Doña Sebastiana de Madrid, vecina de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de Juan Hernández, su marido difunto, y en virtud del poder para testar que éste le otorgó el 12 de noviembre de 1706. Dijo que el día de ayer falleció su marido y se le dio cumplimiento al tenor del citado poder, en el que se procedió a hacer su testamento en la forma siguiente: Su cuerpo fue amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia de esta villa en la capilla de Nuestra Señora de la Soledad. Mandó limosnas a cada una de las cofradías sitas en esta villa, también mandó que se sacasen pesos de sus bienes para que se pusiesen a réditos [roto], y del remanente que quedase del quinto de sus bienes se pusiese en réditos a finca segura para la fábrica de la capilla Nuestra Señora de los Dolores. Tenían deudas con el difunto: el Bachiller don [roto] de Sagade, don Pedro Pablo López del Castrillo, José de Segura y Ceballos, Francisco Rodríguez, José de Arriola y otras personas que se mencionan en esta escritura. Declara que su marido tenía en poder de Antonio Morales una carga de tabaco. Señala fueron casados por tiempo de veinte años poco más o menos y él tenía de caudal 1 000 pesos y ella 152 pesos, en cuyo matrimonio procrearon al Bachiller Manuel José [Hernández], a Teresa [de Jesús Hernández] mujer de Juan Álvarez de Rivera, a María Josefa [Hernández] y a Juan Nicolás [Hernández]. Por bienes del difunto, quedaron: la casa de su morada más otra que está frontero a la anterior; un solar eriazo en donde está fabricada la casa, donde fue la voluntad del difunto se fabricase la capilla antes mencionada; otro solar frontero a la casa del regidor[roto]; una tienda con diferentes menudencias de la tierra de Castilla, China y muchas partes; una casa en el pueblo de Orizaba; un rancho [roto], sembraduras de tabaco y esclavos, de entre los cuales se encuentra una negra esclava nombrada Isabel, de la que le comunicó el difunto le sirviera por lo días de su vida y luego que ella falleciere se le deje en libertad, también se declaran otros bienes en este documento. La otorgante señala fue nombrada albacea y tenedora de bienes, asimismo, nombró albacea al Teniente don Esteban de Naval y Pintos. Nombró por herederos a sus hijos, y también la nombró a ella como tutora y curadora de ellos.
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Juan García de Miranda, vecino y natural de esta villa de Córdoba, hijo legítimo del Sargento Juan Antonio Hernández Golfín y doña Juana García de Miranda, difuntos, otorga su testamento en la siguiente manera: pide ser sepultado en la capilla de la Venerable Orden Tercera de Penitencia en el Convento [roto] San Antonio de esta villa. Manda 150 pesos para ayuda a la fábrica material de la santa iglesia parroquial de esta villa. Explica que debe a diferentes personas, así como, otras personas que le deben a él. Declara que está obligado a la tutela por la cantidad de 200 pesos de una niña, su hermana, por parte de su padre, nombrada Teresa Hernández, de edad de dieciséis años. Menciona que hizo escritura de obligación a favor de don Francisco Gómez, estante de esta villa, por la cantidad de 1 500 pesos, cuya cantidad la tiene pagada y por olvido no la han cancelado. Señala como parte de sus bienes la casa donde tiene su morada, que es de cal y canto cubierta de teja, que se encuentra en esta villa, en la calle Real y hace frente con casa [roto] del Capitán don José Gómez Dávila [roto] fondo que le pertenece, la cual es libre de censo; una hacienda de trapiche de fabricar azúcar que tiene arrendada a los propios de esta villa. Asimismo, declaró que cuando se casó con María Gómez, ambos no tenían ningún caudal y durante dicho matrimonio procrearon como hijos legítimos a Jerónimo, de veintidós años; María García, doncella de veinte años; Francisca Estefanía García de Miranda, de diecisiete años; José García, de quince años; Antonia, de diez años; Juana, de ocho años; Nicolasa, de cinco años; Bárbara Gertrudis, de cuatro años; y Elena, de dos meses. Nombra como albaceas al Capitán José Gómez Dávila, vecino de esta villa y Alcalde Ordinario en ella, a Nicolás de Olivera, su sobrino y a la dicha María Gómez, su mujer; nombra por solo tenedor de bienes y por tutor y curador de las personas y bienes de los dichos sus hijos en caso de contar en edad pupilar al dicho Nicolás de Olivera, su sobrino. Y por sus únicos y universales herederos a sus hijos legítimos.
Sans titreEn junta de Cabildo presidida por fray Miguel Postigo, guardián del Convento de San Francisco, los miembros de la Cofradía de las Ánimas del Purgatorio integrada por don Fernando Cortés de Monroy, Alcalde Mayor de Jalapa, los diputados Francisco Martín Matamoros y Martín López de la Plaza, los mayordomos Juan Rodríguez de Herrera y Cristóbal de Lozana Salazar, el capitán Cristóbal Román, juez de caminos; y los cofrades Francisco Pérez Romero, Alonso García de la Torre, Diego González, Juan Ortuño y Domingo Díaz, se desistieron del derecho que tenían a una capilla en la capilla mayor al lado del Evangelio, en la iglesia del Convento de San Francisco, de que les hizo merced el padre Provincial fray Juan de Elormendi, para que dicho guardián la dé a quien fuere servido.
Donación de 100 pesos al Licenciado don Pedro Chacón de Chávez, Cura y vecino del pueblo de Naolinco, a modo de que sus réditos que son 6 pesos anuales, sean destinados a la fabricación de una capilla dedicada a la Virgen María de los Dolores en la cabecera de Tlacoluta.
María de la Concepción Rodríguez, originaria de Guinea, de donde fue extraída en tierna edad, por cuya razón ignora quienes fueron sus padres, bautizada en la parroquia de Veracruz y avecindada hace muchos años en esta villa. Hallándose en edad muy avanzada, ordena su testamento en la forma siguiente: En el que declara que es de estado libre, no tiene herederos forzosos, pues en la edad tan avanzada en que se halla, de cosa de un siglo, es natural carezca de ascendientes. Declara por bienes dos casas de edificio bajo, ubicadas en esta villa, una en la calle Nueva y la otra en el callejón de Gorozpe. Ordena que su albacea mande a decir por su alma todas las misas que se puedan. También ordena que se den 40 pesos por vía de limosna para ayuda de la reedificación de la capilla del señor Santiago de esta villa. Ordena por vía de legado se le den 5 pesos a su ahijada Cornelia Castillo. Así como se distribuyan 40 pesos y la ropa de su uso entre los pobres de esta villa. Nombra por su única y universal heredera a doña Josefa María Gómez de Estrada casada con don José Antonio de la Peña. Y nombra por albacea a don Andrés de la Peña, confiriéndole todo el poder y facultad para que después de su fallecimiento, venda y remate en almoneda pública todos sus bienes y de lo procedido cumpla este testamento.
Sans titreDon Domingo Franceschi, de este comercio y vecindad, y su esposa doña Rosa de Castro Pérez, fundan una capellanía con el principal de 3 000 pesos, para el beneficio de sus almas, con la pensión de 10 misas rezadas anuales, en los días, lugares y altares que quiera el capellán celebrarlas o mandarlas aplicar por la limosna acostumbrada; y a mayor abundamiento ha de asistir el capellán todas las noches, un cuarto de hora después de las oraciones, a rezar a coro el rosario de María Santísima con los vecinos que concurran en la capilla de Nuestra Señora del Rosario de María Santísima, percibiendo en recompensa 150 pesos cada año, correspondientes a los réditos que producirán los 3 000 pesos a razón del 5% anual. Nombran como primer capellán a don José Ignacio de Echagaray y Franceschi, nieto de legítimo de los otorgantes.\t
José Miguel de Iriarte, de este comercio y vecindad, dijo que en el Juzgado del Ilustrísimo señor Obispo, ha seguido el artículo en representación de los individuos residentes en esta Villa, originarios del Reino de Navarra y Provincia Vascongada, como diputado de ellos en el Patronato de la Capilla que ayudaron a levantar con 500 pesos, en esta Iglesia parroquial, dedicada a su patrono San Ignacio de Loyola. Otorga por la presente que cede y traspasa a favor de la fábrica de esta parroquia y en persona de su mayordomo que hoy es y en adelante lo fuere, los 1 000 pesos de principal, con los réditos que devenguen desde la fecha citada de la aprobación del convenio, quien de ellos otorgó escritura de obligación y reconocimiento en esta Villa el 27 de febrero de 1798, en la que para el mayor seguro del principal hipotecó una casa, dando facultad al mayordomo de fábrica para apoderarse anual y perpetuamente de los premios, así como del principal que ya pertenece a la Iglesia, con lo que expensará la indicada función del patronato, los costos, reparos, y aseo que necesite la capilla que ya quedan a su cargo; desistiéndose el otorgante, como sus compatriotas del derecho que tenían al referido capital y premios, y lo cede, renuncia y transfiere en la iglesia como queda dicho. Y para el entero de los 500 pesos restantes le entrega libramiento contra el dueño o poseedor de la finca citada de cantidad de 296 pesos 3 reales que adeudaba de rédito hasta esta fecha para que los cobre y perciba, y los 203 pesos y 5 reales de su complemento le entregará en reales efectivos.
Don José Miguel de Iriarte, de esta vecindad, como diputado patrono de la capilla de San Ignacio de Loyola, de esta Iglesia Parroquial, otorga que cede y traspasa a la fábrica de la misma parroquia, o en su representación al mayordomo, el Presbítero don Juan Nepomuceno Ulloa, la cantidad de 203 pesos y 5 reales, en el valor o parte de los 462 pesos y 6 reales, que le debe y le reconoce a premio corriente don José Joaquín González de Ortega.
Doña Juana María de Viveros, vecina de esta jurisdicción, viuda y albacea de don Manuel Eugenio de Acosta, vecino que fue de esta Villa, otorga por si y en nombre de sus hijos y herederos del enunciado difunto, que vende a don Elías Nogueira, de esta misma vecindad, una casa de paredes cubierta de madera y tejas, sita en esta Villa a la cuarta cuadra de la Calle Real que de esta Plaza Pública sale para el Camino Real de Veracruz, con la que hace frente al sur y esquina con el Callejón del Perro al poniente, por el oriente linda con el cementerio de la Capilla del Señor San José de la Laguna, y por el fondo al norte con solar que fue de Pedro Candelero, cuyo sitio tiene de frente hacia el sur 66 y tercia varas y de fondo al norte 39 y media varas. Lo vende en precio de 2 000 pesos.
Don José Gómez Maldonado, de ejercicio Curtidor, vecino de esta Villa, impone 100 pesos de oro común para que en la Capilla de la Tercera Orden de Penitencia de Nuestro Padre Señor San Francisco de esta Villa se aplique por la intención del relacionante, una misa cantada a Nuestra Señora del Rosario, perpetuamente el primer domingo de octubre de cada año, para cuyo efecto el otorgante ha entregado los 100 pesos a Guillermo Orduña, de esta vecindad, quien los recibe a censo redimible con causa de réditos a razón de 5 pesos anuales, cuyo principal impone, sitúa y carga sobre una casa ubicada en la Calle Ancha Nueva que va para las Locerías en esta Villa.\t