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              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0086 · Item · 1714/08/01
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco Estévez, vecino de esta villa de Córdoba, natural de Santa María de Belios en el reino de Galicia, obispado de Santiago, hijo de Gonzalo Estévez y de María de Miranda, difuntos; otorga poder a los Capitanes don Gaspar Rendón y don Gregorio Martínez de Solís, vecinos de esta villa, para lo que hagan y otorguen su testamento con las mandas y disposición que les tiene comunicado. Ordena que cuando fallezca sea amortajado con hábito y cuerda del Señor San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, en la capilla de San José. Manda limosnas a la cofradía del Santo Cristo, sita en la parroquia de esta villa, para ayuda de dorar su colateral de cuya cofradía es actual mayordomo. Declara que hace trece años contrajo matrimonio con doña Francisca Javiera Fernández de Jáuregui, hija del difunto Luis Fernández de Andrade y de doña Juana de Jáuregui, y ella llevó al matrimonio como 100 pesos en ropa de vestir y él tendría de capital y caudal propio la cantidad de 5 000 pesos, de cuyo matrimonio no han procreado hijos y la dicha su esposa se halla en el convento de Nuestra Señora de los Dolores, en ciudad de la Puebla de los Ángeles. Nombra por sus albaceas a Gaspar y Gregorio, y por tenedor de bienes a dicho Gaspar, y como heredero del remanente de sus bienes nombra a su alma.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0107 · Item · 1719/10/25
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Teniente de Caballería Esteban de Naval de Pintos, vecino de esta villa de Córdoba y natural del lugar de San Miguel de Marcon, en el obispado de Santiago de Galicia en los reinos de Castilla, hijo de Juan de Naval y de María de Pintos, vecinos de dicho lugar; y María de Madrid, su mujer, vecina de esta villa de Córdoba y natural del pueblo de Orizaba, hija de Tomás de Madrid y de Josefa Pizarro, difuntos. Ambos otorgan su testamento en la forma siguiente: Mandan sean amortajados con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya orden son hermanos, y sepultados en la capilla de la Tercera Orden, entierro y acompañamiento lo dejan a voluntad de sus albaceas. Mandan a todas las cofradías fundadas en la iglesia de esta villa y barrios de las Casillas y San Miguel, de la que ambos son hermanos, un peso a cada uno. Mandan se saquen de sus bienes y en caso necesario se queden sobre casa de su morada 300 pesos de principal para que, con sus réditos, se haga anualmente misas cantadas en aniversario de los difuntos en el mes de noviembre. También, es voluntad de ambos que se quede sobre la casa 100 pesos de principal perpetuamente, para que con sus réditos se le cante una misa al Señor San José. Es voluntad de ambos que del remanente del quinto de sus bienes [roto] una capellanía [roto] para que a título de ella se ordene de sacerdote [roto] uno de sus hijos [roto]. El teniente declara que tiene diferentes cuentas con vecinos de esta villa y fuera de ella, las cuales aparecerán en su libro de cuentas, asimismo declara no debe cosa alguna. Ambos señalan que habrá tiempo de catorce años poco más o menos que son casados, ella llevó por dote 150 pesos y él 3 500 pesos y a la dicha su mujer le mandó en arras propter nuptias 500 pesos, durante éste han procreado cuatro hijos. Por bienes suyos señalan dos casas una de su morada y el menaje que le pertenece, además de un solar, un rancho de tabacal en tierras del cabildo de esta villa, esclavos y demás bienes que se mencionan en esta escritura. Nombran por sus albaceas al Capitán don Lope Antonio de Iribas y al Regidor don Ignacio de Tembra y Simanes sus compadres y al último que quedare vivo de los dos otorgantes. Nombran herederos a sus hijos. Y en atención que sus hijos se encuentran en edad pupilar, uno y otro se nombra tutor y curador de sus personas y bienes de ellos, y el último que quedare vivo de los otorgantes nombrará por tutor y curador de sus hijos a los mencionados Capitán don Lope Antonio y por su falta a don Ignacio de Tembra.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0015 · Item · 1699/02/15
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Jacinto de Ledos [y Pasos], vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Portonobo [Portonovo] en el Reino de Galicia, hijo legítimo de Antonio de Ledo [Ledos] y de Alberta de Opasso [Opazo] y Saavedra, vecinos de dicha villa, otorga su testamento en el cual ordena se dé a los padres del convento de San Antonio dos hechuras que tiene de su devoción, una de cristo crucificado hecha de marfil, que mide media vara de alto, y otra de la Limpia Concepción, también de marfil, para que las pongan en la capilla de la Tercer Orden, donde ha de ser enterrado. Declara la cantidad de 1 551 pesos que le deben diferentes personas, vecinos de esta villa como de la ciudad de los Ángeles y Nueva Veracruz, asimismo, jura no deber a ninguna persona. Declara por bienes una tienda de diferentes géneros de Castilla y de la tierra y de otras partes. Declara ser casado con doña Gertrudis López [de Guzmán], hija legítima de Bernardo López [de] Guzmán, difunto, y de doña María Martín Lomelín, vecina de esta villa, con quien procreó un hijo llamado Antonio de Ledos, niño de catorce a quince meses de edad. Dijo que cuando contrajo matrimonio tenía un caudal de 5 000 pesos y que los padres de su esposa le dieron como dote la cantidad de 2 276 pesos. Declara le es deudor Roque Martín, vecino del puerto del Príncipe en la isla de la Habana, de la cantidad de 431 pesos por concepto de mercaderías y géneros que le dio para vender a su cuenta, y que para su cobranza tiene otorgado poder al Capitán Juan de Chavarría y don Gregorio Peña, y a Alberto de Opasso [Opazo], vecino de la isla. Nombra como albaceas a Gaspar Rendón y a Juan Joseph [José] Coronado, vecinos de esta villa. Asimismo, nombra por tutor y curador de su hijo a Gaspar Rendón, su albacea y tenedor de bienes, y como herederos a su hijo y a su mujer.

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