos; y mediante a estar próxima a su profesión, y para que ésta se verificara, era precisa circunstancia el que antes se otorgara en favor de dicho convento escritura de cesión de los mencionados 3 000 pesos, por razón del dote de dicha madre. Por tanto, los licenciados como tales albaceas procedieron a su efecto y cedieron al convento por razón de la dote de dicha madre los 3 000 pesos, para que los demande y cobre de don Manuel Santos de Terán, en el plazo en que está obligado, como asimismo los 150 pesos de sus réditos en la forma relacionada, y les confirieron poder para que siempre que lo demanden lo cobren y perciban, así como de los bienes hipotecados como de los fiadores don Toribio Rodríguez Cabanzón y don Domingo Ajamil. Finalmente, se señala que el expresado don Santos se obligó a satisfacer al referido convento o a quien por el fuere los conmemorados 3 000 pesos en el día 15 de octubre de 1781, como asimismo los 150 pesos de sus réditos mencionados a los tiempos y en la conformidad referida, y en seguras de dichas pagas, revalidó las hipoteca que tiene hecha en la citada escritura del mencionado rancho y demás bienes, y por lo tocante a dichos réditos los hipotecó, sujetó y gravó nuevamente por expresa y especial hipoteca para no poder venderlo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0256 · Item · 1780/11/28
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Vicente Gómez, exhibió dos copias testimoniadas de una propia escritura para que se registren en este libro y de ellas se manifiesta que, en la ciudad de la Puebla de los Ángeles en 18 del corriente mes, el Capitán don Juan Agustín Urresola de aquella vecindad, en nombre de don Antonio Montes Rodríguez Peláez, vecino de Orizaba, principal deudor de la cantidad que se expresará; y de don Antonio Montes Argüelles, don Manuel Ames, don Marcos González, don Francisco Íñigo Vallejo y don Toribio Rodríguez Cabanzón, los cuatro primeros vecinos de Orizaba y don Toribio de esta vecindad; solicitó al obispo se le dieran de los principales exhibidos en las arcas del cofre de la santa iglesia parroquial de la referida ciudad, 6 000 pesos por vía de depósito irregular y calidad de réditos de 5 por ciento en cada un año por el tiempo de cinco años. Dicha solicitud la presentó por medio de los poderes el 20 de enero del presente año, la cual se ejecutó en 8 del presente mes, en donde se calificó de idóneos a los sujetos, razón por la cual le fue otorgada la cantidad que corresponde a dos capellanías de tres mil pesos cada una; por tanto, se mandó a que dicho Antonio Montes Rodríguez por medio de su apoderado otorgase escritura de obligación a favor de las capellanías, con hipoteca, y obligando a sus fiadores cada uno por la cantidad de 2 000 pesos. Y para dar cumplimiento a lo solicitado, el citado Capitán Juan Agustín Urresola, en nombre de Antonio Rodríguez, otorgó que debe los 6 000 pesos, y obligó a cada de los fiadores hasta en cantidad de 2 000 pesos, los que se pagarán dentro de cinco años, con sus respectivos réditos de 5 por ciento.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0261 · Item · 1782/01/09
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Bernardino Trujeda, de esta vecindad y comercio, hizo exhibición de una copia testimoniada de escritura para que se registre en este libro, y en ella se manifiesta que, en la villa de Orizaba en 29 de diciembre del último año, doña Isabel María de Sagade Bugueiro, viuda del Capitán don Diego Bringas de Manzaneda, vendió a don a Ambrosio de la Torre y a don Manuel Zavalza, vecinos del pueblo de Xalapa [Jalapa] de la Feria, una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción Toluquilla, en la cual se incluye un rancho de ganado menor conocido por el Coyole, en precio 56 000 pesos, de los cuales se obligó a reconocer a censo principal redimible sobre la misma finca 34 900 pesos de principal, con obligación de réditos de un 5 por ciento en cada un año, por lo que el precio de la venta quedó en 21 100 pesos, los mismos que dichos compradores pagarán 10 887 pesos 2 reales y 7 granos a los sensualistas, y el resto que son 10 212 pesos 5 reales y granos se obligaron a reconocer por vía de depósito irregular con réditos de un 5 por ciento anual.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0267 · Item · 1783/08/03
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Vicente Gómez, hizo exhibición de dos testimonios de escritura para que se registren en este libro, su data en Orizaba en 10 de julio del próximo pasado, y de ellos se manifiesta que doña Gertrudis de Acosta, viuda del Capitán don Nicolás de Carvajal [y Contreras], actual mujer de don Manuel González Carrasco, albacea testamentaria y heredera usufructuaria de dicho su difunto marido para que durante los días de su vida goce los réditos del caudal del susodicho, “y el que fuere por su muerte” se convirtiere en obras pías a su arbitrio y disposición por su alma y la del susodicho; y para dar cumplimiento a la voluntad de Carvajal, en atención a que liquidado el caudal resultaron a su favor 19 428 pesos 2 reales y 6 granos, los cuales están impuestos en la hacienda de fabricar azúcar titulada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, que es la misma que el referido don Nicolás vendió a censo al Capitán don Gabriel Mangado y Clavijo, y hoy posee su mujer doña Gertrudis de Segura. Asimismo, se manifiesta que con la cantidad hizo aplicación de ciertas obras pías que han de tener efecto después de su fallecimiento, de las cuales fueron aprobadas por el señor juez de testamento, y éste último mandó que doña Gertrudis de Segura, poseedora de la hacienda, hiciera reconocimiento a favor de dichas obras pías, las que la referida doña Gertrudis de Acosta, para cuando el caso llegue después de su fallecimiento, determinó dotar y fundar cada una con el principal que le corresponda. Y en virtud de ello aplicó y destinó 2 000 pesos para que sus réditos se conviertan en tres misas cantadas anuales durante la novena de Nuestra Señora de los Dolores en el convento de San Antonio; y también para que se apliquen para parte del gasto de los desagravios que por los meses de septiembre de cada año se hacen en el propio convento. Y para que su fundación tenga efecto, desde ahora y para después de su fallecimiento hizo institución, fundación y dotación de la referida memoria de misas y obra pía con el citado principal; y de ello dio por cesión y poder a quien por las referidas obras pías fuere parte legítima para que cobre y perciba de la citada doña Gertrudis Segura y sus herederos y sucesores en dicha hacienda de Palmillas el principal y réditos de estas dotaciones, y nombró por patrón de ella al guardián que fuere del convento.

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