José de Amaro, natural y vecino de esta villa de Córdoba, hijo de Diego Amaro González, difunto, y de Josefa de Aguilar, vecinos de esta villa, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya orden es hermano y sepultado junto a la pila de agua bendita de la iglesia parroquial de esta villa. Declara estar casado con Josefa Martínez Romano, vecina de esta villa, con quien no ha procreado hijos. Declara por bienes la casa de su morada y el menaje de ella, la cual está hecha de horcones, embarrada y cubierta de zacate, ubicada en la calle que llaman de San Sebastián, que sale para el río Grande. Tiene deudas con el Capitán don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa, y con otras personas a las que manda se les pague lo que alcanzare de sus bienes y en caso contrario pide “por amor a dios” le perdonen. Algunas personas le deben distintas cantidades de las que su mujer sabe quiénes y cuanto le deben. Nombra albacea testamentario y tenedora de bienes a Josefa, su esposa, y por su heredera a Josefa de Aguilar, su madre.
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1714/12/03
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