Don José María Gutiérrez de Zamora, de este comercio y vecindad, dijo debe a don Victoriano Guapillo, también se este comercio y vecindad, la cantidad de 300 pesos que le suministró en varias partidas; mismos que se obliga a satisfacer, luego que se abra la comunicación con Veracruz, que se encuentra obstruida a causa de las convulsiones políticas. Por dicha deuda, hace hipoteca de una casita de paredes, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en esta villa en el callejón que nombran del Chorro del Poblano, bajo los linderos y dimensiones contenidos en la escritura de su adquisición, misma que se obliga a no enajenar, hasta no estar pagado dicho principal. El otorgante y acreedor convinieron que este pago lo hará en el término de cuatro años, contados desde esta fecha, con el premio de 5 por ciento anual, con la misma obligación y gravamen de la finca referida.
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Don José María y doña Josefa Córdova, de esta vecindad, dijeron que a nombre de sus 3 menores hermanos, otorgan que deben a don Luis García, de esta vecindad, la cantidad de 241 pesos, resto de mayor suma que por hacerle beneficio y buena obra, les ha suministrado para el mantenimiento y subsistencia necesaria de esta huérfana familia; y se obligan a pagarle en 5 años, sin premio alguno, y para seguridad del principal hipotecan un pedazo de solar eriazo que poseen en el callejón del Chorro Poblano.
José Valentín Luna, de esta vecindad, ha recibido de José Ignacio Sánchez, de esta vecindad, la cantidad de 1 500 pesos, cuya cantidad se obliga a pagar en el término de un año con sus réditos del 5% anual, y para que a un tiempo mismo pueda usarse a favor de su acreedor, hipoteca dos casas ubicadas en la Callejón del Chorro del Poblano y la otra frente de ésta.