Don Simón Peña, de esta vecindad, otorga que se obliga a reconocer sobre una finca suya propia, la cantidad de 200 pesos pertenecientes a la cofradía de las Benditas Ánimas de la parroquia de esta villa, de que es actual mayordomo don Joaquín Ruiz, obligándose a redimir el capital en el término de nueve años con el rédito de 5 por ciento anual. Y para la seguridad de la deuda, hipoteca una casa de paredes, de edificio bajo, cubierta de madera y teja, ubicada a la cuarta cuadra de la calle Principal o de Señor San José, haciendo esquina con el callejón que nombran el Perro, con su frente principal al sur por dicha calle de San José, y otro al oriente por el referido callejón, lindando por el norte con el costado de casa y solar de un tal Eugenio, y por poniente con casa y solar de Sebastián Barradas.
Zonder titelCALLEJÓN DEL PERRO
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Don Joaquín Toraño, vecino de esta Villa, debe y se obliga pagar a don [José] Vicente Casas, vecino del Lencero, la cantidad de 1 594 pesos 5 reales y 5 centavos, importe del traspaso de una tienda pulpería, ubicada en la esquina de la Calle de San Francisco de Paula y Callejón del Perro, frente a la casa del otorgante, cuya cantidad se compromete a pagar en el término de un año, y para mayor seguridad de dicha deuda hace hipoteca de una casa de su propiedad, ubicada en el confín de la citada Calle de San Francisco de Paula y callejón, que de ésta atraviesa para la curtiduría, y hace frente hacia el norte con dicha tienda que se haya en casa propia de don Antonio Guillén; por el fondo hacia el sur linda con solar que fue de don Jerónimo Lozano; por el poniente con casa de don Juan Antonio Pardo; y al oriente con dicho callejón y del otro lado casa del otorgante.
Don José del Valle, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de don José de la Cotera, también de este comercio y vecindad, la cantidad de 1 000 pesos obligándose a pagarlos en el término de 18 meses con causa de réditos del 5% anual y como seguro del principal hipoteca una casa de mampostería, cubierta de madera, ladrillo y teja, la cual mide 30 varas de frente, ubicada en la última cuadra de la Calle Real de esta Villa, por donde linda al norte y casa de Elías Nogueira; por el fondo hacia el sur con solar de José [de] Mata; al oriente con casa alta que está fabricando don José Miguel Rodríguez Rojo; y por el poniente haciendo otro frente con el Callejón del Perro y del otro lado solar del finado Francisco de Escalona.
Ana María Sebastiana Guzmán, de esta vecindad, mayor de sesenta años, viuda de don José Gómez Maldonado, se obliga a pagar don José María de Bausa, de esta vecindad y comercio, la cantidad de 209 pesos 5 reales, causados por su difunto hijo Miguel Gómez y la otorgante, como seguro de la deuda hipoteca una casa ubicada en esta villa, en el Callejón del Perro.
Don Simón Peña, de esta vecindad, dijo que le es deudor a don Joaquín Ruiz desde hace algunos años, de la cantidad de 50 pesos que no ha podido satisfacer por lo calamitoso de los tiempos; y para que dicho adeudo con cuatro pesos más que ahora le franquea el mismo señor Ruiz quede en lo sucesivo asegurado, han convenido se formalice este instrumento por el cual el nominado don Simón Peña confiesa haber recibido de don Joaquín Ruiz la relacionada cantidad y en consecuencia se obliga a pagar en el plazo de cinco a nueve años, mientras tanto pagará el rédito de 5 por ciento. Y para la seguridad del pago de la deuda hipoteca una casa de edificio bajo que posee en esta ciudad, en la esquina de la calle Principal, cuarta cuadra y el callejón que llaman del Perro, siendo su frente al sur con dicha calle y un costado al oriente por dicho callejón; cuya deslindada casa está gravada con 200 pesos en favor de la cofradía de las Ánimas.
Zonder titelJosé del Valle, de esta vecindad y comercio, otorga que ha recibido de don Miguel Antonio de Goitia, de esta misma vecindad, la cantidad de 3 300 pesos, cantidad que le ha suplido por hacerle beneficio y buena obra, los que se obliga a satisfacerle en el término de dos años a partir del 1 del corriente año con el acostumbrado premio del 5%, para lo cual hipoteca una casa de mampostería cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en la última cuadra de la Calle Real, linda por un lado con casa de don Elías Nogueira, al sur con solar de José de Mata, al oriente con casa de don José Miguel Rodríguez Rojo y al poniente con el Callejón del Perro.\t
José Antonio Vivanco, natural de Quichula [sic], dijo que se encuentra atrasado e imposibilitado en pagar la cantidad de 722 pesos, por lo que ha convenido pagar en término de diez meses contados a partir de esta fecha, constituyéndose como su fiadora María Josefa Sánchez, su madre, quien señaló que para seguridad de esta deuda hipoteca su casita de paredes, situada en el Callejón del Perro de esta Villa, que se compone de 12 ½ varas de frente que lo hace al oriente, y 20 ½ de fondo así al poniente por donde linda con el de la casa del difunto don José Antonio Tavera, por el costado del norte linda con la casa baja del Presbítero don Ignacio José Jiménez, y por el del sur con casa que ocupa don Gabriel Sanjurjo; señalando no venderá, ni hipotecará hasta que la deuda este saldada.