Don Francisco González, de este comercio y vecindad, en representación de María Agustina Martínez, de estado libre, vecino de la capital de México, en uso de las facultades que tiene conferidas por cartas misivas, que le ha manifestado; María de la Luz Florentina, mujer legítima y conjunta persona de José Mariano Estévez, que está presente; María Guadalupe Fulgencia González, casada con Miguel Huidobro, presente; Margarita Joaquina Florencia González; que la segunda y la tercera pidieron a sus maridos las respectivas licencias para el otorgamiento de este contrato, y de ella usando, en unión de las demás, dijeron que son hijas legítimas de la difunta María Bárbara Berruecos y Palomino, y las tres últimas de su segundo marido Manuel González, y la primera María Agustina hija del primer marido. Señalan, que su madre llevó a su matrimonio más de 200 pesos de haber paterno, los cuales en la quiebra o atraso de González se le pagaron en reales de contado, y con lo que éste compró un pedazo de terreno eriazo a doña Antonia de la Barrera por un documento simple, y labró en él una casita, parte de madera y parte de material, ubicada en el callejón del Síndico y calle que va al aguaje de Xallitic. Dijeron que muertos sus padres se disolvió la familia y la deteriorada casita quedó al cargo y administración de don Francisco González, como albacea de su tío, según encargo que éste le hizo. Declaran, que en efecto convinieron a sus intenciones los resultados de este encargo, pues los vínculos de parentesco con él, y el amor y predilección con que las ha visto y tratado, le movieron a hacer desembolsos y suplementos para mejorar la casita hasta ponerla en estado productivo en su administración uno 1 110 pesos, de que cubierto su desembolso, costos de la obra y mejoras, varios reparos en diversas épocas antes y después de su reedificación, costos de esta división y de la presente escritura, sin incluir el del entierro y otros anexos al fallecimiento del citado padre de las otorgantes, de los cuales hizo gracia, resultó a favor de María un residuo de 450 pesos y 7 reales como se verá de la cuenta y liquidación. Y habiéndose convenido todos los comparecientes en dividir la finca y que cada una lleve la parte que le corresponde; pues la primera, como hay residuo en numerario, les vendió su parte a metálico, en 240 pesos para la más cómoda división entre las tres. Y para el efecto y de su mayor firmeza, otorgan en la mejor forma que separando los derechos de propiedad de María Agustina, en razón de haber recibido en metálico su cuarta parte y de que su representante Francisco González otorgó recibo en forma; se adjudican, ceden y traspasan la casa dividida en tres partes: la primera división del costado del norte se aplica a Margarita Joaquina; la segunda del centro a María de la Luz Florentina; y la tercera del costado del sur a María Guadalupe Fulgencia; y que todas otorgan el recibo que al caso conduzca.
UntitledCALLEJÓN DEL SÍNDICO
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Don Cayetano Becerra, diputado del Honorable Congreso del Estado, dijo que el 23 de diciembre último, don José Carrillo de Hermida le confirió poder, mismo que usa para vender a don José María Becerra, una casa de paredes de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, de edificio bajo. Casa que está situada en la calle Nueva, adonde hace su frente al norte con 14 varas, y del otro lado, la boca del callejón que nombran del Síndico y dos casas en sus esquinas del finado don Juan Antonio Figueiras y 43 y media de fondo hacia el sur por donde linda, y termina con el callejón de Quiñones y del otro lado, las casas del difunto don Antonio Guillén, por el costado del oriente con el de casa alta de doña María Salomé Pérez Mora y por el poniente con el de la casa baja de doña María Dolores Ladrón de Guevara de Landa. Cuya finca compró su representado a doña María Salomé Pérez Mora y hoy vende con el beneficio que goza del agua en la cantidad que proporciona la división que se hace en la casa de los señores Gorospe, que es a su respaldo, con sus entradas, salidas, usos y costumbre, libre de censo, empeño e hipoteca, pues aunque se la vendió a él con censo y reconocimiento de 543 pesos cuatro reales a favor de doña Antonia Ugarte y doña María Bañares, actualmente está libre de este gravamen, por haber depositado en las arcas municipales el principal de 543 pesos cuatro reales, y sus réditos de 105 pesos dos reales dos granos, dándole dicho fundo en cantidad de 2 800 pesos, que certifica tiene recibidos en moneda corriente.
UntitledDoña Ana María Choza y Jiménez, mujer legítima que expresa ser del ciudadano Manuel de Salazar, con licencia previa de su marido, otorga que vende a don Juan Antonio Amaro una casita ubicada en esta villa en la calle que del callejón que nombran del Síndico va para los lavaderos de Xallitic, con su frente al poniente y su espalda al oriente, lindando por este rumbo con el arroyito de Xallitic, por el costado del norte linda con casita de José María Hernández; y por el costado del sur linda con casita del Presbítero don José Joaquín Rincón. La vende en precio de 150 pesos.
UntitledDon Juan Nepomuceno Vanegas, de esta vecindad, dijo que por fallecimiento de su abuela doña María Vanegas, heredó de ella una casita de edificio bajo, ubicada en esta ciudad al callejón del Síndico, con el cual hace su frente de 11 varas al oriente, lindando por norte con casita de José María Quintana, por sur con casa de doña María del Carmen Varón de Welsh, y por poniente con sitio de casa que disfruta la familia del finado don Narciso José de Echeagaray. Cuya deslindada finca la hubo su abuela por compra que hizo a doña Josefa Pérez, como consta por escritura de 12 de noviembre de 1800, misma que hoy vende a don Miguel Palacio, en precio de 200 pesos.
UntitledDoña María Basilia Garcés, viuda, mayor de edad, y don Miguel Palacio, ambos de esta vecindad, la primera como dueña de una casa de material con cubierta de madera y teja, ubicada en esta ciudad haciendo frente al norte con una plazoleta nombrada de San Francisco, lindando por el costado de oriente con calle que de las gradas del atrio de San Francisco baja para el barrio del Molino, por el costado del poniente con otra calle diagonal que sale de dicha plazoleta para el propio barrio, y por la espalda, que es el sur con casa de don Manuel Rincón, con otra de los herederos de Capetillo y con sitio que fue de los herederos de don Juan Castellano y doña Rosalía de Castro, y hoy es de don Agustín Cortés. El segundo, lo es de una casita, también de material, ubicada en esta misma ciudad al callejón del Síndico con el cual hace su frente al oriente, lindando por norte con casa de doña María del Carmen Varón de Welsh, y por poniente con sitio de casa que disfruta actualmente la familia del finado don Narciso José de Echeagaray. La señora Garcés, hubo su respectiva casa por herencia como bienes de su finado padre don Manuel; y el señor Palacio la hubo por compra que hizo a don Juan Vanegas. Ambos, como tales dueños de sus casas, tienen hecha permuta de ellas, dando la Garcés la suya al señor Palacio por precio de 1 300 pesos y este señor, la que le pertenece en 200 pesos a aquella, exhibiéndole en numerario los 1 100 pesos que hay de diferencia, dándose por satisfechos del mencionado pacto.
UntitledDoña María Salomé Pérez Mora, viuda, albacea y heredera del finado don Manuel Allén, vecina de esta ciudad, dijo que por bienes que le quedaron por la citada herencia, se halla una casa de altos y bajos, ubicada en esta ciudad a la calle que nombran Nueva, haciendo esquina al callejón de San Vicente que baja al del Diamante. Dicho fundo linda por oriente con el referido callejón de San Vicente, y del otro lado casa que fue de doña Rita Casimira Morales y hoy posee don Bernardo Sayago, por norte linda con la expresada calle Nueva, haciendo frente con casa del finado don Juan Antonio Figueiras y con la entrada del callejón del Síndico, por sur con el callejón nombrado de Quiñones, y por el poniente con casa baja que fue del mismo Allén y se la vendió a don José Carrillo de Hermida. Que dicho Allén por escritura de 7 de octubre de 1816, compró al presbítero don Francisco Antonio Rubio Roso, como apoderado del señor canónigo don Francisco Ángel del Camino, albacea del licenciado don Francisco Javier de Gorospe, la mitad del agua corriente que entra en la alcantarilla de la casa baja chica del finado Gorospe, situada en el callejón de Quiñones. Dicha compra la hizo para sus dos casas contiguas, es decir, para la baja que vendió a Carrillo y el alta, a que ahora se trata, siendo también el pozo medianero de uso para las dos casas. Al tiempo de comprar Allén la casa alta, reconocía 38 pesos y 5 reales a favor de doña Antonia Ugarte y su hija doña María Bañares, y 800 pesos a los herederos de don José MaríaValero, según consta por escritura de 26 de enero de 1816, por la cual le vendió don Juan Lucas de Olavarrieta. Las mencionadas cantidades están canceladas, como consta por anotaciones de los años de 1818, 1820, y 1822, y por descuido no han sido anotadas. Siendo dueño, Allén de la casa alta, la grabó en 2 000 pesos en favor de don Juan Lucas de Olavarrieta, por escritura de 27 de enero de 1816, a cuenta de dicho capital, se le redimieron 500 pesos a Olavarrieta, quedando de ese capital 1 500 pesos, mismos que endosó Olavarrieta a favor de unos herederos de don Juan de Unanue, a los cuales ha representado don Pedro Unanue, por cuya orden fueron entregados a don Francisco Fernández y Agudo, por lo que dicha casa, se halla absolutamente libre de todo gravamen, que por problemas de trámites entre don Pedro Unanue y el presbítero don Atenógenes María Lombardini no se ha formalizado la cancelación. Cuya casa deslinda y todo lo expuesto doña María Salomé, otorga la vende a don Juan Ignacio Saldaña y Bonilla, y es la misma que con la casa baja contigua que la otorgante le vendió a don José Carrillo por escritura de 6 de octubre de 1824, compró el marido de la otorgante a don Juan Lucas de Olavarrieta, según escritura de 26 de enero de 1816. La venta se efectúa en precio de 2 000 pesos, con todas sus entradas, salidas, usos y costumbres, el medio pozo divisorio, el agua corriente de que se ha hablado y demás que de hecho y de derecho le corresponden.
UntitledDon Francisco Badillo, de esta vecindad, dijo que su finado tío don Mateo Badillo, fue dueño de una casa baja que hoy vive y disfruta el comparente, ubicada en esta ciudad con su frente principal a la calle Ancha al poniente, haciendo esquina con la calle del Beaterio al sur por donde forma un costado, lindando por el norte con casa baja que fue de don Pedro Martín del Puerto Vicario y por oriente que es la espalda linda con el edificio del Beaterio, cuya deslindada casa la hubo del expresado su tío por remate que se le hizo en esta ciudad en el Juzgado Consular y fue perteneciente al concurso formado a los bienes de don Remigio Fernández. Que por fallecimiento de Badillo quedó dicha casa consignada en unión de otra situada en la calle Real y hoy llamada Principal al que va hablando y a su hermano don Manuel [Badillo], como se acredita por la memoria de comunicados reservados que dejó formalizado su referido tío. Que a virtud de la cláusula testamentaria de la memoria reservada tuvieron convenio el comparente don Francisco y su hermano don Manuel y quedó por de la exclusiva propiedad del primero la casa que se ha deslindado. Que dicha casa disfruta de una porción de agua y es la mitad de la que conducen las tomas que existen en la alcantarilla del callejón del Síndico, cuyo título lo acredita un testimonio dado por el secretario del Ilustre Ayuntamiento; y la otra mitad de esa agua pertenece a la casa que fue del finado don Mateo Badillo, la cual fue vendida por el comparente y su hermano a don José Javier de Olazábal con dicha mitad de agua. Que el comparente hallándose como dueño legítimo de la deslindada casa y del agua que disfruta tiene celebrada promesa de venta con don José María Becerra de esta vecindad bajo las condiciones siguientes: Que la venta será en precio de 5 000 pesos; que vencido un año desde esta fecha en adelante será cuando entre en el dominio de la casa el ciudadano Becerra y entonces será cuando se formalice la escritura de venta, quedando por ahora durante dicho año en poder y dominio del ciudadano Badillo sin pagar arrendamiento alguno; y que cumplido el año entrará en posesión del fundo el nominado Becerra; que por cuenta de la casa, el comprador entrega a Badillo la cantidad de 3 000 pesos. Que dicha venta comprende el fundo que se ha deslindado y el agua que le pertenece íntegramente, aunque actualmente le tiene hecha gracia del derrame a la casa hospital de mujeres y a la de la testamentaría de Arias por mitad, es solo por el tiempo de la voluntad del mismo Badillo, y de consiguiente ha de quedar toda la cantidad de agua que le pertenece a la casa contratada a disposición de don José María Becerra para que este señor determine de ella como le convenga. Y estando presente Badillo y Becerra ratifican el presente instrumento con cuantas solemnidades se estimen convenientes.
UntitledEl Presbítero don José Vicente de Espino, de esta vecindad, dijo que el día 22 de enero se celebró remate en el juzgado de cuarta nominación de esta villa, de una casa que fue de don Juan Antonio Figueiras, la cual está ubicada en la calle Nueva esquina del callejón del Síndico, lindando por esta parte con otra casa del mismo finado, bajo las condiciones que se mencionan en el acta, siendo una de ellas, que acosta de la viuda y albacea del repetido difunto se ha de otorgar este instrumento que le sirva de título por la propiedad de la mitad del agua que entra a la casa comprada por el señor relacionante, pues a ésta pertenece solamente la mitad de toda esa agua y la otra mitad a la casa colindante que queda aún por de la testamentaría; en cuyo concepto se hizo la postura pues estando valuada toda el agua en 400 pesos, se computaron no más 200 en el monto que sirvió de base para la postura de la casa que compró el que habla. Y en cumplimiento de la referida condición, el nominado Presbítero don José Vicente de Espino otorga que confiere y declara que la mitad del agua que entra a la casa referida que ha comprado, pertenece y es en dominio y propiedad de la otra casa contigua que se halla al oriente, callejón en medio, propia aún de la testamentaria de Figueiras y en consecuencia se obliga a conservarles a los que en la actualidad poseen la repetida casa y a los que en lo sucesivo fueren dueños de ella, el predicho dominio y goce de la mitad el agua, y a no impedir jamás el tránsito de ella por los conductos que actualmente corre; y si alguna vez intentare contravenir a lo relacionado o entorpecer el uso del agua a las otras casa, quiere no ser oído y antes sí desechado y condenado.
UntitledDon José Antonio Franceschi y Castro, de esta vecindad, otorga que vende a don Jorge de la Serna, un solar con una casa arruinada, situado en esta ciudad, que mide 52 y media varas de fondo o largo y de ancho 16 y media por el callejón del Síndico; y 18 y dos tercias por el poniente, por donde linda con casa de la señora Lagoas [sic]; por el norte con el callejón de Jalitic [Xallitic], de por medio, con casa y solar de los herederos de don Diego Gorospe; y por el sur con solar de doña Ana de Ariz. Cuyo solar es el mismo que sus hermanos le adjudicaron al otorgante en parte de su legítima paterna, por escritura de adjudicación con fecha de 10 de marzo de 1830. Lo vende en precio de 200 pesos.
UntitledDoña María Josefa de Ochoa y Ariz, de esta vecindad, de estado honesta, mayor de cuarenta y cinco años de edad; otorga que vende, cede y traspasa realmente en favor de don Manuel Quiroz, de esta vecindad, una casita de paredes, cubierta de madera y teja, ubicada en esta villa, en el callejón que nombran del Síndico, cerca del aguaje y lavadero de Xalitique [Xallitic] al que hace frente al poniente, con 9 varas y 26 y tercia de fondo hacia el oriente, por donde linda con el camino de las aguas sobrantes del dicho Xalitique [Xallitic]; por el costado del norte linda con terreno y casita de Antonia Reyes; por el costado del sur linda con el de otra de don José Antonio Rincón. Cuya deslindada casita es la misma que construyó a sus expensas desde sus cimientos en terreno que adquirió por fin y muerte de sus antepasados. La venta la hace por la cantidad de 190 pesos al contado.
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